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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°793 del día 19 de Enero del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN Nº067/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por la Agente Municipal Sra. ARAOZ, Mónica Fabiola Legajo Personal Nº445 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2.018,  Y;

CONSIDERANDO

Que la mencionada empleada no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL  COMISIONADO  INTERVENTOR  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  AGUARAY,  EN  USO  DE  LAS      FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.

RESUELVE

Art.Nº1.- CONCEDER a la  Agente  Municipal  Sra. Araoz, Mónica Fabiola Legajo Personal Nº445, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.018 por la cantidad de 20(veinte) días hábiles a partir del día 18/01/2.021 hasta el 12/02/2.021 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCIÓN Nº068/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. REARTES, Ramón Antonio Legajo Personal Nº175 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2.018,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL  COMISIONADO  INTERVENTOR  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  AGUARAY,  EN  USO  DE  LAS      FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.

RESUELVE

Art.Nº1.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. REARTES, Ramón Antonio Legajo Personal Nº175, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.018  por la cantidad de 30(treinta) días hábiles a partir del día 18/01/2.021 hasta el 02/03/2.021 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCIÓN Nº069/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. FLORES, Modesto  Legajo Personal Nº318 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2.020,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL  COMISIONADO  INTERVENTOR  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  AGUARAY,  EN  USO  DE  LAS      FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.

RESUELVE

Art.Nº1.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. FLORES, Modesto Legajo Personal Nº318, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.020  por la cantidad de 30(treinta) días hábiles a partir del día 20/01/2.021 hasta el 04/03/2.021 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos y- Secretaria de Obras Publicas y al interesado a los efectos correspondientes.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCIÓN  N°070/021(Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468, y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas para atención médica con turnos programados y trámites en general,  desde la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta, detalladas a continuación:

  • Falagán, María D.N.I. Nº 11.818.018
  • Vargas, Maria D.N.I. Nº 18.309.079
  • Núñez, Liliana D.N.I. Nº 25.128.979
  • Alanis, Laureano D.N.I. Nº 54.244.499
  • Carrizo, Luciano D.N.I. Nº 44.270.833
  • Rosento, Martin D.N.I. Nº 17.018.997
  • Lorenzo, Cresencia D.N.I. Nº 17.019.023
  • Lopez, Daniel D.N.I. Nº 23.917.887
  • Martinez, Cristina D.N.I. Nº 31.954.679
  • Billalba, Diego D.N.I. Nº 42.080.201
  • Romero, Tobar Rubiela D.N.I. Nº 95.820.442
  • Romero, Esteban D.N.I. Nº 95.799.288
  • Rojas, Elba D.N.I. Nº 29.055.518
  • Araoz, Romina D.N.I. Nº 44.864.867
  • Illesca, Maria D.N.I  Nº 12.306.790
  • Lorenzo, Elena D.N.I  Nº 26.715.797

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONARal Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 14 de Enero del año 2.021, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 14 de Enero del año 2.021, más la suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCION N°071/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, El Convenio de Transferencias de Fondos – Fondo Compensador para la Ejecución del remanente de la Obra “Construcción Pavimento de Hº Sº de 20 cm Acceso Aguaray – Dpto. San Martin”, Resolución Municipal Nº 448 – 2.020, Y;

CONSIDERANDO

Que, La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en el Capítulo II – Finalidades Del Gobierno Municipal, en su Art. 22.- “Son competencias municipales, además de lo establecido por el artículo 176 de la Constitución Provincial: …inc. 5. Aprobar las normas relativas a la prestación de los servicios públicos municipales y la realización de obras públicas…”, en el Capítulo VI – Obras Y Servicios Públicos, en su Art. 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación,…”.-

Que, mediante Resolución Municipal Nº 448 – 2.020 se aprueba el Convenio “Construcción Pavimento de Hº Sº de 20 cm Acceso Aguaray – Dpto. San Martin” con el número de Expte. 3495/20, bajo las condiciones propuestas en la Memoria Descriptiva, en la cual se determina  un monto de $5.272.470,44 (pesos cinco millones, doscientos setenta y dos mil, cuatrocientos  setenta con 44/100), al mes de mayo del 2.020.-

Que, por razones de fuerza mayor se realizó posteriormente una readecuación del presupuesto para la Obra mencionada ut supra, debiéndose modificar el monto previsto, aprobándose un nuevo Convenio por $6.108.998,16 (pesos seis millones, ciento ocho mil, novecientos noventa y ocho con 16/100), correspondiente al mes de noviembre de 2.020.-

Que, se mantienen las condiciones de ejecución de la Obra, la cual se realizará por administración.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, y a fines de ejecutar el convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.-

POR ELLO:

ELCOMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS – FONDO COMPENSADOR para la Ejecución del remanente de la Obra “CONSTRUCCIÓN PAVIMENTO DE Hº Sº DE 20 CM ACCESO AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, firmado entre la Secretaría del Interior dependiente de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, representada por su titular Dn. MARIO ALBERTO CUENCA, con domicilio legal en Avda. Los Incas s/n, en la Ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Comisionado Interventor Sr. ADRIÁN ARIEL ZIGARÁN, con domicilio legal en Av. Sarmiento Esq. Arenales, en la Ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta, por la suma de $6.108.998,16 (pesos seis millones, ciento ocho mil, novecientos noventa y ocho con 16/100).-

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigentes – Ejercicio Fiscal 2.020, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, autorizar las erogaciones correspondientes.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a la ejecución de la Obra, conforme a documentación técnica que obra en la municipalidad.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº5.-Dese copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº7.-De forma.

 Ing. Blasco, María Ayelen  – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCION N°072/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, El Convenio de Transferencias de Fondos – Fondo Compensador Municipal para la Ejecución de la Obra “Cordón Cuneta Parajes Piquirenda Estación, Piquirenda Fátima – Aguaray – Dpto. San Martín”; Y;

CONSIDERANDO

Que, La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en el Capítulo II – Finalidades Del Gobierno Municipal, en su Art. 22.- “Son competencias municipales, además de lo establecido por el artículo 176 de la Constitución Provincial: …inc. 5. Aprobar las normas relativas a la prestación de los servicios públicos municipales y la realización de obras públicas…”, en el Capítulo VI – Obras Y Servicios Públicos, en su Art. 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación,…”.-

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia, que en función de ello se firma el Convenio de Transferencia de Fondos Fondo Compensador Municipal para la Ejecución del remanente de la Obra “Cordón Cuneta Parajes Piquirenda Estación, Piquirenda Fátima – Aguaray – Dpto. San Martín”.-

Que, el Comisionado Interventor  ve con agrado la Ejecución de la Obra, dado que es un beneficio para la comunidad en general, y cumple con los objetivos de esta gestión de gobierno, y dará contención social a los trabajadores de la zona.-

Que, la ejecución de dicho convenio se realizará por administración.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, y a fines de ejecutar el convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Convenio de Transferencia de Fondos Fondo Compensador para la Ejecución de la Obra “CORDÓN CUNETA PARAJES PIQUIRENDA ESTACIÓN, PIQUIRENDA FÁTIMA – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, firmado entre la Secretaría del Interior dependiente de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, representada por su titular Dn. MARIO ALBERTO CUENCA, con domicilio legal en Avda. Los Incas s/n, en la Ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Comisionado Interventor Sr. ADRIÁN ARIEL ZIGARÁN, con domicilio legal en Av. SarmientoEsq. Arenales, en la Ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San  Martín, Prov. de Salta, por la Suma de $5.158.602,79 (pesos cinco millones, ciento cincuenta y ocho mil, seiscientos dos con 79/100).-

Art.Nº2.-ORDENAR  a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigentes – Ejercicio Fiscal 2.020, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, autorizar las erogaciones correspondientes.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos la ejecución de la Obra, conforme a documentación técnica que obra en la municipalidad.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº5.-Dese copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº7.-De forma.         

Ing. Blasco, María Ayelen  – Sr. Zigaran, Adrián Ariel