La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1940 el día 23 de diciembre del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCION Nº2653/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las tradicionales celebraciones de Navidad y Año nuevo en todo el ámbito de la Nación Argentina – Ley Nº 27.399,
CONSIDERANDO
QUE, la Ley Nº 27.399 otorga carácter de feriados inamovibles los días 25 de diciembre y 1 de enero de cada año. –
QUE, el Decreto Provincial Nº 889/25, otorga asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre de 2025, a fin de posibilitar el acercamiento de aquellas personas que por diversas causas se domicilian lejos de su núcleo familiar;
Que las festividades de la NAVIDAD y del AÑO NUEVO constituyen, tradicionalmente, motivo de festejos para todas las familias que habitan en nuestro territorio. –
Que, asimismo, y con el fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos. –
QUE, el Ejecutivo Municipal considera importante fomentar las prácticas y buenas costumbres que tiendan al fortalecimiento de las relaciones familiares e interpersonales procediendo en consecuencia, a la sanción de la siguiente norma resolutiva. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
RESUELVE
Art.N°1.-OTORGAR Asueto Administrativo Municipal los días 24 y 31 de diciembre de 2025 conforme los vistos y considerandos. –
Art.N°2.-INSTRUIR a las dependencias municipales correspondientes a los efectos de organizar y mantener las prestaciones básicas de servicios y los turnos de serenos de los edificios y demás bienes municipales. –
Art.N°3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Dirección de Prensa, Secretaria de Gobierno y RR.HH. para su conocimiento y demás efectos. –
Art.N°4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-
Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCION Nº2654/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 231/25, presentado por el Sr. ROMERO, NICOLAS, CUIL Nº 20-25437754-7, en su carácter de EMPLEADO MUNICIPAL, L. P. Nº 712, en el cual solicita la REDUCCION del 50%, en el pago de la Tasa Gral. de Inmuebles, Impuesto Inmobiliario y Cloacas por un terreno donde habita, identificado con el CAT. 19.323, Manzana: 62, Lote: 08, y;
CONSIDERANDO
- Que así lo estipula la Ordenanza Tarifaria Municipal Nº 036/24 año fiscal 2025, en su Cap. I, art.13, Cap. II art. 16 a y Cap. XVIII art. 160.
- Que ha presentado los requisitos correspondientes.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-Conceder la REDUCCION del 50% en la Tasa Gral. de Inmuebles, Impuesto Inmobiliario y Cloacas, solicitada por el Sr. ROMERO, NICOLAS, CUIL Nº 20-25437754-7, en su carácter de EMPLEADO MUNICIPAL, L. P. Nº 712, por un terreno donde habita, identificado con el Catastro: 19.323, Manzana: 62, Lote: 08.
Art.N°2.-La presente REDUCCION es válida tanto para la deuda actual como para la deuda atrasada.
Art.N°3.-Esta REDUCCION tendrá vigencia siempre y cuando no se modifiquen los requisitos presentados por los cuales se le otorgó el beneficio.
Art.N°4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.N°5.-La presente Resolución vence el día: 31-12-26, vencida dicha fecha deberá realizar la renovación que corresponda según normas vigentes.
Art.N°6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN N°2655/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar por parte de la Agente Municipal Sra. Umbídez, Andrea L.P. N° 756 perteneciente a las oficinas de Familia D.M.A. y 3ra. Edad, a la Ciudad de Salta el día 29 de diciembre del Cte. y;
CONSIDERANDO
Que, dicho viaje tiene como finalidad retirar los Certificados Únicos de Discapacidad (C.U.D.) de los nuevos beneficiarios, y la realización de trámites. –
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicio a la mencionada ciudad.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-COMISIONAR a la Agente Municipal Sra. Umbídez, Andrea L.P. N° 756, a realizar el viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 29 de diciembre del cte. año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –
Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 29 de diciembre del año en curso, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha ciudad, más 1/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022 a nombre de la Sra. Umbídez, Andrea L.P. N° 756.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2656/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. CARRIZO RUBEN ORLANDO, Legajo Personal Nº 605, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. CARRIZO RUBEN ORLANDO, Legajo Personal Nº 605, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025, por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día 02/01/2.026 hasta el 29/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2657/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por la Agente de Planta Política Sra. VILLARROEL GLADYS, Legajo Personal Nº 371, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-CONCEDER al Agente de Planta Política Sra. VILLARROEL GLADYS, Legajo Personal Nº 371, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025, a partir del día 29/12/2.025 hasta el 21/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2658/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. MEDINA SERGIO GUSTAVO, Legajo Personal Nº 600, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. MEDINA SERGIO GUSTAVO, Legajo Personal Nº 600, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025, por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día 02/01/2.026 hasta el 29/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCION Nº2659/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa SUCESORES DE YEIZEL KATZ S. H. que brindó la asistencia de suministro de Equipamiento para las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que a través de la Empresa SUCESORES DE YEIZEL KATZ S. H. C.U.I.T Nº 30-61794427-4, asistió con Equipamiento Electrónico y Mobiliario, para la Oficia de Obras Publicas sector Pañol de la Municipalidad de Aguaray, mediante Factura Nº 0116-00012062.-
Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO ÚNICO PATRIMONIOMUNICIPAL UNIVERSALIDAD, Art. 39.- El patrimonio municipal se integra por la totalidad de los bienes, derechos y acciones de su propiedad, sean del dominio público o privado. 1. Son bienes de dominio público municipal los destinados para el uso y utilidad general, sujetos a las disposiciones reglamentarias pertinentes, y aquellos que provienen de legados, donaciones y otros actos de disposición y que se encuentran afectados a la prestación de un servicio público, salvo disposición expresa en contrario. Son inajenables, inembargables e imprescriptibles mientras se encuentren afectados al uso público. Sólo podrán ser desafectados de su calidad de bien público, aquél que sea objeto de Ordenanza aprobada a tal efecto por las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante. Los particulares tienen el uso y goce de los mismos conforme con las Ordenanzas que a tal efecto se dicten.
Que el Intendente Municipal contribuye en acondicionar parte del Patrimonio Institucional de nuestro pueblo es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda el pago de las facturas ut supra. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 01/100 ($ 241.899,00) a nombre de la Empresa SUCESORES DE YEIZEL KATZ S. H. C.U.I.T Nº 30-61794427-4, con domicilio comercial en Alberdi 75, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCION Nº2660/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa ADS MAQUINARIAS Y SERVICIOS S.R.L, que brindó venta de Repuestos, mediante solicitud de la Secretaría de Obras y Servicios Publico de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Secretaría de Obras y Servicios Publico a través de la Empresa ADS MAQUINARIAS Y SERVICIOS S.R.L. C.U.I.T Nº 30-71221560-3, Adquirió, REPUESTOS para las Maquinas Desmalezadoras que se utilizan para desempeñar tareas generales, en el Municipio de Aguaray, según Factura Nº 005-00033019.-
Que, la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de la factura ut supra. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 448.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa ADS MAQUINARIAS Y SERVICIOS S.R.L. C.U.I.T Nº 30-71221560-3, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2661/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Y;
CONSIDERANDO
Que se solicitó la compra de Insumos de Electricidad, para los distintos trabajos que realiza el sector de Electricidad perteneciente a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray. –
Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –
Que, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES VARIOS DE LUMINARIA, PARA LAS INSTALACIONES DE LA TERMINAL AGUADA DEL ZORRO DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –
Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE ELECTRICIDAD, PARA LAS INSTALACIONES DE LA TERMINAL AGUADA DEL ZORRO DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EL MARO S.R.L. C.U.I.T Nº 30-707364056, con domicilio 20 de Febrero 515, en la Ciudad de Tartagal, por un monto de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 331.200,00), según Factura B Nº 004-000441 adjunta a la presente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –
Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°6.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2662/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Oscar Ismael, VIRAVICA, DNI N° 30.042.309, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 19 Diciembre al 30 de Diciembre del presente año.
Art.N°2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2663/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Belarmino Fabián HIPOLITO, DNI N° 24.072.703, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 22 Diciembre al 31 de Diciembre del presente año.
Art.N°2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2664/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. María Griselda, CUELLAR, DNI N° 35.261.492, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 22 Diciembre al 31 de Diciembre del presente año.
Art.N°2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2665/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Luis Marcelo,VACA, DNI N° 21.311.649, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 17 Diciembre al 30 de Diciembre del presente año.
Art.N°2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2666/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Miguel Angel, CRUZ, DNI N° 29.469.488, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 17 Diciembre al 30 de Diciembre del presente año.
Art.N°2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2667/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.- Art. Nº 1.- APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Sergio Humberto, ARIAS, DNI N° 27.682.278, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), al período de validez del vínculo del 17 Diciembre al 30 de Diciembre del presente año.
Art.N°2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2668/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. SUAREZ FELIPE ANTONIO, Legajo Personal Nº 414, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. SUAREZ FELIPE ANTONIO, Legajo Personal Nº 414, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024, por la cantidad de 25 (veinticinco) días hábiles a partir del día 29/12/2.025 hasta el 03/02/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2669/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. CARRIZO MARIO ORLANDO, Legajo Personal Nº 831, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. CARRIZO MARIO ORLANDO, Legajo Personal Nº 831, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025, por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 26/12/2.025 hasta el 12/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2670/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. CRUZ SERGIO RAMON, Legajo Personal Nº 733, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. CRUZ SERGIO RAMON, Legajo Personal Nº 733, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025, por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 29/12/2.025 hasta el 13/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2671/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. SANCHEZ JUAN DOMINGO, Legajo Personal Nº 542, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2023, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. SANCHEZ JUAN DOMINGO, Legajo Personal Nº 542, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.023, por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día 29/12/2.025 hasta el 27/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2672/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. ROLDAN DULIO, Legajo Personal Nº 106, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. ROLDAN DULIO, Legajo Personal Nº 106, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024, por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 29/12/2.025 hasta el 10/02/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2673/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. AREVALO ENZO CIRILO, Legajo Personal Nº 458, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. AREVALO ENZO CIRILO, Legajo Personal Nº 458, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024, por la cantidad de 25 (veinticinco) días hábiles a partir del día 29/12/2.025 hasta el 03/02/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2674/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. LOPEZ PEDRO OVIDIO, Legajo Personal Nº 848, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. LOPEZ PEDRO OVIDIO, Legajo Personal Nº 848, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025, por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 26/12/2.025 hasta el 12/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2675/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. CARABAJAL OMAR EDUARDO, Legajo Personal Nº 841, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. CARABAJAL OMAR EDUARDO, Legajo Personal Nº 841, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024, por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 29/12/2.025 hasta el 13/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.-
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2676/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente de Planta Política Sra. MONTENEGRO MILENA ELIZABETH, Legajo Personal Nº 864, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente de Planta Política Sra. MONTENEGRO MILENA ELIZABETH, Legajo Personal Nº 864, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024, por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 26/12/2.025 hasta el 12/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2677/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. GODOY ALEJANDRO, Legajo Personal Nº 043, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. GODOY ALEJANDRO, Legajo Personal Nº 043, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024, por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 29/12/2.025 hasta el 10/02/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2678/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. MENDEZ HUGO ABEL, Legajo Personal Nº 714, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. MENDEZ HUGO ABEL, Legajo Personal Nº 714, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024, por la cantidad de 15 (quince) días hábiles a partir del día 29/12/2.025 hasta el 20/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2679/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. YEPES LUIS HORACIO, Legajo Personal Nº 523, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.- CONCEDER al Agente Municipal Sr. YEPES LUIS HORACIO, Legajo Personal Nº 523, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024, por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día 07/01/2.026 hasta el 03/02/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
