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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1557 el día 29 de Abril del Año 2.024, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN N°0832/024 (Poder Ejecutivo)  

VISTO

La vigencia de la Ordenanza Municipal N° 029/2.016 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante y la Resolución Municipal N° 1.324/016 de fecha 04/11/2.016, Y;                                   

CONSIDERANDO

Que, el intendente en funciones Sr. Guillermo Sebastián Alemán, por prescripción médica debe realizar un tratamiento y reposo estrictamente debido a un reciente problema de salud. –

Que, en consecuencia, se deberá dejar a cargo del Ejecutivo Municipal, en ausencia del titular del mismo, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, al Secretario de Gobierno, Sr. Sarzúr, Juan José, D.N.I. N° 25.882.488, de conformidad a las normativas vigentes establecidas en Ordenanza Nº 029/2.016 sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Aguaray, y promulgada por Resolución Municipal Nº 1324/2.016.-

Que, es facultad propia del Intendente designar y dejar a cargo del Poder Ejecutivo Municipal al Sr. Secretario de Gobierno por el día 29 de abril del año 2.024.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DESIGNAR Y DEJAR A CARGO DEL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL DE AGUARAY al Secretario de Gobierno, SR. SARZÚR, JUAN JOSÉ, D.N.I. N° 25.882.488, por el día 29 de abril del año 2.024.-

Art.Nº2.-Quedando el mismo autorizado en materia administrativa a tomar decisiones inherentes al cargo con arreglo a derecho. –

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0833/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de realizar periódicamente procesos de Fumigación y Desinfección en los edificios dependientes de la Municipalidad de Aguaray, y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, Y;

CONSIDERANDO

QUE, las tareas de fumigación y desinfección ayudarán a la higiene y seguridad de las personas que transitan los distintos edificios municipales, y que es un método de prevención contra la Lucha del Mosquito Aedes Aegypti transmisor de las enfermedades Dengue, Zika y Chikungunya.-

QUE, la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936 en su TÍTULO OCTAVO POLÍTICAS DE MEDIOAMBIENTE Y HÁBITAT SECCIÓN PRIMERA MEDIOAMBIENTE Y RECURSOS NATURALES CAPÍTULO I MEDIOAMBIENTE. DERECHOS. DEBERES Art. 133.- “…Los vecinos y habitantes gozarán del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para las actividades productivas, satisfaciendo las necesidades presentes, sin comprometer las de las generaciones futuras; teniendo el deber de preservarlo…”

QUE, las fechas propuestas fueron acordadas con suficiente antelación, pudiendo el personal programar sus tareas para no resentir el servicio. –

QUE, es preciso elaborar un instrumento legal adecuado a los fines de no perjudicar a los empleados pudiendo reorganizar las actividades correspondientes, por lo tanto, es menester realizar el presente acto resolutivo con el objetivo de autorizar las tareas de fumigación y desinfección. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR ASUETO MUNICIPAL Y ADMINISTRATIVO, para el día 30 de abril del año 2.024, con el objetivo de posibilitar la Fumigación, Desinfección y posterior limpieza de los edificios pertenecientes a la Municipalidad de Aguaray. –

Art.Nº2.-ENCOMENDAR a los responsables de cada sector la coordinación del libre acceso al personal de la empresa contratada para los fines señalados, se tomen las medidas pertinentes para el resguardo de elementos que pudieran ser afectados y se comunique – en tiempo y forma – cualquier inconveniente que genere la presente disposición. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-NOTIFIQUESE a todas las dependencias municipales involucradas. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0834/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Flores Nicolás Nicasio. DNI Nº 24.287.777, con domicilio en Bº 17 de octubre; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Flores Nicolás Nicasio. DNI Nº 24.287.777, es el responsable y encargado de realizar el trabajo de REFACCIONES DEPENDENCIAS MUNICIPALES – OFICINAS DE LIQUIDACIONES, PRENSA Y CEREMONIAL, MUNICIPIO DE AGUARAY – DPTO SAN MARTIN – PROVICIA DE SALTA en conjunto con los colaboradores de su empresa, por un monto de PESOS UN MILLON CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA con 00/100 ($ 1.178.690,00), para la realización del trabajo completo. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado generar mano de obra para mini empresas de personas de nuestra ciudad, con el fin de otorgar una ayuda para los que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Flores Nicolás Nicasio. DNI Nº 24.287.777, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0835/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas; Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, solicita la compra de Materiales Varios para la construcción de la SALA DE MÁQUINAS PARA EL POZO DE AGUA EN LA COMUNIDAD DE ACAMBUCO y que por razones de que es imprescindible y preciso que la obra se encuentre en funcionamiento para dar solución a los vecinos de los altos valles es por ello que surge la necesidad de iniciar las tareas que competen. –

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (01) CUERPO HIDRAULICO ST 2524/SALIDA DE 1 ½”, (01) MOTOR 3P3W 3HP, (01) GENERADOR KUSHIRO TRIFASICO 11000W, (01) TABLERO DE COMANDO PARA ELECTROBOMBA, (35) CABLE CHATO 3 x 2,5 MM2, PARA LA SEGUNDA ETAPA DE LA OBRA CONSTRUCCION DE SALA DE MAQUINA EN POZO DE AGUA COMUNIDAD ACAMBUCO – MUNICIPIO DE AGUARAY”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES VARIOS, PARA LA SEGUNDA ETAPA DE LA OBRA CONSTRUCCION DE SALA DE MAQUINA EN POZO DE AGUA COMUNIDAD ACAMBUCO – MUNICIPIO DE AGUARAY”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS C.U.I.T Nº 30-71221560-3, con domicilio 20 de Febrero 101 en la Ciudad de Tartagal, por un monto de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($ 7.487.000,00), según Factura Nº 005-00023461 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0836/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas; Pedido de Suministro Nº 040736/24; Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, solicita la compra de Materiales Varios para la construcción para la REFACCION DEPENDENCIA MUNICIPAL – OFICINA DE LIQUIDACIONES, MUNICIPIO DE AGUARAY – DPTO SAN MARTIN – PROVICIA DE SALTA, y que por razones de que es imprescindible y preciso que la obra se encuentre en funcionamiento para las tareas que se llevan a cabo en dicha oficina. –

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 040736/24,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (15) BOLSAS DE CEMENTO  x 50 KG,  (06) BOLSAS DE CAL HIDRATADA, (45) PLACAS DE TELGOPORT DE 4 CM, (500) KG DE CLAVOS DE ½”, (01) KG DE COLA VINILICA, (04) PASTINA x 1 KG, (01) HIDROFUEGO CERESITA x 1 KG Y (04) BOLSAS DE PEGAMENTO, REFACCION DEPENDENCIA MUNICIPAL – OFICINA DE LIQUIDACIONES, MUNICIPIO DE AGUARAY – DPTO SAN MARTIN – PROVICIA DE SALTA”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES VARIOS DE CORRALON, PARA LA REFACCION DEPENDENCIA MUNICIPAL – OFICINA DE LIQUIDACIONES, MUNICIPIO DE AGUARAY – DPTO SAN MARTIN – PROVICIA DE SALTA”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON LA PATRONA C.U.I.T. 23-41051967-4, con domicilio legal en Bº 30 Viviendas, Mzna. A, Casa 3, Ciudad de Aguaray, por un monto de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 443.000,00), según Factura Nº 002-00000212 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN NO 0837/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial N° 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley N° 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas; Pedido de Suministro N° 040735/24; Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, solicita la compra de Materiales Varios para la construcción para la REFACCION DEPENDENCIA MUNICIPAL OFICINA DE LIQUIDACIONES, MUNICIPIO DE AGUARAY – DPTO SAN MARTIN PROVICIA DE SALTA, y que por razones de que es imprescindible y preciso que la obra se encuentre en funcionamiento para las tareas que se llevan a cabo en dicha oficina. –

Que, como lo establece la Ley N° 8.072 en su Art. 30, 4° Párrafo… cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, mediante Pedido de Provisión N° 040735/24, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (15) BOBINA DE HILO, (27) PERFILES “L” x 2 MTS, (33) PERFILES “T” x 2 MTS, (150) REMACHES POP 3.5 x 10, PARA LA REFACCION DEPENDENCIA MUNICIPAL OFICINA DE LIQUIDACIONES, MUNICIPIO DE AGUARAY DPTO SAN MARTIN PROVICIA DE SALTA”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY N° 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES VARIOS DE CORRALON, PARA LA REFACCION DEPENDENCIA MUNICIPAL OFICINA DE LIQUIDACIONES, MUNICIPIO DE AGUARAY – DPTO SAN MARTIN – PROVICIA DE SALTA”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON ROLDAN CUIT N° 23- 14159838-4, con domicilio legal en Av. San Martin s/n, Ciudad de Aguaray, por un monto de PESOS OCHENTA MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 80.196,00), según Factura N° 010-00022371 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archivese.

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0838/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 1598/24 presentado por la Srta. BULACIO, ALEJANDRA, DNI N° 46.231.311, alumna de la EET N° 3.120 de esta Localidad y en representación de alumnos de la Promo, en el cual solicitan autorización   para realizar en la Plaza Central Martin M. de Güemes un “EVENTO PARA LA PRESENTACION DE LAS REMERAS”, el día: 04-05-24, a partir de Hs. 21:00, y;

CONSIDERANDO

  • Que se trata de un evento estudiantil.
  • Que este Ejecutivo Mpal. apoya este tipo de actividades de la comunidad estudiantil.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Srta. BULACIO, ALEJANDRA, DNI N° 46.231.311, la autorización correspondiente, para realizar en la Plaza Central Martin M. de Güemes de esta Localidad, un “EVENTO PARA LA PRESENTACION DE LAS REMERAS”, de la Promo de la EET N° 3.120, el dia: 04-05-24, a partir de Hs. 21:00.

Art.Nº2.-Responsabilizar a la solicitante por la seguridad, cuidado y mantenimiento del predio mencionado en cuanto se refiere a espacios verdes, artefactos eléctricos, mampostería (columnas, pinturas, etc.), mientras dure la actividad, teniendo especial cuidado en el tema sanitario.

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº4.-Eximir del pago de los impuestos y sellados correspondientes.

Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente a la interesada.

Art.Nº6.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0839/024 (Poder Ejecutivo) 

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº09-024 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº1.584-024 con fecha 25-04-024; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante consideró y dio aprobación al proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo Municipal, que tiene por objeto primordial la conservación de la Fauna y la Flora autóctona de nuestra región, reconociendo como insignia de nuestro “AGUARAY NATURALMENTE BELLO” al Tucán y al Lapacho Rosado

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 09-024 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-NOTIFICAR al área de Turismo Municipal a fin de proceder a la amplia difusión, convocatoria a los sectores involucrados, puesta en vigencia, reglamentación y cumplimiento de la norma legislativa.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

ORDENANZA N° 009/024

VISTO

La Resolución Municipal Nº 0720/2018 de fecha 03-07-018 a través del cual se Declara Ave Municipal Protegida al “TUCAN” y Declara Árbol y Flor Municipal Protegido al “LAPACHO ROSADO” del Municipio de Aguaray; y

CONSIDERANDO

Que, la referida disposición administrativa emanada por el Ejecutivo Municipal, a criterio de este Concejo Deliberante es pertinente darle un rango normativo de mayor jerarquía, a los fines de su cumplimiento y aplicación.

Que, nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 en sus artículos 134 y 138 respectivamente establecen y declaran patrimonio natural del Municipio de Aguaray a los fines de su preservación, conservación la región de los Yungas y su diversidad biológica como así la Fauna local, debiéndose instrumentar políticas de conservación y protección de aquellas especies en peligro de extinción.

Que, obran los antecedentes necesarios y suficientes que permiten sancionar la presente Ordenanza de proclama para preservación y protección del “Tucán” y del “Lapacho Rosado” como especies insignia del Municipio de Aguaray.

Que, la presente norma legislativa tiene como finalidad:

  1. Contribuir a la aplicación de la normativa ambiental vigente, uso racional del territorio y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
  2. Promover el desarrollo humano sostenible, equitativo, participativo en el Municipio de Aguaray a través de la formulación y ejecución de políticas ambientales, planes, programas y proyectos de cuidado, conservación y preservación del TUCÁN Y EL Lapacho Rosado.
  3. Establecer los conceptos y las actividades fundamentales para el correcto desarrollo de la gestión ambiental local con la participación de sectores públicos, privados y comunidad en general.

Que, a fin de su correcta interpretación y aplicación, es preciso destacar los principios básicos que dan origen a la presente, a saber:

  1. De Cooperación: aquel que inspira a actuar en conjunto con las autoridades municipales y a la sociedad civil de dar una protección ambiental adecuada a los bienes naturales locales para mejorar la calidad de vida de los vecinos.
  2. De Participación: aquel que promueve que los distintos actores se asocien y se involucren en la gestión ambiental del territorio municipal.
  3. De Coordinación: aquel mediante el cual se fomenta la transversalidad y unión de las Instituciones intermedias locales y funcionarios municipales involucrados.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY N° 7.936, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art.Nº1.-PROCLAMAR Y DECLARAR Ave Municipal protegida del Municipio de Aguaray al “TUCAN” que habita en el Municipio de Aguaray y las áreas de Reserva de Flora y Fauna de Acambuco y la Eco región de Yungas del área Itiyuro-Tuyunti.

Art.Nº2.-PROCLAMAR Y DECLARAR Árbol y Flor Municipal Protegido del Municipio de Aguaray al “LAPACHO ROSADO”.

Art.Nº3.-establecer como instituido lo declarado oportunamente a través de Resolución Nº 720/018 del Ejecutivo Municipal, que pasa a formar parte de la presente.

Art.Nº4.-A los efectos de alcanzar y lograr los objetivos de la presente se creará un Concejo Ad- Honoren de protección del Ave Municipal El Tucán y del Árbol y la Flor Municipal del Lapacho Rosado, debiéndose convocar a las organizaciones ambientales e instituciones afines.

Art.Nº5.-El Ejecutivo Municipal deberá instruir y dar intervención al personal con competencia de las áreas de Medio Ambiente, Turismo, Defensa Civil, Reserva de Flora y Fauna de Acambuco y de ser necesario reglamentar la presente.

Art.Nº6.-el alcance de la norma legislativa tendrá efecto aún en aquellos casos en que la extensión del hábitat y localización del Tucán y del Lapacho Rosado se encuentren en propiedad privada.

Art.Nº7.-Póngase en conocimiento del Poder Ejecutivo Municipal para su promulgación y puesta en vigencia.

Art.Nº8.-De forma. –

Sr. Acuña, Carlos – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN Nº0840/024 (Poder Ejecutivo) 

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº10-024 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº1.585-024 con fecha 25-04-024; y

CONSIDERANDO

Que, por medio de la misma, el Concejo Deliberante hizo lugar a una serie de planteos y pedidos realizados por los vecinos de nuestra Ciudad, respecto al cambio de recorrido de ingreso y egreso del Transporte de Corta y Media Distancia que presta servicio en nuestra Localidad.

Que, tal disposición legislativa prevé la modificación de la Ordenanza Nº034-023 – Tarifaria Ejercicio Fiscal 2024 en sus artículos 245 y 246 respectivamente.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.”, dentro de los plazos legales establecidos es pertinente la sanción del presente acto resolutivo de promulgación de la citada ordenanza.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº10-024 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-A los fines de la instrumentación, encomendar el cumplimiento y aplicación a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos a través del área de Dirección de Tránsito Municipal, conforme el organigrama de misión y funciones vigente.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

ORDENANZA N° 010/024

VISTO

La necesidad manifestada por los vecinos del municipio de Aguaray, los cuales utilizan los servicios de transporte de colectivos de corta y media distancia, y,

CONSIDERANDO

Que, la terminal de ómnibus es el lugar al cual arriban y de la cual parten los diversos colectivos que hacen el recorrido Salvador Mazza-Tartagal y viceversa y Salvador Mazza-Oran y viceversa, ingresando por Avda. Mariano Moreno hasta la terminal y regresando desde la terminal hasta Ruta Nacional N° 34 por Av. Mariano Moreno.

Que, existe una gran cantidad poblacional de Aguaray, ubicada al Sur de la Terminal de Ómnibus, a las cuales les resulta muy alejado llegar hasta la terminal y a su vez les ocasiona un gasto adicional al tener en muchos casos que utilizar un transporte local para llegar hasta la Terminal.

Que, estas personas, en la mayoría de los casos, deben ir hasta la Ruta Nacional N° 34 y Sarmiento, para poder utilizar el servicio de los colectivos y viceversa, con el consiguiente peligro por su integridad física.

Que, se halla habilitada al tránsito vehicular la Avda. Mitre, lo cual la torna apta para ser utilizada como lugar de ingreso y egreso de los colectivos de transporte de corta y media distancia que proceden de Salvador Mazza a Tartagal y viceversa y Salvador Mazza-Oran y viceversa.

Que, se hará necesario definir las nuevas paradas de colectivos, de manera que funcionen como elementos de comunicación visual para la vista vehicular y peatonal en veredas.

Que, es competencia del Gobierno Municipal regular sobre el transporte público de pasajeros, según la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936, Art.22 inc. 11 e inc. 38.

Que, es atribución del Concejo Deliberante legislar sobre todo aquello que contribuya al bienestar del pueblo y a la satisfacción de sus necesidades.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY N° 7.936, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art.Nº1.-Establécese a través de la presente Ordenanza el recorrido obligatorio para todas las líneas de colectivos de corta y media distancia que ingresan hasta la terminal de colectivos de Aguaray de Salvador Mazza-Tartagal y Viceversa y Salvador Mazza-Oran y viceversa.

Art.Nº2.-Modificar el Art. 245 de la Ordenanza Tarifaria Municipal 2024, que quedará redactado de la siguiente manera:

Colectivos que proceden de Salvador Mazza a Tartagal y Salvador Mazza- Oran:

Ingreso: por Av. Mariano Moreno hasta Terminal de Ómnibus de Aguaray.

Egreso: Desde la Terminal de Ómnibus por Avda. Mitre hasta Av. Sarmiento y de Av. Sarmiento hasta Ruta Nacional N° 34.

Art.Nº3.-Modificar el Art. 246 de la Ordenanza Tarifaria Municipal 2024, que quedará redactado de la siguiente manera:

Establéese las siguientes paradas de los colectivos para ascenso de pasajeros:

  1. Av. Mitre y Av. Sarmiento (Sentido Oeste-Este)
  2. Av. Mitre y Pje. Islas Malvinas (Sentido Oeste-Este)

Para Descenso de pasajeros:

  1. Av. Sarmiento y Balcarce (Sentido Este- Oeste)
  2. Av. Sarmiento y Mitre (Sentido Este-Oeste)
  3. Av. Mitre y Libertad (Sentido Sur-Norte)

Colectivos que procedan de Tartagal- Salvador Mazza y Oran-Salvador Mazza.

Ingreso: De Ruta Nac. 34 por Av. Sarmiento hasta AV. Mitre y de Av. Mitre hasta la terminal de colectivos.

Egreso: Desde la Terminal por Av. Mariano Moreno hasta Ruta Nacional N° 34.

Art.Nº4.-La Dirección de Tránsito municipal deberá proceder a la confección y colocación de toda la cartelería de señalización en las paradas de colectivos definidas en el Art. 3° con la señalética correspondiente.

Art.Nº5.-Derogar toda disposición que se oponga a la presente.

Art.Nº6.-Comuníquese, Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Acuña, Carlos – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCION Nº0841/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La nota presentada por el Sr. Fabián Luis María DNI Nº 18.309.083, domiciliado en Bº El Milagro, en la Ciudad de Aguaray; Expte Nº 1638/24; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. Fabián, solicita una colaboración monetaria por motivo que debe viajar a la Ciudad de Salta para realizarse distintos estudios médicos porque se encuentra atravesando una difícil situación de salud y como no cuenta con los recursos necesario es que asiste a este pedido. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 20.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. Fabián Luis María DNI Nº 18.309.083, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0842/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Obra REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.736 SAN MIGUEL ARCÁNGEL • TUYUNTI –  AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA DE SALTA, Expte. Nº 125 – 51.972/24 – Convenio con la Secretaría de Obras Públicas – Ministerio de Infraestructura – Gobierno de la Provincia de Salta, con encuadre en la Ley Provincial Nº 8.072, “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319 – 18, Art. Nº 15 inc. a) e i), Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, y;

CONSIDERANDO

QUE, para la prosecución de los actos administrativos en consecuencia se dispone en instancia de antecedentes de la documentación que se detalla y que componen el Legajo de Obra:

  • Proyecto de Obra
  • Convenio de Obra Pública
  • Resolución Municipal Nº 753/024 – Aprobación de Convenio de Obra Pública
  • Actos Administrativos con encuadre a la Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta” – Convocatoria de Adjudicación Simple, para la Obra REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.736 SAN MIGUEL ARCÁNGEL • TUYUNTI –  AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA DE SALTA, Expte. Nº 125 – 51.972/24
  • Actos administrativos de presentación, análisis y dictamen, de ofertas económicas para la ejecución de la obra.
  • Resolución Municipal Nº 0801/024: Adjudicación de la obra, objeto de la presente, a la Empresa TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L., de Ernesto HERNANDEZ
  • Contrato de Obra Pública: Empresa TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L. – CUIT Nº 30-71216735-8

QUE, la ejecución de la obra se urge en la necesidad de dotar a la unidad educativa, del pleno funcionamiento de sus sectores de servicios sanitarios, aulas en condiciones de optimizar la seguridad y estadía de los educandos, seguridad en el sistema de servicio eléctrico en todo el edificio escolar, en razón del inicio del año lectivo y permitir de este modo la asistencia regular de docentes y alumnos para impartir y recibir instrucción educativa, en el marco del calendario académico de días de clases.

QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.

QUE, habiéndose solicitado Dictámenes Contables, Técnico y Legales, los cuales guardan uniformidad en sus opiniones; si bien no son vinculantes, es que la presente Resolución de Aprobación de Contrato seguirá los criterios de los profesionales, que confeccionaron las mencionadas documentaciones.

QUE, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de Ejecutar la CONTRATACIÓN; en favor de la Empresa TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L., en conformidad a los actos administrativos y las documentaciones que componen el legajo de obra.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA con la Empresa TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L. – CUIT Nº            30–71216735–8, con domicilio legal en calle Alvarado Nº 247 de la Ciudad de Salta, Obra REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.736 SAN MIGUEL ARCÁNGEL • TUYUNTI –  AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA DE SALTA, Expte. Nº 125 – 51.972/24, por un monto de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CON CERO CTVOS. ($ 84.381.139,00), IVA incluido, con un plazo de ejecución de Ciento veinte (120) días corridos, en un todo de acuerdo a lo expreso, pagaderos conforme a documentación vinculante y obrante.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.

Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.

Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº6.-Regístrese, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0843/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº008-024 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº1.494-024 con fecha 22-04-024; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante, dio tratamiento y aprobación por unanimidad a la nueva escala de Dieta y Adicional por Función Legislativa de los miembros del Concejo Deliberante de nuestra Ciudad a partir del 01 de Abril del año en curso.

Que, en uso de las facultades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 08/024.-

Art.Nº2.-NOTIFICAR al área de Secretaria de Hacienda a fin del cumplimiento e implementación de la misma.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

ORDENANZA N° 008/024

VISTO

La vigencia de la ordenanza nº 018/21, que fija y establece los parámetros y las pautas de la liquidación de sueldos, dietas y adicionales por función ejecutiva y legislativa, y;

CONSIDERANDO

Que, es facultad del cuerpo legislativo establecer la remuneración de sus miembros (art. nª23 – ley nª7936) a esos fines se estima necesaria la actualización en lo atinente a la función legislativa del concejal municipal, debiendo para ello sancionar la respectiva ordenanza que modifique el art.  3 y 4 de la ordenanza aludida en el visto.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY N° 7.936, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art.Nº1.-Fijar como dieta del concejal municipal, a partir del 01 de abril del 2024 el equivalente al 70 % del sueldo básico del Intendente Municipal establecido en el art. 1º de la Ordenanza Nº 018/21. Sujetos a retenciones y aportes de Ley.

Art.Nº2.-AFijar como adicional mensual en concepto de función legislativa del Concejal Municipal el equivalente al 80 % (ochenta por ciento) de lo asignado al Intendente Municipal como función Ejecutiva de carácter no bonificable ni remunerativo, a partir del 01 de abril del 2024.

Art.Nº3.-Téngase por modificado el articulo nº 3 y 4 de la Ordenanza nº 018/021 en función de lo establecido precedentemente.

Art.Nº4.-Dar copia al Ejecutivo Municipal para su conocimiento, promulgación y puesta en vigencia, debiendo para ello tomar los recaudos contables – administrativos pertinentes.

Art.Nº5.-Derogar toda disposición que se oponga a la presente.

Art.Nº6.-De Forma. –

Sr. Acuña, Carlos – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN N°0844/024 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541, L.P. Nº 468, el día 03/05/24, Y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a personas de escasos recursos, con turnos programados para atención médica exclusivamente, las mismas se detallan en la planilla adjunta a la presente. –

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master Minibús, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AB768GH Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468, a realizar un viaje a la ciudad de Salta, el día 03 de mayo del año 2.024, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente al 03 de mayo del año 2.024, más la suma de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre del Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°0845/024 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541, L.P. Nº 468, el día 06/05/24, Y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a personas de escasos recursos, con turnos programados para atención médica exclusivamente, las mismas se detallan en la planilla adjunta a la presente. –

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master Minibús, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AB768GH Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468, a realizar un viaje a la ciudad de Salta, el día 06 de mayo del año 2.024, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente al 06 de mayo del año 2.024, más la suma de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre del Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0846/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Aparicio, Paola Gabriela DNI Nº 34.913.729, con domicilio en el B° Supe, y;

CONSIDERANDO

Que, mediante ingreso de Pedido de Suministro Nº 040695/24 y Orden de Compra Nº 17364, se solicitó la autorización correspondiente para la contratación del servicio de alquiler de proyector por los días 22, 23 y 24 de Abril del presente año para ser utilizado en el Curso de Manipulador de Alimentos dictado por la Dirección de Bromatología y Ambiente de la Municipalidad de Aguaray. –

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por alquiler de proyector, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Aparicio, Paola Gabriela DNI Nº 34.913.729, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José