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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1464 el día 04 de Diciembre del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCION Nº2385/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por elaboración de comida celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Carmen A. Salgado DNI Nº 24.287.780, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante documentación respaldatoria: Pedidos de Suministros Nº 039924/23 – N° 039925/23 – N° 039926/23 – N° 039928/23, Orden de Compra N° 16703 – N° 16704 – N° 16708 – N° 16709; se hace precisa la prestación de Servicio de Comedor (almuerzo y bebidas) destinado al personal municipal afectado a jornada laboral extendida Reparto de Agua – Emergencia Hídrica, según el Visto de la presente.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por elaboración de comida y bebidas, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Carmen A. Salgado DNI Nº 24.287.780, que pasa a formar parte de la presente. Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2386/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray   y el Sr. Guzmán, Raúl Ramiro DNI Nº 16.909.543, y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, a través del Pedido de Suministro N° 039939/23 y Orden de Compra N° 16702, se solicitó el reconocimiento de la contratación del servicio de amplificación de sonido, empleado durante el Banderazo de Promociones 2.023, realizado el pasado 02 de diciembre del presente año. –

Que, se adquirió el servicio de amplificación de Sonido, por parte del Sr. Guzmán, Raúl Ramiro DNI Nº 16.909.543, por lo que se requiere reconocer este gasto a través de la realización de un contrato. –

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y Sr. Guzmán, Raúl Ramiro DNI Nº 16.909.543, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2387/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa, CARNICERIA CORBALAN, que brindó el servicio de suministro de Carnes Varias, mediante solicitud de las diferentes Áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el personal de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray desarrollan actividades y jornadas de trabajos en horarios corridos, como así también benefician a personas de escasos recursos e instituciones en distintas acciones para la población en general, la Empresa CARNICERIA CORBALAN C.U.I.T Nº 20-36379835-8, Brindo la provisión de Carnes Varias, según Facturas Nº 004-00000777 y 004-00000778.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de Carnes Varias, para las Áreas, Sectores, personas e instituciones de la jurisdicción de Aguaray –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 50/100 CTVOS ($ 39.840,50) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CARNICERIA CORBALAN C.U.I.T Nº 20-36379835-8, con Domicilio legal en Gauchos de Güemes Tapa Medidor 180, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2388/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia Avenida, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Expte Nº 6296/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente al mes de OCTUBRE del año en curso, mediante Factura B Nº 034-00000138,

Que, la carta Orgánica Municipal – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- “El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social”. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 84/100 CTVOS ($ 492.397,84) por ÚNICA VEZ a nombre de Farmacia Avenida de Martinich Gabriela Evangelina C.U.I.T Nº 27-22562152-2, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2389/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia del Valle, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Expte Nº 4284/23; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA DEL VALLE CUIT Nº27-16659525-3, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente al mes de OCTUBRE del año en curso, medianteFactura Nº 001-00000922 y Recibo Nº 001-00000052.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- “El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social”. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de CUATROCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS CON 58/100 CTVOS ($ 460.422,58) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA FARMACIA DEL VALLE CUIT Nº 27-16659525-3 de la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2390/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ, que realizó la provisión de Bebidas y Comestibles, mediante solicitud de distintos sectores y áreas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores a través de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ CUIT Nº 20-24968865-8, adquirió la provisión de Aguas, Gaseosas, Verduras y Comestibles para ser destinados como ayuda a personas de escasos recursos como así también en Actividades y Eventos que se realizan en la ciudad de Aguaray, mediante Facturas Nº 012-00031337, 012-00031225, 012-00031223, 012-00031338, 012-00031222, 012-00031224.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en las Actividades y Eventos que realizan los diferentes sectores, áreas y Direcciones de la municipalidad, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente al Autoservicio Sánchez. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 167.800,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ CUIT Nº 20-24968865-8, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2391/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago por el servicio que se brindó a vehículos oficiales, perteneciente al Parque Automotor Municipal y que por razones de que es imprescindible contar con el buen funcionamiento del vehículo para la ejecución de las distintas tareas que se realizan en el municipio de Aguaray. –

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (01) SERVICIO DE REPARACION COMPLETA DE CAJA DE DIRECCION, PARA EL CAMION COMPACTADOR 17-210 DOMINIO LIR498, PERTANECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE (01) SERVICIO DE REPARACION COMPLETA DE CAJA DE DIRECCION, PARA EL CAMION COMPACTADOR 17-210 DOMINIO LIR498, PERTANECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA SERVICIOS Y REPUESTOS HIDRAULICOS C.U.I.T. Nº 20-08179770-7, con domicilio 24 de septiembre y Pje. J. Ángel en la Ciudad de Tartagal, por un monto de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 463.700,00), según Factura Nº 004-00000039 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2392/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS, que brindó el servicio de suministro de Aceites Varios, Pedido de Suministro Nº 038946/23, mediante solicitud del Sector Mecánico de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el sector Mecánico a través de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7, Adquirió Aceites Varios, para Stock del Pañol Municipal y el buen funcionamiento de los vehículos oficiales, según Factura Nº 002- 00000680.-

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos para el buen funcionamiento de Sector Mecánico del Municipio de Aguaray. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 540.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2393/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 5483/23 ingresado por el Director de Deportes y Recreación, Sr. ROBLES Luis, en relación a la rendición de boletos de regreso para vecinos de nuestra jurisdicción a los Juegos Evita en la Ciudad de Mar del Plata para competir en la etapa Nacional, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Deportes y Recreación a través de la Empresa La Veloz del Norte S.A. obtuvo (03) Pasajes de la Ciudad de Aguaray a Salta Capital, para realizar el Traslado de personas de nuestra jurisdicción que participaron de los Juegos Evita en la ciudad de Mar del Plata en la etapa Nacional. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorezcan a la integración de jóvenes escolares, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente a la Empresa La Veloz del Norte. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 41.300,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa la Veloz del Norte – Sucursal Aguaray, representada por el Sr. Sandoval Torres Daniel, D.N.I. Nº 92.605.006, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián