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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°997 del día 30 de Noviembre del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCION Nº1100/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de iniciar y desarrollar la Campaña Anual de Vacunación Contra la Rabia año 2.021 en toda la jurisdicción del Municipio de Aguaray, y;

CONSIDERANDO

QUE, la importancia de la rabia para la salud pública, tanto en el municipio de Aguaray como en la República Argentina y el mundo, radica en la alta letalidad que presenta la enfermedad. Es cierto, que se ha logrado reducir los casos de rabia animal, mediante la realización de la Campaña Anual de Vacunación contra la Rabia cada año con la cobertura en toda la población canina, felina y simios.-

QUE, el municipio de Aguaray conjuntamente trabaja con el Ministerio de Salud Pública de la Provincia a través del Programa Zoonosis, en la prevención, vigilancia y control de la rabia animal, ya que un caso de rabia humana representa una debilidad en el sistema de salud debido a que existen herramientas para prevenir la enfermedad, y una de ellas es la concreción exitosa de la vacunación contra la rabia cada año evitando la transmisión a los seres humanos.-

QUE, el ejecutivo municipal brinda mediante la presente Resolución Municipal las herramienta que permita al Área de Zoonosis contar con el personal que cumple funciones en la Dirección de Bromatología e Higiene Alimentaria a orientar e implementar acciones que garanticen la mayor y/o total cobertura de la Campaña Antirrábica año 2.021 en el municipio de Aguaray, programada para los meses de diciembre/21, enero y febrero/22 teniendo en cuenta que las vacunas provistas por el programa de Zoonosis tiene una fecha de vencimiento limite 10/22, pero cabe aclarar que no se realizó vacunación 2.020 en los parajes por el Covid-19.-

QUE, ante la situación de vencimiento de las dosis contra la rabia, es imperiosa la necesidad de disponer que la brigada de vacunación lleve a cabo la misma en horario matutino y vespertino. Asimismo, se destaca que en el resto del año 2.021 e inicio del año 2.022 en las oficinas del área de Zoonosis se continúa con la vacunación de caninos y felinos que no contaban con la edad adecuada en los meses de campaña como así también aquellos que no se encontraban los propietarios en los domicilios en el momento de la visita de la brigada de vacunación contra la rabia.-

QUE, las demás áreas municipales deberán coordinar en tiempo y forma los diferentes requerimiento de la Dirección de Bromatología e Higiene Alimentaria para el inicio, desarrollo y finalización de la vacunación contra la rabia, lo cual implica disponibilidad de vehículo/os para el traslado de la brigada de vacunación, provisión de insumos, materiales descartables, refrigerio, viáticos y alojamiento cuando se trasladen a los Valles de Acambuco y otros lugares que requieran horas fuera del horario de servicio.-

QUE, en consecuencia y a los efectos pertinentes corresponde entonces emitir el presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR la Ejecución de la Campaña de Vacunación Antirrábica Canina y Felina Año 2.021, a partir del día 29 de noviembre de 2.021 según el Visto y los Considerandos de la presente.-

Art.Nº2.-FACULTAR a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Bromatología e Higiene  Alimentaria a afectar al personal de la misma, nomina que se adjunta a esta resolución como Anexo I, para la ejecución de la Campaña de Vacunación Antirrábica Canina y Felina año 2021.-

Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: R.N. y A.R.M, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Dirección de Bromatología e Higiene Alimentaria, RRHH para su conocimiento y demás efectos.-

Art.Nº4.-Refrenda la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art Nº 37.-

Art.Nº5.–Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION  Nº1101/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 3560/21, presentado por el Sr. TORRICO, CRISTOBAL OMAR, CUIL Nº 20-27682306-0, inscripto con el rubro:  “BAR COMEDOR CON VTA. DE BEBIDAS AL COPEO”  en el cual solicita una modificación en su Matrícula Comercial Nº 3.486, el que consiste en modificar el Rubro, y;

CONSIDERANDO

Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.

Que ha abonado los sellados correspondientes.

Que se cuenta con la aprobación  pertinente de la Dirección de Comercio.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Modificar el Rubro de la Mat. Ccial. Nº 3.486,  a nombre del Sr. TORRICO, CRISTOBAL OMAR, CUIL Nº  20-27682306-0, a partir de fecha: 25-11-21, el que se determina como: “BAR COMEDOR CON VTA. DE BEBIDAS AL COPEO” anexo “SERVICIO DE RESTAURANTE CON ESPECTACULO”. Cod. de Afip.561019 – 561012  respectivamente.

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº3.-Entregar una copia de la presente al interesado y comunicarle que en el lapso de 60 días deberá cumplimentar con las observaciones determinadas por la Direc. de Bromatología.

Art.Nº4.-Enviar copia de esta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº5.-Regístrese, publíquese  en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION  Nº1102/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  4208/21, presentado por la Sra. VIRAVICA, ALICIA, DNI Nº  25.499.067, responsable del Merendero ”Virgen de Itati”, ubicado en el Paraje Piquirenda Estación, jurisdicción de esta Localidad,  en el cual solicita autorización para realizar  una “PEÑA SOLIDARIA”, en beneficio del mencionado merendero comunal,  el día: 11-12-21, a partir de hs. 20:00, solicitando eximición de impuestos, y;

CONSIDERANDO

Que se trata de una actividad a beneficio y con fines de recaudar fondos para mejoras del merendero comunitario.

Que la autoridad Mpal. apoya este tipo de iniciativas en bien de la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL. LEY N° 7936.

                  R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. VIRAVICA, ALICIA, DNI Nº 25.499.067,  la autorización pertinente para realizar una “PEÑA SOLIDARIA”, el día: 11-12-21, a partir de hs. 20:00, en un predio ubicado frente a la Iglesia de la comunidad de Piquirenda Estación, jurisdicción Aguaray.

Art.Nº2.-Eximir de los impuestos correspondientes, debiendo abonar solo los sellados administrativos.

Art.Nº3.-Comunicar a la solicitante que deberá cumplir con todas las    normas y requisitos de seguridad que se exigen al respecto.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica  Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta  Resolución a la Policía Local para su debido  conocimiento, control y cumplimiento.

Art.Nº6.-Entregar una copia de la presente a la interesada y otra de la  Ord. Nº    14/11 del C.D. la que consta de 10 folios, para su debido conocimiento.

Ar.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y  archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1103/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; y

CONSIDERANDO

Que, resulta necesario el dictado de la presente disposición administrativa con el fin y el solo objeto de dejar definida la Estructura Organizativa y de Funciones de todo el Personal Municipal que presta servicios en la Administración del Gobierno Local, con denominación precisa de cada una de las áreas, como así mismo de los cargos y la estructura jerárquica con los niveles de autoridad y la indicación del área de la cual dependen los empleados.  

Que, en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936 consagra en su artículo 48 y expresa que la Administración Pública Municipal sirve exclusivamente a los intereses del pueblo; está regida por los principios de eficiencia, eficacia, austeridad, centralización normativa, descentralización, desconcentración, imparcialidad, equidad, igualdad y publicidad de las normas o actos.

Que, es oportuno encomendar a la Dirección de RR.HH, conforme lo dispuesto en el primer párrafo de los considerando y lo establecido en el artículo 52 de la carta magna local, proceda a elaborar el manual de misiones y funciones de los Agentes Municipales, bajo los siguientes preceptos, a saber:

1. El enunciado de las funciones previstas para cada una de ellas.

2. La descripción de las tareas, las características y las vinculaciones internas y externas y

3. La información que recibe, la que procesa y la que emite.

Que, la estructura de funcionamiento a aprobar debe servir exclusivamente a los intereses de la Comunidad, con la premisa de procurar  una mayor y mejor organización y perfeccionamiento para el logro de los objetivos trazados  por la Gestión del Gobierno actual.

Que, en consecuencia corresponde sancionar el presente acto resolutivo del Organigrama Funciones Municipal, el que regirá  a partir del 01 de Diciembre del presente año 2.021.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y LAS CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR  la Estructura Organizativa de Misiones y Funciones de la Municipalidad de Aguaray, conforme los Anexos I. II, III y IV respectivamente y  que pasan a formar parte integrante de la presente, consignados en los artículos siguientes, a partir del 01 Diciembre del año en curso.

Art.Nº2.-APROBAR la estructura de INTENDENCIA como Anexo I de la Municipalidad de Aguaray, constituida por los siguientes niveles operativos y de responsabilidad, bajo dependencia directa del Intendente Municipal, a saber:

  1. Coordinación de Despacho y Gestión Administrativa:
  2. Oficina Mesa de Entrada
  3. Unidad Archivo y Estadísticas
  4. Asesorías Externas Contable y Legal;
  5. Oficina de Asuntos Legislativos Municipal.-

Art.Nº3.-APROBAR la estructura de SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL como Anexo II de la Municipalidad de Aguaray, constituida por los siguientes niveles operativos y de responsabilidad, bajo dependencia directa del Secretario de Haciendas, a saber:

  1. Dirección Contable
  2. Dirección de Rentas
  3. Departamento de Tesorería
  4. Departamento de Compras y Licitaciones
  5. Oficina de Liquidaciones
  6. Oficina de Patrimonio Municipal
  7. Oficina Administración Terminal de Ómnibus
  8. Unidad de Fiscalización Tributaria.-

Art.Nº4.-APROBAR la estructura de SECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPAL como Anexo III de la Municipalidad de Aguaray, constituida por los siguientes niveles operativos y de responsabilidad, bajo dependencia directa del Secretario de Gobierno, a saber:

  1. Dirección de Acción Social:
  2. Oficina Pensiones y Jubilaciones
  3. Dirección de Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones:
  4. Oficina de la Mujer y Diversidad de Género
  5. Oficina de Lucha y Prevención de Adicciones
  6. Oficina Gabinete Psicopedagógico
  7. Oficina Tercera Edad
  8. Oficina Discapacidad
  9. Oficina de Juegoteca.-
  10. Dirección de Prensa
  11. Dirección de Recursos Humanos
  12. Dirección de Cultura, Educación y Turismo:

1-Oficina de Turismo

  • Escuela de Artes
  • Dirección de Producción y Desarrollo Sustentable
  • Dirección de Deportes y Recreación
  • Dirección de Seguridad Municipal
  • Dirección de Pueblos Originarios
  • Oficina de Sistema
  • Oficina Defensa del Consumidor
  • Oficina Boletín Oficial

Art.Nº5.-APROBAR la estructura de SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS como Anexo IV de la Municipalidad de Aguaray, constituida por los siguientes niveles operativos y de responsabilidad, bajo dependencia directa del Secretario de Obras Públicas, a saber:

  1. Dirección de Obras Públicas:
  2. Oficina Técnica de Planificación y Urbanización
  3. Oficina de Tierra y Habitad  
  4. Oficina de Pañol Municipal
  5. Unidad de Talleres:
  6. Herrería y Soldaduras
  7. Carpintería
  8. Gomería
  9. Mecánica.
  10. Dirección de Servicios Públicos:
  11. Unidad Recolección de Residuos
  12. Unidad Parque Automotor
  13. Unidad Espacios Verdes
  14. Unidad Vivero
  15. Unidad Tareas Generales y Maestranza
  • Dirección de Tránsito Municipal:
  • Oficina Área Administrativa:
  • Centro Emisión Licencias (CEL)
  • Sistema Nacional de Administración de Infracciones (SINAI)
  • Oficina Área Educación Vial:
  • Escuela de Manejo
  • Oficina Área Operativa
  • Unidad Cuerpo de Inspectores
  • Dirección de Bromatología, Medio Ambiente y Comercio:
  • Oficina de Bromatología e Higiene Alimentaria
  • Oficina de Comercio
  • Oficina de Seguridad e Higiene
  • Oficina de Medio Ambiente:
  • Unidad de Zoonosis

Art.Nº6.-TENGASE por APROBADA la estructura definida en los artículos precedentes de la Estructura Organizativa de la Municipalidad de Aguaray.

Art.Nº7.-Encomendar a la  Dirección de Recursos Humanos (RR.HH.) a la elaboración y redacción del Manual de Misiones y Funciones, conforme lo dispuesto y aprobado por la presente.

Art.Nº8.-Autorizar a la Secretaria de Hacienda Municipal a asignar los recursos correspondiente conforme el Presupuesto vigente.

Art.Nº9.-Dar copia a las oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaría de Gobierno, Secretaria de Hacienda, RR.HH y demás dependencias municipales a los fines que correspondan.- 

Art.Nº10.-Elevar copia al Concejo Deliberante de nuestra Ciudad a los fines que correspondan.

Art.Nº11.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en virtud del Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº12.-Deróguese toda disposición que se oponga a la presente.-

Art.Nº13Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de Aguaray y Archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº1104/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  4271/21, presentado por la Sra. COLODRO, EDITH ESMELDA, CUIL Nº 27-21001173-6, con domicilio particular en Paraje Campo Duran, jurisdiccion de esta Localidad, en el cual solicita la autorización correspondiente para la habilitación de una actividad comercial con el  rubro: “HIPICO TURFISTICO (CARRERAS CUADRERAS)”, que estará ubicado al Norte de Ruta Pcial. N° 54, Casa 10, Misión Chane Tituati, Campo Duran, jurisdicción  Aguaray,  y;

CONSIDERANDO

Que presenta toda la documentación  pertinente.

Que ha abonado los sellados que se exigen al respecto.

Que cuenta con el Certificado de Aptitud Ambiental Municipal exigible para la correspondiente habilitación Comercial.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS  FACULTADES QUE  LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. COLODRO, EDITH ESMELDA, CUIL Nº  27-21001173-6, el  permiso correspondiente para la habilitación  de una actividad comercial con el Rubro: “HIPICO TURFISTICO (CARRERAS CUADRERAS” a partir de fecha: .23-11-21, al Norte de Ruta Prov. N° 54, Casa 10, Misión Chane Tituati, Campo Duran, jurisdicción Aguaray.

Art.Nº2.-Inscribirla en nuestro Registro bajo Mat. Nº  3.530.

Art.Nº3.-Informar a la interesada que deberá abonar la Tasa de Actividades Varias en forma mensual previa presentación de la DDJJ correspondiente y que deberá comunicar al municipio cada vez que se realice la actividad.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente a la solicitante.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese  en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1105/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Resolución Municipal Nº1.068-021 mediante la cual  se establece la Escala Salarial para el Personal No Comprendido en el Régimen y Escalafón del Empleado Municipal y que habiendo sido designado como Planta Política prestan servicios en la administración local; y

CONSIDERANDO

Que, la norma  indicada precedentemente, dispuso y estableció a partir del 1º de Diciembre de 2.021 los porcentuales a percibir como Sueldo, según el cargo y la función asignada.

Que, es criterio de éste Poder Ejecutivo readecuar y corregir dicha escala,  siendo pertinente sancionar el presente acto resolutivo que establezca la nueva Escala Salarial para la Planta Política y sus respectivas Categoría, según el Nivel de Jerarquía.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-MODIFICAR y DEJAR ESTABLECIDA la nueva escala de haberes para el Personal designado en el Estamento de Planta Política, modifíquese el Art. Nº02 de la Resolución Municipal Nº1.068-021, el que quedará redactado de la siguiente manera, a saber:

Art.Nº2.-DETERMINAR los Haberes Mensuales de la Planta Política, sujetos a los aportes y retenciones que por Ley correspondan con más las Asignaciones Familiares respectivas, de corresponder,  en los porcentajes que en cada caso se indica, los que deberán ser calculados sobre el Sueldo y Adicional Mensual y Total asignado y que perciba el Intendente Municipal, en virtud de la norma citada vigente  o la que en el futuro la reemplace.

Escala a aplicar:

Nivel JerárquicoPorcentajeCategoría
Secretario de Gobierno70  %A
Secretarios del Gabinete65  %B
Directores de Área50  %C
Jefes de Oficinas y/o Departamentos  40  %  D
Estamento de Apoyo30  %E
Auxiliar Asistente20  %F

Art.Nº3.-TENER por modificado y corregido el Art. Nº02 de la Resolución Municipal Nº1.068-021

Art.Nº4.- COMUNICAR de la presente Resolución a las Oficinas de: Registro, Secretaría de Gobierno, Secretaria de Hacienda, RR.HH y a las respectivas áreas administrativas municipales a sus efectos.-

Art.Nº5.-La presente será refrendada por el Secretario con competencia en virtud del Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Derogar y dejar sin efecto el Articulo Nº02 de la Resolución Municipal Nº1.

068-021

Art.Nº7.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1106/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 31120/21, y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, Resoluciones Municipales Nº 448/2.020, Nº 071/2.021, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia, que en función de ello, en fecha 10 de junio de 2.020, mediante Resolución Municipal Nº 448 – 2.020, se procedió a aprobar el Convenio de Transferencia de Fondos – Fondo Compensador para la Ejecución del remanente de la Obra “Construcción Pavimento Hº Sº de 20 cm Acceso Aguaray – Dpto. San Martín”, y posteriormente se realizó una readecuación del presupuesto inicial, para la ejecución de la obra, y se aprueba en fecha 13 de enero de 2.021 a través de la Resolución Municipal Nº 071-2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a la publicación de la Convocatoria a Adjudicación Simple, como se justifica en la Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple y Publicación en el Boletín Oficial de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 31120/21,  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE 91 M3 Hº Sº TIPO 421, PARA LA OBRA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Hº Sº DE 20 CM ACCESO AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, se presentó la Nota de Único Proveedor en la Zona, para la Empresa DEMISA CONSTRUCCIONES S.A., Av. Del Milagro Ruta Nac. Nº 34, Altura Km 1431, Gral. Enrique Mosconi, Provincia de Salta.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones, y por justificarse de que es el único proveedor en la zona, se procede a seleccionar a la Empresa DEMISA CONSTRUCCIONES S.A. C.U.I.T.30-50295003-3, por un monto total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 00/100 CTVOS. ($1.544.270,00), IVA incluido.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de aprobar la Adjudicación Simple Nº130/2.021.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR  a la Empresa DEMISA CONSTRUCCIONES S.A. C.U.I.T.30-50295003-3, con domicilio legal en Av. Del Milagro Ruta Nac. Nº 34, Altura Km 1431, Gral. Enrique Mosconi, Provincia de Salta, la Adjudicación Simple N° 130/2.021 “ADQUISICIÓN DE 91 M3 Hº Sº TIPO 421, PARA LA OBRA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Hº Sº DE 20 CM ACCESO AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN”, por un monto de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 00/100 CTVOS. ($1.544.270,00), IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Montes, Elbio Alan – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1107/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 031105/21, Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, Resoluciones Municipales Nº 448/2.020 y Nº 071/2.021, Resolución Municipal Nº 1070 – 2.02, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia, que en función de ello, en fecha 10 de junio de 2.020, mediante Resolución Municipal Nº 448 – 2.020, se procedió a aprobar el Convenio de Transferencia de Fondos – Fondo Compensador para la Ejecución del remanente de la Obra “Construcción Pavimento Hº Sº de 20 cm Acceso Aguaray – Dpto. San Martín”, y posteriormente se realizó una readecuación del presupuesto inicial, para la ejecución de la obra, y se aprueba en fecha 13 de enero de 2.021 a través de la Resolución Municipal Nº 071-2.021.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 031105/21, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (01) DISCO DIAMANTADO PARA CONCRETO x 400 mm, PARA LA OBRA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Hº Sº DE 20 CM ACCESO AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que mediante resolución municipal Nº 1070 – 2.021 se procedió a realizar la adjudicación simple Nº 126/2.021, se otorgó la misma a FERRETERIA INDUSTRIAL NORTE, con domicilio en Alberdi 502, Ciudad de Tartagal, la provisión de (01) DISCO DIAMANTADO PARA CONCRETO x 400 MM y al no poder cumplir porque manifiesta falta de stock ante esta instancia de adjudicación se dispone a seleccionar a otro proveedor disponible en la zona.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo; con el fin de adjudicar a la empresa; MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS C.U.I.T Nº 30-71221560-3 con domicilio legal en  25 de Febrero 101, Ciudad de Tartagal, Salta, requisitos completos y la oferta económica por la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 CTVOS ($32.900.00). Más IVA incluido.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de adjudicar la Adjudicación Simple Nº 126 – 2.021.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-OTORGAR  a la Empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS C.U.I.T Nº 30-71221560-3  con domicilio legal en 25 de Febrero 101, Ciudad de Tartagal, la ADJUDICACIÓN SIMPLE N° 126/2.021 correspondiente a la “ADQUISICION DE (01) DISCO DIAMANTADO PARA CONCRETO x 400 mm, PARA LA OBRA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Hº Sº DE 20 CM ACCESO AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN” por un monto total de PESOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 CTVOS ($32.900.00) más IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Montes, Elbio Alan – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián