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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1358 el día 22 de Junio del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº1190/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº08-023 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº 3.341-2023 con fecha 06-06-023; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante establece el reconocimiento y delimita geográficamente los puntos que dan lugar a la creación del Barrio Bella Vista, ubicado en la margen Este de la Ruta Nacional Nº34 de nuestra Ciudad.

Que, el terreno objeto de la norma dictada, según consta en los registros de la Dirección General de Inmuebles de la Provincia de Salta, pertenece a los siguientes propietarios: “Narcisa Gallardo de Bolivar – Eusebia Teofila Bolivar – Benancia Bolivar –Gumercindo Bolivar – Justina Bolivar y Orlando Monteros” con una superficie de 83 Has. 3.461 m2., se adjunta Plano.

Que, es pertinente y adecuado sancionar la DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA SUJETA A EXPROPIACION por parte de la PROVINCIA y/o NACION del Inmueble referenciado, a fin de que las Familias allí residentes tengan la posibilidad cierta de regularizar su situación de dominio y a través de los programas vigentes acceder a la escritura de sus terrenos.

Que, el Municipio no tiene potestad de reconocer derechos sobre la propiedad privada, situación que ésta norma contempla, con el consiguiente riesgo de someter al Municipio a una posible disputa judicial con los titulares del Inmueble citado.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 30 y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo de VETO.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-VETAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 08-023 en razón de los fundamentos esgrimidos en los considerandos de la presente.

Art.Nº2.-SOLICITAR al Concejo Deliberante sancione la DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA, SUJETO A EXPROPIACION DEL INMUEBLE IDENTIFICADO CON MATRICULA Nº21.957 – LOTE 208 “B”, por la ineludible necesidad de regularización Dominial de las Familias que allí residen y así lograr la integración socio urbana pertinente.

Art.Nº3.-En razón de la precedentemente dispuesto TENGASE por VETADA la ORDENANZA Nº08-023.-

Art.Nº4.-NOTIFICAR al Concejo Deliberante a los fines pertinentes, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal- Ley Nº7936.-

Art.Nº5.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

 Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1191/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Adjunto Nº 78/23, presentado por la Sra. MEDINA, CLARA, CUIL 27-13275920-6 inscripta con el rubro: “KIOSCO C/ VTA DE COMESTIBLES Y BEB. ALCOHOLICAS EN ENVASE CERRADO” anexo “PAÑALERA Y VTA DE PIROCTECNIA P/T. Mat. Ccial N° 2.422, la que solicita modificar el rubro y;

CONSIDERANDO

Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.

Que ha abonado los sellados correspondientes.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Modificar el RUBRO de la Mat. Ccial. N° 2.422,   a nombre de la Sra. MEDINA, CLARA, CUIL N° 27-13275920-6, a partir de fecha 21-06-23, el cual será “KIOSCO C/ VTA DE COMESTIBLES Y BEB. ALCOHOLICAS EN ENVASE CERRADO” anexo “PAÑALERA”

Art.Nº2.-Comunicar a la solicitante que deberá abonar los sellados administrativos.                                                                                                                                                                             

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Entregar una copia de la presente a la interesada.

Art.Nº5.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1192/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa HIDRAULICA NORTE, que brindó el servicio de suministro de Una (01) Bomba Trifásica mediante solicitud de la Comunidad de La Loma de la Ciudad de Aguaray, Expte Nº 2596/23, La Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Y;

CONSIDERANDO

Que teniendo en cuenta la Emergencia Hídrica que atraviesa el Departamento San Martin en especial el Municipio de Aguaray, la crisis actual del servicio regular de abastecimiento de agua potable que incrementó notablemente la urgencia de provisión del líquido elemento es por esta razón que vecinos y Autoridades de la Comunidad de La Loma solicitan la provisión de una Bomba de Agua de 4 HP, de manera urgente, para abastecer a las familias que pertenecen a dicho lugar. –

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO ÚNICO PATRIMONIOMUNICIPAL UNIVERSALIDAD, Art. 39.- El patrimonio municipal se integra por la totalidad de los bienes, derechos y acciones de su propiedad, sean del dominio público o privado. 1. Son bienes de dominio público municipal los destinados para el uso y utilidad general, sujetos a las disposiciones reglamentarias pertinentes, y aquellos que provienen de legados, donaciones y otros actos de disposición y que se encuentran afectados a la prestación de un servicio público, salvo disposición expresa en contrario. Son inajenables, inembargables e imprescriptibles mientras se encuentren afectados al uso público. Sólo podrán ser desafectados de su calidad de bien público, aquél que sea objeto de Ordenanza aprobada a tal efecto por las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante. Los particulares tienen el uso y goce de los mismos conforme con las Ordenanzas que a tal efecto se dicten. –

Que la Secretaria de Hacienda a través de la Empresa HIDRAULICA NORTE CUIT Nº 30-71748941-8, con domicilio legal en Alberdi539, ciudad de Tartagal,adquirió (01) BOMBA BH 400 T 4 HP TRIFÁSICA DE 4X4, según Factura Nº 0007-00000090, siendo esta parte del patrimonio de bienes de la Municipalidad de Aguaray, la cual será proporcionada en concepto de Comodato a la Comunidad de la Loma, por el termino de (01) UN AÑO dando inicio desde la fecha 22 de JUNIO del año 2.023 hasta el día 21 de JUNIO de año 2.024.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la asistencia a la comunidad de la loma de (01) BOMBA BH 400 T 4 HP TRIFÁSICA DE 4X4, en concepto de COMODATO por el termino de (01) UN AÑO dando inicio desde la fecha 22 de JUNIO del año 2.023 hasta el día 21 de JUNIO de año 2.024.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 40/100 CTVOS ($ 469.481,40) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa HIDRAULICA NORTE CUIT Nº 30-71748941-8, con Domicilio en Alberdi 539, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1193/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de brindar una ayuda al Sr. RIVERA Firmo Francisco DNI Nº 40.155.596, domiciliado en el Paraje de Colodro de los Altos Valles de Acambuco en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. Rivera solicita una ayuda económica por motivo se encuentra atravesando una difícil situación de salud y debe trasladarse desde el pueblo de Aguaray hasta el paraje de Colodro porque se encontraba realizando diferentes estudios médicos y post operatorios, es por eso que acude a este pedido. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. RIVERA Firmo Francisco DNI Nº 40.155.596, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1194/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedido de Suministro Nº 038383/2023, Resolución Municipal Nº 1179/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que el sector de Taller Mecánico, dependiente de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, solicita Cambio de Inyectores Nuevos, Cambio de Filtros Varios y mano de obra para la Trafic Renault Master, Dominio AB768GH y que por razones de que es imprescindible que la misma se encuentre en funcionamiento para las tareas inherentes que lleva a cabo el Municipio y en consecuencia de la situación actual, surge la necesidad de iniciar las tareas que competen al  Servicio del Municipio.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 038383/23, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (02) INYECTORES NUEVOS, CAMBIOS DE FILTROS VARIOS Y MANO DE OBRA PARA LA TRAFIC RENAULT MASTER, DOMINIO AB768GH, PERTENECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que mediante Resolución Municipal Nº 1179 – 2.023 se realizó el pago correspondiente a la Primera parte del Servicio ejecutado por la Empresa PADILLA FERNANDO ISMAEL C.U.I.T. Nº 20-40709675-5, con domicilio Casa 10 en la Ciudad de Tartagal, quedando pendiente el Segundo pago por un monto de PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 520.000,00) IVA incluido. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE (02) INYECTORES NUEVOS, CAMBIOS DE FILTROS VARIOS Y MANO DE OBRA PARA LA TRAFIC RENAULT MASTER, DOMINIO AB768GH, PERTENECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA PADILLA FERNANDO ISMAEL C.U.I.T. Nº 20-40709675-5, con domicilio Casa 10 en la Ciudad de Tartagal, por un monto de PESOS QUINIENTOS VENINTE MIL CON 00/100 ($ 520.000,00), según Factura Nº 001-00000102 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1195/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia Avenida, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Expte Nº 3550/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente al mes de MAYO del año en curso, mediante Factura B Nº 034-00000123,

Que, la carta Orgánica Municipal – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- “El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social”. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 33/100 CTVOS ($ 531.797,33) por ÚNICA VEZ a nombre de Farmacia Avenida de Martinich Gabriela Evangelina C.U.I.T Nº 27-22562152-2, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1196/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedido de Suministro Nº 038382/2023, Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago por el servicio que se brindó a vehículos oficiales, perteneciente al Parque Automotor Municipal y que por razones de que es imprescindible contar con el buen funcionamiento del vehículo para la ejecución de las distintas tareas que se realizan en el municipio de Aguaray. –

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 038382/23, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (01) REPARACION DE MECANISMO DE CAJA, CONSTRUCCIONDE PERNOS Y BUJES CON MATERIALES INCLUIDOS, PARA EL CAMION FORD CARGO 1519, PERTANECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE (01) REPARACION DE MECANISMO DE CAJA, CONSTRUCCIONDE PERNOS Y BUJES CON MATERIALES INCLUIDOS, PARA EL CAMION FORD CARGO 1519, PERTANECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CIL CARLOS ALBERTO C.U.I.T. Nº 20-08179770-7, con domicilio Casa 10 en la Ciudad de Tartagal, por un monto de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 535.000,00), según Factura Nº 002-00000090 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1197/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ, que realizó la provisión de Bebidas y Comestibles, mediante solicitud de distintos sectores y áreas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores a través de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ  CUIT Nº 20-24968865-8, adquirió la provisión de Aguas, Gaseosas, Verduras  y  Comestibles para ser destinados como ayuda a personas de escasos recursos como así también en Actividades y Eventos que se realizan en la ciudad de Aguaray, mediante Facturas Nº 012-00021914, 012-00022085, 012-00022671, 012-00022678, 012-00022001, 012-00022666, 012-00022002, 012-00021922, 012-00022669, 012-00021940, 012-00021939, 012-00021909, 012-00021913, 012-00022000, 012-00022004, 012-00022675, 012-00022086, 012-00022672, 012-00021999, 012-00022670, 012-00022668, 012-00022599

012-00022598 y 012-00022667.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en las Actividades y Eventos que realizan los diferentes sectores, áreas y Direcciones de la municipalidad, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente al Autoservicio Sánchez. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIEN CON 00/100 ($ 291.100,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ CUIT Nº 20-24968865-8, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1198/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 3580/23 presentado por la Sra. VIRAVICA Alicia D.N.I. Nº 25.499.067, domiciliada en la Comunidad de Piquirenda Estación, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Viravica, solicita una ayuda económica por motivo que el día 08 de julio del presenta año se estará realizando la fiesta en honor a la virgen de del Itati en su domicilio y como no cuenta con los recursos económicos es que acude a este pedido. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar para estas fiestas, con el fin de mantener el espíritu cristiano a los pobladores. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. VIRAVICA Alicia D.N.I. Nº 25.499.067, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1199/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa EL ESPEJO, que brindó el servicio de Insumos y elementos de Limpieza para las diferentes áreas y oficinas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, a través de la Empresa EL ESPEJO C.U.I.T Nº 27-13627850-4, se adquirió el servicio de Insumos y elementos de Limpieza para las diferentes áreas y oficinas de la Municipalidad de Aguaray, mediante FACTURAS Nº 003-00000979, 003-00000980, 003-00000981, 003-00000982, 003-00000983, 003-00000984, 003-00000985, 003-00000986, 003-00000987, 003-00000988, 003-00000989, 003-00000990, 003-00000991, 003-00000992

003-00000993, 003-00000994, 003-00000995, 003-00000996, 003-00000997, 003-00000998

003-00000999, 003-00001000 y 003-00001001.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago para el servicio de provisión de materiales para limpieza destinados a las oficinas y sectores de la municipalidad debido a que es de suma importancia la higiene ya que de esa manera evitamos la proliferación de roedores y otros organismos que afectan la salud de las personas. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL VEINTE CON 00/100 ($ 199.020,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa EL ESPEJO, de la Sra Vega Silvia Susana C.U.I.T Nº 27-13627850-4 con domicilio comercial en Mariano Moreno 470, Cuidad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1200/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 092/23, presentado por el Sr. BARROSO, LUCAS ESTANISLAO, DNI Nº 30.420.587, en el cual solicita autorización para realizar SEIS “CARRERAS CUADRERAS”, el día 02-07-23, en el predio Hípico “Don Lorenzo” ubicado en el Paraje Campo Durán, jurisdicción de ésta Localidad, a partir de Hs. 14:30 hasta 18:30, y;

CONSIDERANDO

Que el mismo abonó los sellados e impuestos correspondientes.

Debe abonar el 10% sobre la venta de entradas, para ello se designará un inspector municipal que efectuará el control y cobro del mismo

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA. LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Autorizar al Sr. BARROSO, LUCAS ESTANISLAO, DNI Nº 30.420.587, con domicilio en Aguaray, la realización de SEIS “CARRERAS CUADRERAS”, una Principal y CINCO subsiguientes el día 02-07-23, en el Predio Hípico “Don Lorenzo” ubicado en el Paraje Campo Durán, jurisdicción de ésta Localidad, a partir de Hs. 14:30 hasta 18:30.

Art.Nº2.-Afectar a un Inspector Municipal para el control y cobro del porcentaje de venta de entradas el día 02-07-23. Deberán cumplir con las normas de seguridad e higiene que establezca la autoridad de aplicación municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de   competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Comunicar al solicitante que deberá abonar los sellados e impuestos correspondientes.  Entregar una copia de la presente al interesado y al Inspector Municipal autorizado.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°1201/023 (Poder Ejecutivo)       

VISTO

La nota presentada por el Pte. de la Liga Aguarayense de Futbol Infantil de Aguaray- Personería Jurídica Nº 1342 Sr. Dino M. Páez, según expte. Nº 071/023 la cual solicita una colaboración por servicio de sonido el día 25/06/023 Y;

CONSIDERANDO

Que el Sr. Páez, solicita esta colaboración para llevar adelante una mini lota en el complejo Municipal a beneficio de la Institución que representa.

Que, en la Carta Orgánica Municipal –  Ley N° 7.936, establece en su Art. 36 – Inciso 25: Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio la realización de las actividades culturales, deportivas, religiosas, recreativas o de esparcimiento populares. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de evento que favorezcan a las diferentes Instituciones municipales, por lo que se autoriza una asistencia financiera. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR una ayuda económica para la Liga Aguarayense de Futbol Infantil de Aguaray- Personería Jurídica Nº 1342- Pte. Sr. Dino M. Páez DNI Nº 25.590.7566 por un monto de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00). –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ, a nombre de la Liga Aguarayense de Futbol Infantil de Aguaray- Personería Jurídica Nº 1342- Pte. Sr. Dino M. Paez DNI Nº 25.590.7566, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José