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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1325 el día 02 de Mayo del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0913/023 (Poder Ejecutivo)   

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº06/023 que fuera aprobada en Sesión Ordinaria de fecha 25-04-023 por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº2382-023 con fecha 26-04-023; y

CONSIDERANDO

Que, la norma legislativa  prohíbe el acopio de granos en domicilios particulares y establecimientos no habilitados según normas bromatológicas y comerciales vigentes.

Que, tales actividades de no cumplir con los requisitos mínimos indispensables y la respectiva habilitación municipal, generan la proliferación de roedores e insectos, poniendo en riesgo la salud pública de la población.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 06-023 que pasa a ser parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-NOTIFICAR al área de Bromatología, Medio Ambiente y Comercio a fin del cumplimiento de la misma.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

ORDENANZA Nº 06/023

VISTO

La necesidad de reglamentar el resguardo de grano en domicilios particulares y establecimientos no habilitados, y

CONSIDERANDO

Que, existen constantes reclamos por parte de vecinos de la ciudad de Aguaray en relación al almacenamiento de granos en domicilios particulares.

Que es necesario controlar esta actividad mediante acciones para impedir futuros riesgos en la comunidad.

Que, estas actividades no supervisadas pueden accionar daños directo como los insectos y los ácaros, sino también porque los estándares de comercialización prohíben la venta de mercaderías con insectos vivos.

Que, la falta de limpieza correcta de las instalaciones permite que los restos de granos y polvo atraer a roedores y aves ya que estos son su fuente de alimentos.

Que, el Art. 125 de la C.O.M Establece El Concejo Deliberante establecerá normas higienes sanitarias y bromatológicas complementarias, para la elaboración, comercialización, circulación y transporte de alimento, disponiendo asimismo, la prohibición y/o sanción de toda acción que atente contra la calidad de estos y sus componentes.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY Nº7.936, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.-PROHIBIR el acopio de granos en domicilios particulares y establecimientos que no estén habilitados según normas bromatológicas y comerciales.

Art.Nº2.-El Municipio a través del Área de competencia notificara a los que realicen esta actividad no habilitada, una vez promulgada la presente y si incumpliere las normas vigentes se aplicara una multa desde 250 (doscientos cincuenta) a 400 (cuatrocientos) módulos.

Art.Nº3.-Notificar de la presente al Ejecutivo Municipal para su promulgación.

Art.Nº4.-De Forma

   Sr. Acuña, Carlos – Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN Nº0914/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 2418/23, presentado por la Sra. RODRIGUEZ Luisa Magdalena D.N.I. Nº 35.073.894, domiciliado en la Comunidad Iquira, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. RODRIGUEZ, mediante el Expte. Ut supra, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo que su Hija se encuentra internada realizándole diferentes estudios médicos en un hospital en la Provincia de Buenos Aires y no cuenta con los recursos económicos para poder solventar los gastos que implican y es por ello que asiste a este pedido.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de Salud.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) por UNICA VEZ a la Sra. RODRIGUEZ Luisa Magdalena D.N.I. Nº 35.073.894, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0915/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 2417/23 presentado por Integrantes de un equipo de Futbol de Veteranos de 55 Años perteneciente a la Ciudad de Aguaray; Y.-

CONSIDERANDO

Que a través del Expte ut supra los integrantes de un Equipo de Futbol de Veteranos de 55 Años los cuales  solicitan una colaboración económica para el pago de Camisetas necesarias para desarrollar dicha disciplina con otros equipos y torneos locales.-

Que los integrantes del equipo solicitan que el delegado y responsable para retirar el beneficio sea el Sr. USTARES Oscar Reynaldo DNI Nº 21.311.518.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado contribuir con un equipo de Futbol de Veteranos de 55 Años y de esta forma apostar a los Adultos  de nuestro pueblo apoyando el deporte y la participación, es así que se autoriza a la Secretaria de Hacienda realizar el pago en concepto de ayuda económica.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100  ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del el Sr. USTARES Oscar Reynaldo DNI Nº 21.311.518, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°0916/023 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936; Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”; El Contrato de Trabajo por tiempo determinado, celebrado con la Sra. ROJAS, EMILIA D.N.I. Nº 34.126.422, Y;

CONSIDERANDO

Que, a través del Contrato de Trabajo, que se adjunta a la presente Resolución, se contrató a la Sra. Rojas, Emilia  D.N.I. Nº 34.126.422, con domicilio en Misión Tuyunti S/N – Aguaray, para que se desempeñe en la Planta de Personal Contratado (Ley N° 6068, Art. 5, 9 ss. Y cc.) del Municipio de Aguaray.-

Que, en cumplimiento del Art. 11 de la Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, la Sra. ROJAS, EMILIA D.N.I. Nº 34.126.422, iniciará sus tareas a partir del 1º de abril  de 2.023, concluyendo con las mismas el día 30 de junio del 2.023.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Art. 11 de la Ley N° 6068, es que corresponde dictar el correspondiente instrumento administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Contrato de Trabajo, parte integral de la presente Resolución, celebrado con la Sra. ROJAS, EMILIA D.N.I. Nº 34.126.422, con domicilio en Misión Tuyunti S/N – Aguaray, con fecha de inicio el 1º de  abril de 2.023 y finalizando el día 30 de junio del 2.023, desempeñando  funciones inherentes a la prestación esencial de la Municipalidad de Aguaray, con jornada laboral de 6 horas diarias sean en turnos fijos o rotativos.-

Art.Nº2.-FIJESE como remuneración la suma correspondiente a la Categoría N° 15 de la escala salarial municipal vigente, más las asignaciones familiares y aportes que por Ley correspondan.-

Art.Nº3.-IMPUTESE el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente.-

Art.Nº4.-COMUNIQUESE a las siguientes Oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Liquidaciones y a la Interesada a los efectos correspondiente.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°0917/023 (Poder Ejecutivo)       

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936; Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”; El Contrato de Trabajo por tiempo determinado, celebrado con el Sr. ARISPE, WALTER ANTONIO  D.N.I. Nº 37.301.865, Y;

CONSIDERANDO

Que, a través del Contrato de Trabajo, que se adjunta a la presente Resolución, se contrató al Sr. Arispe, Walter Antonio   D.N.I. Nº 37.301.865 con domicilio en  Misión Tuyunti S/N – Aguaray, para que se desempeñe en la Planta de Personal Contratado (Ley N° 6068, Art. 5, 9 ss. Y cc.) del Municipio de Aguaray.-       

Que, en cumplimiento del Art. 11 de la Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, el Sr. ARISPE, WALTER ANTONIO   D.N.I. Nº 37.301.865  iniciará sus tareas a partir del 1º de abril de 2.023, concluyendo con las mismas el día 30 de junio de 2.023.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Art. 11 de la Ley N° 6068, es que corresponde dictar el correspondiente instrumento administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Contrato de Trabajo, parte integral de la presente Resolución, celebrado con el Sr. ARISPE, WALTER ANTONIO   D.N.I. Nº 37.301.865, con domicilio en Misión Tuyunti S/N – Aguaray, con fecha de inicio el 1º de abril de 2.023 y finalizando el día 30 de junio de 2.023, desempeñando las funciones inherentes a la prestación esencial de la Municipalidad de Aguaray, con jornada laboral de 6 horas diarias sean en turnos fijos o rotativos.-

Art.Nº2.-FIJESE como remuneración la suma correspondiente a la Categoría N° 15 de la escala salarial municipal vigente, más las asignaciones familiares y aportes que por Ley correspondan.-

Art.Nº3..-IMPUTESE el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente.-

Art.Nº4.-COMUNIQUESE a las siguientes Oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Liquidaciones y al Interesado a los efectos correspondiente.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°0918/023 (Poder Ejecutivo)    

 VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936; Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”; El Contrato de Trabajo por tiempo determinado, celebrado con la Sra. AGUILERA, ROMINA MERCEDES  D.N.I. Nº 31.497.352, y;

CONSIDERANDO

Que, a través del Contrato de Trabajo, que se adjunta a la presente Resolución, se contrató a la Sra. Aguilera, Romina Mercedes  D.N.I. Nº 31.497.352 con domicilio en calle Belgrano S/N – Bº 20 de Febrero – Aguaray, para que se desempeñe en la Planta de Personal Contratado (Ley N° 6068, Art. 5, 9 ss. Y cc.) del Municipio de Aguaray.-     

Que, en cumplimiento del Art. 11 de la Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, la Sra. AGUILERA, ROMINA MERCEDES   D.N.I. Nº 31.497.352  iniciará sus tareas a partir del 1º de abril de 2.023, concluyendo con las mismas el día 30 de junio de 2.023.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Art. 11 de la Ley N° 6068, es que corresponde dictar el correspondiente instrumento administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Contrato de Trabajo, parte integral de la presente Resolución, celebrado con la Sra. AGUILERA, ROMINA MERCEDES  D.N.I. Nº 31.497.352, con domicilio en calle Belgrano S/N – Bº 20 de Febrero – Aguaray, con fecha de inicio el 1º de abril de 2.023 y finalizando el día 30 de junio de 2.023, desempeñando las funciones inherentes a la prestación esencial de la Municipalidad de Aguaray, con jornada laboral de 6 horas diarias sean en turnos fijos o rotativos.-

Art.Nº2.-FIJESE como remuneración la suma correspondiente a la Categoría N° 15 de la escala salarial municipal vigente, más las asignaciones familiares y aportes que por Ley correspondan.-

Art.Nº3.-IMPUTESE el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente.-

Art.Nº4.-COMUNIQUESE a las siguientes Oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Liquidaciones y a la Interesada a los efectos correspondientes.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián