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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1303 el día 23 de Marzo del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0648/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa ACOSTA NELSON ALFREDO, que brindó el servicio de Almuerzos con bebidas para personal de la Nación; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Municipalidad de Aguaray  a través de la Empresa ACOSTA NELSON ALFREDO C.U.I.T Nº 20-33138691-0, adquirió  el servicio de Almuerzos con bebidas sin alcohol para todos los que participaron del CENSO Y ESTADISTICA DE NACION, operativo territorial ejecutado en nuestra ciudad los días 16, 17, 18 y 19 de Marzo del presente año, mediante Facturas C Nº 004-00000538 y 004-00000540.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de las facturas ut supra en el marco del CENSO Y ESTADISTICA DE NACION que se lleva a cabo actualmente en todo el País.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA MIL TRESCIENTOS  CON 00/100 ($ 70.300,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa ACOSTA NELSON ALFREDO C.U.I.T Nº 20-33138691-0, con Domicilio en Av. Sarmiento 140, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0649/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con el Sr. VILLARROEL MIGUEL ANGEL, que brindó el servicio de suministro de Carnicería, mediante solicitud de la Secretaria de Hacienda  de la Municipalidad de Aguaray. Y;

CONSIDERANDO

Que, a través del Sr. VILLARROEL MIGUEL ANGEL C.U.I.T Nº 20-13041421-5. Se Adquirió la provisión de Carnes para personas que asisten al CPI-HOGAR DE NIÑOS Jesús de la Divina Misericordia, según Factura Nº 00003 – 00000091.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que más necesitan.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS  MIL  CON 00/100 ($ 136.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. VILLARROEL MIGUEL ANGEL C.U.I.T Nº 20-13041421-5 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0650/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia Avenida, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Expte Nº 1459/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente al mes de Enero del año en curso, mediante Factura B Nº 034-00000115,

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- “El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES  CON 87/100 CTVOS ($ 173.763,87) por ÚNICA VEZ a nombre de Farmacia Avenida de Martinich Gabriela Evangelina C.U.I.T Nº 27-22562152-2, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0651/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.; el Convenio de Transferencia de Fondos – Fondo Compensador Municipal – Secretaría del Interior – Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación – Gobierno de Salta, para la Obra PLAN MUNICIPIOS EN ACCIÓN – RECAMBIO DE LUMINARIAS (Zona Urbana – 402 Equipos) – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA; Convenio suscripto entre la Secretaria del Interior y la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia de Salta, y es en virtud de ello que se firma el Convenio de Transferencia de Fondos – Fondo Compensador Municipal – Secretaría del Interior – Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación – Gobierno de Salta, para la Obra PLAN MUNICIPIOS EN ACCIÓN – RECAMBIO DE LUMINARIAS (Zona Urbana – 402 Equipos) – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, y del artículo 17 del Decreto Nº 1.319/18; y conforme al detalle de las especificaciones técnicas que rolan en el Expte. Nº 366 – 30512/23.

QUE, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza vigente de Recursos y Gastos, por el que autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extras presupuestarias.

QUE, dicho Convenio tiene como fin la readecuación del Sistema del Alumbrado Público que se encuadran al citado expediente de la Obra PLAN MUNICIPIOS EN ACCIÓN – RECAMBIO DE LUMINARIAS (Zona Urbana – 402 Equipos) – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA, mejorando considerablemente la condición del alumbrado público en vías de circulación vehicular y peatonal, otorgando de este modo una mejora en el servicio básico, y aportando a un mayor estado de seguridad y resguardo en preservación de sus bienes inmuebles ante hechos de intromisión de extraños en la propiedad y de los espacios públicos que se dispone en todo el trazado de circulación, y que son de masiva concurrencia.

QUE, la ejecución de dicho Convenio se realizará por Ajuste Alzado.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Transferencia de Fondos – Fondo Compensador Municipal – Secretaría del Interior – Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación – Gobierno de Salta, para la Obra PLAN MUNICIPIOS EN ACCIÓN – RECAMBIO DE LUMINARIAS (Zona Urbana – 402 Equipos) – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA, representada por su titular, Dr. JAVIER DIEZ VILLA, con domicilio en Centro Cívico Grand Bourg, Av. de los Incas S/Nº, de la ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Dn. GUILLERMO SEBASTIÁN ALEMAN, con domicilio en calle Av. Sarmiento Nº 300, ciudad de Aguaray,

Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta, por la suma de $ 27.041.414,00 (Pesos VEINTISIETE MILLONES CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 00/100).

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigente – Ejercicio Fiscal 2023, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, Autorizar a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las partes intervinientes y Ordenar la ejecución de dicho Convenio conforme a la carpeta técnica.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN  Nº0652/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Adjunto Nº 1.480/23, presentado por la Vice-Presidente de la Asociación de Artesanos y Productores “La Salamanca” Sra. GRACIONIS, VILMA CAROLINA, DNI Nº 28.275.817, con domicilio en Paraje Campo Blanco, jurisdicción de  ésta Localidad, en el cual solicita autorización para realizar una actividad denominada “RITUAL DEL ARETE GUAZU 2023”  CON VENTA DE COMIDAS Y BEBIDAS, en el Paraje mencionado, el día 26-03-23, desde Hs. 10:00 a 18:30 hs.,  y;

CONSIDERANDO

Que se trata de un evento cultural y según lo manifiesta la solicitante con el fin de mejorar el taller de artesanos con la recaudación que se obtenga.

Que la autoridad municipal apoya este tipo de iniciativas en bien de la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL. LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. GRACIONIS, VILMA CAROLINA., DNI Nº 28.275.817, el permiso correspondiente para realizar en el Paraje Campo Blanco, una actividad denominada “RITUAL DEL ARETE GUAZU 2023” , CON VENTA DE COMIDAS Y BEBIDAS,  el día 26-03-23, desde Hs.:10:00 a hs. 18:30.

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº3.-Comunicar a la solicitante que se exime de los Impuestos pertinentes debiendo abonar solo los sellados de actuación administrativa. Entregar una copia de la presente a la interesada y otra a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José