La oficina del Boletín Oficial emite la edición N°546 del día 29 de agosto del 2019, hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:
RESOLUCIÓN N°0691/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, y;
CONSIDERANDO:
Que en esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas enfermas de la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta para atención médica.-
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.1°.- COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 29 de agosto del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 29 de agosto del presente año, más la suma de Pesos Dos Mil con 00/100 ($2.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059-2019, a nombre del Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCION N°0692/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta Capital, por el Secretario de Gobierno Sr. Alejandro Pedraza L.P. Nº 677, y;
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Pedraza deberá realizar un viaje a la ciudad de Salta, con el fin de realizar gestiones que le competen al municipio.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer dos días de viáticos de este viaje de comisión de servicios a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.1:- COMISIONAR al Secretario de Gobierno, Sr. Alejandro Pedraza L.P. Nº 677, a viajar a la ciudad de Salta los días 29 y 30 de agosto del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2º:- AUTORIZAR al Depto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (2) días de viático a la ciudad de Salta, correspondiente a los días 29 y 30 de agosto del corriente año, más la Suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000ºº) para combustible y gastos varios con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059-2019, a nombre del Secretario de Gobierno Sr. Alejandro Pedraza L.P. Nº 677.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCION N°0693/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Ley Provincial N°8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta” y su Decretó Reglamentario N°1.319/18, El informe de Aguas del Norte del Agua de la Comunidad de Ikira de la Localidad de Aguaray, y ;
CONSIDERANDO:
Que, La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en su Art. 95.- Garantía de Acceso a Servicios Públicos. Acción Social – “El Municipio asistirá a la población con necesidades básicas insatisfechas y promoverá el acceso a los servicios públicos para los que tienen menores posibilidades. –
Que, en el informe presentado por Aguas del Norte del Agua de la Comunidad de Ikira de la Localidad de Aguaray dan a conocer que se registró presencia de bacterias COLIFORMES TOTALES Y E-COLI y que no cuenta con ningún tipo de tratamiento potabilizador. –
Que, la propuesta de Aguas del Norte es adicionar un Tanque Vertical de 11.000 LTS (ONCE MIL LITROS) con una bomba dosificadora para potabilizar el agua. –
Que este ejecutivo municipal considera que es URGENTE la necesidad de solucionar el problema de abastecimiento de agua segura y beneficiar a la población de dicha comunidad. –
Que, Ley Provincial N°8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta” y su Decreto Reglamentario N°1.319/18 en su Art. 15.- Contratación abreviada. – inciso i, “Cuando existan probadas razones de urgencia o de emergencia que respondan a circunstancia objetivas, lo que deberá ser acreditado en las respectivas actuaciones”.
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, justificar las erogaciones a producirse y ejecutar dicho Proyecto Municipal de Obra Pública, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art. 1°.- AUTORIZAR a la Secretaria de Haciendas y Dpto. de Compras y Licitaciones a realizar un llamado de Contratación Abreviada para la adquisición de un Tanque Vertical de 11.000 LTS de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art. 2°.- AUTORIZAR a la Secretaria de Haciendas, Dirección Contable y Tesorería a realizar las erogaciones correspondientes e impute los gastos en la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3°.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCION N°0694/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Resolución N°38/019 enviado por el Concejo Deliberante ingresada con fecha 27 de agosto del año en curso y que se registra bajo Expte. N°5.999-019; y
CONSIDERANDO:
Que este Poder Ejecutivo Municipal mantuvo y mantiene contacto permanente con las autoridades del Sistema de Emergencia 911 de la Provincia, quienes en oportunidad de su visita han solicitado de forma verbal la cooperación del Municipio a fin de la instalación de los postes que servirán de soporte a la Cámaras de Seguridad a instalar en nuestro Municipio.
Que asimismo se les proveyó los planos del ejido urbano y de la jurisdicción del Municipio a efecto de facilitar la tarea de implementación de la logística para una mejor y mayor eficiencia de los dispositivos de seguridad a instalar.
Que las autoridades provinciales de seguridad hicieron llegar los posibles puntos estratégicos de la instalación de las columnas que requerían de características específicas, tal el caso del diámetro de las mismas y la altura, por lo que se procedió en los talleres del Municipio a su fabricación. –
Que a la fecha ya se hallan colocadas e instaladas las columnas, cuya ubicación se mantiene en reserva por cuestiones lógicas que hacen a la seguridad, por lo que es improcedente el pedido formulado por el Concejo Deliberante, que de manera capciosa y mal intencionada intentan desprestigiar la gestión de gobierno municipal, apelando a decidir falsedades que contrastan con la realidad.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art. 1°.- RECHAZAR por improcedente la Resolución del Concejo Deliberante N°038-2019 en función de lo enunciado en los considerando de la presente.
Art. 2°.- Refrenda la presente el Secretario con competencia, de acuerdo al artículo 37° de la Carta Orgánica Municipal.
Art. 3°.- REGISTRESE, PUBLIQUESE EN EL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVESE.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche