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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1311 el día 11 de Abril del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN  N°0737/023 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

El viaje a realizar por parte de la Directora de la Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, la Lic. Gladys Villarroel L.P. N° 541, a la Ciudad de Salta Capital, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como fundamentos realizar trámites y presentación de documentación de C.U.D. (Carnet Único de Discapacidad), correspondiente al 11 de abril del presente año.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a la Directora de la Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones a realizar un viaje a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 11 de abril del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viatico correspondiente al 11 de abril del presente año, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha ciudad con cargo de rendición luego de las 72 Hs. de haber finalizado con las actividades, más el 100% del Plus Pecuniario Complementario, según Resolución Municipal N° 877 – 2.022 a nombre de la Directora de la Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones, Lic. Villarroel, Gladys L.P. N° 541.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0738/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Cortez Mario Gustavo DNI Nº 16.016.370 dueño de la Empresa SAMNORTE SANEAMIENTO,Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Orden de Suministro Nº 037909/23 y Orden de Compra Nº 14851, se solicitó el servicio de Desinfección y Control de Plagas, para la Escuela N°4.136 de Misión La Loma, el mismo fue provisto por el Sr. Cortez Mario Gustavo DNI Nº 16.016.370 de la Empresa SAMNORTE SANEAMIENTO, en cumplimiento de las Cláusulas del Convenio adjunto a la presente.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago del servicio prestado a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Cortez Mario Gustavo DNI Nº 16.016.370 de la Empresa SAMNORTE SANEAMIENTO, que pasa a formar parte de la presente.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0739/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. N° 1959/2.023, presentado por la Sra. Luisa Magdalena Rodríguez  D.N.I. Nº 35.073.894, domiciliada en el Paraje Iquira, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Rodríguez solicita una ayuda económica para solventar los gastos de manutención ya que su hijo se encuentra internado en Buenos Aires en el Hospital Garrahan a la espera de una cirugía a realizarse el día 13 de abril del presente año.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 CTVOS. ($15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. Rodríguez, Luisa Magdalena D.N.I. Nº 35.073.894, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0740/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Juan Carlos Sarmiento, DNI Nº 10.822.221, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante solicitud presentada por la Dirección del Colegio Mariano Moreno N° 5.006, solicita la colaboración con el servicio de amplificación de sonido, para la lota familiar, que se realizó el día 05 de abril del corriente año en la institución educativa, a partir de Hs. 19:00.-

Que, es menester redactar un Contrato a fin de garantizar el fiel cumplimiento de los deberes y derechos de las partes.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR  El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Juan Carlos Sarmiento DNI Nº 10.822.221, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0741/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Argentina Fabiana Rojas  DNI Nº 25.841.177, y;

CONSIDERANDO

Que, la demanda consiste en la autorización pertinente de contratación de servicio por la provisión de cuatro (04) sándwich completos y una (01) Gaseosa a cargo de la Sra. Argentina Fabiana Rojas  DNI Nº 25.841.177, para el personal afectado al reparto de agua en varios sectores  del Municipio y personal de diferentes oficinas por la Emergencia Hídrica que estamos atravesando.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago del servicio prestado a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual por provisión de comida, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Argentina Fabiana Rojas DNI Nº 25.841.177, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0742/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por elaboración de comida celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Carmen A. Salgado DNI Nº 24.287.780, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante documentación respaldatoria: Pedidos de Suministros Nº 037906  – N° 037907 y N° 037908, Orden de Compra N° 14843 – N° 14844 y N° 14845; se hace precisa la prestación de Servicio de Comedor (almuerzo y bebidas) destinado al personal afectado al reparto de agua en varios sectores del Municipio y personal de diferentes oficinas por la Emergencia Hídrica que estamos atravesando, según el Visto de la presente.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por elaboración de comida y bebidas, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Carmen A. Salgado   DNI Nº 24.287.780, que pasa a formar parte de la presente.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0743/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Cortez Mario Gustavo DNI Nº 16.016.370 dueño de la Empresa SAMNORTE SANEAMIENTO, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Orden de Suministro Nº 037910/23 y Orden de Compra Nº 14842, se solicitó el servicio de Desmalezado y Aplicación de Químicos Mata yuyos para el Cementerio Local, el mismo fue provisto por el Sr. Cortez Mario Gustavo DNI Nº 16.016.370 de la Empresa SAMNORTE SANEAMIENTO, en cumplimiento de las Cláusulas del Convenio adjunto a la presente.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago del servicio prestado a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Cortez Mario Gustavo DNI Nº 16.016.370 de la Empresa SAMNORTE SANEAMIENTO, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0744/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa GRUPO HYS S.R.L, que brindó el servicio de suministro de Indumentaria para Personal Municipal, mediante solicitud de la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Secretaria de Hacienda a través de la Empresa GRUPO HYS S.R.L CUIT Nº 33-71249233-9, adquirió  Indumentaria para el Personal Municipal, según Factura Nº 009-00001516, 009-00001531, 009-00001532, 009-00001533, 009-00001545, 009-00001547 y 009-00001548.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Indumentarias para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray que llevan a cabo distintas obras y servicios.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL CUARENTA Y UNO  CON 70/100 CTVOS ($ 160.041,70) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa GRUPO HYS S.R.L CUIT Nº 33-71249233-9, con Domicilio en Av. 20 de Febrero, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0745/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de materiales de corralón, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 010-00018343.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA CON 20/100 ($ 26.770,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0746/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Oficina de Tierras y Bienes la cual solicita el pago para el servicio de Alojamiento y Hospedaje para el Personal que trabajo en el Censo 2023 y Estadística de Nación en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que mediante nota ut supra la Empresa RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 20-13275835-3, se brindó el servicio de Alojamiento y Hospedaje para el Personal que trabajo en el Censo 2023 y Estadística de Nación que vinieron a recolectar datos  en la Ciudad de Aguaray, mediante Factura Nº 002-00000314.-

Que en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº: 7.936, establece en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN DE LA SALUD – Art. 104.- “El Municipio promoverá acciones con el objeto de contribuir al bienestar físico, psíquico, social, emocional y espiritual de todos los habitantes, poniendo especial atención en los grupos vulnerables y de riesgo”.

Que el Ejecutivo Municipal contribuye a la salud de la población para garantizar el bienestar público es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a la Residencial Aguada del Zorro.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($ 69.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 20-13275835-3, con domicilio comercial en Pasaje San Francisco 0, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0747/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 0874/023  presentado por Padres de Alumnos de la comunidad El Chorrito perteneciente  a los Altos Valles de Acambuco de la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, un Grupo de Padres  solicitan una ayuda económica, para costear gastos de transporte para sus hijos los cuales deben trasladarse al Colegio Secundario Nº 5186 de Acambuco para realizar su jornada estudiantil, justificando que la distancia hasta la institución es de aproximadamente 6 km y algunas veces las inclemencias del tiempo no le permiten llegar a horario, es por eso que acuden a este pedido.-

Que el Sr. Ortiz Daniel oriundo de la comunidad, será el que realiza el servicio de trasladar a los alumnos hasta el establecimiento y la responsable y representante de cobrar la ayuda solicitada es la Sra. Cointe Ramona Rosana DNI Nº 26.352.400 domiciliada en el paraje de Acambuco de nuestra Ciudad.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106.- “El sistema educativo argentino es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley Nacional 26.206. En relación a ello, el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda mensual para este grupo de jóvenes que quieren estudiar para superarse, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a realizar el pago en concepto de ayuda económica.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la ayuda económica en forma mensual para gastos de transporte para Alumnos del Colegio Secundario Nº 5186 de Acambuco los cuales deben trasladarse del Chorrito a realizar su jornada estudiantil.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 55.000,00) en Forma MENSUAL desde Marzo 2.023 hasta Diciembre 2.023 a nombre de la Sra.  Cointe Ramona Rosana DNI Nº 26.352.400, del Paraje de Acambuco de la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0748/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CAIMI FERNANDO ENRIQUE, que brindó el servicio de Materiales Áridos, mediante Pedido de Suministro Nº 037890/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Pedido de Suministro ut supra y Nota presentada por la dirección de Obras Publicas en la cual se solicitó la compra de Materiales Áridos (05 ARENA x m³) para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137, el mismo servirá para realizar distintas actividades de los alumnos y el equipo docente que se desenvuelve en el establecimiento, es así que a través de la Empresa CAIMI FERNANDO ENRIQUE CUIT Nº 20-16254469-2, según Factura Nº 002-00000404.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106.- El sistema educativo argentino es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley Nacional 26.206. En relación a ello, el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Materiales Áridos  para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137 del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL CON 00/100 ($ 24.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CAIMI FERNANDO ENRIQUE CUIT Nº 20-16254469-2 en la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián