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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°978 del día 01 de Noviembre del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCION Nº969/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 3646/2021, presentado por la Srta. Arella, Delma Cecilia D.N.I. Nº 40.935.240, domiciliada en el Paraje Piquirenda Estación, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Srta. Arella, mediante el Expte. Nº 3646/21, solicita una ayuda económica, para solventar los gastos de traslado de un familiar hacia la Provincia de Córdoba, por motivo de trabajo.-

Que, la Srta. Arella no cuenta con los recursos para poder adquirir dicho pasaje por sus propios medios, y que debido a su condición laboral no le es suficiente para solventar este tipo de gastos.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda económica para las personas que atraviesan este tipo de situación y que buscan día a día mejorar su calidad de vida.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de Pesos Ocho Mil con 00/100 ($ 8.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Srta. Arella, Delma Cecilia D.N.I. Nº 40.935.240, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Elevar copia a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Lamas, Roque Manuel

RESOLUCION Nº970/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  3632//21, presentado por la Sra. VILLARROEL, GLADYS DE LOS ANGELES, CUIL Nº 27-25499133-9, con domicilio particular en B° 20 de Julio, M.19, C.20 de esta Localidad, en el cual solicita la autorización correspondiente para la apertura de un local comercial con el  rubro: “SALON DE EVENTOS”, que estará ubicado en Avda. San Martin s/n°, B° Centro de esta Localidad,  y;

CONSIDERANDO

Que presenta la documentación  correspondiente.

Que ha abonado los sellados que se exigen al respecto.

Que cuenta con la aprobación pertinente de la Dirección de Comercio.

POR ELLO:

EL SR. INTENDENTE MPAL., EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. VILLARROEL, GLADYS DE LOS ANGELES, CUIL Nº  27-25499133-9, el  permiso correspondiente para la apertura de un local comercial con el Rubro: “SALON DE EVENTOS”,  a partir de fecha: .01-11-21.

Art.Nº2.-Inscribirla en nuestro Registro bajo Mat. Nº 3.523,   Cód. Afip. 681010. 

Art.Nº3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar la Tasa de Actividades Varias en forma mensual previa presentación de la DDJJ correspondiente.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente a la solicitante.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese  en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Lamas, Roque Manuel

RESOLUCION Nº971/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 3612/21, presentado por el Sr. MEZA, DANIEL OSCAR ESTEBAN, CUIL Nº 20-13785034-7, inscripto con el rubro:  “SERV. DE FAST FOO” anexo “VTA. DE COMIDAS Y BEB.GASEOSAS Y ALCOHOLICAS EN ENV. CERRADO”  en el cual solicita una modificación en su Matrícula Comercial Nº 3.424, el que consiste en modificar el Rubro, y;

CONSIDERANDO

Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.

Que ha abonado los sellados correspondientes.

Que se cuenta con la aprobación  pertinente de la Dirección de Comercio y Bromatología.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Modificar el Rubro de la Mat. Ccial. Nº 3.424,  a nombre del Sr. MEZA, DANIEL OSCAR ESTEBAN, CUIL Nº  20-13785034-7, a partir de fecha: 25-10-21, el que se determina como: “KIOSCO” anexo “SERVICIO DE EXPENDIO DE BEBIDAS EN BARES”. Cod. de Afip.471190 y 561014 respectivamente.        

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº3.-Entregar una copia de la presente al interesado.

Art.Nº4.-Enviar copia de esta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº5.-Regístrese, publíquese  en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION  Nº972/021(Poder Ejecutivo)       

VISTO

El Expte. adjunto Nº 3627/21, presentado por la Sra. CATANIA, ADELA LILIANA , CUIL Nº 27-26430129-2, con domicilio particular en B° Milagro, M.B1, C.14 de esta Localidad, en el cual solicita la inscripción correspondiente de un comercio de rubro:  “SERVICIO DE FAST FOOD” anexo “SERVICIO DE EXPENDIO DE BEBIDAS EN BARES” el que estará ubicado en Avda. Sarmiento esq. Rivadavia,, y;

CONSIDERANDO

Que presento la documentación que se exige a tales efectos, para el normal funcionamiento de la actividad comercial.

Que cumple con los requisitos y controles bromatológicos que se exigen al respecto.

Que ha abonado los sellados pertinentes, según lo determina la O.T.M. Nº 29/20 Ejercicio Fiscal 2021

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

RESUELVE

Art.Nº1.-Autorizar  a la  Sra.  CATANIA, ADELA LILIANA,  CUIL  Nº  27-26430129-2, la apertura de un comercio de rubro: “SERV. DE FAST FOOD” anexo “SERV. DE EXPENDIO DE BEBIDAS EN BARES” a partir de fecha: 01-10-21, el que estará ubicado en Avda. Sarmiento y Rivadavia de esta Localidad.

Art.Nº2.-Inscribirla en nuestro registro de comerciantes, bajo  Matrícula Nº 3.524 y Cod. de la Afip .561013-561014..

Art.Nº3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar la Tasa de Actividades Varias en forma mensual, previa presentación de la DDJJ correspondiente.

Art.Nº4.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Mpal. Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº6.-Entregar a la solicitante, una copia de la presente Resolución y otra de la Ordenanza Nº 14/11 del Concejo Deliberante, la que consta de 10 folios, para su debido conocimiento y cumplimiento.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº973/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Plena vigencia del Convenio firmado entre la Municipalidad de Aguaray con la Empresa  Refineria del Norte S.A, con fecha 23 de Enero de 2.012; y

CONSIDERANDO

Que, el mismo en su cláusula quinta prevé un sistema de revisión anual de la suma fija mensual, en el supuesto que el precio simple al público de la denominada “Nafta Súper” medido en el surtidor al 30 de Septiembre de cada año sufra variación.

Que, mediante sendas Resoluciones Municipales Nº066/013 se aplicó el ajuste correspondiente al primer año, Resolución Nº055/014 se actualizó para el año 2.014; Resolución Nº1.326/014 se actualizo para el año 2.015; Resolución Nº545/018 se actualizó para el año 2.016-2.017-2.018; Resolución Nº1.020/018 y Resolución Municipal Nº831-019 se actualizo para el año 2.020 y Resolución Nº082/021 se actualizo para año 2.021 respectivamente.

Que, habiéndose cumplido un nuevo periodo previsto, se ha solicitado a la firma “J.C. Muñoz e Hijos SRL” propietaria de la Estación de Servicios de Aguaray con Bandera REFINOR S.A., suministre, certifique  e informe el precio de la referida “Nafta Súper” al 30 de Septiembre del año 2021, se adjunta copia en original.

Que, la cláusula 5ta. del convenio vigente prevé una fórmula polinómica para el ajuste; a saber:

  (  A – 1) x 100 = % de variación.

     B

Que, aplicada la misma para el periodo indicado precedentemente, se obtiene el porcentaje de ajuste:

  • ( $ 99,197 – 1) x 100 =52.63 %

                $ 64,99

  • Donde “A” es el precio de la Nafta Súper al 30 de Septiembre de 2.021 y “B” es el precio de la Nafta Súper al 30 de Septiembre del 2.020, en consecuencia,  el porcentaje de variación  es del 52,63 % que aplicado al monto determinado para el año 2.021, corresponde  abonar  por  parte  de  la  Firma  Refineria  del  Norte  S.A.  la suma

mensual de $1.479.207,75 (Pesos Un Millón Cuatrocientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Siete c/75/100) a partir de la posición mensual Enero 2.022 y hasta el mes de Diciembre de 2.022 inclusive.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Establecer como cuota fija mensual por la carga Tributaria de las Actividades que desarrolla en el Municipio de Aguaray la Contribuyente Refineria del Norte S.A. en la suma de $1.479.207,75 (Pesos Un Millón Cuatrocientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Siete c/75/100) a partir de la posición mensual Enero 2.022 y hasta el mes de Diciembre de 2.022 inclusive.

Art.Nº2.-Notifíquese a la Contribuyente REFINERIA DEL NORTE S.A. a los fines pertinentes.

Art.Nº3.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme el artículo 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.     

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº974/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. MORENO, Mariano Legajo Personal Nº782 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2.020,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

RESUELVE

Art.Nº1.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. MORENO, Mariano Legajo Personal Nº782, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.020 proporcional por la cantidad de 06(seis) días hábiles a partir del día 03/11/2.021 hasta el 11/11/2.021 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente, referente al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art.Nº3.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº975/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Pleno Ejercicio del Cargo como INTENDENTE del Municipio de Aguaray y las atribuciones y facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – R.M. Nº 1242-2.019, y;

CONSIDERANDO

QUE, mediante  Resolución Municipal del Visto se concedió al A.M.  Sr. TEJERINA, Marcelo H. – LP Nº 105 un Adicional mensual No Remunerativo Ni bonificable por mayor función y responsabilidad.-

QUE, el A.M. mencionado se desempeña actualmente como Coordinador  de la Oficina de Comercio, fiscalización Tributaria y Estadísticas Municipal, cumpliendo  además funciones como Responsable de la Oficina de Asuntos Legislativos.-

QUE, a criterio del Ejecutivo Municipal, es necesario actualizar el monto que este agente percibe como adicional no remunerativo y en consecuencia corresponde entonces realizar el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACTULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

RESUELVE

Art.Nº1.-ACTUALIZAR el Adicional no remunerativo ni bonificable conferido por R.M Nº 1242-019, art. 3 al A.M. Sr. TEJERINA, Marcelo H. – LP Nº 105 a la cantidad de  $ 15.000,00 (Pesos Quince Mil, con 0,00) a partir del mes de octubre de 2021.-

Art.Nº2.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: R.N. y A.R.M, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Hacienda, RRHH y al interesado según  corresponda.-

Art.Nº3.-Refrenda la presenta el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián