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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°902 del día 02 de Julio del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCIÓN N°528/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I Nº 29.059. 541L.P Nº468, y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas para atención medica con turnos programados y tramites en general, desde la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta, detalladas a continuación:

  • Araujo, Andrea Verónica D.N.I N° 31.954.795
  • Aparicio, Berenice D.N.I N° 29.720.162
  • Meza, Héctor D.N.I N° 16.254.438
  • Lorenzo, Crecencia D.N.I N° 17.019.023
  • Rosendo, Martin D.N.I N° 17.018.997
  • Sosa, Elisa Gladys D.N.I N° 32.534.765
  • Sosa, María Sofía D.N.I N° 54.555.481
  • Vargas, Beatriz D.N.I N° 18.309.079
  • Soria, Vilma D.N.I N° 32.434.525
  • Romero, Claudia Elena D.N.I N° 23.097.547
  • Sambrano, Zaira Abigail D.N.I N° 51.000.590
  • Díaz, Marcela Beatriz D.N.I N° 21.028.815
  • Sosa, Mario D.N.I N° 30.042.460
  • Guitan, Elisa D.N.I N° 27.904.962
  • Aria, Romina D.N.I N° 35.152.844
  • Sánchez, Zoe D.N.I N° 54.389.476
  • Martínez, Cristina D.N.I N° 31.954.697
  • Sánchez, Daniel D.N.I N° 26.406.274
  • Atienzo, Manuel Ángel D.N.I N° 29.002.721

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibus Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I Nº 29.059.541 L.P Nº468, a  viajar a la Ciudad de Salta  Capital, el 01 de Julio del año 2.021, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital correspondientes al día 01 de Julio del año en curso, más fondo a rendir por el monto de Pesos Cuatro Mil  con 00/100 ($ 4.000ºº) para combustible y gastos varios , con cargo de rendición hasta las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I Nº 29.059.541L.P Nº468.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCION Nº529/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la provincia de Salta Convenio Marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº1.616/10.

Que, conforme al Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias criticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRITICA.

Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Aprobar la entrega de Subsidios y/o ayudas económicas, con fondos ut supra aludidos, conforme a las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para asistencia critica.

Art.Nº2.-Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Humano, Acción Social y al Secretario de Gobierno a instrumentar los actos administrativos correspondiente.

Art.Nº3.-Aurtorizar a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.

Art.Nº4.-La presente resolución tendrá vigencia por el mes de Julio de 2.021 y/o tiempo que dure el convenio con el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta o alguna Resolución Municipal posterior se oponga o modifique de forma expresa.

Art.Nº5.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano y Acción Social, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.

Art.Nº6.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Zigaran, Adrián Ariel – Fernández, German I.

RESOLUCION Nº530/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la provincia de Salta Convenio Marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº1.616/10.

Que, conforme al Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias criticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRITICA.

Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

 R E S U E L V E

Art.Nº1.-Aprobar el pago de facturas por pasajes de ida y vuelta a la Ciudad de Salta, con fondos ut supra aludidos, a personas de escasos recursos, según listado adjunto cuyo monto total asciende a $27.420,00 (Veintisiete Mil Cuatrocientos Veinte) en el marco del Programa de Asistencia Critica.

Art.Nº2.-Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Humano, Acción Social a instrumentar los actos administrativos correspondiente.

Art.Nº3.-Aurtorizar a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.

Art.Nº5.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Zigaran, Adrián Ariel – Fernández, German I.

RESOLUCION Nº531/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte.  adjunto  Nº  2189/21 presentado por la Sra. DOMINGUES, JULIETA DE LOS ANGELES, CUIL Nº 27-37301867-3, con domicilio en Paraje Campo Duran de esta Localidad,  mediante el cual solicita autorización para la apertura de un comercio con el Rubro: “KIOSCO POLIRUBRO”, el que estará ubicado en  su domicilio particular,  y;

CONSIDERANDO

Que la misma ha abonado los sellados correspondientes.

Que cumple con los requisitos que se exigen  a tales efectos.

Que se realizó la inspección bromatológica pertinente.

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Autorizar  a la Sra. DOMINGUES, JULIETA DE LOS ANGELES, CUIL Nº  27-37301867-3, a realizar la apertura de un comercio de rubro: “KIOSCO POLIRUBRO”, el que estará ubicado en su domicilio particular sito en el Paraje Campo Duran, jurisdicción de esta Localidad.

Art.Nº2.-Inscribirla  en el Registro de Comerciantes bajo Matrícula Nº 3.513  y Cod. de la Afip 471190,  a partir del día 10-04-21.

Art.Nº3.-Comunicar a la  interesada  que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ correspondiente.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente Resolución a la  solicitante.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCIÓN Nº532/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. VERA, Gustavo Abilio Legajo Personal Nº512 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2.020,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL  COMISIONADO  INTERVENTOR  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  AGUARAY,  EN  USO  DE  LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.

RESUELVE

Art.Nº1.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. VERA, Gustavo Abilio Legajo Personal Nº512, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.020 por la cantidad de 20(veinte) días hábiles a partir del día 05/07/2.021 hasta el 02/08/2.021 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCIÓN Nº533/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. CARRIZO, Rubén Orlando Legajo Personal Nº605 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2.020,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL  COMISIONADO  INTERVENTOR  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  AGUARAY,  EN  USO  DE  LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.

RESUELVE

Art.Nº1.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. CARRIZO, Rubén Orlando Legajo Personal Nº605, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.020 por la cantidad de 15(quince) días hábiles a partir del día 05/07/2.021 hasta el 26/07/2.021 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al interesado a los efectos correspondientes.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

RESOLUCIÓN Nº534/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 029853/21 y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia, que en función de ello, en fecha 13 de Marzo de 2.020, mediante Resolución Municipal Nº 407 – 2.020, se procedió a aprobar el Convenio de Transferencia de Fondos – Fondo Compensador para la Ejecución de la Obra “Cordón Cuneta Arterias Varias – Bº Belgrano – Aguaray – Dpto. San Martín”.-

Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contrataciones Nº 8.072, se procedieron a realizar los procedimientos administrativos necesarios y en vista a ello se conformó el Expediente de la Obra Cordón Cuneta – Arterias Varias – Bº Belgrano, el cual se adjunta a la presente.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 029853/21, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE 100 (CIEN) BOLSAS DE CEMENTO x 50 KG, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: CORDÓN CUNETA ARTERIAS VARIAS – Bº BELGRANO – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, se presentaron (TRES)  3 ofertas 1.CORRALÓN ROLDAN, Av. San Martin, ciudad de Aguaray, 2. CORRALON LA OBRA, Av. San Martin 994, ciudad de Tartagal, 3. LA PATRONA, Bº 30 Viviendas, ciudad de Aguaray.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones, se procede a seleccionar a la Empresa LA PATRONA C.U.I.T. Nº 23-41051967-4, por un monto total de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL CON 00/100 CTVOS. ($87.000,00), IVA incluido, para la adquisición de los materiales según Pedidos de Provisión mencionados ut supra.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de adjudicar la Adjudicación Simple Nº 75/2.021.-

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR  a la Empresa LA PATRONA C.U.I.T. Nº 23 -41051967- 4, con domicilio legal en Bº 30 Viviendas, ciudad de Aguaray, el ítems 1, para la Adjudicación Simple N° 75/2.021 “ADQUISICION DE 100 BOLSAS DE CEMENTO x 50 KG, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: CORDÓN CUNETA ARTERIAS VARIAS – Bº BELGRANO – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN”, por un monto de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL CON 00/100 CTVOS. ($87.000,00), IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigarán, Adrián Ariel