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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°781 del día 30 de Diciembre del Año 2.020, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN N°920/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley N° 7.936, Art. 36 Inc. 7, El Estatuto del Empleado Público – Ley Nº 6.068; Y;
CONSIDERANDO
Que, conforme a la carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley 7.936, Art. 36: “Son deberes y atribuciones del Intendente Municipal:… Inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”.
Que, es facultad del Intendente Municipal conforme lo dispone el Estatuto del Empleado Público – Ley 6.068 Cap. VII – Art. 40 de “El agente Municipal de carácter de Personal Permanente tiene derecho a iguales oportunidades para cubrir cada una de las categorías que integran los respectivos agrupamientos, a las que podrá ascender en la forma que determine el Escalafón”, consecuentemente es quien se encuentra habilitado para otorgar dicho derecho al personal que hubiere obtenido su función por decisión del Ejecutivo Municipal.
Que, el Comisionado Interventor considera que el Agente Municipal, Sr. MANUEL, Julio Alberto, D.N.I. Nº 37.227.219, L.P. Nº 719 , reúne las condiciones de idoneidad y capacidad para desempeñar el cargo de Tesorero Municipal, del Departamento de Tesorería, dependiente de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray. Además cuenta con la confianza del COMISIONADO INTERVENTOR para desempeñar dicho cargo.-
Que, se establece como DURACIÓN del mismo a partir del 01 de Enero hasta el 10 de Diciembre del año 2.021, y/o hasta nuevas disposiciones.
Que, por lo expuesto precedentemente corresponde emitir el instrumento legal pertinente.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

 R E S U E L V E

Art.Nº1.-RATIFICAR en el Cargo de Tesorero del Departamento de Tesorería de la Municipalidad de Aguaray, dependiente de la Secretaría de Hacienda  al Sr. MANUEL, Julio Alberto, D.N.I.  Nº 37.227.219, L.P. Nº 719, domiciliado en Calle Los Malvones S/N, B° 100 Viviendas, de la Localidad de Aguaray, con las atribuciones, responsabilidades y facultades propias que el cargo le confiere, a partir del día 01 de Enero de 2.021 hasta el 10 de Diciembre del año 2.021,  y/o hasta nuevas disposiciones.
Art.Nº2.-INCREMENTAR a Categoría de Revista Nº 21 a partir del mes de Enero de 2.021, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Empleado Municipal – Ley 6.068 – Cap. VII – Art. 40.-
Art.Nº3.-ABONAR en forma mensual un adicional NO REMUNERATIVO NI BONIFICABLE por $12.000,00 (Pesos Doce Mil con 00/100) por mayor función, el que se deberá liquidar conjuntamente con los haberes mensuales del Agente Municipal aludido.
Art.Nº4.-ABONAR en forma mensual a partir de la presente Resolución Municipal el Fallo de Caja NO REMUNERATIVO NI BONIFICABLE, el equivalente al 12,5 % del sueldo básico de la Categoría de Revista a partir del mes de Enero del 2.021.
Art.Nº5.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demanden los artículos anteriores a la partida presupuestaria correspondiente.
Art.Nº6.-DEJAR sin efectos toda otra Resolución Municipal que se oponga a la presente.-
Art.Nº7.-COMUNICAR de la presente resolución a: Mesa de Entrada, Sec. de Hacienda, Liquidaciones, RRHH y al Interesado según corresponda.
Art.Nº8.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art.Nº9.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.Nº10.-De forma.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E Nº920-020

RESOLUCIÓN Nº921/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 5305/20, presentado por la Sra. ORTIZ EVELINA ZORAIDA, CUIT Nº 27-28489511-3, en el cual solicita anexar al rubro “KIOSCO” inscripto con Mat. N° 1.185, a nombre de la Sra. VILLARROEL IRMA, el rubro “VENTA DE PIROTECNIA POR TEMPORADA”, con domicilio comercial en calle Rivadavia N° 244 de esta Localidad, a partir de fecha: 21-12-20 al 06-01-21, y;
CONSIDERANDO
Que ha abonado los sellados correspondientes.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.- Conceder a la Sra. ORTIZ EVELINA ZORAIDA, CUIT Nº 27-28489511-3, la autorización correspondiente para anexar al rubro “KIOSCO” inscripto en nuestro registro bajo Mat. N° 1.185, el rubro “VENTA DE PIROTECNIA POR TEMPORADA”, a partir de fecha: 21-12-20 y con vencimiento del anexo el día: 06-01-21.
Art.Nº2.-Para poder desarrollar la actividad del anexo deberá cumplimentar con el requisito de presentación del “Certificado de mínima seguridad contra incendios” extendido por el Dpto. de Bomberos, mediante Certificado Actualizado.
Art.Nº3.-Comunicar a la interesada que el local deberá tener espacio físico EXCLUSIVO para Venta de Artificios de Pirotecnia, se prohíbe el almacenamiento, tenencia y comercialización ilegal de pirotecnia, sin previa autorización del Renar, Municipio Local y Dpto. de bomberos de la policía de Salta. Las condiciones NO DEBERAN SE MODIFICADAS. De constatar cualquier anomalía, se procederá conforme lo estipulan las normativas mencionadas.
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente y de la Ordenanza 04/020 a la interesada.
Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E Nº921-020

RESOLUCIÓN Nº922/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte adjunto Nº 5.370/20, presentado por el Sr. ACUÑA, MAURICIO SANTIAGO EZEQUIEL, CUIL Nº20-40523778-5, en el cual solicita un PLAN DE PAGO ESPECIAL por una deuda que mantiene el Cat. 11.546 en concepto de Impuesto Inmobiliario, TGI y Cloacas, por el periodo Mayo/16 a Noviembre/20, por un monto total de 25.650,97, en el que solicita abonar en 12 cuotas, y;
CONSIDERANDO
Que el solicitante manifiesta que debe regularizar la situación a los fines de cumplimentar requisitos para una habilitación comercial.
Que es razonable brindarle una modalidad de pago acorde a las posibilidades del solicitante.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA DE SALTA.  

 RESUELVE

Art.Nº1.-Autorizar el PLAN DE PAGO ESPECIAL solicitado por el Sr. ACUÑA, MAURICIO SANTIAGO E. para cancelar una deuda que mantiene un inmueble identificado con el Cat. 11.546, en Concepto de Impuesto Inmobiliario, TGI y cloacas.
Art.Nº2.-Debera abonar la deuda total de $25.650,97, en 12 cuotas iguales y consecutivas de $2.137,58 c/u, a partir de la fecha.
Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.
Art.Nº4.-Entregar una copia de la presente al interesado.
Art.Nº5.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal y archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E Nº922-020

RESOLUCIÓN Nº923/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Adjunto Nº5107/20, presentado por la Sra. TARTALO, MARIA LAURA DEL ROSARIO, CUIL Nº 27-35837332-7, con domicilio particular en Calle Libertad 214 de esta localidad, en el cual solicita la autorización correspondiente para el inicio de una actividad comercial de rubro: “VENTA AL POR MAYOR DE CEREALES, OLEAGINOSAS Y FORRAJERIAS”, el que estará ubicado en su domicilio particular, a partir de fecha: 01-11-20, y;
CONSIDERANDO
Que cumple con los requisitos correspondientes que se exigen a tales efectos.
Que ha abonado los sellados pertinentes.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA DE SALTA.  

 RESUELVE

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. TARTALO, MARIA LAURA DEL ROSARIO, CUIL Nº 27-35837332-7, con domicilio particular en Calle Libertad Nº214 de esta localidad, el permiso correspondiente para el inicio de una actividad comercial de Rubro: “VENTA AL POR MAYOR DE CEREALES, OLEAGINOSAS Y FORRAJERIAS”, el que estará ubicado en su domicilio particular, a partir de fecha: 01-11-20
Art.Nº2.-Inscribirlo en nuestro registro bajo Mat.Nº3.484, Cod. Afip 462131.
Art.Nº3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar la Tasa de Actividades Varias en  forma mensual previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art.Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.
Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente a la solicitante.
Art.Nº6.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal y archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E Nº923-020