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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°787 del día 11 de Enero del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN Nº026/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El convenio de Cooperación establecido entre la Municipalidad de Aguaray y el Centro de Jubilados y Pensionados Salta Joyin Nº124, de nuestra ciudad, y;

CONSIDERANDO

Que el Centro de Jubilados y Pensionados Salta Joyin Nº124 de la Ciudad de Aguaray, desde hace tiempo otorga a la Municipalidad de Aguaray, en calidad de préstamo, las instalaciones donde funciona la Juegoteca Muncipal.

Que, en consideracion al uso de las instalaciones se firma el presente Convenio de Cooperación, donde la Municipalidad se responsabiliza por el pago de la Boleta de Luz, en conjunto con el Centro de Jubilados, alternado los meses del pago de la mencionada factura.

Que, por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo de aprobación del Convenio, a los fines de dar cumplimiento a los pasos administrativos y legales pertinentes.

POR ELLO:

EL  COMISIONADO  INTERVENTOR  DEL MUNICIPIO DE AGUARAY,  EN  USO  DE  LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.

RESUELVE

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Cooperación establecido entre la Municipalidad de Aguaray, representada por el Comisionado Interventor Sr. Adrián Ariel Zigaran D.N.I Nº20.231.108, con domicilio legal en Av. Sarmiento Esq. Arenales y el Centro de Jubilados y Pensionados Salta Joyin Nº124 de Aguaray, representada por su Presidenta, Sra. Josefina Subelza D.N.I Nº10.822.159 con domicilio en Pasaje los Cedros Bº Oleoducto de la Ciudad de Aguaray, en un todo de acuerdo a lo expreso.

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de pago correspondiente por el monto que figure en las boletas de luz, con el compromiso de pago alterno, a partir del mes de Julio del presente año, regularizando los montos adeudados a la fecha, hasta nuevas disposiciones.

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art.Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.

Art.Nº5.-Elevar copia a las dependencias municipales correspondiente, al Centro de Jubilados y Pensionados Salta Joyin Nº124 de Aguaray, para su conocimiento y demás efectos.

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCIÓN Nº027/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. RODRIGUEZ, Eduardo Legajo Personal Nº584 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2.020,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL  COMISIONADO  INTERVENTOR  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  AGUARAY,  EN  USO  DE  LAS      FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.

RESUELVE

Art.Nº1.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. RODRIGUEZ, Eduardo Legajo Personal Nº584, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.020  por la cantidad de 15(quince) días hábiles a partir del día 13/01/2.021 hasta el 02/02/2.021 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas y al interesado a los efectos correspondientes.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCIÓN Nº028/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La solicitud de licencia gremial con goce de haberes según Expte Nº 4865-2020 por el representante de la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.) para el Agente Municipal ALCOBA, Diego LP Nº 109, y;

CONSIDERANDO

QUE el agente mencionado se desempeña como Secretario Adjunto, de acuerdo a lo dispuesto mediante Acta de Proclamación de la Junta Electoral Nacional de A.T.E adjunta, por el periodo de 06 de noviembre de 2019 al 05 de noviembre de 2023 de la Comisión Directiva  de la Seccional San Martin de la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E).

QUE amparado por Ley Nº 7140 Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Publico Provincial, Decreto Nº 2.615/2006 en su Art. Nº 42 en referencia a las Licencias Gremiales: “El Poder Ejecutivo Provincial otorgará licencia gremial con goce de haberes a los miembros de Comisión directiva que esta solicite en una relación no superior a uno cada mil afiliados cotizantes. El Poder Ejecutivo otorgará Licencia Gremial con Goce de Haberes, a solicitud de la entidad gremial, a los miembros de la Comisión Negociadora Central, cuando las tareas a realizarse en dicho ámbito, así lo justifiquen. El trabajador con licencia gremial rentada por el Estado deberá reintegrarse a sus tareas dentro de los 30 (treinta)  días posteriores al cese de su mandato. Dicho régimen será aplicable durante todo el periodo por el cual fueron electos y mientras cumplan dichas funciones”.

QUE según la Ley Nº 6068 Estatuto del Empleado Público Municipal en el Capítulo VII con el título “Derechos” en el Art. Nº 108 refiere a “Licencia para desempeñar cargos de representación gremial: se acordará licencia extraordinaria, cuando el agente fuere designado por el tiempo que dure su mandato, acorde con las leyes, decretos y ordenanzas en vigencia y con sujeción a las especificaciones de la Ley Nacional de Asociaciones Gremiales”.-

QUE en consideración a lo expuesto, el Ejecutivo da lugar al presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.

RESUELVE

Art.Nº1.- CONCEDER la Licencia Gremial con goce de haberes al agente municipal Sr. ALCOBA, Diego Néstor DNI Nº 13.977.259 con domicilio en Bº 100 Viviendas Mza. “E”  Casa Nº 2 – LP Nº 109, desde el día 04 de Enero de 2021 hasta el cese de sus funciones como Secretario General Adjunto en la Comisión Directiva de la Seccional San Martin de A.T.E., según el visto y considerandos de la presente.

Art.Nº2.- El agente mencionado en el artículo precedente deberá, según aspectos legales, reintegrarse a sus tareas dentro de los 30 (treinta) días posteriores al cese de su mandato.

Art.Nº3.- DESE copia de la presente Resolución Municipal a los sectores de: Mesa de entrada, Liquidaciones, RRHH, y al interesado según corresponda.

Art.Nº4.- Refrenda la presenta el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº5.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel