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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1402 el día 25 de Agosto del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN  Nº1683/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  4747/23, presentado por la Sra. LAMENSA, TATIANA MARIA, DNI N° 35.445.612, en el cual solicita autorización para realizar un espectáculo denominado “MAXIMO TERROR” en las instalaciones del Gimnasio Mpal., los días: 26 y 27-08-23,  de  19:00 a 22:00, y:

CONSIDERANDO

Que se trata de un evento recreativo y de esparcimiento para la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. LAMENSA, TATIANA MARIA, DNI N° 35.445.612,, el permiso correspondiente para realizar en las instalaciones del Gimnasio Mpal., los días 26 y 27-08-23, a partir de Hs. 19:00 hasta hs. 22:00, un espectáculo denominado  “MAXIMO TERROR”.

Art.Nº2.-Responsabilizar a la solicitante  por la devolución de las instalaciones en las mismas condiciones que la recibe y comunicarle que deberá cumplir con todas las normas y requisitos de seguridad que se exigen según leyes vigentes.

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art.Nº4.-Comunicar a la  interesada  que deberá abonar los sellados administrativos pertinentes y en concepto de ALQUILER por el Gimnasio Mpal., la suma de $ 18.084 (Pesos Dieciocho Mil Ochenta y Cuatro), según lo establece la OTM vigente, en el Art.55, Cap.V.

Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente a la interesada y otra a la policía local para el control pertinente.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1684/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por provisión de bebida sin alcohol celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Edith Montenegro DNI Nº 26.639.567, y;

CONSIDERANDO

Que, se hizo necesaria la contratación de este servicio para poder suministrar este insumo para la atención del personal municipal afectado durante las noches del Festival “Aguada del Zorro”.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por provisión de bebida sin alcohol, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Edith Montenegro DNI Nº 26.639.567, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1685/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por Alquileres Varios entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Villagra, Matías Emanuel DNI Nº 37.731.936, y;

CONSIDERANDO

Que mediante ingreso de Pedido de Suministro N° 039287/23 y Orden de Compra N° 16131, se solicitó la autorización correspondiente para la contratación del servicio de alquileres varios que fueron empleados durante la recepción de Artistas durante las tres noches del Festival Aguada del Zorro, en conmemoración de los 112° Aniversario Fundacional de Aguaray, según el VISTO de la presente.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por Alquileres Varios, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Villagra, Matías Emanuel DNI Nº 37.731.936, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1686/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por ornamentación celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Paola N. Tula DNI Nº 32.534.527, y;

CONSIDERANDO

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por ornamentación, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Paola N. Tula DNI Nº 32.534.527, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1687/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por Alquileres Varios entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Villagra, Gustavo José Oscar DNI Nº 34.610.079, y;

CONSIDERANDO

Que mediante ingreso de Pedido de Suministro N° 039297/23 y Orden de Compra N° 16132, se solicitó la autorización correspondiente para la contratación del servicio de elaboración de un pernil con aderezos, panes y vajillas, como parte del Servicio de Lunch para las autoridades que participaron del Desfile Cívico Militar, en conmemoración de los 112° Aniversario Fundacional de Aguaray, según el VISTO de la presente.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por Alquileres Varios, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr Villagra, Gustavo José Oscar DNI Nº 34.610.079, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1688/023 (Poder Ejecutivo)  

VISTO

El viaje realizado a la Ciudad de Salta, por parte del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I.  Nº 31.022.881, en fecha 21 y 22/08/023, y;

CONSIDERANDO

Que, en esta comisión el E.M. debió asistir a una reunión con el Gobernador de la Provincia y otros mandatarios en referencia a la situación hídrica que estamos padeciendo, a efectos de acelerar las gestiones con carácter de urgente.

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER dos (02) días de comisión de servicio para el Ejecutivo Municipal, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, a la ciudad de Salta, correspondiente los días 21 y 22/08/023, según las razones expuestas en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (02) días de viatico a la Ciudad de Salta a nombre del Ejecutivo Municipal, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881 correspondiente a los días 21 y 22/08/023; más la Suma de Pesos Diez Mil con 00/100 ($10.000,00) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, y 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022 por día, a nombre del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1689/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                               

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

 CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, el Sr. WALTER MAXIMILIANO MEDINA reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, el agente antes mencionado no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, el agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de  agosto de 2.023 al Sr. WALTER MAXIMILIANO MEDINA – D.N.I N° 37.636.310 – L.P. Nº 698, con domicilio en Pje. Piquirenda Estación S/N – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Tareas Generales en la Dirección de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Obras Publicas.-

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art-Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, y el interesado a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1690/023 (Poder Ejecutivo)

VIST                               

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

 CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, el Sr. WALTER ANTONIO ARISPE reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, el agente antes mencionado no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, el agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de  agosto de 2.023 al Sr. WALTER ANTONIO ARISPE D.N.I N° 37.301.865 – L.P. Nº 691,  con domicilio en Misión Tuyunti  S/N – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Tareas Generales en la Dirección de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Obras Publicas.- 

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, y el interesado a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1691/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                             

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, la Sra. ELDA RUTH VALLEJOS  reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, la agente antes mencionada no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, la agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de agosto de 2023 a la Sra. ELDA RUTH VALLEJOS –  D.N.I N° 17.190.642 – L.P. Nº 579 con domicilio en Güemes S/N – Bº Villa Patricia – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Auxiliar Administrativo en la Oficina Pensiones y Jubilaciones, dependiente de la Dirección de Acción Social.-

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Liquidaciones, Dirección de Acción Social y la interesada a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1692/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                            

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

 CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, la Sra. DANIELA ANAHI GOMEZ  reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, la agente antes mencionada no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, la agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de agosto de 2023 a la Sra. DANIELA ANAHI GOMEZ –  D.N.I N° 31.548.473 – L.P. Nº 845 con domicilio en Av. San Martin S/N  – Bº Radio Estación – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Tareas Generales, dependiente de la Secretaría de Obras Publicas.-

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Liquidaciones, Secretaría de Obras Públicas y la interesada a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1693/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                              

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, la Sra. MERCEDES SOLEDAD FLORES  reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, la agente antes mencionada no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, la agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de agosto de 2023 a la Sra. MERCEDES SOLEDAD FLORES –  D.N.I N° 32.534.579 – L.P. Nº 614 con domicilio en Av. San Francisco y Cataris  – Bº 17 de Octubre – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Auxiliar Administrativo en la Oficina Defensa del Consumidor, dependiente de la Secretaría de Gobierno Municipal.-

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Liquidaciones, Oficina Defensa del Consumidor y la interesada a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1694/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                                

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, la Sra. EUGENIA MERCEDES LAZO  reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, la agente antes mencionada no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, la agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de agosto de 2023 a la Sra. EUGENIA MERCEDES LAZO –  D.N.I N° 36.682.272 – L.P. Nº 650 con domicilio en Pje Simón Bolívar S/N – Bº 19 de Diciembre – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando su actual función en la Dirección de Cultura y Educación, dependiente de la Secretaría de Gobierno Municipal.-

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Liquidaciones, Dirección de Cultura y Educación y la interesada a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1695/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                            

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, la Sra. CARINA ALCOBA  reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, la agente antes mencionada no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, la agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de agosto de 2023 a la Sra. CARINA ALCOBA –  D.N.I N° 27.682.284 – L.P. Nº 836  con domicilio en calle Los Eucaliptus S/N – Bº Villa Progreso – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Auxiliar Administrativo, dependiente de la Dirección de Producción y Desarrollo Sustentable.-

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Liquidaciones, Dirección de Producción y Desarrollo Sustentable y la interesada a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1696/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                               

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, la Sra. JULIANA YANINA MONTENEGRO  reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, la agente antes mencionada no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, la agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de agosto de 2023 a la Sra. JULIANA YANINA MONTENEGRO –  D.N.I N° 35.261.471- L.P. Nº 731  con domicilio en calle Simón Bolívar S/N Bº Belgrano – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Auxiliar Administrativo, dependiente de la Secretaría de Obras Publicas.-

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Liquidaciones, Secretaría de Obras Públicas y la interesada a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1697/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                                

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, la Sra. ROMINA MERCEDES AGUILERA  reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, la agente antes mencionada no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, la agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de agosto de 2023 a la Sra. ROMINA MERCEDES AGUILERA –  D.N.I N° 31.497.352 – L.P. Nº 615,  con domicilio en calle Belgrano S/N – Bº 20 de Febrero – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Tareas Generales – Taller de Lectoescritura., dependiente de la Dirección de Cultura y Educación.-

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Liquidaciones, Dirección de Cultura y Educación y la interesada a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1698/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                               

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, la Sra. MARIA ESTER ORELANA  reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, la agente antes mencionada no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, la agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de marzo de 2.023 a la Sra. MARIA ESTER ORELLANA –  D.N.I N° 24.968.890 – L.P. Nº 360,  con domicilio en Mzna B casa 03 – Bº 20 de Julio – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Auxiliar Administrativa – C.I.C., dependiente de la Dirección de RR. HH.-

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Liquidaciones, Dirección de RR. HH. y la interesada a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1699/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                                

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, el Sr. DANTE SAUL CHAME reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, el agente antes mencionado no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, el agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de  agosto de 2.023 al Sr. DANTE SAUL CHAME –  D.N.I N° 25.499.088 – L.P. Nº 777,  con domicilio en Mzna. B  Casa 18  Bº 20 de Julio – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Tareas Generales en la Dirección de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Obras Publicas.- 

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, y el interesado a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1700/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                              

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, el Sr. CESAR RODOLFO PANIAGUA reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, el agente antes mencionado no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, el agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de  agosto de 2.023 al Sr. CESAR RODOLFO PANIAGUA –  D.N.I N° 31.497.285 – L.P. Nº 843,  con domicilio en Bº Villa Sagrada S/N – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Tareas Generales en la Dirección de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Obras Publicas.- 

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, y el interesado a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1701/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                           

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, el Sr. JESUS RICARDO REYES reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, el agente antes mencionado no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, el agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de  agosto de 2.023 al Sr. JESUS RICARDO REYES –  D.N.I N° 32.684.145 – L.P. Nº 844,  con domicilio en Mzna F Casa 04 – Bº 100 Viviendas – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Tareas Generales en la Dirección de Cultura y Educación, dependiente de la Secretaría de Gobierno Municipal.- 

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Dirección de Cultura y Educación, Liquidaciones, y el interesado a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1702/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                                

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

 CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, el Sr. MARCIAL EULOGIO ARCE reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, el agente antes mencionado no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, el agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de  agosto de 2.023 al Sr. MARCIAL EULOGIO ARCE –  D.N.I N° 31.022.874 – L.P. Nº 849,  con domicilio en San Luis S/N – Bº San Antonio – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Tareas Generales en la Dirección de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Obras Publicas.- 

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, y el interesado a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1703/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO                              

La Carta Orgánica Municipal Ley 7.936;  Ley Nº 6068 “Estatuto del Empleado Público Municipal” – Acta Acuerdo Municipalidad de Aguaray – ATE – SOEMA, y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a la Ley N° 6068/83, se establece que el Estatuto del Empleado Municipal será el que rija las relación entre el Municipio de Aguaray y su Planta Permanente.-

Que, el art. 2 establece que “Agentes Municipales: Son agentes municipales las personas que se desempeñen laboralmente en las Municipalidades del interior de la provincia de Salta, perciban una remuneración mensual determinada en el presupuesto general y hayan sido designados por Resolución Municipal de acuerdo con las condiciones establecidas en el Escalafón y este Estatuto.-“

Que, tal cual lo establecido en los arts. 6, 23 y 17, el Sr. NESTOR FABIAN MAMANI reviste las condiciones necesarias de ingreso y  cumple con los requisitos establecidos para el cargo que se le encomienda.-

Que, el agente antes mencionado no presenta impedimento alguno para su ingreso según lo establecido en el art. 19 – Ley 6068.-

Que, el agente deberá cumplir con todas las obligaciones descriptas en el art. 29 y estará sujeto a las prohibiciones establecidas también en el art. 30 de la presente Ley.-

Que, el municipio, sin perjuicio de lo establecido en el art. 23 deberá respetar los derechos instituidos por el Capítulo VII en todo su articulado.-     

Que, habiéndose cumplido con los requisitos dispuestos por ley, corresponde en consecuencia la ejecución del presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCORPORAR como personal de Planta Permanente a partir del 1º de  agosto de 2.023 al Sr. NESTOR FABIAN MAMANI –  D.N.I N° 40.329.098 – L.P. Nº 840,  con domicilio en Pje. Capiazuti  S/N – Localidad de Aguaray, con la Categoría  Nº 15,  desempeñando la función de Tareas Generales en la Dirección de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Obras Publicas.- 

Art.Nº2.-DISPONER en concepto de remuneración conforme a la categoría asignada que será abonada de forma mensual, más las asignaciones familiares que por ley  correspondan, afectados al rubro de Personal Permanente.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Dirección Contable que impute el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente-

Art.Nº4.-TOMEN conocimiento las oficinas de: Mesa de Entrada, RR. HH., Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, y el interesado a los fines que correspondan.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián