La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°966 del día 13 de Octubre del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:
RESOLUCION Nº887/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus anexos; y;
CONSIDERANDO
Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la provincia de Salta Convenio Marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.
Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº1.616/10.
Que, conforme al Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias criticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRITICA.
Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas, con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para asistencia Critica.
Art.Nº2.-Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social a instrumentar los actos administrativos correspondiente.
Art.Nº3.-Aurtorizar a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.
Art.Nº4.-La presente resolución tendrá vigencia por el mes de Octubre 2021 y/o tiempo que dure el convenio con el Ministerio de Desarrollo humano de la Provincia de Salta o alguna resolución Municipal posterior se oponga o modifica de forma expresa.
Art.Nº5.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano y Acción Social, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.
Art.Nº6.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Fernández, German I. – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº888/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. TOLEDO, Armando Legajo Personal Nº540 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2.021, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. TOLEDO, Armando Legajo Personal Nº540, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.021 por la cantidad de 20(veinte) días hábiles a partir del día 13/10/2.021 hasta el 10/11/2.021 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al interesado a los efectos correspondientes.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº889/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por la Agente Municipal Srta. MONTENEGRO, Juliana Yanina Legajo Personal Nº731 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2.020, Y;
CONSIDERANDO
Que la mencionada empleada no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.- CONCEDER a la Agente Municipal Srta. MONTENEGRO, Juliana Yanina Legajo Personal Nº731, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.020 por la cantidad de 10(diez) días hábiles a partir del día 15/10/2.021 hasta el 28/10/2.021 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro Numeración y Archivos de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº890/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por la Agente Municipal Sra. VELASTIQUI, Leila Lorena Legajo Personal Nº519 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2.020, Y;
CONSIDERANDO
Que la mencionada empleada no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.- CONCEDER a la Agente Municipal Sra. VELASTIQUI, Leila Lorena Legajo Personal Nº519, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.020 por la cantidad de 20(veinte) días hábiles a partir del día 27/10/2.021 hasta el 24/11/2.021 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro Numeración y Archivos de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº891/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Ordenanza N°018/2021 sancionada por el Concejo Deliberante y que fuera ingresada al despacho de éste Comisionado Interventor, bajo Expte. Nº3.375/021 con fecha 30 de Septiembre del año en curso; y
CONSIDERANDO
Que, conforme las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936 y en uso de las facultades propias del Poder Legislativo Local, se sanciona la Ordenanza referida, de determinación de Dietas y Adicional por Función Legislativa de los Sres. Ediles a partir del mes de Septiembre del año 2021, como así mismos se fija el Sueldo y Adicional por Función Ejecutiva, a percibir, del Poder Ejecutivo Municipal.
Que, en ejercicio pleno de las facultades delegadas y dispuestas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36, dentro del plazo legal estipulado, Inciso 4 es pertinente dictar el presente acto resolutivo de promulgación y puesta en vigencia.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LAS LEYES VIGENTES Y LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936
R E S U E L V E
Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº018/021, conforme los considerando de la presente.
Art.Nº2.-En razón de lo resuelto TENGASE POR PROMULGADA la Ordenanza Nº 018/021.
Art.Nº3.-Dese copia a la Secretaria de Hacienda a los fines de que se proceda a sancionar los actos administrativos-contables a efecto de su cumplimiento en lo que respecta a la Partida Presupuestaria del Concejo Deliberante – Ejercicio Fiscal 2.021
Art.Nº4.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
ORDENANZA 18/021
VISTO
Las facultades que otorga la Carta Orgánica Municipal, ley Nº7.936, y;
CONSIDERANDO
Que, en sesión Extraordinaria realizada en Diciembre 2020 sea acordó trabajar en la reducción de sueldo, dietas y adicionales del Concejo Deliberante, siendo solidarios con los compañeros municipales que todavía no podían llegar a un acuerdo salarial, que por recomendaciones de este cuerpo hacia la Administración Municipal ayudo bastante para destrabar este reclamo salarial otorgándose a los empleados municipales el cumplimiento del petitorio en su gran mayoría.
Que, en el Art. 33 – Ley Nº7.936 establece que el Concejo Deliberante debe fijar la remuneración del Poder Ejecutivo Municipal la que no podrá ser igual o inferior a la de sus miembros.
Que, en el Art. Nº23 – Ley 7.936 la Carta Orgánica establece que la remuneración a percibir por los miembros del Concejo Deliberante será establecida por Ordenanza y no podrá ser alterada durante el mismo periodo, salvo se modifiquen las remuneraciones de la Administración pública Municipal y en igual proporción.
Que, la presente es realizada en base a que los ediles posean un ingreso necesario para que pudieran ayudar a los vecinos y poseer una actualización automática cada vez que los empleados municipales posean incrementos.
Que, tenemos la convicción que debemos ser solidarios y en su caso como administrador de los recursos Municipales de nuestra localidad responsable, para que nuestro Municipio sea prospero.
Que, la Ordenanza 30/020, en su artículo 12 autoriza al Concejo Deliberante por las partidas que le competen a realizar reasignaciones presupuestarias.
Que, los sueldos y adicionales previstos no fueron actualizados conforme a la pauta salarial fijada en paritarias para el presente año.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE FACULTADES CONFERIDAS POR LEY Nº7936, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art.Nº1.-Fijar el sueldo mensual del Intendente Municipal el equivalente a dos (2) veces el sueldo básico de la escala salarial vigente de la Categoría Nº24 del escalafón del empleado Muncipal de Aguaray, sujeto a las retenciones y aportes de ley.
Art.Nº2.-Fijar Adicional Mensual por Función Ejecutiva del Intendente Municipal de carácter no bonificable ni remunerativo, el equivalente a (1,5) uno y medio veces del sueldo básico de la escala salarial vigente de la categoría Nº24 del Escalafón del empleado Municipal.
Art.Nº3.-Fijar como dieta del Concejal Municipal, a partir del 01 de Septiembre de 2021, el equivalente a (1) una vez el sueldo básico de la escala salarial vigente de la categoría Nº24 del Escalafón del empleado Municipal, sujeto a retenciones y aportes de ley.
Art.Nº4.-Fijar Adicional Mensual por Función Legislativa del Concejal Municipal el equivalente al 50% (cincuenta por ciento) de los asignado al intendente Municipal como función Ejecutiva, de carácter no bonificable ni remunerativo.
Art.Nº5.-Autorizar al comisionado interventor quien ejerce la función de ejecutivo Municipal por vigencia de Leyes provinciales a instrumentar la aplicación de la presente.
Art.Nº6.-Derogar a partir de la Promulgación de esta Ordenanza Municipal toda otra norma y/o disposición contradictoria a la presente.
Art.Nº7.-Enviar al Comisionado Interventor para su promulgación y puesta en vigencia.
Art.Nº8.-De forma.
Sr. Ruiz, Ariel – Sr. Alemán, Guillermo
RESOLUCION Nº892/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 3452//21, presentado por el Sr. BERACOCHEA, RAUL EMILIO, CUIL Nº 30-71604051-4, con domicilio particular sobre antiguo camino a Capiazuti, Ruta 34, Km.72, jurisdiccion de esta Localidad, en el cual solicita la autorización correspondiente para el inicio de una actividad comercial de rubro: “CULTIVO DE FRUTAS TROPICALES Y SUBTROPICALES (Incluye banana, palta, mamon, etc)”, en su domicilio particular, y;
CONSIDERANDO
Que cumple con los requisitos correspondientes que se exigen a tales efectos y con el control pertinente de la Dirección de Comercio.
Que ha abonado los sellados correspondientes.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Conceder al Sr. BERACOCHEA, RAUL EMILIO, CUIL Nº 30-71604051-4, el permiso correspondiente para el inicio de una actividad comercial de Rubro: “CULTIVO DE FRUTAS TROPICALES Y SUBTROPICALES (incluye, banana, palta mamon, etc)”, en su domicilio particular sito sobre antiguo camino a Capiazuti, Ruta 34, Km.72, jurisdicción de esta Localidad, a partir de fecha: .06-10-21.
Art.Nº2.-Inscribirlo en nuestro Registro bajo Mat. Nº 3519, Cód. Afip. 12410.
Art.Nº3.-Comunicar al interesado que deberá abonar la Tasa de Actividades Varias en forma mensual previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente al solicitante.
Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN N°893/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje realizado a la Ciudad de Oran, por parte del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel L.P N° 730, y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tuvo como finalidad el traslado desde la Ciudad de Oran hacia nuestra localidad de una persona fallecida. –
Que, dicho traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibus Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicio.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-RECONOCER al Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel L.P N° 730, el viaje realizado a la Ciudad de Oran, el día 10 de septiembre del año 2.021, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viático a la Ciudad de Oran, correspondiente al día 10 de septiembre del año en curso, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel L.P N° 730.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN N°894/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a los Altos Valles de Acambuco, por parte del Agente Municipal, el Sr. Estrada, Javier L.P N° 683, y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo la recepción de materiales para construcción de cubierta de la Institución Educativa N° 4.175 Macueta.-
Que, dicho traslado requiere el uso de la camioneta Toyota Hilux SW4 Motor 1 KD-5238717 Chasis 8AJY259G6B3049533 Patente KKA845 Caja de Seguros S.A. Nº 4640002179804.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicio.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Estrada, Javier L.P N° 683, a viajar a los Altos Valles de Acambuco, el día 06 de octubre del año 2.021, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al día 06 de octubre del año en curso, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Estrada, Javier L.P N° 683.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN N°895/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a los Altos Valles de Acambuco, por parte del Agente Municipal, el Sr. Rodríguez, Daniel Fernando D.N.I N° 25.882.456 L.P N° 803, y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo la recepción de materiales para construcción de cubierta de la Institución Educativa N° 4.175 Macueta.-
Que, dicho traslado requiere el uso de la camioneta Toyota Hilux SW4 Motor 1 KD-5238717 Chasis 8AJY259G6B3049533 Patente KKA845 Caja de Seguros S.A. Nº 4640002179804.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicio.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Rodríguez, Daniel Fernando D.N.I N° 25.882.456 L.P N° 803, a viajar a los Altos Valles de Acambuco, el día 06 de octubre del año 2.021, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al día 06 de octubre del año en curso, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Rodríguez, Daniel Fernando D.N.I N° 25.882.456 L.P N° 803.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN N°896/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I Nº 29.059. 541L.P Nº468, y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas para atención medica con turnos programados y tramites en general, desde la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta, detalladas a continuación:
- López, Vanesa D.N.I N° 32.706.913
- Ortega, Estefanía D.N.I N° 43.951.272
- Ojeda, Fernanda D.N.I N° 33.581.276
- Lizondo, Eva D.N.I N° 45.204.461
- Muro, Elva D.N.I N° 13.785.011
- Illesca, Raquel D.N.I N° 13.033.696
- Cortez, Joaquín D.N.I N° 44.447.263
- Córdoba, Ignacio D.N.I N° 40.112.609
- Neirot, Paula D.N.I N° 22.214.869
- Acosta, Abigail D.N.I N° 35.261.470
- Acosta, Brandon D.N.I N° 52.981.342
- Gutiérrez, Verónica D.N.I N° 39.539.461
- Rojas, Argentina D.N.I N° 25.841.177
- Araya, Héctor D.N.I N° 33.138.041
- Nelly, María Aldana D.N.I N° 18.790.600
Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibus Modelo 2.017, con patente AB768GH, Motor: M9TC678C029089 / chasis: 93YMEN4CJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I Nº 29.059.541 L.P Nº468, a viajar a la Ciudad de Salta Capital, el día 07 de octubre del año 2.021, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 07 de octubre del año en curso, más fondo a rendir por el monto de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($ 4.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I Nº 29.059.541 L.P Nº468.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº897/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. JAIME, Gustavo Ernesto Legajo Personal Nº627 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2.019, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.
RESUELVE
Art.Nº1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. JAIME, Gustavo Ernesto Legajo Personal Nº627, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.019 por la cantidad de 10(diez) días hábiles a partir del día 25/10/2.021 hasta el 05/11/2.021 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al interesado a los efectos correspondientes.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº898/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 030570/21 y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, Resolución Municipal Nº 829/2.021 Y;
CONSIDERANDO
Que, mediante Pedido de Provisión Nº 030570/21, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE 321 LAMPARAS LED 150W PARA RECAMBIO DE LUMINARIA EN ZONAS URBANAS Y SUB URBANAS -SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – DPTO. GRAL. SAN MARTIN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.
Que mediante resolución municipal Nº 829-2.021 se procedió a realizar la convocatoria para la adjudicación simple Nº 111/2.021.-
Que, de conformidad a la Ley Nº 8.072, se procedió a la Publicación del Llamado a Adjudicación Simple Nº 111/2021 a través de la Página Web Oficial de la Municipalidad de Aguaray: www.aguaray.gob.ar en la sección de CONTRATACIONES. Con fecha de apertura 24/09/2021, a Hs. 12:00.-
Que se solicita la baja del Expediente Adjunto y la Resolución Nº 829/2.021, en todas sus formas, debido a que el plazo para la presentación de dicha propuesta se encuentra vencido.
Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de dar de baja la resolución de Adjudicación Simple Nº 111/2.021.-
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-DAR DE BAJA en todos sus términos la Resolución Municipal Nº 829/2.021, correspondiente a la adjudicación simple Nº 111/2.021, para la “ADQUISICIÓN DE 321 LAMPARAS LED 150W PARA RECAMBIO DE LUMINARIA EN ZONAS URBANAS Y SUB URBANAS -SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – DPTO. GRAL. SAN MARTIN”
Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-
Art.Nº3.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art-Nº5.-De forma.
Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº899/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de restablecer el alumbrado público en la Zona Urbana y Sub Urbanas de la jurisdicción de Aguaray; Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”. Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – LEY Nº 7936; el pedido de provisión Nº 030596/21 y nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaria de Hacienda Municipal, Y;
CONSIDERANDO
Que es imprescindible normalizar el alumbrado público, atendido por el pedido de los contribuyentes que con buena predisposición abonan sus impuestos regularmente.-
Que, debido al deterioro de los elementos del sistema de alumbrado público en las arterias principales y barrios, es necesario restablecer el servicio para garantizar la transitabilidad de peatones y estudiantes que habitualmente lo hacen para dirigirse a sus domicilios generalmente en el horarios cotidiano nocturno en zonas de circulación debido al quemado de lámparas y componentes del alumbrado en gran cantidad por los permanentes cortes y variaciones de tensión del servicio de energía eléctrica, se realizara el mantenimiento de los espacios públicos.-
Que, el principal objetivo es la recuperación del alumbrado público mediante la reposición de elementos y componentes deteriorados. Es necesaria la intervención del sistema de alumbrado para poder recuperar la seguridad de transitabilidad de los peatones y fundamentalmente dar tranquilidad a la población estudiantil que regresa a sus hogares de posteriores actividades.-
Que, a fin de cumplimentar con los procedimientos administrativos y legales pertinentes, es que corresponde llamar a “ADJUDICACION SIMPLE Nº 115/21, PARA LA ADQUISICIÓN DE 321 EQUIPOS LED 150W PARA PROYECTO RECAMBIO DE LUMINARIA EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY -SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – MUNICIPIO DE AGUARAY”, según expediente adjunto a la presente.-
Que, la fecha límite para la presentación de las propuestas será el 15 de Octubre del año 2.021 a Hs. 12:00, en conformidad con lo publicado a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de CONTRATACIONES: www.aguaray.gob.ar.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-CONVOCAR A ADJUDICACION SIMPLE N° 115/2021, “ADQUISICIÓN DE 321 EQUIPOS LED DE 150W PARA RECAMBIO DE LUMINARIA EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY -SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS – MUNICIPIO DE AGUARAY”, Según Expediente adjunto a la presente, conforme lo dispuesto a la ley Provincial N°8.072 y Decreto Reglamentario N° 1319/18 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Capítulo II, Art. 14 – Adjudicación Simple.-
Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaria de Hacienda a realizar los actos administrativos correspondientes a fin de dar cumplimiento al procedimiento de ADJUDICACION SIMPLE.-
Art.Nº3.-ORDENAR se imputen los gastos a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art.Nº6.-De forma.
Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN Nº900/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 030508/21, Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, Resoluciones Municipales Nº 448/2.020 y Nº 071/2.021, Y;
CONSIDERANDO
Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia, que en función de ello, en fecha 10 de junio de 2.020, mediante Resolución Municipal Nº 448 – 2.020, se procedió a aprobar el Convenio de Transferencia de Fondos – Fondo Compensador para la Ejecución del remanente de la Obra “Construcción Pavimento Hº Sº de 20 cm Acceso Aguaray – Dpto. San Martín”, y posteriormente se realizó una readecuación del presupuesto inicial, para la ejecución de la obra, y se aprueba en fecha 13 de enero de 2.021 a través de la Resolución Municipal Nº 071-2.021.-
Que, mediante Pedido de Provisión Nº 030508/21, se solicita la ADQUISICIÓN DE (76,41 MTS). DE CORDÓN CUNETA DE Hº Aº (15 X 15) Y (987,19 MTS2) DE PAVIMENTO DE Hº Sº DE 20 CM, PARA LA OBRA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Hº Sº DE 20 CM ACCESO AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, las notas de requerimiento de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento en el Art. 14 de la Ley Provincial Nº 8.072 – Decreto Reglamentario Nº 1.319/18.
Que, a fin de cumplimentar con los procedimientos administrativos y legales pertinentes, es que corresponde llamar a “ADJUDICACION SIMPLE Nº 116/21, PARA LA ADQUISICIÓN DE (76,41 MTS). DE CORDÓN CUNETA DE Hº Aº (15 X 15) Y (987,19 MTS²) DE PAVIMENTO DE Hº Sº DE 20 CM, PARA LA OBRA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Hº Sº DE 20 CM ACCESO AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, según expediente adjunto a la presente.-
Que, la fecha límite para la presentación de las propuestas será el 15 de Octubre del año 2.021 a Hs. 12:00, en conformidad con lo publicado a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de CONTRATACIONES: www.aguaray.gob.ar.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-CONVOCAR A ADJUDICACION SIMPLE N° 116/2021, “ADQUISICIÓN DE (76,41 MTS). DE CORDÓN CUNETA DE Hº Aº (15 X 15) Y (987,19 MTS²) DE PAVIMENTO DE Hº Sº DE 20 CM, PARA LA OBRA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Hº Sº DE 20 CM ACCESO AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Según Expediente adjunto a la presente, conforme lo dispuesto a la ley Provincial N°8.072 y Decreto Reglamentario N° 1319/18 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Capítulo II, Art. 14 – Adjudicación Simple.-
Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaria de Hacienda a realizar los actos administrativos correspondientes a fin de dar cumplimiento al procedimiento de ADJUDICACION SIMPLE.-
Art.Nº3.-ORDENAR se imputen los gastos a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art.Nº6.-De forma.
Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigaran, Adrián Ariel