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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°886 del día 08 de Junio del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCIÓN Nº453/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Ordenanza N°010/2021 sancionada por el Concejo Deliberante y que fuera ingresada al despacho de éste Comisionado Interventor, bajo Expte. Nº2.056/021 con fecha 03 de Junio del año en curso; y

CONSIDERANDO

Que,  habiendo el Concejo Deliberante dado tratamiento a la iniciativa girada por este Comisionado Interventor al Órgano Legislativo Local, conforme lo dispone y faculta la Carta Orgánica Municipal – Ley Nª 7.936 y que se registra bajo Expte Nº200/021 de fecha 05 de Mayo del año en curso.

Que, luego de muchos años de la falta de programas y planes oficiales de construcción de viviendas en nuestra Ciudad, hoy podemos decir que con las gestiones iniciadas desde este Poder Ejecutivo a mi cargo, se está dando inicio a la Construcción de 14 Soluciones Habitacionales.

Que, en ejercicio pleno de las facultades delegadas y dispuestas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan..”

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LAS LEYES VIGENTES.

R  E  S  U  E  L  V  E

Art.Nº1.-PROMULGAR la Ordenanza Nº10/021, conforme los considerando expresados precedentemente.

Art.Nº2.-En razón de lo resuelto TENGASE  POR  PROMULGADA  la Ordenanza Nº010/021.

Art.Nº3.-Remítase al Concejo Deliberante, al Instituto Provincial de la Vivienda y a las Oficinas pertinentes a su efectos.

Art.Nº4.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigarán, Adrián Ariel

ORDENANZA 10/021

VISTO

La Resolución Nº0219/021, de fecha 16 de Marzo del año 2021, emanada del instituto Provincial de la Vivienda de Salta, referida a la viabilidad de Construcción de Vivienda en nuestra ciudad, y;

CONSIDERANDO

Que, a tales fines se suscribió un convenio con el Organismo de Vivienda Provincial, para la Construcción de 14 Unidades Habitacionales en la Localidad de Aguaray – Dpto. Gral. San Martin. – Provincia de Salta.

Que, el inicio y la ejecución de la Obras en nuestra ciudad, viene a dar una posibilidad de acceso a una vivienda digna a la familias de Aguaray, luego de décadas de no ejecución de planes oficiales de viviendas.

Que, por tal motivo a fin de facilitar el inmediato inicio de las obras y conforme a la factibilidad de ceder de donación el inmueble, propiedad de la Municipalidad de Aguaray, a favor del instituto de la vivienda de Salta, individualizado con Matricula Nº25.550, es que se procede a dictar el presente acto Legislativo respectivo.

Que, es facultad del Poder Legislativo Municipal, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7936 – Art. 361 – inciso 17 y concordantes.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE FACULTADES CONFERIDAS POR LEY Nº7.936, SANCIONA CON FUERZA DE.

ORDENANZA

Art.Nº1.-DONAR Y TRANSFERIR, a favor de Instituto provincial de Vivienda de la Provincia de Salta, el Inmueble Matricula Nº29550, propiedad del municipio de Aguaray, cuyos datos  catastrales y de superficie se indican en la Cedula Parcelaria que se Adjuntan.

Art.Nº2.-El Instituto de la Vivienda deberá tomar los recaudos pertinentes a efectos de lograr el más breve plazo la escrituración del terreno a favor de los futuros adjudicatarios del programa “14 vivienda en Aguaray”

Art.Nº3.-Dar copia al Ejecutivo Municipal para su promulgación y al Instituto de Vivienda para su conocimiento y demás efectos.

Art.Nº4.-Registrese, publíquese y archívese.

Sr. Ruiz, Ariel – Sr. Alemán, Guillermo