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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1315 el día 17 de Abril del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0766/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Oficina de Tierras y Bienes la cual solicita el pago para el servicio de Alojamiento y Hospedaje que fue brindado al conjunto musical LOS IRANCUNDO, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante nota ut supra la Empresa RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 20-13275835-3, se brindó el servicio de Alojamiento y Hospedaje para el conjunto musical LOS IRANCUNDO, mediante Factura Nº 00002-00000308.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº: 7.936, establece en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN DE LA SALUD – Art. 104.- “El Municipio promoverá acciones con el objeto de contribuir al bienestar físico, psíquico, social, emocional y espiritual de todos los habitantes, poniendo especial atención en los grupos vulnerables y de riesgo”.

Que, el Ejecutivo Municipal contribuye a la salud de la población para garantizar el bienestar público es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a la Residencial Aguada del Zorro.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTIÚN MIL CON 00/100 ($ 21.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 20-13275835-3, con domicilio comercial en Pasaje San Francisco 0, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0767/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Oficina de Tierras y Bienes la cual solicita el pago para el servicio de Alojamiento y Hospedaje que fue brindado a los integrantes de la Secretaría de Modernización del Gobierno de la Provincia de Salta, que participaron de la 1° Mesa de Modernización – Sede Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante nota ut supra la Empresa RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 20-13275835-3, se brindó el servicio de Alojamiento y Hospedaje a los integrantes de la Secretaría de Modernización del Gobierno de la Provincia de Salta, mediante Factura Nº 00002-00000320.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº: 7.936, establece en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN DE LA SALUD – Art. 104.- “El Municipio promoverá acciones con el objeto de contribuir al bienestar físico, psíquico, social, emocional y espiritual de todos los habitantes, poniendo especial atención en los grupos vulnerables y de riesgo”.

Que, el Ejecutivo Municipal contribuye a la salud de la población para garantizar el bienestar público es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a la Residencial Aguada del Zorro.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL CON 00/100 ($ 32.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 20-13275835-3, con domicilio comercial en Pasaje San Francisco 0, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0768/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa NIEVA JUAN IGNACIO, que brindó el servicio de suministro de materiales para la refacción y acondicionamiento de la Casa de Huésped; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante solicitud de la Secretaría de Obras Públicas, mediante Pedidos de Suministros N° 037953/23 y N° 037954/23, se solicitó la compra de materiales para el acondicionamiento de la Casa de Huésped, los cuales se adquirieron a través de la Empresa NIEVA JUAN IGNACIO CUIT Nº 20-41051954-3, según Factura Nº 00001-00000218.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.-

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS OCHENTA Y DOS MIL NOVENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 82.095,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa NIEVA JUAN IGNACIO CUIT Nº 20-41051954-3, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0769/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante Pedido de Suministro Nº 037977/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Pedido de Suministro ut supra se solicitó la colaboración de Materiales para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137, el mismo servirá para realizar distintas actividades de los alumnos y el equipo docente que se desenvuelve en el establecimiento, es así que a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución, según Factura Nº 0010-00018452.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106.- El sistema educativo argentino es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley Nacional 26.206. En relación a ello, el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137 del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON 00/100 ($ 273.424,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0770/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de materiales de corralón, para la refacción y acondicionamiento de la Casa de Huésped; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante solicitud de la Secretaría de Obras Públicas, mediante Pedido de Suministro N° 037951/23, se solicitó la compra de materiales para el acondicionamiento de la Casa de Huésped, los cuales se adquirieron a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, según Factura Nº 0010-00018572.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.-

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA  Y DOS  CON 79/100 ($ 39.382,79) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0771/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa IRON GROUP S.A, que brindó el servicio de repuestos, mediante pedido de suministro Nº 037950/23 del sector parque automotor perteneciente a la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el pedido de suministro Nº: 037950/23 del sector del parque automotor, dependiente de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, a través de la empresa IRON GROUP S.A, solicitó (02) Cuchillas GR-135, (26) Bulón de cuchilla GR-180-215, (26) Tuerca cuchilla GR180-215, (04) Guía cuchilla bronce GR180BR, (01) Filtro de aire GR135/215, (01) Filtro de aire secun. GR135/215, y (01) Filtro de transmisión GR-RT70, para la MOTONIVELADORA marca IRON GR165 XCMG y que por razones de que es imprescindible que el mismo se encuentre en funcionamiento para las tareas inherentes a la contraprestación de servicios hacia los contribuyentes, según Factura Nº00005-00001912.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su TÍTULO PRIMERO PATRIMONIO MUNICIPAL CAPÍTULO ÚNICO PATRIMONIO MUNICIPAL UNIVERSALIDAD – Bienes de interés público, Art. 40- El Municipio puede formar parte del proceso de producción de bienes y prestación de servicios de interés público, garantizando que los beneficios alcancen a toda la comunidad. Será nula toda disposición que establezca la adquisición o enajenación de parte alguna del patrimonio municipal, que no se ajuste a las normas respectivas dictadas por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, esta Carta Orgánica, leyes, ordenanzas, reglamentaciones y disposiciones de organismos competentes.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la ciudad de Aguaray, ve con agrado contribuir en este tipo de situación para el funcionamiento y disponibilidad del parque automotor municipal para toda la comunidad Aguarayense.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma  de PESOS TRESCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 43/100 ($306.794,43) por ÚNICA VEZ a nombre de la empresa IRON GROUP S.A C.U.I.T Nº: 33-70778442-9, con domicilio comercial Don Torcuato – Buenos Aires, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0772/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa EL TERRAPLEN S.R.L., que brindó el servicio de Materiales Áridos, mediante Pedido de Suministro Nº 037978/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Pedido de Suministro ut supra y Nota presentada por la Secretaría de Obras Publicas en la cual se solicitó la compra de Materiales Áridos (30 M3 RIPIO 1/3) para la colocación de los Juegos Infantiles en la Plaza Central, es así que a través de la Empresa EL TERRAPLEN S.R.L. CUIT Nº 30-71022266-1, según Factura Nº 00002-00000491.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.-

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Materiales Áridos para la colocación de los juegos recreativos infantiles, que estarán ubicados en la Plaza Central Martín Miguel de Güemes, en nuestra ciudad.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 226.875,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa EL TERRAPLEN S.R.L. CUIT Nº 30-71022266-1 en la Ciudad de Salta, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0773/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa EL TERRAPLEN S.R.L., que brindó el servicio de Materiales Áridos, mediante Pedido de Suministro Nº 037980/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Pedido de Suministro ut supra y Nota presentada por la dirección de Obras Publicas en la cual se solicitó la compra de Materiales Áridos (05 RIPIO x m³) para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137, el mismo servirá para realizar distintas actividades de los alumnos y el equipo docente que se desenvuelve en el establecimiento, es así que a través de la Empresa EL TERRAPLEN S.R.L. CUIT Nº 30-71022266-1, según Factura Nº 00002-00000490.-

 Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106.- El sistema educativo argentino es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley Nacional 26.206. En relación a ello, el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Materiales Áridos  para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137 del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 55.660,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa EL TERRAPLEN S.R.L. CUIT Nº 30-71022266-1 en la Ciudad de Salta, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0774/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por el encargado de la Oficina de Tierras y Bienes de la Municipalidad de Aguaray, el cual solicita el Servicio Gastronómico para el Personal de CENSO Y ESTADÍSTICA DE NACIÓN, que vinieron a realizar trabajo territorial en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que mediante nota ut supra la Empresa COMEDOR Y CONFITERIA LORTMAT CUIT Nº 20-33138691-0, se brindó el servicio Gastronómico para el Personal de CENSO Y ESTADÍSTICA DE NACIÓN,  que vinieron a realizar trabajo territorial en la Ciudad de Aguaray durante los días 10, 11, y 12 de abril del presente año, mediante Factura Nº 00004-00000559 y 00004-00000560.-

Que,  en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº: 7.936, establece en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN DE LA SALUD – Art. 104.- “El Municipio promoverá acciones con el objeto de contribuir al bienestar físico, psíquico, social, emocional y espiritual de todos los habitantes, poniendo especial atención en los grupos vulnerables y de riesgo”.

Que, el Ejecutivo Municipal contribuye a la salud de la población para garantizar el bienestar público es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a COMEDOR Y CONFITERIA LORTMAT.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 37.900,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA COMEDOR Y CONFITERIA LORTMAT CUIT Nº 20-33138691-0, con domicilio comercial en Av. Sarmiento 140, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0775/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por el encargado de la Oficina de Tierras y Bienes de la Municipalidad de Aguaray, el cual solicita el Servicio Gastronómico para el Personal de la Oficina encargado de la Organización de la 1era Mesa de Modernización – Sede Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que mediante nota ut supra, la Oficina de Tierras y Bienes de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago a la Empresa COMEDOR Y CONFITERIA LORTMAT CUIT Nº 20-33138691-0, que brindó el servicio Gastronómico para el Personal de la Oficina afectado a la organización de la Primer Mesa de Modernización – Sede Aguaray, mediante Factura Nº 00004-00000558.-

Que,  en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº: 7.936, establece en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN DE LA SALUD – Art. 104.- “El Municipio promoverá acciones con el objeto de contribuir al bienestar físico, psíquico, social, emocional y espiritual de todos los habitantes, poniendo especial atención en los grupos vulnerables y de riesgo”.

Que, el Ejecutivo Municipal contribuye a la salud de la población para garantizar el bienestar público es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a COMEDOR Y CONFITERIA LORTMAT.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DIEZ MIL CIEN CON 00/100 ($10.100,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA COMEDOR Y CONFITERIA LORTMAT CUIT Nº 20-33138691-0, con domicilio comercial en Av. Sarmiento 140, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0776/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa HIDRAULICA NORTE, que brindó el servicio de suministro de Una (01) Bomba Centrífuga mediante solicitud de la Esc. N° 4.342 Mtro. Julio Ramón Pereyra de la Comunidad Campo Durán; Y;

CONSIDERANDO

Que teniendo en cuenta la emergencia hídrica que atraviesa el Departamento San Martin incluido el Municipio de Aguaray, la crisis actual del servicio regular de abastecimiento de agua potable que incrementó notablemente la urgencia de provisión del líquido elemento es por esta razón que la Directora de la Institución Educativa N° 4.342 de la Comunidad de Campo Durán, solicita la provisión de una Bomba de Agua de 1 HP, de manera urgente, para abastecer los sanitarios de la escuela, y continuar con el dictado normal de clases.-

Que, el Ejecutivo Municipal ve con agrado asistir en este tipo de situación, que afecta a los alumnos de la institución, con la necesidad de otorgar en calidad de donación lo requerido y que cumple con los objetivos de esta gestión de gobierno, poniendo siempre en primer lugar a los niños de nuestra ciudad.-

Que, la Secretaria de Hacienda a través de la Empresa HIDRAULICA NORTE CUIT Nº 30-71748941-8, adquirió (01) Bomba Centrífuga Nebraska, según Factura Nº 0007-00000085.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 CTVOS ($ 52.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa HIDRAULICA NORTE CUIT Nº 30-71748941-8, con Domicilio en Alberdi 539, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0777/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS que brindó la asistencia de suministro de Tanzas Varias para la Dirección de Obras Públicas  de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que a través de la Empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS C.U.I.T Nº 30-71221560-3, la cual proporcionó (518) mts. de Tanza redonda 3,3 mm, para los distintos trabajos que realiza la Dirección de Obras Publicas y competen a la Municipalidad de Aguaray, mediante Factura Nº 0005-00015037.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de material para las actividades que se encuentran en Ejecución del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 67.340,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS C.U.I.T Nº 30-71221560-3, con domicilio comercial en 20 de Febrero 101, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0778/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS, que brindó el servicio de suministro de Aceites, mediante solicitud del Sector Mecánico de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el sector Mecánico a través de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7, Adquirió (205) Lts. de Aceite 15W 40 y (205) Lts. de Aceite ATF para Stock del Pañol Municipal y el buen funcionamiento de los vehículos oficiales, según Factura Nº 00002- 00000645.-

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos para el buen funcionamiento de Sector Mecánico del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 423.500,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0779/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS, que brindó el servicio de provisión de una Batería Edna M50, mediante solicitud de la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el sector Mecánico de la Municipalidad de Aguaray, a través de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7, Adquirió (01) Batería Edna M50 12×75 con destino el Tractor Massey Ferguson color rojo, perteneciente al Parque Automotor Municipal, según Factura Nº 00002- 00000643.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos para el buen funcionamiento de Sector Mecánico del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 30.500,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0780/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ, que brindó el servicio de insumos y comestibles, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las distintas  áreas a través de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ C.U.I.T Nº 30-67314586-4. Adquirió insumos y comestibles para ser distribuidos en los diferentes sectores y actividades que corresponden a la administración y el buen funcionamiento de las oficinas de la municipalidad, como así también asistir a numerosas familias de escasos recursos de nuestro pueblo,  corresponden las Facturas 00012-00017321, 00012-00017504, 00012-00017505, 00012-00017506, 00012-00017507, 00012-00017508, 00012-00017729, 00012-00017782, 00012-00017783, 00012-00017961, 00012-00018350, 00012-00018386, 00012-00018387, 00012-00018417, 00012-00018600, 00012-00018636, 00012-00018637, 00012-00018638, 00012-00018678, 00012-00018679, 00012-00018681, 00012-00018684, 00012-00018697, 00012-00018741, 00012-00018760, 00012-00018761, 00012-00018796, 00012-00018811, 00012-00018981, 00012-00018982.-

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos y comestibles para las Oficinas y actividades que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 192.600,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ C.U.I.T Nº 30-67314586-4 – con Domicilio Hipólito Irigoyen s/n, de la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº0781/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  2055/23, presentado por la Sra, FLORES, YENI DNI N°  40.523.773, representante de la comunidad de El Algarrobal, jurisdic. de esta Localidad,  en el cual solicita autorización para realizar  la “FIESTA PATRONAL DE SAN JOSE OBRERO” y a continuación “LOTA FAMILIAR, PEÑA Y BAILE,  el día: 06-05-23, a partir de hs. 19:00  hasta las 05:30 de la madrugada del día siguiente , y;

CONSIDERANDO

Que se trata de una actividad que se realiza en el marco de los festejos patronales del lugar, en homenaje a San José Obrero.

Que lo recaudado, según manifiesta la solicitante es para solventar gastos de la mencionada fiesta.

Que la autoridad Mpal. brinda su apoyo para con esta fiesta religiosa.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL. LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.- Conceder a la Sra. FLORES, YENI, DNI N° 40.523.773 representante de la Comunidad de El Algarrobal, jurisdic. de esta Localidad,  la autorización pertinente para realizar la “FIESTA PATRONAL DE SAN JOSE OBRERO”, el día: 06-05-23, a partir de hs. 19:00 hasta las 05:00 de la madrugada del día siguiente

Art.Nº2.-Eximir de los impuestos correspondientes, debiendo abonar los sellados administrativos.

Art.Nº3.-Comunicar a la solicitante que deberá cumplir con todas las    normas y requisitos de seguridad que se exigen al respecto.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica  Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta  Resolución a la Policía Local para su  debido  conocimiento, control y cumplimiento.

Art.Nº6.-Entregar una copia de la presente a la interesada.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y  archívese.

Sr. Sarzur, Juan José  – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0782/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº04/023 que fuera aprobada en Sesión Ordinaria de fecha 04-04-023 por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº1952-023 con fecha 10-04-023; y

CONSIDERANDO

Que, a través del aludido instrumento legislativo se dispone la sustitución, de las placas de bronce que en la actualidad se hallan colocadas en los bustos y monumentos de nuestra Ciudad.

Que, tal medida de reemplazo procura preservar el patrimonio cultural e histórico de Aguaray, evitando que el día de mañana las placas actuales sean objetos de actos de vandalismo.

Que, tal disposición es compartida por este Poder Ejecutivo Municipal, entendiendo que es factible en el plazo otorgado, proceder a la colocación de las nuevas placas de mármol o acrílico.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 04-023 que pasa a ser parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-NOTIFICAR a las áreas  competentes a fin del cumplimiento de la misma.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José  – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

ORDENANZA Nº 04/023

VISTO

Los robos de placas conmemorativas que vienen sucedieron en nuestra ciudad por el alto valor de bronce con el cual son fabricadas, y

CONSIDERANDO

Que, el patrimonio cultural e histórico de la ciudad de Aguaray es la parte importante de la intimidad de la comunidad y debe ser protegida y preservado.

Que, las placas conmemorativas de bronce ubicadas en los diferentes bustos y monumentos de la ciudad son un testimonio importante de la historia y la cultura de la ciudad y su robo y sustracción son una pérdida irreparable.

Que, la sustitución de la placa conmemorativa de bronce por placas de mármol con el mismo contenido de la que se retira, es una medida necesaria para proteger y preservar el patrimonio cultural e histórico.

Que, la regulación de la sustitución de las placas conmemorativas de bronce por placas de mármol es necesaria para garantizar la protección y conservación de estas piezas y respetar a aquellos que las colocaron.

Que, es responsabilidad del municipio garantizar el mantenimiento y protección de las placas conmemorativas y establecer medidas de seguridad para prevenir el robo y la sustracción de las mismas.

Que, deben establecer sanciones y multas para aquellas personas que dañen, alteren o destruyan alguna placa conmemorativa de mármol, a fin de disuadir y prevenir este tipo de acciones.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY Nº 7.936 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.-Se autoriza la sustracción de las placas conmemorativas de bronce que se encuentren ubicadas en los diferentes bustos y monumentos de la ciudad, por placa de mármol con el mismo contenido de la que se retira, con el objeto de proteger el valor histórico y cultural de estos elementos.

Art.Nº2.-Se establece un plazo máximo de nueve meses para realizar la sustitución de las placas conmemorativas de bronce por placas de mármol a fin de garantizar su conservación y respetar el valor y memoria de aquellos que la colocaron. La sustitución se llevara a cabo por parte del municipio a través de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

Art.Nº3.-El Municipio será responsable del mantenimiento y protección de las placas conmemorativas, debiendo llevar a cabo todas las medidas necesarias para su conservación y protección. Asimismo, se establecerán medidas de seguridad para prevenir el robo y la sustracción de las mismas.

Art.Nº4.-Toda personas que dañe, altere o destruya alguna placa conmemorativa de mármol, será sancionada con una multa equivalente a 2.500 (dos mil quinientos) modulo, además de las penas establecidas en el Código Penal.

Art.Nº5.-Toda la placa de mención, reconocimiento y conmemorativa que vaya a ser expuesta en lugares públicos será de mármol para evitar inconvenientes.

Art.Nº6.-Elevar la presente al Ejecutivo Municipal.

Art.Nº7.-De forma.

Sr. Acuña, Carlos  – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN  Nº0783/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. VILLADA, Diego Donato  Legajo Personal Nº 283  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2021,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. VILLADA, Diego Donato  Legajo Personal Nº 283, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.021  por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 20/04/2.023 hasta el 05/06/2.023 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.-

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José  – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0784/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Exptes. Nº 2021/2023  – Decreto Nº 909-022 Convocatorias a Elecciones Generales de la Provincia de Salta 2023 – Decreto 4118/97 Art. 67, y;

CONSIDERANDO

QUE, el Tribunal Electoral de la Pcia. de Salta fijó como fecha para el inicio de la Campaña Electoral el día 14 de abril de 2023 ( Ley 7697 Art. 40) y los Comicios Generales el día 14 de mayo de 2023 (Ley 6444 Art. 30).-

QUE, el agente municipal Méndez, Hugo A. DNI Nº 18.782.714  mediante  Expte. del Visto solicita Licencia por Razones Políticas referenciando el  Decreto 4118/97 Art. 67 en razón de su candidatura como concejal de la Agrupación Municipal Aguaray – A.M.A..-

QUE, habiendo presentado la lista oficializada de candidatos FRENTE VAMOS SALTA por la lista: 331 AGRUPACION MUNICIPAL AGUARAY A.M.A. – Municipio AGUARAY y solicitado la licencia correspondiente, se procede a la sanción de la resolución que habilite al  agente mencionado para su participación en los presentes Comicios Electorales.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACTULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER  al agente municipal Sr. MENDEZ, Hugo A. DNI Nº 18.782.714 Licencia por Razones Políticas con goce de haberes, conforme lo establece el Decreto 4118/97 – Art. 67 a partir del día lunes 17 de abril de 2023 y hasta dos días corridos posteriores a la fecha de finalizado los Comicios Generales de la Pcia. de Salta, debiendo al término de la misma retornar cada uno a su lugar habitual de trabajo.-

Art.Nº2.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaría de Gobierno, RR. HH. y al interesado según corresponda.-

Art.Nº3.-Refrenda la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José  – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  N°0785/023 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje realizado por parte del Personal Perteneciente a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, al Paraje Macueta en los Altos Valles de Acambuco, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como fundamentos, realizar el traslado del personal afectado al relevamiento eléctrico en la Escuela de Macueta N° 4.175.-

Que, para su traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta       Toyota Hilux  4×4, Dominio: IIM589.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje al paraje Macueta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER el viaje realizado por los Agentes Municipales pertenecientes a la Secretaría de Obras Públicas, a la comunidad de Macueta en los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al día 16 de abril del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, los mismos se detallan a continuación:

Apellido y NombrePersonalL.P. Nº/D.N.I N°Sector
CHÁVEZ, AdolfoP.P.785Eléctrico
PERALES, IvánP.E.40.155.637Chofer

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
CHÁVEZ, AdolfoUn (01) día de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-
PERALES, IvánUn (01) día de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José  – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  N°0786/023 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

El viaje a realizar por parte del Personal Perteneciente a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, a la Comunidad de Macueta, el día 17 de Abril  Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como fundamentos realizar el traslado del Personal Municipal  Perales, Maximiliano D.N.I. Nº 40.155.605  –   Chávez, Adolfo L.P 785 y  Cabrera, Armando L.P 364,  con el fin de trasladar al Personal  para la realización de mantenimiento del Sistema Eléctrico de la Escuela.-

Que, para su traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, TOYOTA HILUX Dominio: IIM 589.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho paraje.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a los Agentes Municipales pertenecientes a la Secretaría de Obras Públicas, a realizar un viaje al Paraje Macueta – Acambuco, correspondiente al día 17 de Abril del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, los mismos se detallan a continuación:

Apellido y NombreL.P. NºSector
PERALES, Maximiliano40.155.605Chofer
CHAVEZ, Héctor785Ob. Publicas
CABRERA, Armando364Electricista

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
PERALES, MaximilianoUn (01) día de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-
CHAVEZ, HéctorUn (01) día de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-
CABRERA, ArmandoCinco (05) días de viáticos más 100% del plus Adicional Pecuniario y Complementario

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno y o Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José  – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0787/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por alquiler de vehículo celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y Sr. Evaristo Ignacio DNI Nº 25.957.641, y;

CONSIDERANDO

Que, es menester redactar el Contrato a fin de garantizar el fiel cumplimiento de los deberes y derechos de ambas partes.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTAORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual por alquiler de vehículo, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y Sr. Evaristo Ignacio DNI Nº 25.957.641, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José  – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián