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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1454 el día 17 de Noviembre del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN  Nº2287/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por la  Agente Municipal Sra.  CHAILE, Marilú de los Ángeles  Legajo Personal Nº 498 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2023,  Y;

CONSIDERANDO

Que  la mencionada empleada no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER a la  Agente  Municipal  Sra. CHAILE, Marilú de los Ángeles  Legajo Personal Nº 498, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.023  por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día 21/11/2.023 hasta el 19/12/2.023 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.-

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2288/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de contar con un instrumento legal que autorice la ejecución de la  Campaña Anual de Vacunación Contra la Rabia año 2.023 en toda la jurisdicción del Municipio de Aguaray, y;

CONSIDERANDO

QUE, la importancia de la rabia para la salud pública, tanto en el municipio de Aguaray como en la República Argentina y el mundo, radica en la alta letalidad que presenta la enfermedad. Es cierto, que se ha logrado reducir los casos de rabia animal, mediante la realización de la Campaña Anual de Vacunación contra la Rabia cada año con la cobertura en toda la población canina, felina y simios.-

QUE, el municipio de Aguaray conjuntamente trabaja con el Ministerio de Salud Pública de la Provincia a través del Programa Zoonosis, en la prevención, vigilancia y control de la rabia animal, ya que un caso de rabia humana representa una debilidad en el sistema de salud debido a que existen herramientas para prevenir la enfermedad, y una de ellas es la concreción exitosa de la vacunación contra la rabia cada año evitando la transmisión a los seres humanos.-

QUE, el Ejecutivo Municipal brinda mediante la presente Resolución Municipal las herramientas que permitan al Área de Zoonosis contar con el personal que cumple funciones en la Dirección de Bromatología, Comercio y Ambiente a orientar e implementar acciones que garanticen la mayor y/o total cobertura de la Campaña Antirrábica año 2.023 en el municipio de Aguaray, programada por treinta (30) días, a partir de Noviembre/23 y finalizando en el mes de Diciembre/23.-

QUE, las demás áreas municipales deberán coordinar en tiempo y forma los diferentes requerimientos de la Dirección de Bromatología, Comercio y Ambiente para el inicio, desarrollo y finalización de la vacunación contra la rabia, lo cual implica disponibilidad de vehículo/os para el traslado de la brigada de vacunación, provisión de insumos, materiales descartables, refrigerio, viáticos y alojamiento cuando se trasladen a los Valles de Acambuco y otros lugares que requieran horas fuera del horario de servicio.-

QUE, en consecuencia y a los efectos pertinentes corresponde entonces emitir el presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR la Ejecución de la Campaña de Vacunación Antirrábica Canina y Felina Año 2.023, a partir del mes de Noviembre/23, por el término de treinta (30) días,  según el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-FACULTAR a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Bromatología, Comercio y Ambiente, a afectar al personal de la misma, nomina que se adjunta a esta resolución según Expte.5093/2023, para la ejecución de la Campaña de Vacunación Antirrábica Canina y Felina año 2023.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda, a incorporar los gastos que demande el desarrollo de la Campaña de Vacunación Antirrábica Canina y Felina Año 2.023, a la partida presupuestaria vigente, según detalle del presupuesto adjunto a la presente.-

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Registro Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Dirección de Bromatología, Comercio y Ambiente, Secretaría de Hacienda y RRHH para su conocimiento y demás efectos.-

Art.Nº5.-Refrenda la presente el Secretario de Gobierno y/o de Competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art Nº 37.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Art.Nº7.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián