Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1300 el día 20 de Marzo del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0615/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Ordenanza Presupuestaria Vigente, y el Expediente N° 1415/2023, presentado por la Encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray, y;

CONSIDERANDO

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su art. 22 – Inciso 16: “Promover el turismo, reglamentando y fiscalizando sus servicios, en el marco de un plan regulador integral, donde se lo contemple como eje generador de actividad económica y social, fomentando la regionalización en el ámbito nacional e internacional”.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su art. 22 – Inciso 16: “Promover el turismo, reglamentando y fiscalizando sus servicios, en el marco de un plan regulador integral, donde se lo contemple como eje generador de actividad económica y social, fomentando la regionalización en el ámbito nacional e internacional”. -CAPÍTULO I DESARROLLO ECONÓMICO LOCALArt. 110.- “El Desarrollo Económico Local es un proceso de generación de capacidades a nivel comunitario y municipal, que promueve el crecimiento económico, social y político de las personas y las comunidades, en forma auto sostenida y creciente, equitativa y respetuosa del medio ambiente, en el que el Gobierno Municipal juega el papel de facilitador y sus comunidades ejercen función protagónica. El Municipio elaborará políticas de Estado con el propósito de mantenerlas en el tiempo, para obtener el desarrollo económico local, mitigar la pobreza y lograr la inclusión social. La educación y el conocimiento son claves en la estrategia de desarrollo local, para generar como consecuencia de la actividad económica, una mejor calidad de vida para los habitantes y conformar una comunidad desarrollada e integrada”.         

Que, con el objetivo de sensibilizar a la población de la alternativa económica y potencial que tiene el turismo en nuestra localidad, se desea contar con el personal capacitado para brindar seguridad a quienes visitan las zonas turísticas de nuestra ciudad, como así también el cuidado de los recursos ambientales con los que contamos, la Oficina de Turismo en referencia a lo expuesto solicita la autorización correspondiente para el Dictado de Talleres desde el 11 al 25 de marzo del corriente año.-

Que, en esta oportunidad la Capacitación estará dirigida por el Personal de Turismo Sr. Darío Salas y los miembros de la fundación Cuidadores de la Casa Común Sr. Carlos Piñeiro – Nexo Parroquia Santa Teresita en Senderismo y Trekking, el cual será dictado en el Ikove Katu de la Comunidad de Tuyunti.-

Que, el Ejecutivo Municipal, considera necesario ser partícipe de todas las actividades que favorezcan al desarrollo económico, productivo, turístico y cultural municipal.-

Que, por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo con el fin de declarar de interés municipal y cultural el “Curso Taller de Senderismo y Trekking”.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERES CULTURAL Y MUNICIPAL, el “Curso Taller de Senderismo y Trekking”, que se llevará a cabo durante los días 11 al 25 de marzo del corriente año en las instalaciones del Ikove Katu de la Comunidad de Tuyunti.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray a instrumentar los actos administrativos, y operativos correspondientes a  los fines propuestos. –

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a incorporar a la partida presupuestaria vigente, los gastos que demande la realización del “Curso Taller de Senderismo y Trekking”.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. Nº37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7936.-

Art.Nº5.-Dese copia de la presente a: la Encargada del Libro de Resoluciones en la Unidad de Archivo y Estadísticas, a la Secretaría de Hacienda y a la Encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº7.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0616/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley N° 7.936 – Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley N° 6068 – Estatuto del Empleado Municipal – R.M. Nº 0598-023 – R.M. Nº 1194-022, y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, Mediante la RM Nº 0598-023 se dispuso Contrato de Locación de Servicios Profesionales del Arq. M.P. 379 – FRANZ R. CESPEDES A. a los fines de desempeñarse como Representante Técnico de Obras de la Municipalidad de Aguaray.-

QUE, con anterioridad a la presente contratación, desempeñaba la misma función el ag. Municipal Arq. CACERES, Juan M. LP Nº 688 quedando en consecuencia sin efectos su designación.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACTULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DEJESE sin efecto en todos sus términos la R.M. Nº 1194-022 a partir del día 01/02/2023 retomando el agente su función anterior dispuesta mediante R.M. Nº 599-022.-

Art.Nº2.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaría de Obras Públicas,  Oficina de Liquidaciones, RR. HH. y al interesado según corresponda.-

Art.Nº3.-Refrenda la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José