Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1401 el día 24 de Agosto del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº1666/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. GUZMAN Carla Daniela D.N.I. Nº 37.302.225 con Domicilio Bº Belgrano, solicita una ayuda económica y/o subsidio, para solventar gastos de pasaje a la Ciudad de Bs. As. Ya que su hija Arias Karla T. D.N.I. Nº 53.197.043 tiene turno en el Hospital Gral. De niños R. Gutiérrez, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a la Sra. GUZMAN, con una Ayuda Económica y/o Subsidio.-

Que,  por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 20.000,00 (Pesos Veinte Mil con 00/100 centavos),  a nombre de la Sra. GUZMAN Carla Daniela D.N.I. Nº 37.302.225.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1667/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, el Sr. GONZALEZ Reynaldo Alejandro D.N.I. Nº 25.829.205 con Domicilio Paraje Acambuco, solicita una ayuda económica y/o subsidio, para el tratamiento Oncológico de su hija González, Celeste Ariana D.N.I Nº 47.775.166, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir al Sr. GONZALEZ, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, durante el periodo de Tres meses a partir de la fecha.-

Que,  por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

                      R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 7.000,00 (Pesos Siete Mil con 00/100 centavos),MENSUAL a partir del Mes de Agosto hasta el mes de Octubre/2.023, a nombre del Sr. GONZALEZ Reynaldo Alejandro D.N.I. Nº 25.829.205.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1668/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. ARAOZ Amanda Isabel D.N.I. Nº 23.428.992 con Domicilio en Bº 9 de Julio, solicita una ayuda económica y/o subsidio, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a la Sra. ARAOZ, con una Ayuda Económica y/o Subsidio.-

Que,  por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 15.000,00 (Pesos Quince Mil con 00/100 centavos),  a nombre de la Sra. ARAOZ Amanda Isabel D.N.I. Nº 23.428.992.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº1669/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa GRUPO HYS S.R.L, que brindó el servicio de provisión de Materiales Varios e Indumentaria para Personal Municipal, mediante solicitud de la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, Pedido de Suministros Nº 039179/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Secretaria de Hacienda a través de la Empresa GRUPO HYS S.R.L CUIT Nº 33-71249233-9, adquirió  Materiales Varios e Indumentaria para el Personal Municipal, según Factura Nº 009-00001648.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Indumentarias para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray que llevan a cabo distintas obras y servicios.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE  CON 17/100 CTVOS ($ 40.417,17) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa GRUPO HYS S.R.L CUIT Nº 33-71249233-9, con Domicilio en Av. 20 de Febrero, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1670/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa VALENTIN REPUESTOS  que brindó el Suministro de Repuestos, mediante solicitud de la Dirección de Obras y Servicios Públicos  y el Sector Mecánico de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que el sector de Taller Mecánico, dependiente de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, solicita la compra de Filtros y kit de fuelle para la Trafic Renault master Dominio AC546YH, pertenecientes al Parque Automotor Municipal y que por razones de que es imprescindible que el mismo se encuentre en funcionamiento para las tareas inherentes que lleva a cabo los diferentes sectores y en consecuencia de la situación actual, surge la necesidad de iniciar las tareas que competen al  Servicio del Municipio.-

Que actualmente la empresa prestataria de servicio VALENTIN REPUESTOS C.U.I.T. Nº 20-26863835-7, con domicilio comercial en 9 de Julio, Ciudad de Tartagal,realizo provisión de Repuestos y Materiales Vehículos Oficiales,  mediante  Factura B Nº 002-00013765.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago a la Empresa Valentín Repuestos que realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA  MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 38.000,00) por UNICA VEZ, a nombre de la Empresa VALENTIN REPUESTOS C.U.I.T. Nº 20-26863835-7, con domicilio en 9 de Julio la Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1671/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa TU LIBRERÍA del Sr. Viruez Tapia Garzón Moisés Roberto, que brindó servicio de Artículos Varios, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  TU LIBRERÍA C.U.I.T Nº 20-22969538-0, con domicilio comercial en Av. Alberdi 553, Ciudad de Tartagal, realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray con Artículos de Librería y debido que son necesarios la provisión de los materiales para el buen funcionamiento de las tareas administrativas, es que se  procedió a la compra mediante Facturas Nº 004-00000389, 004-00000388 y 004-00000360.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos de librería para ser distribuidos a las distintas áreas y sectores de la institución municipal.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL.  LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIEN MIL DOCIENTOS CON 00/100 ($ 100.200,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa TU LIBRERÍA C.U.I.T Nº 20-22969538-0 de la Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

ArtNº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1672/023 (Poder Ejecutivo)           

VISTO

La nota presentada por parte de la Sra. Aguilar Claudia DNI Nº 20.194.571, mediante expte. Nº 4570/023, Y;

CONSIDERANDO

Que la Sra. Aguilar, solicita una ayuda económica para poder cubrir gastos por servicio de amplificación de sonido para llevar adelante la fiesta de la Virgen de la Peña, el día  27/08/23, en el B° Villa Patricia de nuestra localidad.

Que, en la Carta Orgánica Municipal –  Ley N° 7.936, establece en su Art. 36 – Inciso 25: Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio la realización de las actividades culturales, deportivas, religiosas, recreativas o de esparcimiento populares. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de evento que favorezcan a las diferentes Instituciones municipales, por lo que se autoriza una asistencia financiera.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR una ayuda económica de $15.000,00 (PESOS QUINCE MIL),  para la Sra. Aguilar Claudia  DNI Nº 20.194.571, mediante expte. Nº 4570/023.

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ, a nombre de la Sra. Aguilar Claudia  DNI Nº 20.194.571, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1673/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por provisión de hielo celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Paolo Cesar Bonduri DNI Nº 28.336.263, y;

CONSIDERANDO

Que, se hizo necesaria la contratación de este servicio para poder suministrar este insumo en las cantinas; durante las tres (03) noches del Festival “Aguada del Zorro”.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por provisión de hielo, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y Paolo Cesar Bonduri DNI Nº 28.336.263, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1674/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por Alquileres Varios entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Villagra, Matías Emanuel DNI Nº 37.731.936, y;

CONSIDERANDO

Que mediante ingreso de Pedido de Suministro N° 039130/23 – N° 039131 – N° 039231/23 y Órdenes de Compra N° 16103 – N° 16106, se solicitó la autorización correspondiente para la contratación del servicio de alquileres varios que fueron empleados la recepción de autoridades y el desfile Cívico Militar en conmemoración de los 112º Aniversario Fundacional de Aguaray, según el VISTO de la presente.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por Alquileres Varios, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Villagra, Matías Emanuel DNI Nº 37.731.936, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1675/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley N° 7.936 – Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley N° 6068 – Estatuto del Empleado Municipal, y;

CONSIDERANDO

Que, es facultad del Intendente Municipal conforme lo dispone el Estatuto del Empleado Público – Ley 6.068 Cap. VII – Art. 40 de “El agente Municipal de carácter de Personal Permanente tiene derecho a iguales oportunidades para cubrir cada una de las categorías que integran los respectivos agrupamientos, a las que podrá ascender en la forma que determine el Escalafón”, consecuentemente es quien se encuentra habilitado para otorgar dicho derecho al personal que hubiere obtenido su función por decisión del Ejecutivo Municipal.-

Que, el Ejecutivo Municipal considera que el Agente Municipal RIVERO, Ricardo  Raúl L.P Nº 700, reúne las condiciones requeridas por dicho Estatuto, por lo que se re-categorizará al mismo.-

Que por lo expuesto precedentemente es que corresponde el dictado del presente acto administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACTULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCREMENTAR a Categoría de Revista N° 20, a partir del mes de agosto de 2023, al agente municipal RIVERO, Ricardo Raúl –  L.P Nº 700, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Empleado Municipal – Ley 6.068 – Cap. VII – Art. 40.-

Art.Nº2.-DEJAR sin efectos cualquier otra Resolución Municipal que se oponga a la presente.-

Art.Nº3.-DAR copias a las siguientes oficinas: Mesa de Entrada, RR. HH., Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones y al interesado a los fines que correspondan.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1676/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 4729/23  presentado por la Sra. Arias Olinda D.N.I. Nº 25.882.501, domiciliada en la Comunidad de Tobantirenda, Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Arias, representante de la comisión de la Capilla San Roque, solicita una ayuda económica para solventar gastos de Sonido y Amplificación para la realización de una Peña Folclórica el día 26 de Agosto del presente año en honor a SAN ROQUE en la comunidad de Tobantirenda y como no cuenta con los recursos económicos es que acude a este pedido.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar  para estas fiestas, con el fin de mantener el espíritu cristiano a los pobladores.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 20.000,00)  por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. Arias Olinda D.N.I. Nº 25.882.501, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº1677/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  4736/23, presentado por el Sr. PACHECO, DAVID, DNI N° 31.954.575, presidente de la Comunidad de Capiazuty, jurisd. de esta Localidad, en el cual solicita autorización para realizar la “FIESTA PATRONAL” del lugar en homenaje a Santa Rosa de Lima, en el Salón Comunitario,  el día: 09-09-23 , a partir de Hs. 07:00  hasta las 05:00 de la madrugada del día siguiente,  y;

CONSIDERANDO

Que se trata de una actividad  religiosa.

Que la autoridad Mpal. contempla y autoriza el desarrollo de tal evento.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA  MUNICIPAL. LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. PACHECO, DAVID, DNI N° 31.954.575, presidente de la Comunidad Capiazuty, la autorización pertinente para realizar   la  “FIESTA PATRONAL” del lugar en el Salón Comunitario, el día: 09-09-23, a partir de Hs. 07:00 hasta las 05:00 de la madrugada del día siguiente.

Art.Nº2.-Eximir de los impuestos correspondientes, debiendo abonar solo los sellados administrativos.

Art.Nº3.-Comunicar al solicitante que deberá cumplir con todas las    normas y requisitos de seguridad que se exigen al respecto.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica  Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta  Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento, control y cumplimiento.

Art.Nº6.-Entregar una copia de la presente al interesado.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y  archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1678/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia Avenida, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Expte Nº 4284/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente al mes de JUNIO del año en curso, mediante Factura B Nº 034-00000126,

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- “El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO  CON 77/100 CTVOS ($ 448.884,77) por ÚNICA VEZ a nombre de Farmacia Avenida de Martinich Gabriela Evangelina C.U.I.T Nº 27-22562152-2, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1679/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia Avenida, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Expte Nº 4589/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente al mes de JULIO del año en curso, mediante Factura B Nº 034-00000128.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- “El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO TRES  CON 10/100 CTVOS ($ 321.103,10) por ÚNICA VEZ a nombre de Farmacia Avenida de Martinich Gabriela Evangelina C.U.I.T Nº 27-22562152-2, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1680/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia del Valle, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Expte Nº 4284/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA DEL VALLE CUIT Nº27-16659525-3, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los

Recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente al mes de JUNIO del año en curso, medianteFactura Nº 001-00000915 y Recibo Nº 001-00000048.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- “El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO  CON 21/100 CTVOS ($ 399.255,21) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA FARMACIA DEL VALLE CUIT Nº 27-16659525-3 de la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1681/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con el Sr. VILLARROEL MIGUEL ANGEL, que brindó el servicio de suministro de Carnicería, mediante solicitud de la Secretaria de Hacienda  de la Municipalidad de Aguaray. Y;

CONSIDERANDO

Que, a través del Sr. VILLARROEL MIGUEL ANGEL C.U.I.T Nº 20-13041421-5. Se Adquirió la provisión de Carnes para personas que asisten al CPI-HOGAR DE NIÑOS Jesús de la Divina Misericordia, según Factura Nº 00003 – 00000101.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que más necesitan.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 312.500,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. VILLARROEL MIGUEL ANGEL C.U.I.T Nº 20-13041421-5 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1682/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa AGUIRRE VIAJES S.R.L que brindó el servicio de traslado hacia la Ciudad de Salta, mediante solicitud de la Dirección de  Acción Social de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Acción Social a través de la Empresa AGUIRRE VIAJES S.R.L. CUIT Nº 30-71584032-0 adquirió pasajes hacia la Ciudad de Salta desde Aguaray y Viceversa, para realizar el Traslado de personas de nuestra jurisdicción, que no contaban con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, mediante Factura Nº 002-00001180.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que necesitan viajar a realizarse distintos  estudios médico.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SETECIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 717.910,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AGUIRRE VIAJES S.R.L CUIT Nº 30-71584032-0, con domicilio legal en Alberdi y Ruta Nac 34 0 Dpto 2, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián