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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1537 el día 26 de Marzo del Año 2.024, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

 

RESOLUCIÓN N°0579/024 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

La comisión de servicio que debe realizar en la ciudad de Salta el Ejecutivo Municipal. Sr. Alemán, Guillermo Sebastián DNI 31.022.881; los días 26 y 27/03/024, y,

CONSIDERANDO

Que, en la misma el Ejecutivo Municipal se reunirá con el Secretario de Obras Publicas- Ministerio de Infraestructura- Sr. Hugo de la Fuente, en la cual se llevará a cabo la firma de Convenio de la Obra: Refacción y Recambio del Sistema Eléctrico Integral en la Escuela Nº 4.736 San Miguel Arcángel – Tuyunti.

Que la firma de este importante convenio es un compromiso con la Educación: “El futuro se construye con los chicos en la escuela”, por ello este Ejecutivo consolida con la firma del convenio para seguir trabajando en forma articulada con el Gobierno Provincial e Instituciones Educativas de nuestra localidad en el mejoramiento de la infraestructura escolar”.

Que así también realizara otras gestiones en referencia a avances de proyectos presentados y otras en beneficio de nuestra localidad.

Que, dicha comisión requiere el uso de un vehículo oficial Camioneta Toyota Patente KKA845 por lo que, es necesario el reconocimiento de gastos de combustible y de viático por la comisión del citado viaje a la ciudad de Salta Capital. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Ejecutivo Municipal, Sr Alemán, Guillermo Sebastián D.N.I. Nº 31.022.881, a viajar a la Ciudad de Salta Capital, por los días 26 y 27/03/024 a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y CONSIDERANDO de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento Contable a emitir la correspondiente Orden de Pago por dos (02) días de viático a la Ciudad de Salta Capital, según el Art. 1º de la presente, más la suma de Pesos Cuarenta Mil 00/100 ($40.000,00) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta 72 hs de haber finalizado con las actividades, más el 100% plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 877/022, a nombre del Ejecutivo Municipal, Sr Alemán, Guillermo Sebastián D.N.I. Nº 31.022.881

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°0580/024 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

La comisión de servicios que debe realizar a la ciudad de Salta por parte del titular del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán Guillermo Sebastián DNI 31.022.881 en fecha 26 y 27/03/024, según Resolución Municipal N°0579/024.            

CONSIDERANDO

Que, ante la ausencia del titular del Departamento Ejecutivo Municipal, y conforme a las normativas vigentes establecidas en Ordenanza N° 029/16 sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Aguaray y promulgada por Resolución Municipal 1324/16; deberá quedar a cargo del Municipio de Aguaray; el Secretario de Gobierno Sr. Juan José Sarzur DNI N° 25.882.488.

Que, se debe disponer del presente documento resolutivo a los fines de dar cumplimiento a los actos administrativos de Ley, para la delegación de funciones en las Autoridades que correspondan en tanto dure la comisión de Servicios del titular del Departamento Ejecutivo Municipal

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DEJAR   a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, al Secretario de Gobierno Sr. Juan José Sarzur DNI N° 25.882.488, por el término que dure la comisión de servicio del Intendente Municipal según lo citado en el VISTO y CONSIDERANDO de la presente. –

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº4.-De Forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0581/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº03-024 por parte del Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº993-024 con fecha 14-03-024; y

CONSIDERANDO

Que, por medio de la misma, el Concejo Deliberante instituye el desarrollo de la Feria, denominada “Feria Anual Rural, Comercial, Cultural y Tradicional del Valle de Acambuco”

Que, dados los objetivos enunciados de impulso económico a la región de los Altos Valles de Acambuco a través de políticas públicas de apoyo y respaldo en la generación de actividades que promuevan el desarrollo de las economías familiares, este Ejecutivo Municipal comparte el espíritu y la decisión tomada por los Legisladores Locales.

Que, asimismo es necesario, dado el contexto de emergencia económica, financiera y administrativa imperante en la Administración Municipal y teniendo en cuenta que no se cuenta con Presupuesto 2024, actuar con responsabilidad institucional, en procura de viabilizar la realización a futuro de la feria instituida, establecer con claridad meridiana el compromiso de insertar y crear una partida presupuestaria específica para el ejercicio fiscal 2025.

Que, haciendo uso de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936 – Art. 30º, que expresa: “Vetado en parte un proyecto de Ordenanza por el Intendente Municipal, sólo se podrá promulgar la parte no vetada si ella tiene autonomía normativa y no afecta la unidad del proyecto”.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.”, dentro de los plazos legales establecidos es pertinente la sanción del presente acto resolutivo de promulgación y veto parcial de la citada ordenanza.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-OBSERVAR el Inciso d) del artículo 9º, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art.9º – Inciso d) Con una partida específica que el Poder Ejecutivo incluirá en el Presupuesto Ejercicio Fiscal 2.025 “

Art.Nº2.-En razón de ello tener por PROMULGADOS los Arts. Nº1,2,3,4,5,6,7,8,9,10 y 11 en la parte no observada y por VETADO parcialmente el Art. 9º – Inciso d) de la Ordenanza Nº03-024.-

Art.Nº3.-A los fines del cumplimiento e instrumentación de la misma, notificar al área de Secretaria de Hacienda para su incorporación en el Proyecto de Presupuesto – Ejercicio Fiscal 2025.

Art.Nº4.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

ORDENANZA N° 003/024

VISTO

El potencial y posibilidad de desarrollo económico de los Altos Valles de Acambuco a través de políticas públicas municipales que promuevan el crecimiento, la cooperación y la participación de todos los actores sociales y productivas de la referida región; y

CONSIDERANDO

Que, el municipio deberá promover el desarrollo autosustentable de las economías familiares y micro emprendimientos a través de distintos tipos de Ferias Municipales (Art.116 – Carta Orgánica Municipal – Ley N° 7.936).

Que, para el logro de los fines propuestos es factible la Creación de un Fondo de Desarrollo Productivo, para lo cual se destinara una partida del presupuesto municipal anual (Art. 114 – Carta Orgánica Municipal – Ley N° 7.936).

Que, la presente iniciativa de realización de la Feria Anual en los Altos Valles de Acambuco, el Gobierno Local deberá jugar el papel de facilitador y las comunidades que las integran ejercerán un rol protagónico y participativo que conlleven a una mejor calidad de vida de sus habitantes

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY N° 7.936, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art.Nº1.-Instituyese el desarrollo de una feria anual de la producción agrícola-ganadera, comercial gastronómica cultural, tradicional y regional, denominada: “Feria Anual Rural, Comercial, Cultural y Tradicional del Valle de Acambuco”.

Art.Nº2.-La Feria instituida se realizará en los Altos Valles de Acambuco, desarrollándose entre los meses de octubre o noviembre, según fecha establecida por la comisión. La duración máxima de la misma y la fecha en que se realizara serán fijadas por resolución del Poder Ejecutivo Municipal a petición de los responsables organizadores.

Art.Nº3.-La organización de la Feria Anual Rural, estará a cargo de una Junta Vecinal y Autoridades Municipales de carácter permanente constituida por:

  1. Un (1) representante del Poder Ejecutivo Municipal, quien la presidirá.
  2. Un (1) representante de cada Paraje integrante del Valle de Acambuco.
  3. Un (1) representante de los Productores Ganaderos.
  4. Un (1) representante de la actividad Gastronómica.
  5. Un (1) representante de los Agricultores.
  6. Un (1) representante de los artesanos.
  7. Un (1) representante de la Agrupaciones Gauchas Tradicionales.
  8. Un (1) representante de alojamientos, hospedajes y comercios. –

Art.Nº4.-Serán funciones de la Junta Vecinal Permanente:

  1. Organizar la Feria Anual.
  2. Aprobar su reglamento interno.
  3. Organizar la estructura del funcionamiento de la feria.
  4. Coordinar la actividad de las Comisiones Especiales, las Delegaciones Zonales y los organismos Oficiales, en la organización de la Feria.
  5. Interesar a las instituciones privadas conducente al logro de los objetivos de la feria.
  6. Tomar toda otra providencia conducente al logro de los objetivos de la Feria.

Art.Nº5.-Todas las representaciones de las Instituciones particulares serán “ad-honorem”, como así las representaciones oficiales.

Art.Nº6.-La Dirección de Turismo Municipal colaborará con la publicidad, propaganda y promoción de la Feria Rural.

Art.Nº7.-La Dirección de Cultura Municipal colaborará con la Feria Rural en la programación de los espectáculos artísticos y demás actividades que hagan al mayor éxito de la feria.

Art.Nº8.-Todos los actos y actividades programadas por la Junta vecinal, responsables de la organización y desarrollo de la Feria Rural, estarán exentos de cualquier impuesto y/o tasa municipal.

Art.Nº9.-Crease el Fondo de Organizaciones de la Feria Anual Rural Comercial, Cultural y Tradicional del Valle de Acambuco”, que se formará con:

  1. Los derechos de inscripción de los expositores.
  2. Los derechos sobre entradas a la exposición.
  3. Las donaciones y contribuciones voluntarias.
  4. Con una partida específica que el poder Ejecutivo incluirá en el presupuesto.

Art.Nº10.-Los Fondos de carácter oficial y a que provengan del Presupuesto Municipal se abanarán al Presidente y Tesorero de la junta Vecinal responsable de la organización, quienes deberán producir la rendición de los mismos, dentro de los 30 días posteriores a la finalización de la Feria Rural.

Art.Nº11.-Comuníquese al Poder Ejecutivo a fin de su promulgación y reglamentación.

Sra. Rioja, Andrea – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN Nº0582/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº05-024 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº1.125-024 con fecha 22-03-024; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante aprueba y ratifica el Convenio de Pago celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Empresa Pan American Energy S.L. Sucursal Argentina en su carácter de operador y representante Legal de UTE Acambuco, autorizando a SUSCRIBIR y FIRMAR el mismo a éste Ejecutivo Municipal.

Que, el referido convenio de pago viene a actualizar los valores a percibir en el presente Ejercicio Fiscal 2.024 en concepto de Tasa de Actividades Varias.

Que, en uso de las facultades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 05-024 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-NOTIFICAR a la Empresa Pan American Energy S.L. a los fines pertinentes y a las áreas administrativas municipales competentes a fin del cumplimiento de la misma.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

ORDENANZA N° 005/024

VISTO

El texto de Convenio de Pago con la Empresa Pan American Energy S.L. Suc. Argentina, en su carácter de operador y representante legal de PAN AMERICAN ENERGY S.L – APCO ARGENTINA INC – NORWEST ARGENTINA CORP. – YPF S.A – O&G DEVELOPMENTS LTD. S.A.-ACAMBUCO – UNION TRANSITORIA DE MPRESAS” (la “UTE Acambuco”) que se registra bajo Expte. N° 102/024 y que fuera enviado por el poder Ejecutivo Municipal; y,

CONSIDERANDO

Que, la Constitución Nacional (Art. 123) y Provincial (Art. 170) establecen la potestad tributaria, a partir del concepto constitucional de autonomía municipal, a fin de poder satisfacer las necesidades económicas y financieras, derivadas de la obtención de recursos propios.

Que, siendo competencia del Gobierno Municipal la recaudación de tributos (Art.22 – Inc. 3 – Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936) y a fin de suscribir el convenio de pago conforme lo determina el Art.  36 Inc. 16, es que corresponde otorgar la aprobación mediante el tratamiento legislativo pertinente.

Que, el expediente citado en el visto fue tratado en Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante y aprobado, conforme las disposiciones vigentes. 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY N° 7.936, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art.Nº1.-APROBAR el convenio de pago entre el Municipio de Aguaray y la Empresa Pan American Energy S.L – APCO ARGENTINA INC – NORWEST ARGENTINA CORP. – YPF S.A – O&G DEVELOPMENTS LTD. S.A.-ACAMBUCO – UNION TRANSITORIA DE MPRESAS” (la “UTE Acambuco”) que pasa a formar parte de la presente.

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Intendente Municipal SR. GUILLERMO SEBASTIAN ALEMAN, DNI Nº 31.022.881 a suscribir y firmar el CONVENIO de Pago de la UTE ACAMBUCO, conforma lo aprobado y dispuesto el articulo precedente.

Art.Nº3.-COMUNIQUESE, al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y cumplimiento.

Art.Nº4.-Comuniquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.

Sra. Rioja, Andrea – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN Nº0583/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Ordenanza Municipal Nº028/020, Resolución de Promulgación Nº849/020, Ordenanza de Presupuesto – Ejercicio Fiscal 2.024- VIGENTE; y

CONSIDERANDO

Que, la referida norma municipal crea a partir del mes de Noviembre de 2.020, El Fondo de Ayuda a la Asociación de Bomberos Voluntarios del Municipio de Aguaray “Delia Fleitas de Roldan” que tiene por objeto, SUBSIDIAR a los Bomberos Voluntarios que prestan servicio en esa Institución.

Que, el Intendente Municipal entiende y considera que el importe mensual otorgado de Pesos Sesenta Mil ($60.000,00) a la fecha ha sufrido una pérdida del poder adquisitivo, lo que afecta indudablemente la economía de los subsidiados.  

Que, a partir del 01-10-022 se otorga un Subsidio Mensual Complementario de $ 60.000,00 a través de la Resolución Nº2.141-022.-

Que, es factible y viable disponer una actualización del subsidio mensual complementario a pagar desde el 01 de Marzo del presente año 2024, que sumado al Fondo de Ayuda vigente, permita atenuar en parte los efectos negativos de la inflación imperante.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-OTORGAR a la Asociación de Bomberos Voluntarios del Municipio de Aguaray “Delia Fleitas de Roldan”, cuya certificación de Personería Jurídica se adjunta, un SUBSIDIO MENSUAL COMPLEMENTARIO de $ 300.000,00 (Pesos Trescientos Mil) a partir del 01 de Marzo del año 2.024, pagadero de manera conjunta con el Fondo de Ayuda vigente y dispuesto por Ordenanza Nº028-020.-

Art.Nº2.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda Municipal a los efectos de que tome los recaudos pertinentes de imputación a la partida presupuestaria vigente Ejercicio Fiscal 2.024.-.

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario con competencia en virtud del Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Notifíquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0584/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El pedido efectuado por parte del Fr. Juan R. Velásquez, Adm. De la Parroquia Santa Teresita de nuestra localidad, según Expte. Nº 1095-/2024; Y.

CONSIDERANDO

Que, el Fr. Juan Velásquez, solicita a este EM la colaboración mediante una asistencia económica para cubrir gastos por servicios de amplificación de sonido para los días de celebración referentes a Semana Santa en nuestra localidad.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de evento que favorezcan a las festividades religiosas – culturales.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 150.000,00) a nombre del Fr. Juan R. Velásquez, Adm. de la Parroquia Santa Teresita de nuestra localidad, según Expte. Nº 1095/2024, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0585/024 (Poder Ejecutivo)        

VISTO

El Expte. Adjunto Nº 1030/24, presentado por la Sra. OYARZU, LUISA PAOLA, DNI Nº 23.803.205, con domicilio en Los Cipreses, B° Destilería de ésta Localidad, en representación de la Iglesia Cristiana Evangélica Bautista Peniel, mediante el cual solicita la correspondiente autorización para realizar una “CRUZADA INTERNACIONAL” evangélica, en el predio de la Plaza Central de esta Localidad, los días:  28-29 y 30 de Marzo de 2024,  a partir de Hs. 19:00 hasta Hs. 00:00,  y;

CONSIDERANDO

  • Que se trata de una actividad religiosa sin fines de lucro, con relación a la celebración de   Las Pascuas.
  • Que el Ejecutivo Mpal. contempla este tipo de actividades.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON  PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. OYARZU, LUISA PAOLA, DNI Nº 23.803.205, con domicilio en los Cipreses, B° Destilería, la autorización correspondiente para realizar una “CRUZADA INTERNACIONAL” evangélica, en el predio de la Plaza Central de esta Localidad, los días: 28-29 y 30 de Marzo de 2024, desde Hs. 20:00 hasta Hs. 00:00.

Art.Nº2.-Entregar una copia de la presente a la solicitante.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Comunicar a la interesada que deberá responsabilizarse por la Seguridad, Higiene y cuidado del predio en el que se realiza el evento.

Art.Nº5.-Enviar una copia de esta Resolución a la policía local para su conocimiento, control y cumplimiento.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°0586/024 (Poder Ejecutivo)        

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541, L.P. Nº 468, el día 27/03/24, Y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a personas de escasos recursos, con turnos programados para atención médica y trámites en general, las mismas se detallan en la planilla adjunta a la presente. –

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master Minibús, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AB768GH Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468, a realizar un viaje a la ciudad de Salta, el día 27 de Marzo del año 2.024, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente al 27 de Marzo del año 2.024, más la suma de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre del Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a la Unidad de Archivo y Estadísticas y a las partes intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°0587/024 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541, L.P. Nº 468, el día 03/04/24, Y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a personas de escasos recursos, con turnos programados para atención médica y trámites en general, las mismas se detallan en la planilla adjunta a la presente. –

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master Minibús, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AB768GH Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468, a realizar un viaje a la ciudad de Salta, el día 03 de Abril del año 2.024, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente al 03 de Abril del año 2.024, más la suma de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre del Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a la Unidad de Archivo y Estadísticas y a las partes intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°0588/024 (Poder Ejecutivo)  

VISTO

El viaje realizado, por parte de la Encargada de la Oficina de Jubilaciones y Pensiones de la Municipalidad de Aguaray, la Agente Municipal Sra. Rodríguez, Griselda Raquel D.N.I. Nº 26.715.819, L.P. Nº 611, a Oran el día 26 de Marzo del Cte. y el Agente Municipal Sr. Tejerina, Héctor Javier DNI N° 34.610.009 L. P N° 702 (chofer) y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tenía como objetivo realizar Trámites en el ANSES: Agilizar Jubilaciones, Clave Social y Coordinar un Operativo 2024.- 

Que, dicho traslado se requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master Minibús, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AB768GH Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios a San Ramón de la Nueva Oran. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER a los Agentes Municipales, Sra. Rodríguez, Griselda Raquel D.N.I. Nº 26.715.819, L.P. Nº 611 y el Sr. Tejerina, Héctor Javier D.N.I N° 34.610.009 L. P N° 702, a realizar el viaje a San Ramón de la Nueva Oran, el día 26 de Marzo del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a San Ramón de la Nueva Oran, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Resolución Municipal Nº 877/2.022, correspondiente a nombre de los Agentes Municipales, Sra. Rodríguez, Griselda Raquel D.N.I. Nº 26.715.819, L.P. Nº 611 y el Sr. Tejerina, Héctor Javier D.N.I N° 34.610.009, L.P N° 702.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –                                                                                                           

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0589/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 1159/24 presentado por el Sr. MATORRAS Demetrio DNI Nº 21.311.537, domiciliado en Bº Villa Progreso en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. Matorras, solicita una colaboración monetaria debido a que no cuenta con trabajo y se encuentra atravesando una difícil situación económica por esta razón asiste a este pedido. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –       

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. MATORRAS Demetrio DNI Nº 21.311.537, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0590/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 1168/24 presentado por la Sra. SANTILLAN Rosana Marine DNI Nº 39.401.434, domiciliada en la Comunidad de Piquirenda Estación en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Santillán, solicita una colaboración monetaria por la cual su hijo se encuentra atravesando una difícil situación de salud y como no cuenta con los recursos necesario es que asiste a este pedido. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud y económica. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. SANTILLAN Rosana Marine DNI Nº 39.401.434, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0591/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con el Sr. GONZALEZ Jorge Ceferino, que brindó el servicio de Alojamientos, Mediante Expte Nº 139/24; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Expte ut supra presentado por el Hospital Luis Adolfo Güemes de la Ciudad de Aguaray solicito a la municipalidad Alojamiento para un contingente de estudiantes de la carrera de medicina de la Universidad Nacional de Mar del Plata Personal médico que vinieron a realizar distintas actividades en la comunidad y que a través de la Empresa del Sr. GONZALEZ Jorge Ceferino CUIT Nº 24-13971188-9, se brindó el servicio en la Ciudad de Aguaray, mediante Factura Nº 001-00000081.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de la factura a nombre del Sr. GONZALEZ Jorge Ceferino. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 80.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. GONZALEZ Jorge Ceferino CUIT Nº 24-13971188-9, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0592/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión N° 040065/24, y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Oficina de Sistemas de la Municipalidad de Aguaray, Resolución Municipal Nº 0525 – 2.024, Y;

CONSIDERANDO

Que, por tratarse de un insumo de primera necesidad para la actividad administrativa de las distintas oficinas dependientes de Direcciones y Oficinas de la Municipalidad de Aguaray, que diariamente generan todo tipo de documentos en formato papel, y demandan el uso de Tintas y Toners, lo que es imprescindible para el desempeño del personal administrativo. –

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 040065/24 se solicitó la “ADQUISICIÓN DE TINTAS EPSON (NEGRO -CIAN – AMARILLO – MAGENTA), TINTAS BROTHER ORIGINAL (NEGRO – CIAN – AMARILLO – MAGENTA), TONER ALTERNATIVO HP, PARA STOCK DE LA OFICINA DE SISTEMAS PARA LAS TAREAS DE ADMINISTRACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD”, según expediente adjunto a la presente. –

Que, a través de la Resolución Municipal Nº 0525 – 2.024, se procedió a realizar el Llamado a Adjudicación Simple Nº 04/24.-

Que, de conformidad a la Ley Nº 8.072, se procedió a la Publicación del Llamado a Adjudicación Simple Nº 04/2024 a través de la Página Web Oficial de la Municipalidad de Aguaray: www.aguaray.gob.ar en la sección de CONTRATACIONES, con fecha de Apertura 20/03/24, a Hs. 12:00.-

Que, se presentaron (02) ofertas: Empresa, 1. TECNOGRAF, con domicilio legal en Rivadavia Nº 525, Ciudad de Tartagal, Provincia de Salta y 2. GRUPO EXPRESS COMPUTACION con domicilio legal Calle Virgilio de Britos 76- Bº Libertad, Ciudad Aguaray, Provincia de Salta. –

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones se procede a seleccionar como ofertas ganadoras a las siguientes empresas: 1.  GRUPO EXPRESS COMPUTACION C.U.I.T. Nº 27-29586010-9 requisitos completos y oferta económica por la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($ 1.752.000,00), IVA incluido. –

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de aprobar la Adjudicación Simple Nº 04/2.024.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR a la Empresa 1. GRUPO EXPRESS COMPUTACION C.U.I.T. Nº 27-29586010-9, con domicilio legal en Calle Virgilio de Britos 76- Bº Libertad, Ciudad Aguaray, requisitos completos y oferta económica por la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($ 1.752.000,00), IVA incluido correspondiente a la ADJUDICACIÓN SIMPLE N° 04/2.024 “ADQUISICION DE TINTAS Y TONNERS, PARA STOCK DE LA OFICINA DE SISTEMAS PARA LAS TAREAS DE ADMINISTRACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD”. –

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0593/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Vaca Marcelo DNI Nº 21.311.649 con domicilio en Bº 9 de Julio, y,

CONSIDERANDO

Que, el Sr. Vaca Marcelo DNI Nº 21.311.649 es el responsable y encargado de realizar el trabajo de LIMPIEZA Y DESMALEZADO en conjunto con otros vecinos de la comunidad, por un monto de Pesos Ochocientos Cincuenta Mil con 00/100 ($ 850.000,00), para la realización del trabajo completo. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado generar mano de obra para personas desocupadas, con el fin de otorgar una ayuda para los que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Vaca Marcelo DNI Nº 21.311.649, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0594/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedido de Suministro Nº 040595/24, Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que el sector de Electricidad dependiente de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago por el suministro de materiales de Electricidad para stock del taller de electricidad y que por razones de que es imprescindible contar con el buen funcionamiento del alumbrado público de las distintas zonas de la jurisdicción en el municipio de Aguaray. –

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 040595/24, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (50) LAMPARAS LED x 100 W E-40, (100) MTS CABLE TIPO TALLER 2 x 2.5 mm y (50) FOTOCONTROL 10 AMP PARA EL SECTOR DE ELECTRICIDAD – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que la forma de pago de la factura ut supra será en cheque al día y cheque a 20 días quedando conformes la Empresa INFOLUZ y la Municipalidad de Aguaray. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE (50) LAMPARAS LED x 100 W E-40, (100) MTS CABLE TIPO TALLER 2 x 2.5 mm y (50) FOTOCONTROL 10 AMP PARA EL SECTOR DE ELECTRICIDAD – OBRAS PUBLICA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA INFOLUZ CUIT Nº 20-21606787-9, con Domicilio Comercial en Pasaje Güemes 344, Ciudad de Aguaray, por un monto de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 2.853.500,00), según Factura Nº 005-00000243, adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Sarzur, Juan José