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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1321 el día 25 de Abril del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN  Nº0877/023 (Poder Ejecutivo)            

VISTO

El Expte. Adjunto Nº 1468/23, presentado por la Sra. BANEGA, JUANA MARCELA CUIL Nº 27-25499122-3 con domicilio en pje Campo Duran de esta Localidad, en el cual solicita la inscripción correspondiente de un comercio de rubro: “KIOSCO POLIRUBRO”  a partir de fecha 24-04-2023, en pje Campo Duran de esta Localidad,  y;

CONSIDERANDO

Que la misma ha  presentado la documentación pertinente.

Que  abonó los sellados correspondientes.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Autorizar  a la Sra. BANEGA, JUANA MARCELA CUIL Nº 27-25499122-3, con domicilio en pje Campo Duran de ésta Localidad, a realizar la apertura de un comercio de rubro: “KIOSCO POLIRUBRO”  a partir de fecha  24-04-2023, el que estará ubicado en  pje Campo Duran de esta Localidad.

Art.Nº2.-Inscribirla en nuestro registro de comerciantes, bajo  matrícula Nº 3.576, y Cod. de la Afip. 471190, a partir del día: 24-04-2023.

Art.Nº3.-Comunicar  a la interesada que deberá abonar la Tasa de Actividades Varias en forma mensual,  previa presentación de la Declaración Jurada correspondiente.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Mpal. Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Entregar a la solicitante, una copia de la presente Resolución y otra de la Ordenanza Nº 14/11 del Concejo Deliberante, la que consta de 6 folios, para su debido  conocimiento y cumplimiento.

Art.Nº6.-Comunicar a la solicitante que deberá dar cumplimiento al Art. Nº 96, Ord. 042/11 del Código de Contravenciones.

Art.Nº7.-Enviar copia de esta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento.

Art.Nº8.-Regístrese,  publíquese  en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0878/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Adjunto Nº 2288/23, presentado por el Sr. GOMEZ, CARLOS AGUASTIN  DNI Nº 35595018, en el cual solicita autorización para realizar SEIS “CARRERAS CUADRERAS”  el día 07-05-23, en el predio Hípico “Don Lorenzo”  ubicado en el Paraje Campo Durán, jurisdicción de ésta Localidad, a partir de Hs. 15:00 hasta 19:00, y;

CONSIDERANDO

Que el mismo  abonó los sellados e impuestos correspondientes.

Debe abonar el 10% sobre la venta de entradas, para ello se designará un  inspector municipal que  efectuará el control y cobro del mismo

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA. LEY  N° 7936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Autorizar al Sr. GOMEZ, CARLOS AGUSTIN, DNI Nº 34.595.018 con domicilio en Aguaray, la realización de SEIS “CARRERAS CUADRERAS”, una Principal y CINCO subsiguientes el día 07 de Mayo, en el Predio Hípico “Don Lorenzo” ubicado en el Paraje Campo Durán, jurisdicción de ésta Localidad, a partir de Hs. 15:00 hasta 19:00.

Art.Nº2.-Afectar a un Inspector Municipal para el control y cobro del porcentaje de venta de entradas el día 07-05-23. Deberán cumplir con las normas de seguridad e higiene que establezca la autoridad de aplicación municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de   competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Comunicar al solicitante que deberá abonar los sellados e impuestos correspondientes.  Entregar una copia de la presente al interesado y al Inspector Municipal autorizado.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0879/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, el Sr. BARROSO Cesar Castelfor D.N.I. Nº 16.254.451 con Domicilio Bº Belgrano, solicita una ayuda económica y/o subsidio, para poder solventar gastos de estudios Terciarios de su hija Barroso Lucia E. D.N.I. Nº 40.935.202,  dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir al Sr. BARROSO, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, durante el periodo de tres meses a partir de la fecha.-

Que,  por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 10.000,00 (Pesos Diez Mil con 00/100 centavos),MENSUAL a partir de Abril hasta Junio de 2.023, a nombre del Sr. BARROSO Cesar Castelfor D.N.I. Nº 16.254.451

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°0880/023 (Poder Ejecutivo) 

VISTO

El viaje realizado por parte del Agente Municipal Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a los Altos Valles de Acambuco los días 19, 20 y 21 de abril del presente año, Y;

CONSIDERANDO

Que,  dicho viaje tenía como objetivo realizar el trasladado de Personal Municipal, y realizar la entrega de granos de maíz y mercadería a los parajes de los Altos Valles de Acambuco.-

Que, para su traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Pick Up Ford Ranger XL Plus 3.0 TDI 4×2, Cabina doble, Dominio: GMO672.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER el viaje realizado por parte del Agente Municipal, Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a los Altos Valles de Acambuco, los días 19, 20 y 21 de abril del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por tres (03) días de viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente a los días 19, 20 y 21 de abril del presente año, más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario por cada uno de los días mencionados, según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno y/o Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN  N°0881/023 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

El viaje realizado a los Altos Valles de Acambuco, por parte de los Agentes Municipales y Personal Perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, que desempeñan funciones en la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tenía como fundamentos realizar el traslado de luminarias, mercaderías y realizar relevamiento en los parajes de los Altos Valles de Acambuco.-

Que, para su traslado requirieron el uso de los vehículos oficiales de la Municipalidad de Aguaray: Camioneta Pick Up Ford Ranger XL Plus 3.0 TDI 4×2, Cabina doble, Dominio: GMO671, Toyota Hilux doble cabina Patente IIM589 y Camión Ford 1519.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER los viajes realizados por los Agentes Municipales y Personal del Programa Aguaray Trabaja pertenecientes a la Secretaría de Obras Públicas, a los Altos Valles de Acambuco, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombrePersonalL.P. NºDías de Viático
CHAVEZ, HéctorP.P.49920 y 21/04
VALDEZ, JoséEventual38.653.63321/04
ROJAS, IsaacEventual37.636.33424/04
PERALES, MáximoEventual40.155.60520 y 21/04
ÁLVAREZ, AlbertoEventual40.112.64321/04

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
CHAVEZ, HéctorDos (02) días de Viático más 100% del P.A.P.C por el 20/04 y 2/3 del P.A.P.C. correspondiente al 21/04.-
VALDEZ, JoséUn (01) equivalente de Viatico más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-
ROJAS, IsaacUn (01) equivalente de Viático más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-
PERALES, MáximoDos (02) equivalentes de Viático más 100% del P.A.P.C por el 20/04 y 2/3 del P.A.P.C. correspondiente al 21/04.-
ÁLVAREZ, AlbertoUn (01) equivalente de Viático más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0882/023 (Poder Ejecutivo) 

VISTO         

La Ordenanza Nº031/022 Tarifaria Ejercicio Fiscal 2.023 (Art Nº255) respecto a la actualización de la Tasa por Toque de Anden de los Servicios de Transporte de Pasajeros que ingresan y hacen uso de las plataformas de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro” de nuestra Ciudad; y

CONSIDERANDO

Que, asimismo surge del informe producido por la responsable de la Administración de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro”, que las Empresas que prestan Servicio de Larga Distancia, han incrementado el valor de los pasajes, en consecuencia es factible dictar la norma administrativa de actualización de la Tasa por Toque de Anden y a los fines contables, la misma se expresará en números enteros y se fijará dicha Tasa para los Servicios de Larga Distancia.

Que,  se debe obrar en virtud de la legislación vigente en la materia y sancionar la presente disposición.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR  a la Administración de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro” a actualizar el cobro de la Tasa de TOQUE DE ANDEN del Servicio de Transporte de Pasajeros de Larga Distancia, en la suma de $ 600,00 (Pesos Seiscientos) a partir del día 01 de Mayo  de 2.023.

Art.Nº2.-A fin de un correcto ordenamiento,  AUTORIZAR a la Administración de la Terminal de Ómnibus a emitir los recibos oficiales, consignando el valor del pecio de toque de anden en forma manuscrita, en función de la presente Resolución de actualización y de las futuras que puedan dictarse.

Art.Nº3.-Dar copia  a la Administración de la Terminal a efecto de su cumplimiento, debiendo notificar de la presente Resolución a las Empresas para su efectivo cumplimiento a partir de la fecha establecida.

Art.Nº4.-La presente será refrendada por el Secretario con competencia en razón de lo dispuesto en el Art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0883/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Argentina Fabiana Rojas  DNI Nº 25.841.177, y;

CONSIDERANDO

Que, la demanda consiste en la autorización pertinente de contratación de servicio por la provisión de cinco (05) Sándwiches completos y (01) Gaseosa Manaos x 3lts a cargo de la Sra. Argentina Fabiana Rojas DNI Nº 25.841.177, para el personal afectado al DESCACHARRADO.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago del servicio prestado a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual por provisión de comida, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Argentina Fabiana Rojas DNI Nº 25.841.177, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0884/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Servicio  de Amplificación de Sonido brindado por VELÁZQUEZ SONIDO E ILUMINACIÓN, y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936,Y;

CONSIDERANDO

Que, este servicio de Sonido y Amplificación fue destinado para la Fiesta Comunal “Cierre del Pim Pim” realizada en el Paraje Caraparí, en fecha 01/04/23, el cual fue solicitado por la Sra. Chocobar Elba, de acuerdo a la Factura C N°00002-00000027.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, el Ejecutivo Municipal consideró hacer lugar al pedido efectuado, por parte de los vecinos de la Comunidad de Caraparí.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTAORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR Y RECONOCER el pago por el servicio de Sonido y Amplificación brindado por VELAZQUEZ SONIDO E ILUMINACIÓN, el día 01 de abril del presente año, en la comunidad de Caraparí.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por la suma de Pesos Treinta Mil con 00/100 ($30.000,00) por única vez, a nombre del Sr. Juan José Velázquez DNI Nº 34.610.065, con domicilio en Los Cipreses 673, en la ciudad de Aguaray, según el VISTO Y CONSIDERANDOS de la presente resolución.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0885/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Oficina de Tierras y Bienes la cual solicita el pago para el servicio Gastronómico que fue brindado a los integrantes de la Secretaría de Modernización del Gobierno de la Provincia de Salta, que participaron de la 1° Mesa de Modernización – Sede Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que mediante nota ut supra la Empresa JC MUÑOZ E HIJOS SRL CUIT Nº 30-71230550-5, se brindó el servicio Gastronómico a los integrantes de la Secretaría de Modernización del Gobierno de la Provincia de Salta, mediante Factura Nº 0010-00000214.-

Que el Ejecutivo Municipal contribuye a la población para garantizar el bienestar público es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a JC MUÑOZ E HIJOS SRL.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTI OCHO MIL CON 00/100 ($ 28.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA JC MUÑOZ E HIJOS SRL CUIT Nº 30-71230550-5, con domicilio comercial en Av. Mariano Moreno 314, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0886/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa AUTOSERVICIO JOSELITO que brindó la provisión de mercadería para las cajas  de velorios, mediante solicitud de la Dirección de  Acción Social de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Acción Social a través de la Empresa AUTOSERVICIO JOSELITO CUIT Nº 20-25005377-1, obtuvo Mercaderías Varias para el armado de Cajas en concepto de asistencia a los Velorios que tienen lugar en nuestra jurisdicción, y de esta forma apoyar a las Familias que Perdieron un ser Querido y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, mediante Factura Nº 005-00000163 y 005-00000164.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que necesitan viajar a realizarse distintos  estudios médico.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 92.800,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AUTOSERVICIO JOSELITO CUIT Nº 20-25005377-1, con domicilio legal en Mariano Moreno y Eva Perón 0, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0887/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº03-023 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº1.950-023 con fecha 10-04-023; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante plantea la necesidad de que a través de la Oficina Municipal competente se elabore un proyecto que  brinde una solución a  la problemática, que producto de las intensas precipitaciones ocurridas en nuestra Ciudad, ocasiona la ruptura de la línea principal de agua a la altura de la quebrada de Tuyunti sobre la Ex Ruta 34, que provee el servicio a toda la Comunidad de Aguaray.

Que, el servicio de provisión de agua potable no es competencia de la administración Municipal, sino de la Empresa Aguas del Norte.

Que, no obstante ello es recomendable y prudente cooperar con la elaboración del proyecto de Obra, toda vez que ello implicara un beneficio y una mejor calidad de vida para todos los vecinos de Aguaray.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR la Ordenanza 03-23,  la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-En razón de lo dispuesto TENGASE por  PROMULGADA la Ordenanza Municipal Nº03-023, dese copia al Concejo Deliberante a los fines pertinentes.

Art.Nº3.-Notificar a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos Municipal a los fines del cumplimiento de la Ordenanza promulgada.

Art.Nº4.-Refrendará el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

ORDENANZA Nº03/023

VISTO

Que, en ya reiteradas veces se rompe el caño del acueducto en la conocida quebrada de vera en la vieja ruta 34 en la

Av. Belgrano.

CONSIDERANDO

Que, es de importancia ser provisor que esta situación no vuelva a ocurrir.

Que, trae aparejados incontables perjuicios en nuestra salud al tomar agua marrón chocolate.

Que, obstaculiza cañerías y redes de agua domiciliarias.

Que, ensucia los tanques elevados con toda dificultad que conlleva lavarlos.

Que, dañan los tan preciados lavarropas y calefones.

Que, la empresa no se hará responsable de las reparaciones, ni devoluciones.

POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY Nº 7.936, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.-requerir al Ejecutivo Municipal proceda a través del Área que le corresponda, realice un proyecto a Aguas del Norte con posible solución.

Art.Nº2.-Si la empresa encuentra enroña las premisas mande equipo técnico a realizar dicho proyecto.

Art.Nº3.-Agregar al proyecto un cambio de cañerías e un tramo de 300 metros aproximadamente, a baja profundidad y evaluar la posibilidad de un recambio de la misma que se encuentra desgastada.

Art.Nº4.-Elevar la presente al Ejecutivo Municipal.

Sra. Cáceres, Claudia – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN Nº0888/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº05-023 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº1.953-023 con fecha 10-04-023; y

CONSIDERANDO

Que, la indicada norma legislativa PROHIBE el estacionamiento de Camiones de Carga en ambas banquinas de la Ruta Nacional Nº34, ubicadas en inmediaciones del Control de Gendarmería Nacional con orientación sur desde intersección de Avda. Mariano Moreno hasta la Gruta del Gauchito Gil.

Que, este Ejecutivo Municipal considera necesario arribar a un entendimiento con las autoridades de control a fin del cumplimiento de la norma citada.

Que, ya existe un principio de acuerdo de cooperación Institucional que haga aplicable lo dispuesto.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR la Ordenanza Nº05-023,  la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-En razón de lo dispuesto TENGASE por  PROMULGADA la Ordenanza Municipal Nº05-023, dese copia al Concejo Deliberante a los fines pertinentes.-

Art.Nº3.-Notificar a la Dirección de Tránsito Municipal a los fines del cumplimiento y puesta en vigencia de la Ordenanza promulgada.

Art.Nº4.-Refrendará el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

ORDENANZA Nº05/023

VISTO

La conducta de los choferes de los camiones de carga al estacionar en la entrada de la Ciudad de Aguaray a ambos costados de la Ruta Nacional 34 que causa problemas de tráfico, seguridad y

CONSIDERANDO

Que, es necesario tomar medidas para proteger la seguridad vial y el medio ambiente de la Comunidad de Aguaray, para garantizar la libre circulación de los vehículos, personas de la zona en especial de los niños que todos los días lo transitan al ir a la escuela.

Que, la prohibición del estacionamiento de los camiones en frente del pueblo a ambos lado de la Ruta Nacional 34 resolverá los problemas mencionados mejorando la calidad de vida de los ciudadanos.

Que, la Ley 24.449 art. 48 PROHIBICIONES inciso i reza; la detención irregular sobre la calzada, el estacionamiento sobre la banquina  y la detención en ella sin ocurrir emergencia.

Que, la regularización del tráfico y el estacionamiento en la zona es competencia de las autoridades locales, según lo establecido por la legislación vigente.

POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY Nº 7.936, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.-Se prohíbe el estacionamiento de camiones en el costado de la Ruta Nacional 34 que se encuentra a las afuera de la Ciudad de Aguaray, en el tramo comprendido entre el control de Gendarmería y el final de la Comunidad La Loma (donde se encuentra la gruta del Gauchito Gil).

Art.Nº2.-La prohibición establecida en el Art.1 se aplicara las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

Art.Nº3.-Se considera como camión a todo vehículo de carga con un peso bruto superior a los 3.500 kg.

Art.Nº4.-Las infracciones a la presente Ordenanza serán sancionadas con multas y/o la remoción del vehículo, según lo establecido por las normas de tránsito y las regulación locales aplicables.

Art.Nº5.-Las autoridades locales serán responsables de la implementación y aplicación de la Presente Ordenanza.

Art.Nº6.-Elevar la presente del Ejecutivo Municipal.

Art.Nº7.-De forma.

Sr. Acuña, Carlos – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN N°0889/023 (Poder Ejecutivo)   

VISTO

La comisión de servicio que debió realizar en la Ciudad de Salta por parte del Tesorero Municipal Sr. Ariel H. Umbidez DNI N° 21.311.601, por los días 13 y 14/04/023, y,

CONSIDERANDO

Que, esta comisión de servicio el Sr. Umbidez se reunió con el Asesor Contable para cumplimentar documentaciones correspondientes a su área y otras gestiones.

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viático por la comisión del citado viaje a la ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER al Tesorero Municipal Sr. Ariel H. Umbidez DNI N° 21.311.601 por la comisión de servicio por los días 13 y 14/04/023 a la Ciudad de Salta Capital, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y CONSIDERANDO de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR Al Departamento Contable a emitir la correspondiente Orden de Pago por dos (02) días de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente a los días descriptos en el art. 1º, más el 100 % P.A.C por el día 13 y el día 14 el 2/3% según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Sr. Ariel H. Umbidez DNI N° 21.311.601.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0890/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, el Sr. ROSENDO Martin D.N.I. Nº 17.018.997 con Domicilio Comunidad Tres Quebrada, solicita una ayuda económica y/o subsidio, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir al Sr. ROSENDO, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, durante el periodo de tres meses a partir de la fecha.-

Que,  por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100 centavos),MENSUAL a partir del mes de Mayo hasta el mes de Julio de 2.023, a nombre del Sr. ROSENDO Martin D.N.I. Nº 17.018.997.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0891/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El contrato de servicio eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Melgar, Cristian Javier DNI Nº27.912.547, y,

CONSIDERANDO

Que, mediante nota de solicitud ingresada al Despacho del E.M por parte del comisario Diego Galean según Expte. Nº2234-023 en referencia a un pedido de colaboración por servicio de desmalezado y limpieza en el predio del Cuerpo Infantil sito en calle Pje. San Francisco y Salta de nuestra localidad.

Que, el Ejecutivo Municipal considera necesario hacer ligar al pedido efectuado dadas las razones de limpieza y seguridad.

Que, a raíz de ello se considera contratar al Sr. Melgar, Cristian Javier DNI Nº27.912.547, y su grupo de trabajo que se encuentra en situación de desocupados para que lleven adelante el trabajo solicitado.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual por provisión de comida, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y Sr. Melgar, Cristian Javier DNI Nº27.912.547, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0892/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Oficina de Tierras y Bienes la cual solicita el pago para el servicio Gastronómico que fue brindado a los integrantes de la Secretaría de Modernización del Gobierno de la Provincia de Salta, que participaron de la 1° Mesa de Modernización – Sede Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que mediante nota ut supra la Empresa COMEDOR Y CONFITERIA LORTMAT CUIT Nº 20-33138691-0, se brindó el servicio Gastronómico a los integrantes de la Secretaría de Modernización del Gobierno de la Provincia de Salta, mediante Factura Nº 004-00000565.-

Que el Ejecutivo Municipal contribuye a la población para garantizar el bienestar público es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a COMEDOR Y CONFITERIA LORTMAT.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS  CON 00/100 ($ 126.800,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA COMEDOR Y CONFITERIA LORTMAT CUIT Nº 20-33138691-0, con domicilio comercial en Av. Sarmiento 140, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José