La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°949 del día 10 de Septiembre del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:
RESOLUCIÓN Nº798/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 30314, Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y Resolución Municipal Nº 795/2.021, Y;
CONSIDERANDO
Que, la Oficina de la Secretaría de Gobierno, actualmente no cuenta con los muebles necesarios para realizar el trabajo diario que implica la responsabilidad de esa función, por razones de que el sector no se encuentra equipado como corresponde.-
Que, mediante Pedido de Provisión Nº 30314, se solicitó la ADQUISICIÓN DE UN ESCRITORIO CON DOS CAJONES CON LLAVE, Y UNA BIBLIOTECA CON ESTANTE, PUERTA Y LLAVE, PARA LA SECRETARÍA DE GOBIERNO – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, según expediente adjunto a la presente.-
Que, a través de la Resolución Municipal Nº 795 – 2.021, se procedió a realizar el llamado a Adjudicación Simple Nº 110/21.-
Que de conformidad a la Ley Nº 8.072, se procedió a realizar la Publicación del llamado a Adjudicación Simple Nº 110/21 mediante la Página Web Oficial de la Municipalidad de Aguaray: www.aguaray.gob.ar en la sección de CONTRATACIONES, con fecha de apertura 09/09/21 a Hs. 12:00.-
Que, se presentaron DOS (02) ofertas: 1. MONTES HERMANOS, Rivadavia 351, Ciudad de Tartagal, y 2. CASA EL GATO, Alberdi 75, Ciudad de Tartagal.-
Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones se procede a seleccionar como oferta ganadora a las siguientes empresas: CASA EL GATO requisitos completos y oferta económica por la Suma de PESOS OCHO MIL SESENTA Y NUEVE CON 00/100 ($8.069,00) IVA incluido, y a MONTES HERMANOS requisitos completos y oferta económica por la Suma de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($13.370,00) IVA incluido.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-OTORGAR a las siguientes Empresas: 1. CASA EL GATO, con domicilio legal en Alberdi 75, Ciudad de Tartagal, Provincia de Salta, la “ADJUDICACIÓN DEL ITEM 1 DE LA COMPARATIVA”, por un monto total de PESOS OCHO MIL SESENTA Y NUEVE CON 00/100 ($8.069,00) IVA incluido, pagaderos conforme propuesta adjunta a la presente, y 2. MONTES HERMANOS, con domicilio en Rivadavia 351, Ciudad de Tartagal, Provincia de Salta, la “ADJUDICACIÓN DEL ITEM 2 DE LA COMPARATIVA”, por un monto total de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($13.370,00) IVA incluido, pagaderos conforme propuesta adjunta a la presente, correspondiente a la ADJUDICACIÓN Nº 110/2.021, “ADQUISICIÓN DE UN ESCRITORIO CON DOS CAJONES CON LLAVE, Y UNA BIBLIOTECA CON ESTANTE, PUERTA Y LLAVE, PARA LA SECRETARÍA DE GOBIERNO – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”.-
Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-
Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art.Nº6.-De forma.
Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº799/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 030065/21 y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, Resolución Municipal Nº 759/2.021, Nota de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Y;
CONSIDERANDO
Que, mediante Pedido de Provisión Nº 030065/21, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE 321 LAMPARAS LED 150W PARA RECAMBIO DE LUMINARIA EN ZONAS URBANAS Y SUB URBANAS,-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – DPTO. GRAL. SAN MARTIN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.
Que mediante resolución municipal Nº 759-2.021 se procedió a realizar la Adjudicación Simple Nº 102/2.021, a la Empresa San Juan Electricidad, con domicilio legal en Calle San Juan 4.400, Ciudad de Salta.-
Que, mediante Nota de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, se solicita la baja del Expediente adjunto y la Resolución Nº 759/2.021, en todas sus formas, debido a un error en el Pedido de Provisión Nº 30065/21, en cuanto a las especificaciones técnicas del material solicitado.-
Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de dar de baja la Resolución de Adjudicación Simple Nº 759/2.021.-
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-DAR DE BAJA en todos sus términos la Resolución Municipal Nº 759/2.021, correspondiente a la Adjudicación Simple Nº 102/2.021, para la “ADQUISICIÓN DE 321 LAMPARAS LED 150W PARA RECAMBIO DE LUMINARIA EN ZONAS URBANAS Y SUB URBANAS,- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – DPTO. GRAL. SAN MARTIN”, asimismo el Expediente adjunto a la presente.-
Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-
Art.Nº3.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.
Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN N°800/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I N° 26.352.315 L.P N° 730, y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas para atención medica con turnos programados y tramites en general, desde la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta, detalladas a continuación:
- Urzagaste, Carlos D.N.I N° 20.194.579
- Costello, Fany Mabel D.N.I N° 26.352.497
- Sosa, María Sofía D.N.I N° 54.355.841
- Cajal, Mercedes D.N.I N° 36.682.152
- Zarate, Paloma Beatriz D.N.I N° 47.752.900
- Villafañe, Gonzales D.N.I N° 41.296.916
- Arias, Beatriz D.N.I N° 16.883.744
- Gordillo, Fernando Gabriel D.N.I N° 35.782.622
- Castro, José Antonio D.N.I N° 8.554.181
- Basualdo, Leonel D.N.I N° 40.153.674
- Gómez, Miriam Mariela D.N.I N° 25.882.410
- Paco, Marina D.N.I N° 94.349.016
- Paco, Cruz Elias D.N.I N° 51.236.058
- Bargas, Cecilia D.N.I N° 95.764.328
- Sosa, Elías Gladys D.N.I N° 32.534.765
- Acosta, Abigail Elisabeth D.N.I N° 35.261.470
- Acosta, Brandon D.N.I N° 58.981.342
- Tula, Mirian Gladys D.N.I N° 14.735.697
Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibus Modelo 2.017, con patente AB768GH, Motor: M9TC678C029089 / chasis: 93YMEN4CJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I N° 26.352.315 L.P N° 730, a viajar a la Ciudad de Salta Capital, el día 09 de Septiembre del año 2.021, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 09 de Septiembre del año en curso, más fondo a rendir por el monto de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($ 4.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I N° 26.352.315 L.P N° 730.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº801/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. BALDERRAMA, Juan Legajo Personal Nº506 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2.020, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. BALDERRAMA, Juan Legajo Personal Nº506, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.020 por la cantidad de 20(veintes) días hábiles a partir del día 20/09/2.021 hasta el 19/10/2.021 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al interesado a los efectos correspondientes.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº802/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. FLORIANO, Jonathan Nicolás Legajo Personal Nº696 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2.020, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. FLORIANO, Jonathan Nicolás Legajo Personal Nº696, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.020 por la cantidad de 10(diez) días hábiles a partir del día 16/09/2.021 hasta el 29/09/2.021 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al interesado a los efectos correspondientes.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN N°803/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje realizado a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I N° 26.352.315 L.P N° 730, y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tuvo como objetivo trasladar personas para atención medica con turnos programados y tramites en general, desde la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta, detalladas a continuación:
- Nieva, Hortencia D.N.I N° 28.340.214
- Tablada, Rita Noelia D.N.I N° 32.434.549
- Tablada, Mirta D.N.I N° 22.043.612
- Cajal, Mercedes D.N.I N° 36.682.152
- Velastiqui, Pablo Ramiro D.N.I N° 14.792.297
- Vercellini, Lucrecia D.N. I N° 11.016.158
- Figueroa, Roberto D.N. I N° 10.822.155
- García, Marcela D.N.I N° 20.129.452
- Vicino, Cristal D.N.I N° 44.024.364
- Araoz, Claudia D.N.I N° 22.770.021
- Zarate, Raúl Ramón D.N.I N° 12.655.012
- Vallejos, Lujan D.N.I N° 50.282.322
- Soruco Calu, Rogelia Cornelia D.N.I N° 96.114.597
- Castro, José Antonio D.N.I N° 8.554.181
Que, dicho traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibus Modelo 2.017, con patente AB768GH, Motor: M9TC678C029089 / chasis: 93YMEN4CJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-RECONOCER al Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I N° 26.352.315 L.P N° 730, el viaje realizado a la Ciudad de Salta Capital, el día 06 de Septiembre del año 2.021, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 06 de Septiembre del año en curso, más fondo a rendir por el monto de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($ 4.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I N° 26.352.315 L.P N° 730.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCION Nº804/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus anexos; y;
CONSIDERANDO
Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la provincia de Salta Convenio Marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.
Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº1.616/10.
Que, conforme al Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias criticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRITICA.
Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Aprobar el pago de facturas por medicamentos a Farmacia AVENIDA de Martinich Gabriela Evangelina, con fondos ut supra aludidos, a personas de escasos recursos, según listado adjunto cuyo monto total asciende a $56.164,49 (Pesos Cincuenta y Seis Mil Ciento Sesenta y Cuatro con 49/100) en el marco del Programa de Asistencia Critica.
Art.Nº2.-Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social a instrumentar los actos administrativos correspondiente.
Art.Nº3.-Aurtorizar a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.
Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano y Acción Social, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.
Art.Nº5.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Zigaran, Adrián Ariel – Fernández, German I.
RESOLUCION Nº805/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus anexos; y;
CONSIDERANDO
Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la provincia de Salta Convenio Marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.
Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº1.616/10.
Que, conforme al Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias criticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRITICA.
Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o ayudas económicas, con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Critica.
Art.Nº2.-Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social a instrumentar los actos administrativos correspondiente.
Art.Nº3.-Aurtorizar a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.
Art.Nº4.-La presente resolución tendrá vigencia por el mes de Septiembre de 2.021 y/o tiempo que dure el convenio con el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta o alguna resolución Municipal posterior se oponga o modifique de forma expresa.
Art.Nº5.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano y Acción Social, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.
Art.Nº6.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Zigaran, Adrián Ariel – Fernández, German I.
RESOLUCION Nº806/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus anexos; y;
CONSIDERANDO
Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la provincia de Salta Convenio Marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.
Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº1.616/10.
Que, conforme al Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias criticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRITICA.
Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Aprobar el pago de facturas por medicamentos a Farmacia y Perfumería DEL VALLE, con fondos ut supra aludidos, a personas de escasos recursos, según listado adjunto cuyo monto total asciende a $68.847,93(Pesos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Siete con 93/100) en el marco del Programa de Asistencia Critica.
Art.Nº2.-Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social a instrumentar los actos administrativos correspondiente.
Art.Nº3.-Aurtorizar a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.
Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano y Acción Social, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.
Art.Nº5.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Zigaran, Adrián Ariel – Fernández, German I.
RESOLUCION Nº807/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley 8.212 – Ley 7.936 – Ley 6.068, La necesidad de contar con personal de apoyo en la Dirección de Tránsito Municipal, y:
CONSIDERANDO
QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”
QUE, en concordancia con la implementación de las nuevas políticas de carácter tributario de la actual administración municipal y los diferentes programas y procedimientos vinculados a la Dirección de Tránsito Municipal, se hace necesario contar con personal disponible para optimizar y cumplimentar las tareas llevadas a cabo por la misma, siendo el agente municipal Sr. Palomo, Paulo V. D.N.I. Nº 32.534.735, LP Nº 634 la persona indicada y solicitada para tal fin.-
QUE, por lo expuesto precedentemente es menester realizar el correspondiente acto resolutivo.-
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.-AFECTAR al agente de planta permanente Sr. PALOMO, Paulo V. DNI Nº 32.534.735 – L.P. Nº 634 como Inspector de Tránsito Municipal, dependiente de la Dirección de Transito con su actual categoría de revista en los turnos y horarios que fije la misma, a partir de la firma de la presente resolución y hasta nuevas disposiciones del Ejecutivo Municipal.-
Art.Nº2.-DEJAR sin efecto toda resolución municipal contraria a la presente.-
Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: R.N. y A.R.M, Dirección de Tránsito, RRHH y al interesado según corresponda.-
Art.Nº4.-Refrenda la presenta el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCION Nº808/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley 8.212 – Ley 7.936 – Ley 6.068, La necesidad de contar con personal para la función de sereno de la portería del edificio municipal, y:
CONSIDERANDO
QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”
QUE, se hace necesario contar con personal apto para cubrir turnos de sereno en la entrada del edificio municipal, siendo el agente municipal Sr. Basualdo, Alfredo G. D.N.I. Nº 34.126.584, LP Nº 606 la persona indicada y solicitada para tal fin.-
QUE, por lo expuesto precedentemente es menester realizar el correspondiente acto resolutivo.-
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.-AFECTAR al agente de planta permanente Sr. BASUALDO, Alfredo G. DNI Nº 34.126.584 – L.P. Nº 606 como Sereno del edificio municipal, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos con su actual categoría de revista en los turnos y horarios que fije la misma, a partir de la firma de la presente resolución y hasta nuevas disposiciones del Ejecutivo Municipal.-
Art.Nº2.-DEJAR sin efecto toda resolución municipal contraria a la presente.-
Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: R.N. y A.R.M, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, RRHH y al interesado según corresponda.-
Art.Nº4.-Refrenda la presenta el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCION Nº809/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
Las negociaciones paritarias año 2.020 – Acta comparendo ATE-SOEMA – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, Y;
CONSIDERANDO
QUE, en acta comparendo celebrada en el Ministerio de Trabajo Expte de Referencia Nº 64-299910/20, en el marco de las negociaciones paritarias del personal municipal se propuso un incremento del 10% al sueldo básico pagaderos de la siguiente forma: 5% mes de noviembre y 5% mes de Diciembre de 2.020 tomando como base de cálculo el mes de noviembre del mismo año.-
QUE, el citado incremento salarial no se aplicó en la ocasión sobre los haberes del personal de la planta política municipal.-
QUE, habiéndose observado la no aplicación de la mejora salarial en la referida planta, el Comisionado Interventor considera oportuno y legítimo hacer efectivo el retroactivo correspondiente.-
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.-HACER efectivo el pago retroactivo de la diferencia de sueldo equivalente al 5% mes de noviembre y 5% mes de diciembre de 2.020 sobre los haberes del personal activo de la planta política municipal tomando como base de cálculo el total de la remuneración correspondiente al mes de noviembre de 2.020 pagaderos en dos cuotas a partir del haber mensual de agosto de 2021.-
Art.Nº2.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro correspondiente del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.
Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: R.N. y A.R.M, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Hacienda, RRHH y a las demás dependencias que correspondan.-
Art.Nº4.-Refrenda la presenta el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCION Nº810/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
Las celebraciones Religiosas del Señor y la Virgen del Milagro en todo el territorio de la Provincia de Salta, y;
CONSIDERANDO
QUE, la fiesta del Señor y la Virgen del Milagro atrae a una multitud de fieles a la ciudad de Salta, Argentina y es considerado el acontecimiento religioso más importante del año, donde la provincia tiene declarado feriado provincial no laborable para los tres días de la celebración.-
QUE, el día 13 de septiembre está dedicado a la “Natividad de María, el día 14 está dedicado a la “Exaltación de la Cruz” y el día 15 la “Procesión del Milagro”.-
QUE, en el contexto de la pandemia mundial presente y ante la necesidad de las personas de Renovar el Pacto de Fe y de solicitar por ese medio la intercesión de sus santos patronos para la pronta restitución de la normalidad en todos los ámbitos de la vida cotidiana, el Comisionado Interventor estima apropiado otorgar asueto administrativo el día lunes 13 del corriente; en consecuencia corresponde la sanción de la presente norma legal.-
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.-DECLARAR asueto administrativo municipal el día 13 de Septiembre de 2021 por motivo de la Celebración de la festividad en honor al Señor y la Virgen del Milagro, en todo el ámbito del municipio de Aguaray.-
Art.Nº 2.-INSTRUIR a las dependencias municipales correspondientes a los efectos de organizar las prestaciones básicas de servicios y de mantener los turnos de serenos de los edificios y bienes municipales.-
Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: R.N. y A.R.M, Secretaría de Gobierno, Dirección de Prensa, RRHH y a las demás dependencias que correspondan.-
Art.Nº4.-Refrenda la presenta el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel