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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1434 el día 18 de Octubre del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº2094/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 5257/23, presentado por la Directora de la U.E. N° 4.100 de San José de Yacuy, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, a través del expediente mencionado en el VISTO, la Directora de la Institución mencionada ut supra solicita una ayuda económica para solventar los gastos de sonido, para la celebración de una velada artística que se llevará a cabo el día viernes 17 de noviembre del presente año a partir de Hs. 19:00.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-

Que, la Carta Orgánica Municipal, Ley Nº 7.936, en su SECCIÓN SEGUNDA EDUCACIÓN, CULTURA Y PROMOCIÓN DEL DEPORTE, CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106 -…” el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia”.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100  ($15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Directora de la Unidad Educativa N° 4.100 de San José de Yacuy, Balderrama de Flores, Emilia D.N.I. Nº 18.706.778, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  N°2095/023 (Poder Ejecutivo)        

VISTO

El viaje realizado por parte del Personal Perteneciente a la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray y el Encargado de Defensa Civil, a los Altos Valles de Acambuco, Campo Largo y Macueta, según Expte. N° 5604/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tenía como fundamentos asistir a las familias más vulnerables con módulos alimentarios y realizar la entrega de donaciones.-

Que, para su traslado se requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Ford Ranger, Dominio GMO 672.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco, Campo Largo y Macueta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER el viaje realizado por los Agentes Municipales pertenecientes a la Dirección de Acción Social, Defensa Civil y el Chofer designado, a los Altos Valles de Acambuco, Campo Largo y Macueta, correspondiente al día 13 de octubre del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, los mismos se detallan a continuación:

Apellido y NombrePersonalL.P. Nº/D.N.I. N°Sector
RIVERO, RaúlP.P.700Chofer
QUIROGA, Gabriel A.P.E.43.375.580Acción Social
CHAILE, VíctorP.P.640Acción Social
PANIAGUA, RafaelP.P.543Defensa Civil

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
RIVERO, RaúlUn (01) día de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
QUIROGA, Gabriel A.Un (01) equivalente de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
CHAILE, VíctorUn (01) día de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
PANIAGUA, RafaelUn (01) día de Viático más 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2096/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Ordenanza Municipal Nº025-023; Resolución de Promulgación Nº 2.016-023; Boletín Oficial – Edición Nº1.426 de fecha 04-10-023 y Contrato de Cesión en Comodato suscripto con el Sr. Cura Párroco D. JUAN RAMON VELASQUEZ; y

CONSIDERANDO

Que, éste Poder Ejecutivo suscribió el respectivo Contrato de Comodato con la autoridad eclesiástica competente indicada en el visto.

Que, es pertinente la sanción del presente acto administrativo a efecto de su aprobación y puesta en vigencia de la norma legislativa aprobada por el Concejo Deliberante.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Contrato de Comodato suscripto y que pasa a formar parte integrante de la presente, mediante el cual se cede a favor del Obispado de San Ramón de la Nueva Orán – Parroquia Santa Teresita del Niño Jesús – Capilla Virgen del Valle, con domicilio en Barrio YPF, una fracción de terreno propiedad de la Municipalidad de Aguaray.

Art.Nº2.-Haciendo lo propio el Cura Párroco de nuestra Ciudad en representación del Obispado de San Ramón de la Nueva Orán, propietaria de la fracción, que cede en comodato a favor de la Municipalidad de Aguaray, con el objeto de compensar la superficie cedida.

Art.Nº3.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece el art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2097/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 5503/23 presentado por el Sr. VENENCIA Adrián Aníbal DNI Nº 27.725.403, domiciliado en Bº Destilería en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. Venencia, solicita una colaboración monetaria por motivos que se encuentra atravesando una difícil situación de salud y debe viajar a la cuidad de Bs. As a realizarse distintos estudios médicos y como no cuenta  con los recursos necesario es que asiste a este pedido.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 20.000,00)  por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. VENENCIA Adrián Aníbal DNI Nº 27.725.403, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2098/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedidos de Suministros Nº 039606/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 039606/23,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (18) GUARDA CANTO ALUMINIO 9 x 25 x 2.44 mts NATURAL, (42) TIRAFONDO 5/6”x 80 mm, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE  (18) GUARDA CANTO ALUMINIO 9 x 25 x 2.44 mts NATURAL, (42) TIRAFONDO 5/6”x 80 mm, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON Y FERRETERIA ROLDAN C.U.I.T. Nº 23-414159838-4, con domicilio Av. San Martin 238 en la Ciudad de Aguaray, por un monto de  PESOS CIENTO SIETE MIL OCHENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 107.088,00), según Factura Nº 010-00020837 adjunta a la presente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2099/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedidos de Suministros Nº 039606/23, 039607/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 039606/23, 039607/23,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (12) MANIJAS DE BRONCE, (12) PUERTAS PLACA 0.80 CON MARCO, (24) REJAS DE VENTILACION 20 x 20, (06) AIREADOR DE ALUMINIO 40 x 26, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE (12) MANIJAS DE BRONCE, (12) PUERTAS PLACA 0.80 CON MARCO, (24) REJAS DE VENTILACION 20 x 20, (06) AIREADOR DE ALUMINIO 40 x 26, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON LA PATRONA C.U.I.T. Nº 23-41051967-4, con domicilio Bº 30 Viv. Mzna. A Casa 3 en la Ciudad de Aguaray, por un monto de  PESOS QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 529.200,00), según Factura Nº 002-00000179 adjunta a la presente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2100/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedidos de Suministros Nº 039609/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 039609/23,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (18) BOLSAS DE PASTINA x 2 kg, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE  (18) BOLSAS DE PASTINA x 2 kg, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON Y FERRETERIA ROLDAN C.U.I.T. Nº 23-414159838-4, con domicilio Av. San Martin 238 en la Ciudad de Aguaray, por un monto de  PESOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100 ($ 26.838,00), según Factura Nº 010-00020838 adjunta a la presente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2101/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedidos de Suministros Nº 039609/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 039609/23,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (28) BOLSAS DE PEGAMENTO IMPERMEABLE x 25 kg, (01) SERVICIO DE FLETE, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE  (28) BOLSAS DE PEGAMENTO IMPERMEABLE x 25 kg, (01) SERVICIO DE FLETE,  CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON EL AMIGO  C.U.I.T. Nº 30-55971508-1, con domicilio Av. Alberdi 1125 en la Ciudad de Tartagal, por un monto de  PESOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE  CON 06/100 CTVOS ($ 86.837,06), según Factura Nº 0098-00014370 adjunta a la presente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2102/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedidos de Suministros Nº 039609/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 039609/23,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (23) CERAMICA ESMALTADA COLOR BLANCO M² , (81,50) CHAÑI BLANCO 36 x 36, (20,90) ZENTANA MARFIL 36 x 36 (9,30)PORCELANATO VELVET 60 x 120, (04) PEGAMENTO PARA PORCELANATO x 25 kg, (01) SERVICIO DE TRANSPORTE,  CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE  (23) CERAMICA ESMALTADA COLOR BLANCO M² , (81,50) CHAÑI BLANCO 36 x 36, (20,90) ZENTANA MARFIL 36 x 36 (9,30)PORCELANATO VELVET 60 x 120, (04) PEGAMENTO PARA PORCELANATO x 25 kg, (01) SERVICIO DE TRANSPORTE, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON FAAL C.U.I.T. Nº 30-65013386-9, con domicilio Av. 9 de Julio en la Ciudad de Tartagal, por un monto de  PESOS CUATROCIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS  CON 50/100 CTVOS ($ 406.552,50), según Factura Nº 0012-00000413 adjunta a la presente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2103/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedidos de Suministros Nº 039608/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 039608/23,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (03) THINER x 4 ltr, (01) PINTURA ASFALTICA x 4 ltr,  CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE  (03) THINER x 4 LTR, (01) PINTURA ASFALTICA x 4 LTR, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON FAAL SRL  C.U.I.T. Nº 30-65013386-9, con domicilio Av. 9 de Julio en la Ciudad de Tartagal, por un monto de  PESOS TREINTA Y UN MIL TREINTA Y SEIS  CON 98/100 CTVOS ($ 31.036,98), según Factura Nº 0012-00000414 adjunta a la presente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2104/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedidos de Suministros Nº 039608/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 039608/23,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (06) IMPREGNANTEP/MADERA PET x 4 Lts, (04) PINCELES Nº 30, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE  (06) IMPREGNANTEP/MADERA PET x 4 Lts, (04) PINCELES Nº 30, CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON Y FERRETERIA ROLDAN C.U.I.T. Nº 23-414159838-4, con domicilio Av. San Martin 238 en la Ciudad de Aguaray, por un monto de  PESOS CIENTO ONCE MIL QUINIENTOS CATORCE CON 00/100 ($ 111.514,00), según Factura Nº 010-00020836 adjunta a la presente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°2105/023 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541, L.P. Nº 468, el día 19/10/23, Expte. N° 5637/23, Y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a personas de escasos recursos, con turnos programados para atención médica y trámites en general, las mismas se detallan en la planilla adjunta a la presente.-

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master Minibús, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AB768GH Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468, a realizar un viaje a la ciudad de Salta, el día 19 de Octubre del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente al 19 de Octubre del año 2.023, más la suma de Pesos Diez Mil con 00/100 ($10.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre del Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a la Unidad de Archivo y Estadísticas y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°2106/023 (Poder Ejecutivo)                

VISTO

El Expte. adjunto Nº 5546/23, presentado por la Sra. TORRES, ANA MARIA, DNI Nº 10.430.003, vecina de B° El Cruce de esta Localidad, en el cual solicita una consideración por una deuda que mantiene en concepto de IMPUESTOS MUNICIPALES, un terreno a nombre del Sr. NORBERTO GRACIANO DE PALMA , identificado con el Cat.. 24.458, ubicado en B° El Cruce, y;

CONSIDERANDO

  • Que fundamenta el pedido manifestando que el mencionado terreno está ocupado por una Capilla en honor a la Virgen del Rosario de San Nicolás, en la cual se realiza solo una vez al año la celebración religiosa, y que no cuenta con los recursos económicos para afrontar los gastos mencionados.
  • Que este Ejecutivo Mpal. contempla y acepta lo planteado por la solicitante, en vista de su predisposición en brindar una determinada forma de colaboración a la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL. LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. TORRES, ANA MARIA, DNI Nº 10.430.003, vecina de B° El Cruce la EXENCION, de pago de la TASA GENERAL DE INMUEBLES, por el terreno a nombre del  Sr. NORBERTO GRACIANO DE PALMA. , identificado con el Cat. N° 24.458,, ubicado en  B° El Cruce de esta Localidad.

Art.Nº2.-Eximir con el 100% la deuda existente dentro del periodo: Diciembre/19 a Setiembre/23, la cual asciende a la suma de $ 17.728,49.

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en  referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº4.-Entregar una copia de la presente a la interesada.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Mpal.  y archívese.       

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°2107/023 (Poder Ejecutivo)   

VISTO

El viaje a realizar a  la Ciudad de Salta  por parte del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I.  Nº 31.022.881, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho traslado tiene como fundamentos mantener una audiencia el día 18/10 con el Secretario de Obras Públicas de la Provincia de Salta el Ing. Hugo de la Fuente en horario de la tarde, y el día 19/10 asistir al Ministerio de Salud Pública para consulta de expedientes y diferentes gestiones ante otros organismos públicos.-

Que, dicho traslado requiere el uso de la camioneta Toyota Hilux SW4 Motor 1KD-5238717 Chasis 8AJY259G6B3049533 Patente KKA845 Caja de Seguros S.A. Nº 4640002179804.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Ejecutivo Municipal, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, a realizar un viaje a la Ciudad de Salta Capital, los días 18 y 19 de octubre del presente año, de acuerdo a las especificaciones establecidas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR  al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (02) días de viáticos a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente a los días 18 y 19 de octubre del presente año, más la Suma de Pesos Quince Mil con 00/100 ($15.000,00) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario por cada uno de los días mencionados, según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

  Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°2108/023 (Poder Ejecutivo) 

VISTO

El viaje a realizar por el titular del Ejecutivo Municipal en comisión de servicios a la Ciudad de Salta Capital, según Resolución Municipal Nº2107/023, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho traslado tiene como fundamentos mantener una audiencia el día 18/10 con el Secretario de Obras Públicas de la Provincia de Salta el Ing. Hugo de la Fuente en horario de la tarde, y el día 19/10 asistir al Ministerio de Salud Pública para realizar la consulta de expedientes y diferentes gestiones ante otros organismos públicos.-

Que, en consecuencia se deberá dejar a cargo del Ejecutivo Municipal, en ausencia del titular del mismo, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, al Secretario de Gobierno, Sr. Sarzúr, Juan José, D.N.I. N° 25.882.488, de conformidad a las normativas vigentes establecidas en Ordenanza Nº 029/2.016 sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Aguaray, y promulgada por Resolución Municipal Nº 1324/2.016.-

Que, se debe disponer del presente Acto Resolutivo a los fines de dar cumplimiento a los actos administrativos de Ley para la delegación de funciones en las Autoridades que correspondan, en tanto dure la comisión de servicio del titular del Ejecutivo Municipal.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DEJAR A CARGO DEL EJECUTIVO MUNICIPAL al Secretario de Gobierno, Sr. Sarzúr, Juan José, D.N.I. N° 25.882.488, por el término que dure la Comisión de Servicios del Sr. Intendente Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, a la Ciudad de Salta Capital.-

Art.Nº2.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº4.-De forma.-

  Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián