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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1421 el día 27 de septiembre del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN N°1916/023 (Poder Ejecutivo)        

VISTO

El viaje realizado a la Comunidad de Colodro, por parte del Agente Municipal perteneciente a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Chávez, Héctor – Chofer, L.P. Nº 499, los días 19,20,21,22 y 23 de Septiembre del presente año,  Y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tenía como objetivo el mantenimiento y reparación del camino a la Comunidad de Colodro.-

Que, dicho traslado requirió el uso del Vehículo Oficial Municipal Camioneta Ford Ranger GMO 672.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Comunidad de Colodro.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-RECONOCER el viaje realizado por el Agente Municipal, el Sr. Chávez, Héctor – Chofer, L.P. Nº 499, a la Comunidad de Colodro, los días 19,20,21,22 y 23  de Septiembre  del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Cinco (05) días de viático a la Comunidad de Colodro, correspondiente a los días 19, 20, 21,22 y 23 de Septiembre del año 2.023, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre del Sr. Chávez, Héctor – Chofer, L.P. Nº 499.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.

Sr. Sarzúr, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1917/023 (Poder Ejecutivo)   

VISTO

El viaje realizado por parte del Agente Municipal Sr. Olarte, Daniel L.P. Nº 507 – Chofer, a la Comunidad de Colodro, los días 19, 20,21,22 y 23 de Septiembre del presente año, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tenía como objetivo realizar el mantenimiento y reparación del camino a la comunidad de Colodro.-

Que, para su traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Retroexcavadora CASE 580N, Dominio: A000580.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Comunidad de Colodro.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-RECONOCER el viaje realizado por el Agente Municipal, Sr. Olarte, Daniel L.P. Nº 507 – Chofer, a la Comunidad de Colodro, los días 19, 20,21,22 y 23 de Septiembre del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por cinco (05) días de viático a la Comunidad de Colodro, correspondiente a los días 19, 20, 21, 22 y 23 de Septiembre del presente año, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario por cada uno de los días mencionados, según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Sr. Olarte, Daniel L.P. Nº 507 – Chofer.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.-

Sr. Sarzúr, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1918/023 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Tucumán, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541, L.P. Nº 468, los días 28, 29,30 de septiembre y 01 de octubre del presente año, Expte. N° 5101/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a 14 Estudiantes y un docente los días 28,29,30 de Septiembre y 01 de Octubre del Cte. Año, a participar de la Competencia de la Liga Nacional de Robótica (Zona Norte),de la Ciudad de Tucumán.-

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master Minibús, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AB768GH Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Tucumán.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468, a realizar un viaje a la Ciudad de Tucumán los días 28,29,30 de Septiembre y 01 de Octubre  del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por cuatro(04) días de viático a la Ciudad de Tucumán, correspondiente a los días 28,29,30 de septiembre y 01 de Octubre del año 2.023, más la suma de Pesos Diez Mil con 00/100 ($10.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario, dos días 28 y 29 de Septiembre, más 2/3 plus para dos días 30 Septiembre y 01 de Octubre del año 2023 y  según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre del Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art, N°4.-DESE copia de la presente a la Unidad de Archivo y Estadísticas y a las partes intervinientes.-

Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.N°6.-De forma.

Sr. Sarzúr, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1919/023 (Poder Ejecutivo)   

VISTO

El viaje realizado por parte del Agente Municipal Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a los Altos Valles de Acambuco el día 25 de Septiembre del presente año, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tenía como objetivo realizar el traslado de Combustible para el funcionamiento d la bomba de agua de la Comunidad de Acambuco.-

Que, para su traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Toyota Hilux, Dominio: IIM589.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-RECONOCER el viaje realizado por el Agente Municipal, Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a los Altos Valles de Acambuco, el día 25 de Septiembre del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al 25 de Septiembre del presente año, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario, según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.-

Sr. Sarzúr, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1920/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por Alquileres Varios entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Villagra, Matías Emanuel DNI Nº 37.731.936, y;

CONSIDERANDO

Que mediante ingreso de Pedido de Suministro Nº 039505 y Orden de Compra Nº 16325, se solicita la autorización correspondiente para la contratación del servicio de alquileres varios, según el VISTO de la presente.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por Alquileres Varios, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Villagra, Matías Emanuel DNI Nº 37.731.936, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.-

Sr. Sarzúr, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1921/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Agente Municipal Sra. CRUZ, María Elisa Legajo Personal Nº 566 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2023, Y;

CONSIDERANDO

Que  la mencionada empleada no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-CONCEDER a la  Agente  Municipal  Sra. CRUZ, María Eliza  Legajo Personal Nº 566, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.023  por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día 02/10/2.023 hasta el 31/10/2.023 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.-

Art.N°2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas y a la interesada a los efectos correspondientes.-

Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Sarzúr, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1922/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. SOSA Etelvina Ester D.N.I. Nº 37.301.882 con Domicilio Paraje Piquirenda Fátima, solicita una ayuda económica y/o subsidio, para solventar gastos de la canasta familiar, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a la Sra. SOSA, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, durante el periodo de tres meses a partir de la fecha.-

Que, por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 20.000,00 (Pesos Veinte Mil con 00/100 centavos), MENSUAL a partir de Octubre hasta el mes de Diciembre/2.023, a nombre de la Sra. SOSA Etelvina Ester D.N.I. Nº 37.301.882.-

Art.N°3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.N°4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1923/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. CHAUQUE Carmen Baudilia D.N.I. Nº 10.484.847 con Domicilio Bº El Cruce, solicita una ayuda económica y/o subsidio, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a la Sra. CHAUQUE, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, durante el periodo de cuatro meses a partir de la fecha.-

Que, por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 10.000,00 (Pesos Diez Mil con 00/100 centavos), MENSUAL a partir de Septiembre hasta el mes de Diciembre/2.023, a nombre de la Sra. CHAUQUE Carmen Baudilia D.N.I. Nº 10.484.847

Art.N°3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.N°4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1924/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 5213/23 presentado por la Parroquia Santa Teresita de Aguaray la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936; Y;

CONSIDERANDO

Que como cada año en nuestra ciudad los devotos de Santa Teresita del Niño Jesús Patrona de esta jurisdicción se hacen presentes despertando un sentido religioso más profundo de la población en general y es que desde la Parroquia se tienen programadas distintas actividades para realizar el día 01 de octubre del corriente y la misma solicita una colaboración para para llevar a cabo lo planificado.-

Que la carta orgánica en su CAPITULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, inciso 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales: participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-

Que el Ejecutivo Municipal, ve con agrado el acompañamiento en estas fechas tan importantes para nuestra comunidad, por lo que autoriza la entrega de una ayuda económica por ÚNICA VEZ, para solventar los gastos de dicho acontecimiento.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 200.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Párroco Juan Ramón Velázquez en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Elevar copia a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1925/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Docente Sra. AVILA PEREZ María Paula de la Escuela Nº 4511 Manuel Dorrego con anexo en Peña Morada, la cual solicita una colaboración monetaria para la compra de Medallas; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Docente Sra. AVILA PEREZ María Paula de la Escuela Nº 4511 Manuel Dorrego con anexo en Peña Morada solicita una colaboración para la compra de Medallas para alumnos de séptimo grado de todas las divisiones para el acto de fin de ciclo.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN Art. 106.- “El sistema educativo argentino es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley Nacional 26.206. En relación a ello, el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de evento que favorezcan a las diferentes Instituciones  municipales, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago en concepto de ayuda económica.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 20.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre la Docente Sra. AVILA PEREZ María Paula DNI Nº 35.928.944, de la Escuela Nº 4511 Manuel Dorrego con anexo en Peña Morada de la Ciudad de Aguaray en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1926/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota Nº 82/23 ingresada por el Director de Deportes y Recreación, Sr. ROBLES Luis, en relación al viaje que los alumnos realizaron a los Juegos Evita en la Ciudad de Salta Capital para competir en la etapa provincial, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Deportes y Recreación a través de la Empresa La Veloz del Norte S.A. obtuvo (28) Pasajes hacia la Ciudad de Salta desde Aguaray y Viceversa, para realizar el Traslado de personas de nuestra jurisdicción que participaron de los Juegos Evita en la Instancia Provincial.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorezcan a la integración de jóvenes escolares, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente a la Empresa La Veloz del Norte.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 168.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa la Veloz del Norte – Sucursal Aguaray, representada por el Sr. Sandoval Torres Daniel, D.N.I. Nº 92.605.006, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1927/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedido de Suministro Nº 038931/2023, Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago por el suministro de cámaras a vehículos oficiales, perteneciente al Parque Automotor Municipal y que por razones de que es imprescindible contar con el buen funcionamiento del vehículo para la ejecución de las distintas tareas que se realizan en el municipio de Aguaray.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 038931/23, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (02) CAMARAS PARA CUABIERTAS DE CAMION 1.200 * 20, PARA EL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE (02) CAMARAS PARA CUBIERTAS DE CAMION 1.200 * 20, PARA EL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA MASA MOTOS (MEALLA AGROPECUARIA S.A.)  C.U.I.T. Nº 33-70783170-9, con domicilio Av. Jujuy 505 en la Ciudad de Salta, por un monto de  PESOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ 42.689,00), según Factura Nº 018-00021875 adjunta a la presente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1928/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedido de Suministro Nº 039465/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago por el suministro de aceite, perteneciente al Parque Automotor Municipal y que por razones de que es imprescindible contar con el buen funcionamiento del vehículo para la ejecución de las distintas tareas que se realizan en el municipio de Aguaray.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 0394652/23, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (01) TACHO DE ACEITE 15W40 x 200 LTS, PARA VEHICULOS OFICIALES, PERTENECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE (01) TACHO DE ACEITE 15W40 x 200 LTS, PARA VEHICULOS OFICIALES, PERTENECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS CUIT Nº 20-20194227-7, con Domicilio Comercial en Alberdi 129, Ciudad de Aguaray, por un monto de  PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 380.000,00), según Factura Nº 002-00000673 adjunta a la presente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1929/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº023-023 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº5.125-2023 con fecha 18-09-023; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante contempla y afronta la temática referida a la toma de terrenos y posesión de inmuebles diversos en el ámbito del territorio del Municipio, ya sean estos propiedad del dominio público municipal local y/o inmuebles del Estado Nacional y/o Provincial.

Que, el Municipio no tiene injerencia ni potestad alguna sobre los inmuebles no propios y cuya titularidad ostenta el estado nacional y/o provincial y mucho menos puede dictar normas legislativas que otorguen seguridad jurídica a sus ocupantes que de manera irregular hoy tienen la posesión de los mismos, tal como lo expresa de manera literal la Ordenanza analizada.

Que, sentar este procedente de tenencia y usufructo de aquellas propiedades que fueron tomadas de manera irregular, expone al Municipio a posibles futuras demandas en su contra, con el consiguiente riesgo de provocar un perjuicio económico a las arcas del erario público municipal.

Que, este Ejecutivo Municipal comparte la decisión adoptada para el caso de los inmuebles municipales, que estando en situación de posesión de vecinos, es prudente y necesario procurar su regularización de dominio.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 30 y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo de veto y promulgación parcial de la Ordenanza Nº023-023.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-VETAR parcialmente el artículo Nº 01 de Ordenanza Nº 023-023, el que quedará redactado de la siguiente manera, a saber:

“..Art.1º.- Autorizar al Ejecutivo Municipal a través del área competente a realizar un Relevamiento y Registro de terrenos usurpados propiedad del Municipio:

  1. Se establece la creación de un registro de todos los terrenos usurpados pertenecientes al Municipio, ubicados en la localidad de Aguaray.-
    1. El relevamiento incluirá información detallada sobre la ubicación de los terrenos, los ocupantes y otros datos relevantes para su análisis y futuras acciones.”

Art.N°2.-VETAR parcialmente el artículo Nº 02 de la Ordenanza Nº023-023, el que quedará redactado de la siguiente manera, a saber:

“..Art.2º.- Regularización de ocupantes:

            2.1. Reconocer a los residentes autóctonos de Aguaray, que demuestren estar viviendo en terrenos usurpados pertenecientes al Municipio y que no posean otra propiedad, a regularizar su situación.

            2.2. Los ocupantes deberán presentar pruebas suficientes de residencia, autenticidad de su condición de aguarayense autóctono y todo otro antecedente que respalde la pertenencia y posesión del terreno del municipio, de acuerdo a los procedimientos establecidos por las autoridades competentes.”

Art.N°3.-VETAR parcialmente el artículo Nº 03 de la Ordenanza Nº023-023, el que quedará redactado de la siguiente manera, a saber:

“..Art.3º.- Prohibición de nuevas usurpaciones:

            3.1.Se prohíbe cualquier nueva usurpación de terrenos pertenecientes al Municipio en la Localidad de Aguaray.

            3.2. Las autoridades competentes tomarán las medidas necesarias para prevenir y desalojar cualquier ocupación ilegal de terrenos municipales, asegurando, así la aplicación efectiva de esta ordenanza.”

Art.N°4.-VETAR parcialmente el artículo Nº 04 de la Ordenanza Nº023-023, el que quedará redactado de la siguiente manera, a saber:

“..Art. 4º.- Sanciones y Consecuencias:

            4.1. Cualquier persona que usurpare terrenos pertenecientes al Municipio en la Localidad de Aguaray, será sometida a las sanciones legales correspondientes, incluyendo desalojo y posibles sanciones penales.

            4.2. Los terrenos municipales usurpados que no sean regularizados por los actuales ocupantes autóctonos de Aguaray, de acuerdo con esta Ordenanza, serán recuperados por las autoridades competentes y destinados a fines públicos o sociales.”

Art.N°5.-VETAR en todos sus términos el artículo Nº06 de la Ordenanza Nº023-023.

Art.N°6.-PROMULGAR los artículos Nº 05; 07; 08; 09 y 10 respectivamente de la Ordenanza Nº023-023, conforme el texto original aprobado.

Art.N°7.-SUPRIMIR los términos “terrenos pertenecientes a la Nación y/o Provincia” expresados en el visto y considerando de la aludida Ordenanza objeto de la presente.

Art.N°8.-En razón de la precedentemente dispuesto TENGASE por VETADOS parcialmente los artículos enunciados y por PROMULADOS los artículos referidos y por suprimido los términos indicados de la ORDENANZA Nº023-023.-

Art.N°9.-NOTIFICAR al Concejo Deliberante a los fines pertinentes, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal- Ley Nº7936.-

Art.N°10.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.N°11.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzúr, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián