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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1428 el día 06 de Octubre del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN N°2035/023 (Poder Ejecutivo) 

VISTO

El viaje a realizar por parte del Agente Municipal Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, traslado del equipo de Volley de Acambuco, Macueta y Campo Largo a la Ciudad de Tartagal, para el día 06 de Octubre del presente año, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como objetivo realizar el traslado del equipo de Volley femenino y masculino de los Colegios  Rurales de Acambuco, Macueta  y Campo Largo a la Ciudad de Tartagal- Competencia Deportiva “IV Campeonato de Volley en Escuelas Rurales”.-

Que, la Carta Orgánica Municipal, Ley Nº 7.936, en su CAPÍTULO III RECREACIÓN Y DEPORTE SOCIAL POLÍTICA DEPORTIVA. CREACIÓN DE ESCUELA DEPORTIVA Art. 109.- “El Municipio planificará y desarrollará políticas para: 1. La difusión y promoción del Deporte Social, mediante actividades recreativas y deportivas plenamente inclusivas, sin discriminación de edad, sexo, condición física, social, cultural, étnica o racial, por lo que sostiene este concepto de deporte como una actividad propicia para la promoción de valores y hábitos, como una herramienta de convocatoria e integración, para acompañar a un crecimiento saludable y apoyar el desarrollo de un proyecto comunitario, basado en la igualdad y en la tolerancia…”

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorece la participación de los jóvenes, promoviendo la integración e inclusión en el deporte asistiendo a las personas de escasos recursos de nuestro municipio.-

Que, para su traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Toyota Hilux, Dominio: IIM589.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR el viaje a realizar por el Agente Municipal, Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a los Altos Valles de Acambuco, el día 06 de Octubre del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al 06 de Octubre del presente año, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario, según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  N°2036/023 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje realizado a los Valles de Acambuco, por parte del Personal Perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, que desempeñan funciones en la Dirección de Transito de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tuvo como fundamento realizar el  acompañamiento con los alumnos de la Escuela Gauchos de Güemes, a un viaje de estudio  a los Valles  de Acambuco, el día 03/10/2023.-

Que, la Carta Orgánica Municipal, Ley Nº 7.936, en su SECCIÓN SEGUNDA EDUCACIÓN, CULTURA Y PROMOCIÓN DEL DEPORTE, CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106 -…” el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación

como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia”. –

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Valles de Acambuco.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER  el viaje  realizado  por el Personal del Programa Aguaray Trabaja pertenecientes a la  Dirección de Tránsito,  acompañando a los alumnos de la Escuela Gauchos de Güemes, a un viaje de estudios  a los Valles de Acambuco,  el día 03 de Octubre  del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, los mismos se detallan a continuación:

Apellido y NombreDNI N°Personal
Tordoya, Silvia21.606.800P.E
Montoya, Marcela28.715.500P.E

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
TORDOYA, SilviaUn (01) día de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-
MONTOYA, MarcelaUn (01) equivalente de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2037/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, el Sr. GOMEZ ANTEZANA José Alfredo D.N.I. Nº 20.194.548 con Domicilio Bº San Antonio, solicita una ayuda económica y/o subsidio, para solventar gastos de estudios médicos, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a  el Sr. GOMEZ, con una Ayuda Económica y/o Subsidio.-

Que, por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 15.000,00 (Pesos Quince Mil con 00/100 centavos),  a nombre del Sr. GOMEZ ANTEZANA José Alfredo D.N.I. Nº 20.194.548.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2038/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 5397/23 y La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el Expte. ut supra, el Presidente del Fortín de Timboirenda Sr. González Luis D.N.I. Nº 33.351.221, solicita la colaboración del Municipio para trasladar a la representante de nuestro pueblo al evento de la FLOR CHAQUEÑA en la Ciudad de Dragones, a realizarse el día 07 de octubre del corriente año. –

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-

Que, es intención del Ejecutivo Municipal apoyar las actividades públicas  que hacen a las manifestaciones culturales, deportivas y religiosas del  Municipio de Aguaray.-

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de justificar las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la ASISTENCIA FINANCIERA para el Presidente del Fortín de Timboirenda Sr. González Luis D.N.I. Nº 33.351.221, para cubrir gastos para trasladar a la representante de nuestro pueblo al evento de la “FLOR CHAQUEÑA” en la Ciudad de Dragones, a realizarse el día 07 de Octubre del corriente año de acuerdo a los CONSIDERANDOS del presente documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la Suma de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 50.000,00) POR ÚNICA VEZ, a nombre del Sr. Sr. González Luis D.N.I. Nº 33.351.221, Presidente del Fortín de Timboirenda.-

Art.Nº3.-Instrumentar a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº5.-Dese copia de la presente a: la de Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese.-

Art.Nº7.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2039/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por el   Alquiler de Transporte hacia la Ciudad de Salta, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Monteros, Norman Domingo DNI Nº 14.792.316, y;

CONSIDERANDO

Que, mediante documentación respaldatoria: Pedido de suministro Nº 039557 Orden de Compra Nº 16379, se precisó la prestación de Servicio Alquiler de Transporte para la realización de un viaje a la Ciudad de Salta el día 28/09/23 para las personas que asisten al turno médico.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por Alquiler de Transporte, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Monteros, Norman Domingo DNI Nº 14.792.316, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2040/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con el Sr. VILLARROEL MIGUEL ANGEL, que brindó el servicio de suministro de Carnicería, mediante solicitud de la Secretaria de Hacienda  de la Municipalidad de Aguaray. Y;

CONSIDERANDO

Que, a través del Sr. VILLARROEL MIGUEL ANGEL C.U.I.T Nº 20-13041421-5. Se Adquirió la provisión de Carnes para personas que asisten al CPI-HOGAR DE NIÑOS Jesús de la Divina Misericordia, según Factura Nº 00003 – 00000102.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que más necesitan.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 322.500,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. VILLARROEL MIGUEL ANGEL C.U.I.T Nº 20-13041421-5 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2041/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedido de Suministro Nº 038934/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago por el servicio de reparación de válvulas, perteneciente al Parque Automotor Municipal y que por razones de que es imprescindible contar con el buen funcionamiento del vehículo para la ejecución de las distintas tareas que se realizan en el municipio de Aguaray.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 038934/23,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE SERVICIO DE REPARACION DE VALVULA DE AIRE, PARA EL CAMIÓN FORD CARGO 1517, PERTENECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE  SERVICIO DE REPARACION DE VALVULA DE AIRE, PARA EL CAMIÓN FORD CARGO 1517, PERTENECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA SARAVIA VALERIA FLORENTINA CUIT Nº 23-333754556-4, con Domicilio Comercial en General Arenales 652, Ciudad de Tartagal, por un monto de  PESOS OCHENTA Y UN MIL CON 00/100 ($ 81.000,00), según Factura Nº 001-00000011 adjunta a la presente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2042/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa FARMACIA DEL VALLE, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Expte Nº 5203/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA DEL VALLE CUIT Nº27-16659525-3, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente al mes de Agosto del año en curso, medianteRecibo Nº 00001-00000919, Facturas Nº 003-00106097, 003-00106123, 003-00106152, 003-00106215, 003-00106232, 003-00106244, 003-00106245, 003-00106250, 003-00106291, 003-00106341, 003-00106345, 003-00106442, 003-00106451, 003-00106455, 003-00106464, 003-00106487, 003-00106600, 003-00106769, 003-00106783, 003-00106912, 003-00106913, 003-00106917, 003-00106926, 003-00107011, 003-00107130, 003-00107187, 003-00107196, 003-00107197, 003-00107201, 003-00107279, 003-00107623, 003-00107812, 003-00107852, 003-00107933, 003-00107994, 003-00108011, 003-00108134, 003-00108149, 003-00108238, 003-00108366, 003-00108481, 003-00108702, 003-00108770, 003-00108777, 003-00108778, 003-00108932, 003-00108942, 003-00108983, 003-00109023, 003-00109036, 003-00109044, 003-00109045, 003-00109050, 003-00109061, 003-00109062, 003-00109167, 003-00109194, 003-00109195, 003-00109562, 003-00109686, 003-00109907 y 003-00109556.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- “El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a Farmacia.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 46/100 CTVOS ($ 283.489,46) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA FARMACIA DEL VALLE CUIT Nº27-16659525-3, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2043/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con el Sr. GUTIERREZ DANIEL FELIPE, que realizó la provisión de Almuerzos y Bebidas, mediante solicitud de la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Obras Publicas a través del   Sr. GUTIERREZ DANIEL FELIPE CUIT Nº 20-37636370-0, adquirió la provisión de Almuerzos y Bebidas (11 Sándwich de Milanesa y (02) Gaseosas Manaos x 3 lts, destinados al personal que está encargado realizar distintas actividades y tareas en las zonas urbanas y rurales de la jurisdicción, mediante Factura Nº 001-00000035.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en beneficio de nuestro pueblo, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas ut supra.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DIECIOCHO MIL CIEN CON 00/100 ($ 18.100,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. GUTIERREZ DANIEL FELIPE CUIT Nº 20-37636370-0, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2044/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa RESIDENCIAL LOS ANGELES, que brindó el servicio de Alojamientos, mediante solicitud de la Oficina de Prevención de Adicciones de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Oficina de Prevención de Adicciones a través de la Empresa RESIDENCIAL LOS ANGELES CUIT Nº 20-16909587-7, se brindó el servicio de Alojamiento para el Personal de la Provincia  de Seguridad Social que trabajaron en la realización de abordajes de problemáticas sociales que afectan a la comunidad el día 27/09/23 en la Ciudad de Aguaray, mediante Factura Nº 002-00000049.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de la factura ut supra.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa RESIDENCIAL LOS ANGELES CUIT Nº 20-16909587-7, con domicilio comercial en Virgilio de Britos Esq. Hipólito Irigoyen 389, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2045/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la EMPRESA DOÑA ROSA Maderas – Aberturas – Prod. Vs, que brindó el servicio de suministro de Ataúdes, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de  Acción Social a través de la Empresa Doña Rosa – Maderas – Aberturas – Prod. Vs. CUIT Nº 20-08180220-4, Adquirió (08) Ataúdes  para personas de nuestra jurisdicción, que no contaban con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, según Pedido de Provisión Nº 039480/23 y mediante Factura Nº 002-00000075.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que necesitan brindarle sagrada sepultura a sus seres queridos.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 338.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA DOÑA ROSA – MADERAS – ABERTURAS – PROD. VS CUIT Nº 20-08180220-4 – Sucursal Aguaray, representada por el  Sr. Ardaya Nelsun, D.N.I. Nº 08.180.220, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2046/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ, que realizó la provisión de Bebidas y Comestibles, mediante solicitud de distintos sectores y áreas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores a través de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ  CUIT Nº 20-24968865-8, adquirió la provisión de Aguas, Gaseosas, Verduras  y  Comestibles para ser destinados como ayuda a personas de escasos recursos como así también en Actividades y Eventos que se realizan en la ciudad de Aguaray, mediante Facturas Nº 012-00027888, 012-00027889, 012-00027890, 012-00027891, 012-00027892, 012-00027893, 012-00027894, 012-00027895, 012-00027897, 012-00027898, 012-00027899 y 012-00027934.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en las Actividades y Eventos que realizan los diferentes sectores, áreas y Direcciones de la municipalidad,  es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente al Autoservicio Sánchez.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 279.200,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ  CUIT Nº 20-24968865-8, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2047/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 5483  ingresado por el Director de Deportes y Recreación, Sr. ROBLES Luis, en relación a la rendición de boletos de regreso para vecinos de nuestra jurisdicción a los  Juegos Evita  en la Ciudad de Mar del Plata para competir en la etapa Nacional, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Deportes y Recreación a través de la Empresa La Veloz del Norte S.A. obtuvo (03) Pasajes de la Ciudad de Salta hasta Aguaray, para realizar el Traslado de personas de nuestra jurisdicción que participaron de los Juegos Evita en la ciudad de Mar del Plata en la etapa Nacional. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorezcan a la integración de jóvenes escolares, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente a la Empresa La Veloz del Norte.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 41.400,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa la Veloz del Norte – Sucursal Aguaray, representada por el  Sr. Sandoval Torres Daniel, D.N.I. Nº 92.605.006, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2048/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expediente Nº 2523/023, presentado por la Delegada del Paraje La Lagunita Sra. Espinosa Margarita D.N.I. N° 45.433.889, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Resolución Municipal Nº 1054/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, en el expediente de referencia se realiza la solicitud de una ayuda económica para pagar el servicio de transporte para los alumnos de la Lagunita para que cotidianamente sean trasladados desde su comunidad hacia la Esc. De Acambuco, en ambos turnos, servicio que será provisto por el Sr. Estrada Simón D.N.I. N° 11.363.106.-

Que, la Carta Orgánica Municipal, Ley Nº 7.936, en su SECCIÓN SEGUNDA EDUCACIÓN, CULTURA Y PROMOCIÓN DEL DEPORTE, CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106 -…” el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia”.-

Que, el Ejecutivo Municipal considera importante asistir en este tipo de situación, donde se colabore a alumnos de escasos recursos de la comunidad, debido a la situación económica actual.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR una Asistencia Económica para el pago de Servicio de Transporte, para los niños del Paraje La Lagunita que asisten diariamente a la Escuela de Acambuco, por la Suma de Pesos Noventa Mil con 00/100 ($ 90.000,00) MENSUAL, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS del presente documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por la Suma de Pesos Noventa Mil con 00/100 ($ 90.000,00) MENSUAL, a nombre del Sr. Estrada Simón D.N.I. N° 11.363.106, para que cubra el servicio de transporte de los niños de la Comunidad La Lagunita hacia la Escuela de Acambuco, de lunes a viernes en turno mañana y tarde, a partir de la firma de la presente hasta nuevas disposiciones.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art.Nº4.-DEJAR sin efecto toda otra Resolución Municipal que se oponga a la presente.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº7.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°2049/023 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

La nota presentada por parte de la Directora de la Dirección de la Flia. D.M.A y 3era E, Lic. Gladys Villarroel según Pedido Suministro nº 1117-023, y;

CONSIDERANDO

Que, la misma solicita autorización para realizar una comisión de servicio a la Ciudad de Salta a efectos de realizar trámites y presentación de documentación del CUD (Carnet Único de Discapacidad).

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a la Directora de la Dirección de la Flia. D.M.A y 3era E, Lic. Gladys Villarroel DNI N° 25.499.133 dependiente de la Secretaria de Gobierno Municipal, a viajar a la Ciudad de Salta Capital, el día 10 de octubre del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y CONSIDERANDO de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR Al Departamento Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 10 de octubre del año en curso, más pasajes (i/v) con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el 100% Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre de la Directora de la Dirección de la Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones Municipal, a la Lic. Gladys de los Ángeles Villarroel DNI N° 25.499.133.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De Forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°2050/023 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

La Nota  presentada por la  Agente Municipal Srta. VALLEJOS, Elda Ruth  Legajo Personal Nº 579  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2023,  Y;

CONSIDERANDO

Que  la mencionada empleada no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER a la  Agente  Municipal  Srta.  VALLEJOS, Elda Ruth  Legajo Personal Nº 579, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.023  por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 09/10/2.023 hasta el 24/10/2.023 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.-

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2051/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  5.423/23, presentado por  el Sr. FLORES, NICOLAS NICASIO,  DNI Nº 24.287.777, cacique de la comparsa “LOS KOYBAS” de Villa Sagrada de esta Localidad, en el cual solicita autorización para realizar un “BINGO” que consta de 1.000 números a $ 1.000,00 c/u, con un total en premios de $ 290.000, a jugarse el día: 26-11-23, a partir de Hs. 18:00,  en el Playón de Villa Sagrada,  y;

CONSIDERANDO

  • Que la recaudación obtenida será destinada a los gastos de insumo que demanda la Comparsa.
  • Que la Autoridad Mpal. colabora con éste tipo de actividades recreativas en bien de la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON  PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. FLORES, NICOLAS NICASIO, DNI Nº 24.287.777, en representación de la Comparsa “LOS KOYBAS”, la autorización correspondiente para realizar un “BINGO” que consta de 1.000 números, a $ 1.000,00 c/u, con un total en premios de $ 290.000, a sortearse el día: 26-11-23, a partir de Hs. 18:00, en el Playón Mpal.

Art.Nº2.-Comunicar al solicitante que se exime de los impuestos pertinentes, debiendo abonar solo los sellados que correspondan.

Art.Nº3.-Comunicar al interesado que posterior a la actividad deberá informar al Ejecutivo Mpal. el detalle correspondiente de la recaudación y gastos obtenidos, caso contrario no se otorgarán futuras autorizaciones ni exenciones.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Mpal. Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Entregar una copia de ésta Resolución al interesado.

Art.Nº6.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº2052/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 5372/23, presentado por la ORDEN DE FRAILES MENORES -VICEPROVINCIA SAN FRANCISCO SOLANO, CUIL N° 30-66912880-7, en su representación el Fray MARTIN CASERTA, DNI N° 26.074.712 con domicilio particular en Calle José Mármol s/n° de esta Localidad, en el cual solicita la autorización correspondiente para la habilitación de una actividad comercial con el Rubro: “APICULTURA (PRODUCCION DE MIEL”, el que estará ubicado en Paraje Rio Carapary, jurisdicción Aguaray,  y;

CONSIDERANDO

  • Que se trata de un emprendimiento en conjunto con comunidades dentro de la jurisdicción mpal.
  • Que cumple con la inspección Comercial y Bromatológica pertinente.
  • Que ha abonado los sellados que se exigen al respecto.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS  FACULTADES QUE  LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la ORDEN DE FRAILES MENORES -VICEPROVINCIA SAN FRANCISCO SOLANO, CUIL Nº30-66912880-7, en su representación el Fray MARTIN CASERTA, la habilitación correspondiente, de una actividad comercial con el Rubro: “APICULTURA (PRODUCCION DE MIEL)”,  a partir de fecha: .03-10-23, con domicilio fiscal en Paraje Rio Carapari, jurisdicción  de esta Localidad.

Art.Nº2.-Inscribirla en nuestro Registro bajo Mat. Nº  3597,  Cód. Afip.  014910 .

Art.Nº3.-Comunicar al solicitante que se encuentra EXENTO del pago de la Tasa de Actividades Varias, según lo estipula en el CAP. XIX, ART. 171 la OTM.N° 031/22, ejercicio fiscal 2023.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente al solicitante.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese  en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°2053/023 (Poder Ejecutivo)  

VISTO

El viaje a realizar por parte del Agente Municipal Sr. Chavez, Hector L.P. Nº 499 – Chofer, traslado del equipo de Volley de Acambuco, Macueta y Campo Largo a la Ciudad de Tartagal, para el día 06 de Octubre del presente año, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como objetivo realizar el traslado del equipo de Volley femenino y masculino de los Colegios  Rurales de Acambuco, Macueta  y Campo Largo a la Ciudad de Tartagal- Competencia Deportiva “IV Campeonato de Volley en Escuelas Rurales”.-

Que, la Carta Orgánica Municipal, Ley Nº 7.936, en su CAPÍTULO III RECREACIÓN Y DEPORTE SOCIAL POLÍTICA DEPORTIVA. CREACIÓN DE ESCUELA DEPORTIVA Art. 109.- “El Municipio planificará y desarrollará políticas para: 1. La difusión y promoción del Deporte Social, mediante actividades recreativas y deportivas plenamente inclusivas, sin discriminación de edad, sexo, condición física, social, cultural, étnica o racial, por lo que sostiene este concepto de deporte como una actividad propicia para la promoción de valores y hábitos, como una herramienta de convocatoria e integración, para acompañar a un crecimiento saludable y apoyar el desarrollo de un proyecto comunitario, basado en la igualdad y en la tolerancia…”

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorece la participación de los jóvenes, promoviendo la integración e inclusión en el deporte asistiendo a las personas de escasos recursos de nuestro municipio.-

Que, para su traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Carrozada FORD F-100 Dominio JHE004

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR el viaje a realizar por el Agente Municipal, Sr. Chávez, Héctor L.P. Nº 499 – Chofer, a los Altos Valles de Acambuco, el día 06 de Octubre del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al 06 de Octubre del presente año, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario, según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Sr. Chávez, Héctor L.P. Nº 499 – Chofer.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2054/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.; el Convenio de Obra Pública – Secretaría de Obras Publicas de la Provincia de Salta, para la Obra RED DE ALUMBRADO PÚBLICO LED SOBRE AVENIDA SAN MARTÍN – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA; Convenio suscripto entre la Secretaria de Obras Publicas y la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia de Salta, y es en virtud de ello que se firma el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA – SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE SALTA, para la Obra RED DE ALUMBRADO PÚBLICO LED SOBRE AVENIDA SAN MARTÍN – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, y del artículo 17 del Decreto Nº 1.319/18; y conforme al detalle de las especificaciones técnicas que rolan en el Expte. Nº 125-200.396/23.

QUE, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza vigente de Recursos y Gastos, por el que autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extras presupuestarias.

QUE, dicho Convenio tiene como fin la readecuación del Sistema del Alumbrado Público que se encuadran al citado expediente de la Obra RED DE ALUMBRADO PÚBLICO LED SOBRE AVENIDA SAN MARTÍN – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA, mejorando considerablemente la condición del alumbrado público en vías de circulación vehicular y peatonal, otorgando de este modo una mejora en el servicio básico, y aportando a un mayor estado de seguridad y resguardo en preservación de sus bienes inmuebles ante hechos de intromisión de extraños en la propiedad y de los espacios públicos que se dispone en todo el trazado de circulación, y que son de masiva concurrencia.

QUE, la ejecución de dicho Convenio se realizará por Ajuste Alzado.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA entre la Secretaría de Obras Publicas de la provincia representada por su titular, Ing. HÉCTOR HUGO DE LA FUENTE, con domicilio en Centro Cívico Grand Bourg, Av. de los Incas S/Nº, de la ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Dn. GUILLERMO SEBASTIÁN ALEMAN, con domicilio en calle Av. Sarmiento Nº 300, ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta para la Obra RED DE ALUMBRADO PÚBLICO LED SOBRE AVENIDA SAN

MARTÍN – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA, por la suma de $ 50.935.059,78 (Pesos CINCUENTA  MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y NUEVE CON 78/100).

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigente – Ejercicio Fiscal 2023, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, Autorizar a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las partes intervinientes y Ordenar la ejecución de dicho Convenio conforme a la carpeta técnica.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián