Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite la edición N° 647 del día 31 de Enero de 2020, hasta las horas 11:30am presenta documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN Nº176/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta  Orgánica Municipal – Ley 7936, el Convenio Marco de Colaboración entre el Ente Regulador de los Servicios Públicos y la Municipalidad de Aguaray, y,
CONSIDERANDO
:
Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución  la de realizar Convenios con la Provincia y es, en virtud de ello se firma el convenio Marco de Colaboración entre el ente Regulador de los Servicios Públicos y la Municipalidad de Aguaray, para la “Recepción de Reclamos y Postulación de Subsidios”.
Que, el objetivo del presente Convenio es mejorar la calidad de los servicios en favor de los usuarios y facilitar la accesibilidad a los subsidios de aquellas personas del lugar que califiquen para ello y así lo peticionen al amparo de la normativa vigente, mediante la instalación de un Sistema de Software para la recepción de reclamos, y entrega de formularios de subsidios correspondientes.
Que, el ente Regulador de los Servicios Públicos es una entidad autárquica de la Provincia de Salta que tiene la personalidad jurídica propia y competencia específica para celebrar el presente convenio marco de colaboración, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley 6.835.
Que, el presente Convenio tendrá vigencia por un año a partir del día 28 de Enero del año 2020.
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal y ejecutar el Convenio Marco de Colaboración entre el Ente Regulador de los Servicios Públicos y la Municipalidad de Aguaray, para la “Recepción de Reclamos y Postulación de Subsidios”.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- APROBAR el Convenio Marco de Colaboración entre el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP), representado por su Presidente el Dr. Carlos Humberto Saravia, con domicilio legal en Calle Mitre 1231 de la Ciudad de Salta y la Municipalidad de Aguaray, representada por el Intendente Ing. Jorge Enrique Prado, con domicilio legal en Av. Sarmiento Esq. Arenales de la Ciudad de Aguaray, para la “Recepción de Reclamos y Postulación de Subsidios”.
Art.2°.- NOTIFICAR a las partes intervinientes.
Art.3°.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolución P.E N°176-020

RESOLUCIÓN Nº 177/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468, y;
CONSIDERANDO:
Que en esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas enfermas de la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta para atención médica. –
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT master 2.3 DCI, tipo de vehículo pick up Clase B minibús modelo 2.018, con patente AC546YH, motor/chasis M9TC678CO29320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1º.- Comisionar al Agente Municipal Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468, a realizar dos viajes a la Ciudad de Salta Capital, los  días 31 Enero y 3 de Febrero del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.
Art.2°.-Autorizar al Dpto. Contable a emitir pertinente orden de pago por dos (2) días de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente a los días 31 de Enero y 3 de Febrero del  presente año, más la suma de pesos cuatro mil con 00/100 ($4.000ºº) para combustible y gastos varios, con un cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº468.-
Art.3°.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia  al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.
Art.4°.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial, y Archívese.

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolución P.E N° 177-020

RESOLUCIÓN Nº178/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta Capital, por parte del Personal Subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, el Sr. Rojas, Javier Román D.N.I. Nº 25.885.144, según Expediente Nº 1098/2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Señor Rojas, deberá asistir a una capacitación en la Secretaría de Defensa del Consumidor en la Ciudad de Salta, con el fin de adquirir conocimientos sobre las tareas administrativas que se deben realizar en la Oficina de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Aguaray.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.-
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- COMISIONAR, al Personal Subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, el Sr. Rojas, Javier Román D.N.I. Nº 25.885.144, a viajar a  la Ciudad de Salta Capital, el día 31 de Enero del año 2.020, con el fin de realizar las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.2°:- AUTORIZAR  al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un equivalente (01) de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 31 de enero del año 2.020, más el Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073 – 2.020, más el reconocimiento de pasaje ida y vuelta a dicha ciudad, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre del  Personal Subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, el Sr. Rojas, Javier Román D.N.I. Nº 25.885.144.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N°178-020

RESOLUCIÓN Nº179/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte de la Agente de la Agente Municipal, perteneciente a la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social, la Sra. Araoz Mariela DNI N° 26.713.605  L.P 504, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Araoz, deberá viajar a la Ciudad de Salta Capital, para asistir a una Capacitación en referencia al Programa “Sofía”.
Que, dicho traslado lo realizara en su vehículo particular, por lo que solicita el reconocimiento de combustible.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la Salta Capital.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- COMISIONAR a la Agente Municipal, Sra. Araoz Mariela DNI N° 26.713.605 L.P N° 504, a viajar a la Ciudad de Salta, el día 31 de enero del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al 31 de Enero del presente año, más la suma de Pesos Tres Mil Quinientos con 00/100 ($3500,°°) para combustible y gastos varios,  con cargo de rendición luego de las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades, más el Plus Adicional Complementario según Resolución N° 073/2020, a nombre de la Sra. Araoz Mariela DNI N° 26.713.605.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N°179-020

RESOLUCIÓN Nº180/20 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. adjunto N° 984/20, presentado por la Sra. BARROSO, DELIA ROSA, DNI Nº 11.818.112, con domicilio en Pasaje Sargento Cabral Nº 57, Bº 20 de Febrero de esta localidad, en su carácter de JUBILADA, en el cual solicita la REDUCCIÓN del 50%  en el pago de la Tasa Gral. de Inmuebles, Cloacas e Impuesto Inmobiliario, por un terreno donde habita, identificado con el Cat. 2304, M.42, L.002, y;
CONSIDERANDO
:
Que así lo estipula la Ordenanza Tarifaría Municipal Nº 011/19 ejercicio fiscal 2.020.
Que ha presentado los requisitos correspondientes.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.-Conceder la REDUCCIÓN del 50% en la Tasa Gral. de Inmuebles, Cloacas e Impuesto Inmobiliario, solicitada por la Sra. BARROSO, DELIA ROSA, DNI Nº 11.818.112, domiciliada en Pasaje Sargento Cabral Nº 57, Bº 20 de Febrero de esta localidad, en su carácter de JUBILADA por un terreno donde habita, identificado con el Cat. 2304, M.42, L.002.
Art.2°.- La presente REDUCCIÓN tendrá vigencia y será aplicada a partir de la fecha, en este caso a partir del mes de ENERO/20.
Art.3°.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Esta REDUCCIÓN tendrá vigencia siempre y cuando no se modifiquen los requisitos presentados por los cuales se le otorgo el beneficio.
Art. 5°.- Para continuar con el beneficio deberá presentar en el mes de Enero/2.021 un certificado actualizado de supervivencia y residencia.
Art.6º.-Entregar una copia de la presente a la interesada.
Art.7°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolución P.E N°180-020

RESOLUCIÓN Nº181/20 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El pedido de Informe N°02-2020 que fuera ingresado con fecha 29-01-2020 bajo Expte. N° 1.107-2020, y;
CONSIDERANDO
:
Que, no se trata de que el Cuerpo Deliberativo estipule un escueto plazo de tan solo 48 horas para responder, siendo el mismo irrazonable y arbitrario, no respetándose la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Salta vigente, que es de aplicación en el ámbito Municipal-
Que, pese a ello esta gestión de Gobierno por esta sola y única vez procederá a responder en tiempo y forma el requerimiento realizado, haciéndole saber al Cuerpo Deliberativo, que en lo sucesivo se regirá por la Ley de Procedimiento Administrativo, respondiendo en caso de corresponder, en los plazos previstos en la Ley referida.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.-ELEVAR  los documentos y antecedentes en copia, respecto a la adquisición de mercaderías varias, destinadas a los Bolsones Navideños  de carácter Alimentario oportunamente entregados a las Familias con vulnerabilidad social de Aguaray, dando así por respondido en tiempo y forma el Pedido de Informe N° 02-2020 del Concejo Deliberante  de nuestra Ciudad, el cual consta de 40 fs. útiles, que pasan a formar parte integrante de la presente.
Art.2°.- INSTAR al Concejo Deliberante de nuestra Ciudad a establecer plazos razonables y con sujeción a la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta vigente, a fin de dar respuestas a los informes requeridos.
Art.3°.-Refrenda el Secretario con competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Céspedes, Freddy Marcelo- Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolución P.E N° 181-020