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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1400 el día 23 de Agosto del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº1661/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Ruiz Díaz Carina Soledad DNI Nº 35.494.416, y;

CONSIDERANDO

Que mediante ingreso de Pedido de Suministro Nº 039259/23 y Orden de Compra Nº 16080, se solicita la autorización correspondiente para la contratación del servicio por la provisión de una torta de (5,700) kilos, según el VISTO de la presente.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por la provisión de (5,700) kg de torta, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Ruiz Díaz Carina Soledad DNI Nº 35.494.416, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1662/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº  4709/23  presentado por el Director de Acción Social Sr. Chaile Víctor, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936 Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. Chaile, solicita una ayuda económica, para la compra de dos pasajes para el día 17 de Agosto por motivos de urgencia se tuvo que asistir con el traslado a la Ciudad de Salta a la Sra. Vaca Elba Noemí DNI Nº 27.682.287 y la Sra. Mendoza Rosa Matilde DNI Nº 21.311.7663.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de económica.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 21.800,00) por UNICA VEZ a nombre de la Empresa la Veloz del Norte – Sucursal Aguaray representada por el Sr. SANDOVAL Torres Daniel, D.N.I. Nº 92.605.006, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra  – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1663/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa GRAFITAR IMPRENTA, que brindó el servicio de suministros de insumos para administración, mediante solicitud de la diferentes Oficinas y Áreas  de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, a través de la Empresa GRAFITAR IMPRENTA  C.U.I.T  Nº 20-07263766-7 se adquirió Talonarios Varios, Talonarios de Recibos y Sellos que corresponden a la administración y el buen funcionamiento de las oficinas de la Municipalidad de Aguaray, mediante Facturas Nº 002-00001067, 002-00001068, 002-00001069 y 002-00001070.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos para las Oficinas  y Áreas del Municipio de Aguaray.-Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL CON 00/100 ($ 219.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa GRAFITAR  IMPRENTA C.U.I.T Nº 20-07263766-7, con domicilio comercial en Warnes 98, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra  – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1664/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº020/023 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº4.720/023 con fecha 18-08-0223 y

CONSIDERANDO

Que, se dio tratamiento y aprobación al Proyecto de Regularización Dominial y Transferencia en carácter de donación del Inmueble, a favor de la Sra. Mirna Marisa Quintana, DNI.Nº17.190.692, girado por éste Ejecutivo Municipal a efecto de su escrituración, conforme el Boleto de Compra-Venta celebrado con fecha 03-09-2014 y que registra su respectivo pago y cancelación.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 020-023 de Cesión y Transferencia en Carácter de Donación a favor de la Sra. MIRNA MARISA QUINTANA, DNI Nº 17.190.692, la que forma parte integrante de la presente.-

Art.Nº2.-Notificar de esta disposición al área de Patrimonio Municipal a fin del registro pertinente y  a la interesada para su conocimiento.-

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

ORDENANZA N° 020/023

VISTO

El contrato de compra – venta celebrado con fecha 03-09-2014, entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Mirna Marisa Quintana DNI Nº 17.190.692, y        

CONSIDERANDO

Que, según consta en los antecedentes obrantes, oportunamente la Municipalidad de Aguaray le vende y le transfiere a la vecina indicada en el visto, una fracción de terreno, ubicado en inmediaciones del Barrio Docente de nuestra Ciudad.

Que, habiéndose producido la subdivisión y loteo del referido lote de terreno, según consta la Cedula parcelaria expedida por la dirección General de Inmuebles de la Provincia de Salta, Plano Nº003091, con los siguientes datos catastrales: Sección “B” – Manzana Nº8 – Parcela Nº11 – Matricula Nº 30.712, estando registrada a nombre de la Municipalidad de Aguaray

Que, es necesario que la adquirente del inmueble indicado proceda a tramitar la Escritura pertinente, a fin de regularizar su situación Dominial.

Que, a esos fines es pertinente sancionar la presente norma legislativa de donación a favor de la Sra. Mirna Marisa Quintana, conforma la identificación señalada en el Plano de Mensura Nº003091 con el solo objeto de la escrituración traslativa de dominio, en razón de la venta y pago cancelatorio realizado, conforme las cláusulas del contrato de compra – venta.

Que, es facultad y atribución del Concejo Deliberante, sancionar  Ordenanzas sobre constitución de derechos reales y enajenación de bienes muebles e inmuebles del Municipio (Art. 31 – Inciso 17 – Ley Nº7.936).

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY Nº 7.936, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.-DONAR a la Sra. MIRNA MARISA QUINTANA DNI Nº 17.190.692 el inmueble propiedad de la Municipalidad de Aguaray, identificado como parcela 11 – Sección “B” – Manzana Nº08 – Matricula Nº 30712, con una superficie de 290,37 m2, el cual limita al norte con calle pasaje San Francisco – al Sur con Matricula Nº30.708, al Este con Matricula 30.713 y al Oeste con matricula Nº 30.709, en razón de haber adquirido el mismo con fecha 03-09-2014 y cancelado con fecha 11-01-2017, según consta en los antecedentes que pasan a formar parte de la presente.

Art.Nº2.-La DONACION se realiza con el solo objeto que la compradora del inmueble pueda acceder a regularizar su situación de dominio, gestionar y obtener al más breve plazo de Escritura Pertinente.

Art.Nº3.-Dar copia al Ejecutivo Municipal para su promulgación y cumplimiento

Art.Nº4.-De forma.

Sr. Acuña, Carlos – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN Nº1665/023 (Poder Ejecutivo)  

VISTO         

La Ordenanza Nº031/022 Tarifaria Ejercicio Fiscal 2.023 (Art Nº255) respecto a la actualización de la Tasa por Toque de Anden de los Servicios de Transporte de Pasajeros que ingresan y hacen uso de las plataformas de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro” de nuestra Ciudad; Expte. Nº4.478/023; y

CONSIDERANDO

Que, asimismo surge del informe producido por la responsable de la Administración de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro”, que las Empresas que prestan Servicio de Larga Distancia, Corta y Media distancia, han incrementado el valor de los pasajes, en consecuencia es factible dictar la norma administrativa de actualización de la Tasa por Toque de Anden y a los fines contables, la misma se expresará en números enteros y se fijará dicha Tasa para los Servicios de Transporte de Pasajeros indicados.

Que,  los porcentuales de variación de los precios del pasaje, en el caso del Servicio de Larga Distancia tuvo un incremento del 33.3 % y el Servicio de Corta y Media distancia un 73.9 %, en razón de ello se debe obrar en virtud de la legislación vigente en la materia y sancionar la presente disposición.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR  a la Administración de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro” a actualizar el cobro de la Tasa de TOQUE DE ANDEN del Servicio de Transporte de Pasajeros de Larga Distancia, en la suma de $ 800,00 (Pesos Ochocientos) y la Tasa de TOQUE DE ANDEN del Servicio de Corta y Media Distancia en la suma de $ 600,00 (Pesos Seiscientos) a partir del día 01 de Septiembre  de 2.023.

Art.Nº2.-A fin de un correcto ordenamiento,  AUTORIZAR a la Administración de la Terminal de Ómnibus a emitir los recibos oficiales, consignando el valor del pecio de toque de anden en forma manuscrita, en función de la presente Resolución de actualización y de las futuras que puedan dictarse.

Art.Nº3.-Dar copia  a la Administración de la Terminal a efecto de su cumplimiento, debiendo notificar de la presente Resolución a las Empresas para su efectivo cumplimiento a partir de la fecha establecida, derogar toda otra disposición anterior a la presente.

Art.Nº4.-Refrenda el Secretario con competencia en razón de lo dispuesto en el Art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián