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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°783 del día 05 de Enero del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN Nº001-021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la provincia de Salta Convenio Marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº1.616/10.

Que, conforme al Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias criticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRITICA.

Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Aprobar la entrega de Subsidios y/o Ayudas Económicas, con fondos ut supra aludidos, conforme a las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Critica.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaria de Desarrollo Humano, Acción Social y al Secretario de Gobierno a instrumentar los actos administrativos correspondiente.

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.

Art.Nº4.-La presente Resolución tendrá vigencia por el mes de ENERO de 2.021 y/o tiempo que dure el Convenio con el Ministerio de Desarrollo de la Provincia de Salta o alguna Resolución Municipal posterior se oponga o modifique de forma expresa.

Art.Nº5.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.

Art.Nº6.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel