La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1866 el día 28 de Agosto del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCIÓN N°1781/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje realizado por parte de los Agentes Municipales, a los Altos Valles de Acambuco el día 27 de agosto del presente año, Y;
CONSIDERANDO
Que, dicho viaje tenía como objeto realizar reacondicionamiento de Pozo N°1 en Comunidad de Acambuco, Mantenimiento de lámparas del alumbrado público en el Paraje El Chorrito. –
Que, para su traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Ford Ranger 4×4, Dominio: AA930VR. –
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-RECONOCER el viaje realizado por los Agentes Municipales, Sr. Reyes Omar L.P. Nº 344 – Chofer, Sr. Chaves Adolfo L.P. Nº 785, Sr. Floriano Pablo L.P. N° 787 y Sr. Olarte Daniel L.P. N° 507 a los Altos Valles de Acambuco, el día 27 de agosto del año 2.025, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –
Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al 27 de agosto del presente año, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario, según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre de los agentes Sr. Reyes Omar L.P. Nº 344 – Chofer, Sr. Chaves Adolfo L.P. Nº 785 – Sr. Floriano Pablo L.P. N° 787 y Sr. Olarte Daniel L.P. N° 507.-
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1782/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 3.562/25, presentado por la Srta, NAVARRETE, LUCIANA, CUIL Nº 27-37636364-9, con domicilio particular en Avda. Celso Testa y Güemes de esta Localidad, en el cual solicita la autorización correspondiente para la habilitación de una actividad comercial con el Rubro: “SERVICIOS DE ALOJAMIENTO EN HOTELES, HOSTERIAS Y RESIDENCIALES”, el que estará ubicado en Pasaje San Francisco, y;
CONSIDERANDO
- Que presenta la documentación correspondiente.
- Que ha abonado los sellados que se exigen al respecto.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936
R E S U E L V E
Art.N°1.-Conceder a la Srta. NAVARRETE, LUCIANA, CUIL Nº 27-37636364-9, la habilitación correspondiente, de un local comercial con el Rubro: “SERVICIOS DE ALOJAMIENTO EN HOTELES, HOSTERIAS Y RESIDENCIALES”, a partir de fecha: .07-05-25, el que estará ubicado en Pasaje San Francisco, Villa Patricia de esta Localidad.
Art.N°2.-Inscribirla en nuestro Registro bajo Mat. Nº 3.683, Cód. Afip. 551023.
Art.N°3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar la Tasa de Actividades Varias en forma mensual previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.N°4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.N°5.-Entregar una copia de la presente a la solicitante.
Art.N°6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1783/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 3.559/25, presentado por la Sra. JURADO ANDREA PAOLA, CUIL Nº 27-35152767-1, con domicilio en Calle Los Naranjos, Villa Progreso de esta Localidad, mediante el cual solicita autorización para la apertura de un comercio con el Rubro: “KIOSCO POLIRUBRO”, el que estará ubicado en su domicilio particular, y;
CONSIDERANDO
- Que la misma ha abonado los sellados correspondientes.
- Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-Autorizar a la Sra. JURADO, ANDREA PAOLA, CUIL Nº 27-35152767-1, a realizar la apertura de un comercio de rubro: “KIOSCO POLIRUBRO”, el que estará ubicado en su domicilio particular sito en Calle Los Naranjos, Villa Progreso de esta Localidad.
Art.N°2.-Inscribirla en el Registro de Comerciantes bajo Matrícula Nº 3.684 y Cod. de la Afip. 471190, a partir del día 01-09-25.
Art.N°3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.N°4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.N°5.-Entregar una copia de la presente Resolución a la solicitante.
Art.N°6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº1784/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Convenio Macro de promoción de recursos financiero del Programa “Puesta a Punto” del Ministerio de Educación de la Provincia de Salta; y teniendo vínculo contractual de servicio para la Institución Educativa N° 4.511 MANUEL DORREGO – COMUNIDAD DE TOBANTIRENDA, en el marco de dicho programa. Y;
CONSIDERANDO
QUE, el detalle de trabajo contractual documentación que se adjunta obedece a necesidades urgentes de ejecución inmediata. Que personal directivo presenta total consentimiento tanto para los trabajos como para el contrato de servicio, objeto de la presente.
QUE, el antes mencionado programa comprende todas las tareas necesarias para garantizar que los establecimientos educativos estén en condiciones óptimas de seguridad, higiene y habitabilidad al inicio del periodo lectivo.
QUE, a fin de cumplimentar con los procedimientos administrativos y legales pertinentes, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias para el programa “Puesta a Punto”.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios entre el Centro de Desocupados San Jorge, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Jorge Mauricio ROMERO, DNI N° 31.549.797, de ejecución en la Institución Educativa N° 4.511 Manuel Dorrego – Comunidad de Tobantirenda, por un monto equivalente a $ 6.000.000,00 (Pesos Seis Millones con Cero Cent.),
Art.N°2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº1785/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Luis Marcelo,VACA, DNI N° 21.311.649, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 22 Agosto al 31 de Agosto del presente año.
Art.N°2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN N°1786/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Los festejos del Día del Niño en nuestra ciudad y parajes aledaños realizados el día domingo 17 de agosto del corriente año, aprobado por Resolución Municipal Nº1.616/25, y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, Y;
CONSIDERANDO
QUE, todos los años se celebra el Día del Niño en todo el territorio Argentino de acuerdo a su origen, busca promover el bienestar infantil y reflexionar sobre los derechos de los niños/as y adolescentes en un contexto de diversión y unión familiar, en conmemoración de esta fecha, la Municipalidad de Aguaray aprueba la celebración del mismo mediante Resolución Municipal Nº 1.616 /25, el cual se llevó a cabo en el Complejo Deportivo Municipal a partir de Hs. 18:00.-QUE, se requirió de la compra de golosinas y juguetes para entrega a los niños que asisten a tal celebración, por ello se realizó la compra al el Sr. ORDOÑEZ, Hernán David Nº 34.615.688, con domicilio en Los Malvones s/n B° Villa Sagrada.-
QUE, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-
QUE, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –
QUE, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR el Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. ORDOÑEZ, Hernán David Nº 34.615.688, que pasa a formar parte de la presente. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a incorporar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-DESE copia de la presente Resolución a la Oficina de Registro de Resoluciones Municipales en la Unidad de Archivo y Estadística y a las partes intervinientes. –
Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1787/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 3334/25, presentado por el Sr. LUIS, JULIO JOSE, DNI N° 20.194.425, cacique de la comunidad de Capiazuty, jurisdicción de esta Localidad, en el cual solicita autorización para realizar la “FIESTA PATRONAL”, el día:06-09-25, a partir de Hs.: 20:00 hasta Hs. 05:00 de la madrugada del día siguiente, en las instalaciones del salón comunitario “La Rosita” del mencionado lugar, y;
CONSIDERANDO
- Que se realiza tal actividad en el marco de los festejos patronales religiosos del lugar.
- Que la autoridad Mpal. apoya este tipo de iniciativas en bien de la comuna en gral.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-Conceder al Sr. LUIS, JULIO JOSE, DNI Nº 20.194.425, cacique de la comunidad de Capiazuty, jurisdicción de esta Localidad, la autorización pertinente para realizar la “FIESTA PATRONAL”, el día: 06-09-25, a partir de Hs. 20:00 hasta Hs. 05:00 de la madrugada del día siguiente, en las instalaciones del salón comunitario “La Rosita” del mencionado lugar.
Art.N°2.-Eximir de los impuestos correspondientes, debiendo abonar solo los sellados administrativos.
Art.N°3.-Comunicar al solicitante que deberá cumplir con todas las normas y requisitos de seguridad que se exigen al respecto,
Art.N°4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.N°5.-Enviar una copia de esta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento, control y cumplimiento.
Art.N°6.-Entregar una copia de la presente al interesado.
Art.N°7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº1788/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La sanción de la Ordenanza Nº025/025 que fuera aprobada en Sesión Ordinaria de fecha 12-08-025 por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº3.681-025 con fecha 27-08-025; y
CONSIDERANDO
Que, la norma legislativa indicada y aprobada por el Concejo Deliberante surge en razón del tratamiento dado a la iniciativa del Poder Ejecutivo Municipal (Expte. Nº375-2025) a través del cual se remite el respectivo Proyecto.
Que, la puesta en valor de la actividad turística de nuestra jurisdicción y propiciar su desarrollo, es un deber de quienes tenemos responsabilidad Institucional, toda vez que ello beneficiará a la Comunidad en su conjunto
Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 025-025 que pasa a ser parte integrante de la presente.
Art.N°2.-NOTIFICAR al área de Turismo Municipal a fin del cumplimiento de la misma.
Art.N°3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
ORDENANZA N° 025/025
VISTO
La creciente actividad turística en el Municipio de Aguaray y la necesidad de ordenar, profesionalizar y fomentar el desarrollo local a través del servicio de guiado turístico, y visita de turistas con entidades de provincia, nación o particulares, y
CONSIDERANDO
Que el municipio cuenta con recursos naturales, culturales y patrimoniales que deben ser protegidos y puestos en valor.
Que los guías de sitios cumplen un rol fundamental en la transmisión de conocimientos, la preservación de la identidad local y la atención al visitante.
Que la creación de un Registro de Guía de Sitio facilitara la supervisión y control de la actividad turística, garantizando estándares de calidad y seguridad para los visitantes.
Que el registro de guías de sitios permitirá a las autoridades identificar y regular la actividad como así también mantener un censo actualizados de las personas que se desempeña en el sector turístico, facilitando la planificación y gestión de políticas turísticas.
Que En los senderos y circuitos operado por la Dirección de turismo situados en las serranías del Alto Aguaragüe considerados los principales atractivos turísticos de Aguaray, que las mismas presentan oportunidades para el continuo desarrollo de las actividades turísticas para lo cual se requiere el servicio de resguardo, orientación y guiado.
Que, la ley provincial nº 7404/2006, ley de guía de turismo modificada por el decreto nº 2070/2011, y por el decreto reglamentario nº 3129/2012, no prevé la categoría de guía de sitio, por lo tanto, resulta necesaria la creación del registro de guías de sitios de la municipalidad de Aguaray.
Que es necesario establecer un marco legal que brinde reconocimiento, formación, derechos y obligaciones a quienes desarrollan esta actividad.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE AGUARAY SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1 – OBJETO
Créase el Registro Municipal de Guías de Sitios Turísticos con el fin de regular, promover y profesionalizar la actividad de guiado en atractivos naturales, culturales y comunitarios dentro del municipio de Aguaray.
ARTÍCULO 2 – DEFINICIÓN
Se considera Guía de Sitio a toda persona que, con conocimientos del territorio, presta servicios de acompañamiento, orientación e interpretación de atractivos turísticos dentro del ámbito del municipio de Aguaray, sin necesidad de título terciario o universitario, pero con formación o saberes comunitarios acreditados.
ARTÍCULO 3 – CATEGORÍAS
El registro podrá clasificar a los guías en:
Guías Locales: Personas nativas de Aguaray, con experiencia en el territorio y/o residentes superiores a 10 años en Aguaray.
Guías Comunitarios o Indígenas: Personas pertenecientes a pueblos originarios o comunidades rurales, que brindan saberes propios, culturales y ancestrales.
Guías Especializados: Personas con formación técnica o profesional en turismo, medio ambiente, historia, etc.
ARTÍCULO 4 – REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN
Para inscribirse en el Registro, los interesados deberán presentar:
- Fotocopia de DNI (domicilio en Aguaray o zonas rurales cercanas de la jurisdicción)
- Certificado de residencia
- Certificado de buena conducta / antecedentes penales
- Acreditación de saberes: cursos, talleres, referencias comunitarias o experiencia comprobable
- Fotografía tipo carnet
- Formulario de inscripción municipal
ARTÍCULO 5 – CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN
La Municipalidad, en coordinación con instituciones educativas, ONG y organismos provinciales y/o nacionales, promoverá capacitaciones gratuitas y periódicas en temas como:
- Historia y cultura local
- Primeros auxilios
- Atención al visitante
- Educación ambiental
- Idiomas (español, portugués, inglés básico)
ARTÍCULO 6 – DERECHOS DE LOS GUÍAS
Los guías inscriptos en el Registro Municipal tendrán derecho a:
- Ser reconocidos oficialmente mediante credencial habilitante
- Ser convocados para actividades turísticas oficiales o privadas
- Participar en capacitaciones, ferias y promociones
- Ser incluidos en materiales turísticos municipales
ARTÍCULO 7 – OBLIGACIONES
Los guías deberán:
- Ejercer su actividad con respeto a las normas locales y ambientales
- Garantizar un trato respetuoso y responsable hacia los visitantes y la comunidad
- Suministrar información amplia, veraz y objetiva sobre el patrimonio o atractivo turístico.
- Impedir y denunciar las acciones que deterioren o destruyan los mismos.
- Cumplir el circuito y programa establecido.
- El guía de sitio debe ser una persona capaz, eficaz, teniendo como prioridad en todo caso la protección de la vida humana y la conservación del patrimonio turístico.
- Informar de manera inmediata a la autoridad de aplicación en caso de advertir infracción en alguna normativa turística.
- No solicitar al turista retribuciones especiales y/o fuera de la convenida en la contratación del servicio.
- Comunicar por escrito a la autoridad de aplicación la decisión de cesar con la actividad.
- Aplicar los protocolos de seguridad y gestión de riesgos
- Portar su credencial en actividades de guiado
- Actualizar sus datos anualmente
- Contar con los seguros correspondientes para el ejercicio de la actividad.
ARTÍCULO 8: DERECHOS DEL USUARIO
Son derecho del usuario de los servicios de guías de sitio:
- recibir en todo momento información objetiva amplia y veraz.
- Podrá exigir a la persona que ejerce la actividad de guía y/o la persona jurídica con la que contrate el servicio: el programa detallado de la visita, su duración y precio total con anterioridad a la contratación de servicio.
- Ser asistido en caso de peligro y/u otra situación que atente contra su integridad.
ARTÍCULO 9 – AGENCIAS DE VIAJE DE TURISMO Y GUÍAS DE SITIOS/ TURÍSTICOS NO RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE AGUARAY
Toda agencia de viajes de turismo y/o guía turístico que realice actividades de acompañamiento, guiado o traslado de contingentes de visitantes a los atractivos turísticos del municipio de Aguaray deberá solicitar permiso previo ante la Dirección de Turismo o la autoridad competente designada, como así también, la contratación de un guía de sitio inscripto en el Registro Municipal con el fin de monitorear que se respete lo establecido en la presente ordenanza.
ARTÍCULO 10 – SOLICITUD DE PERMISO PARA AGENCIAS DE VIAJE DE TURISMO Y GUÍAS DE SITIOS/TURÍSTICOS NO RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE AGUARAY
La solicitud de permiso deberá ser presentada con una anticipación mínima de 72 horas hábiles e incluir la siguiente información:
- Nombre y datos de contacto de la agencia o guía responsable
- Fecha(s) programada(s) de visita
- Nombre y descripción de los atractivos turísticos y/o circuitos que se visitarán
- Cantidad total de visitantes y personal acompañante
- Copia de la póliza de seguro vigente que cubra accidentes personales y responsabilidad civil
- Plan de contingencia en caso de emergencias
- Datos del medio de transporte (en caso de utilizarse)
- Acreditación o habilitación oficial del guía turístico, en caso de corresponder.
- Deberá realizar un pago correspondiente al 10% del total que se cobre al contingente que maneje.
- Punto de encuentro o salida, información necesaria para el guía de sitio local
ARTÍCULO 11 – REGULACIÓN
La autoridad de aplicación podrá denegar, reprogramar o condicionar la autorización en función de la capacidad de carga de los atractivos turísticos a visitar, condiciones climáticas, eventos especiales u otros criterios relacionados con la seguridad y la conservación del patrimonio natural y cultural.
ARTÍCULO 12 – SANCIONES
El incumplimiento de las obligaciones y de ésta reglamentación podrá derivar en sanciones que incluyen: apercibimiento, multas, suspensión o baja del re gistro en el caso de los guías de sitio locales e inhabilitación para operar dentro del ejido municipal en el caso de las agencias de viaje de turismo y guías de sitios/turísticos no residentes en el municipio de Aguaray, según la gravedad de la falta. Se garantizará el derecho a defensa. El organismo fiscalizador será el tribunal de falta.
ARTÍCULO 13 – PROMOCIÓN DEL TURISMO LOCAL
El municipio impulsará el desarrollo del turismo comunitario, responsable e inclusivo, promoviendo a los guías registrados como actores clave para el fortalecimiento del turismo sostenible en Aguaray.
Invitando a todas las agencias de viajes de turismo, prestadores turísticos no locales a coordinar sus actividades con la Dirección de Turismo Municipal
ARTÍCULO 14 – Comuníquese, regístrese y archívese.
ARTÍCULO 15– DE FORMA
Sra. Gutiérrez, Mónica – Sr. Linares, Sergio Fernando
RESOLUCIÓN N°1789/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar por parte del Director de Cultura y Educación, Sr. Medina, Martin D.N.I. Nº 16.734.999 L.P. Nº 339 a la Ciudad de Salta, el día 29 de agosto del Cte. y;
CONSIDERANDO
Que, dicho viaje tiene como finalidad realizar la entrega de documentaciones faltantes correspondientes a los alumnos de la Escuela Virtual.
Que, en la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, CAPITULO ll FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICPAL Art. 22 Inciso.- 31. “Fomentar la educación formal y no formal, con proyección a los distintos barrios y al área rural, con plena participación comunitaria a través de los centros vecinales, entidades de servicios y culturales.”. –
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicio a la mencionada ciudad.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-COMISIONAR al Agente Municipal, Sr. Medina, Martin D.N.I. Nº 16.734.999 L.P. Nº 339, a viajar a la Ciudad de Salta Capital, el día 29 de agosto del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –
Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 29 de agosto del año en curso, más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, mas pasaje a nombre del Agente Municipal, el Sr Medina, Martin D.N.I. Nº 16.734.999 L.P. Nº 339.-
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1790/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Contrato de Servicio Eventual por, el Servicio de Comedor (desayuno, almuerzo, cena y bebidas) y Alojamiento celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Aldana María Nelly DNI Nº 18.790.600, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante documentación respaldatoria: Pedido de Suministro Nº 000956/25 y Orden de Compra Nº 19751; se hace precisa la prestación de Servicio de Comedor (desayuno, almuerzo, cena y bebidas) y Alojamiento destinado al personal afectado a comisión de servicio: Mano de Obra construcción de un contrapiso, relevamientos de lámparas Solares, Reacondicionamiento – Cambio de Válvula – Mantenimiento de Generador del Pozo N°1 en la comunidad de Acambuco; Mantenimiento y reposiciones en la nueva iluminación led de alumbrado público en el Paraje El Chorrito, según el Visto de la presente.
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por la provisión de Servicio de Comedor (desayuno, almuerzo, cena y bebidas) y Alojamiento, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Aldana María Nelly DNI Nº 18.790.600, que pasa a formar parte de la presente. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1791/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte Nº 2088/25 presentada por la Sra. FERNANDEZ Juana Dominga DNI Nº 26.713.650, domiciliado en el Bº 17 de octubre en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Fernández, solicita una colaboración monetaria porque su esposo se encuentra atravesando una difícil situación y debe realizarse varias sesiones de Fisioterapia y como no cuenta con los recursos necesario es que asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 40.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. FERNANDEZ Juana Dominga DNI Nº 26.713.650, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1792/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Nº 3713/25, presentado por la Sra. RUIZ Sonia del Valle DNI Nº21.311.577, domiciliada en Mzna. E Casa 16 Bº 38 Viviendas, en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Ruiz, solicita una colaboración monetaria porque su esposo se encuentra atravesando una difícil situación de salud y como no cuenta con los recursos necesario, es que se asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIEN MIL CON 00/100 ($ 100.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. RUIZ Sonia del Valle DNI Nº 21.311.577, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1793/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Nº 3667/25, presentado por la Sra. MARTINEZ Carina Lorena DNI Nº42.380.374, domiciliada en el Paraje Piquirenda Fátima, en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Martínez, solicita una colaboración monetaria ya que debe asistir a control médico con su hijo menor de edad a la Ciudad de Salta y como se encuentra atravesando una difícil situación monetaria y como no cuenta con los recursos necesario, es que se asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ 70.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. MARTINEZ Carina Lorena DNI Nº 42.380.374, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1794/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Nº 3710/25, presentado por la Sra. ARELLA Delma Cecilia DNI Nº40.935.240, domiciliada en el Paraje Piquirenda Estación S/N, en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Arella, solicita una colaboración monetaria para poder trasladarse a la Ciudad de San Ramón de la Nueva Oran y debido a que se encuentra atravesando una difícil situación de monetaria, no cuenta con los recursos necesario, es que se asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. ARELLA Delma Cecilia DNI Nº 40.935.240, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1795/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte Nº 3321/25 presentado por la Sra. GUTIERREZ Rosana Amelia DNI Nº 25.882.566, domiciliada en Bº 9 de Julio en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Gutiérrez solicita una colaboración monetaria porque se encuentra atravesando una difícil situación y como no cuenta con los recursos necesarios es que asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación economica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIEN MIL CON 00/100 ($ 100.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. GUTIERREZ Rosana Amelia DNI Nº 25.882.566, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1796/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte Nº 3631/25 presentado por la Sra. LAZO Margarita Elvira DNI Nº 31.346.463, domiciliada en Bº El Cruce en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Lazo se encuentra atravesando una difícil situación económica y solicita una ayuda para el pago de las boletas de Luz en su domicilio ya que es de suma importancia contar con dicho servicio y como no cuenta con los recursos necesarios es que asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 50.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. LAZO Margarita Elvira DNI Nº 31.346.463, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1797/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Nº 3707/25, presentado por el Sr. FLORIANO Jonathan DNI Nº 34.610.185, domiciliada en el Bº Villa Sagrada en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, el Sr. Floriano, solicita una colaboración monetaria porque su madre se encuentra atravesando una difícil situación de salud y como no cuenta con los recursos necesario, es que se asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 150.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. FLORIANO Jonathan DNI Nº 34.610.185, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1798/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Nº 3620/25, presentado por la Sra. IGNACIO Elda Eugenia DNI Nº 40.155.664, domiciliada en la comunidad de Yacuy en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Ignacio, solicita una colaboración monetaria porque se encuentra atravesando una difícil situación de salud y como no cuenta con los recursos necesario, es que se asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ 70.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. IGNACIO Elda Eugenia DNI Nº 40.155.664, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1799/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Nº 3701/25, presentado por la Sra. YACAIRE Ana DNI Nº 17.612.089, domiciliada en el Bº 9 de Julio en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Yacaire, solicita una colaboración monetaria porque se encuentra atravesando una difícil situación de salud y como no cuenta con los recursos necesario, es que se asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ 70.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. YACAIRE Ana DNI Nº 17.612.089, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1800/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa COMEDOR LORT MAT, que brindan Servicio de Almuerzos y Cenas al responsable de dictar el Curso de Instalaciones Domiciliarias en el Municipio de Aguara; Y;
CONSIDERANDO
Que los cursos de electricidad capacitan en el diseño, instalación y mantenimiento de sistemas eléctricos, mientras que los cursos de plomería (o fontanería) enseñan a instalar y reparar sistemas de tuberías para el transporte de agua, gas y otros fluidos en viviendas y edificios. Ambos son cursos técnicos que brindan habilidades prácticas y conocimientos teóricos para trabajos de instalaciones y reparaciones, a menudo sin requerir conocimientos previos, y pueden llevar a certificaciones o a continuar con formaciones más avanzadas en el área
Que, durante los meses de AGOSTO hasta OCTUBRE del año 2.025 se desarrollara Cursos de INSTALACIONES DOMICILIARIAS, ubicada en el Polideportivo Municipal del Bº 64 Viviendas de nuestra ciudad, dictado por el Profesor Sr. LOPEZ Ángel Sergio DNI Nº 26.289.018.-
Que la persona nombrada anteriormente asistirá todos los días a Almorzar y Cenar a la EMPRESA COMEDOR LORT MAT CUIT Nº 20-33138615-5, hasta concluido el trabajo que se le encomendó. –
Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de las facturas presentadas para el Servicios de Almuerzos y Cenas para el capacitador hasta el mes de Diciembre 2024.-
Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR el pago de facturas a nombre de la EMPRESA COMEDOR LORT MAT, la cual, durante los meses de AGOSTO hasta OCTUBRE del año 2.025, brindara el SERVICIO DE ALMUERZO Y CENA para el Profesor Sr. LOPEZ Ángel Sergio DNI Nº 26.289.018 que capacita en la Red Nacional de aula taller móvil de INSTALACIONES DOMICILIARIAS, ubicada en el polideportivo Municipal del Bº 64 Viviendas de Nuestra Ciudad. –
Art.N°2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA COMEDOR LORT MAT CUIT Nº 20-33138615-5, por los meses de Agosto hasta Octubre del 2.025, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°3.-Instruir a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°6.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1801/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con el Sr. DIAZ SERGIO, que brindó el servicio de mano de obra en trabajos complementarios de la Obra: Reparación en Garita Parada de Colectivos, de la Comunidad de Piquirenda Estación; Y;
CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo Municipal, entiende la difícil situación económica y social que enfrenta el país en la actualidad. Con el objetivo de brindar apoyo a las comunidades/parajes, se ha decidido implementar un PROGRAMA PARA “TRABAJOS COMUNITARIOS”, dirigido a los vecinos de las comunidades y parajes que se encuentran sin empleo o sin una fuente de ingresos que les permita cubrir sus necesidades básicas diarias. –
Que esta iniciativa busca ofrecer contención social favoreciendo así que los vecinos tengan la posibilidad de desempeñarse en lo laboral y promoviendo así el bienestar y la estabilidad de las familias afectadas.
Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos. –
Que, la Secretaria de Hacienda autoriza los pagos referidos a mano de obra entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 200.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. Díaz Sergio DNI 36.682.279, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº1802/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con el Sr. GARCÍA ALDO MIGUEL, que brindó el servicio de mano de obra en trabajos complementarios de la Obra: Puesta a Punto Escuela de Piquirenda Fátima Nº 4.317, de la Comunidad de Piquirenda Fátima; Y;
CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo Municipal, entiende la difícil situación económica y social que enfrenta el país en la actualidad. Con el objetivo de brindar apoyo a las comunidades/parajes, se ha decidido implementar un PROGRAMA PARA “TRABAJOS COMUNITARIOS”, dirigido a los vecinos de las comunidades y parajes que se encuentran sin empleo o sin una fuente de ingresos que les permita cubrir sus necesidades básicas diarias. –
Que esta iniciativa busca ofrecer contención social favoreciendo así que los vecinos tengan la posibilidad de desempeñarse en lo laboral y promoviendo así el bienestar y la estabilidad de las familias afectadas.
Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos. –
Que, la Secretaria de Hacienda autoriza los pagos referidos a mano de obra entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIEN MIL CON 00/100 ($ 100.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. García Aldo Miguel DNI 28.242.722, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
