La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1891 el día 07 de Octubre del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCIÓN Nº2044/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La sanción de la Ordenanza Nº027-025 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº4.162-025 con fecha 02-10-025; y
CONSIDERANDO
Que, el Concejo Deliberante, sanciona con fuerza de Ordenanza y establece con carácter especial y temporario la vigencia de un REGIMEN DE REGULARIZACION DE DEUDAS MUNICIPALES para Comercios con plazo de vencimiento para acogerse al mismo el 31 de Diciembre de 2025.
Que, en uso de las facultades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo de promulgación.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 027/025, que pasa a formar parte de la presente. –
Art.N°2.-NOTIFICAR al área de Secretaria de Hacienda y Dirección de Rentas Municipal para su conocimiento y cumplimiento.
Art.N°3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
ORDENANZA N° 027/025
VISTO
La necesidad del dictado de un Régimen Especial y Transitorio, que permita a los Contribuyentes Responsables y/o Sujetos Obligados en situación de morosidad de la Tasa por los Servicios de Inspección de Comercio e Industrias y Otras Actividades Económicas, Seguridad, Ecología e Higiene, regularizar las deudas Tributarias y No Tributarias de jurisdicción Municipal; y
CONSIDERANDO
Que, en oportunidad de la sanción del “Régimen Especial y Transitorio de Regularización de Deudas Municipales”, vigente a través de la Ordenanza Nº 021-025; Resolución Nº1.183-025 y Resolución de Prorroga Nº1.935-025 respectivamente, se excluyó a los Comercios en General (Art.17 – Ordenanza Nº021-025).
Que, el objetivo del Organismo Fiscal es impulsar el cambio de actitud de los Contribuyentes, con el fin de obtener el mayor grado de cumplimiento voluntario de las obligaciones que tienen a su cargo.
Que, a fin de atender adecuadamente los diversos servicios públicos de los vecinos de la Ciudad, y optimizar las obligaciones de prestación que le compete a la administración municipal, es imperioso mejorar la recaudación fiscal.
Que, en virtud de ello, resulta oportuno y necesario generar las condiciones para que los Contribuyentes Responsables y/o sujetos obligados, que deseen normalizar su condición de morosidad ante el Organismo Fiscal Municipal, puedan acceder a un régimen especial y temporario de regularización de deuda.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE FACULTADES CONFERIDAS POR LEY N° 7.936, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
REGIMEN ESPECIAL y TRANSITORIO DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS MUNICIPALES
TITULO I
DEUDAS POR TRIBUTOS MUNICIPALES
CAPITULO I
DEUDAS COMPRENDIDAS-CONCEPTO y SUJETOS
Art.N°1.- ESTABLÉCESE con carácter especial y temporario, la vigencia de un Régimen de Regularización de Deudas Municipales, vencidas y exigibles al 31 de Agosto de 2.025 inclusive, en concepto de Tasa por los Servicios de Inspección de Comercio e Industrias y Otras Actividades Económicas, Seguridad, Ecología e Higiene (Ex Tasa de Actividades Varias), para regularizar las deudas Tributarias y No Tributarias de jurisdicción Municipal. cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo del Organismo Fiscal Municipal u otra dependencia municipal, mediante el cual los Contribuyentes Responsables y/o Sujetos Obligados, podrán regularizar su situación fiscal, dando cumplimiento a las obligaciones omitidas, en la forma, condiciones y con los alcances establecidos en la presente norma.
Quedan también comprendidos en el presente régimen, las siguientes deudas:
a). – Las incluidas en Planes de facilidades de pago, ya sean que el referido plan se encuentre vigente o hubiese operado la caducidad de acuerdo con el régimen establecido a tal efecto.
b). – Las originadas en ajustes, resultantes de la actividad fiscalizadora del Organismo Fiscal, siempre que los mismos se encuentren firmes o conformados por el responsable.
c). – Las correspondientes a Contribuyentes que, en forma simultánea al acogimiento al presente régimen, regularicen los aspectos formales tendientes a habilitaciones de los locales; en los que desarrollen su actividad. A estos efectos la Dirección General de Comercio y la Oficina de Rentas Municipal facilitarán los trámites tendientes a permitir la referida habilitación.
Art.N°2.-A los fines previstos en el artículo anterior, se entenderá por cumplimiento de las obligaciones omitidas:
a). – Cuando el Tributo deba liquidarse obligatoriamente mediante DD.JJ., su presentación de corresponder, el pago simultaneo de la deuda al contado o en cuotas.
b). – Cuando se trate de omisión a deberes formales, el cumplimiento de los mismos.
CONDICIÓN Y VENCIMIENTO PARA LA ADHESIÓN AL RÉGIMEN
Art.N°3.-Es condición indispensable para la adhesión al presente régimen, que el Contribuyente Responsable y/o Sujetos Obligados tengan abonadas las obligaciones tributarias, cuyos vencimientos operen entre el 01 de Septiembre de 2.025 y la fecha de acogimiento, correspondiente a los tributos cuya regularización se solicita.
Se establece como fecha de vencimiento del plazo para el acogimiento al presente régimen el día 31 de diciembre del año 2.025, quedando facultado el Ejecutivo Municipal a sancionar una prórroga si lo considera necesario.
CAPITULO II
BENEFICIOS
Art.N°4.-Para las deudas acogidas al presente régimen, los beneficios que se acuerdan con carácter especial, y sin perjuicio de lo establecido en particular, son los siguientes:
a). – Exención y/o condonación de las multas derivadas del incumplimiento de obligaciones tributarias previstas en el Código Tributario Municipal vigente.
b). – Condonación del 100 % (Ciento por ciento) de los recargos e intereses previstos en la Ordenanza Tarifaría Anual, vigente, cuando se produzca el pago de contado y en (1) una cuota del Capital adeudado.
c). – Descuento del 70 % (Setenta por Ciento) de los recargos e interese sobre el capital adeudado, para Planes de Pago de (2) dos y hasta (4) cuatro cuotas iguales y consecutivas.
d). – Para Planes de Pago de (5) cinco Y (6) seis cuotas, iguales y consecutivas, un descuento del 50% (Cincuenta por Ciento) sobre los recargos e interese sobre el capital adeudado.
Art.N°5.-En caso de regularizarse las obligaciones mediante la solicitud de facilidades de pago, conforme lo dispuesto en el artículo cuarto, producirá efecto, siempre que, durante la vigencia de los mismos, las obligaciones quedaren totalmente canceladas.
CAPITULO III
PLANES DE FACILIDADES DE PAGO Y PAGO DE CONTADO
Art.N°6.-Quedan Excluidos del alcance y beneficios acordados por la presente Ordenanza, los Contribuyentes Responsables y/o Sujetos Obligados de las Empresas cuya actividad esté relacionada con la explotación del Petróleo y Gas, Empresas afines, Agentes de Retención y/o de Percepción y aquellos Contribuyentes que habiendo suscriptos convenios de pagos se encuentren en estado de incumplimiento o morosidad de sus obligaciones de la Tasa referida, objeto del presente régimen especial.
Disposiciones Generales:
1- Se formalizará un Plan de facilidades de pago por cada matrícula comercial.
2- Los Planes de Facilidades de Pago no incluirán recargo por financiación.
3 – Los importes a ingresar en concepto de cuotas no podrán ser inferiores al importe equivalente del tributo mensual actualizado al momento de acogerse al presente régimen.
Art.N°7.-La falta de cumplimiento total o parcial de lo previsto en el Art.2°, apartado “a” – Disposiciones Generales del Art. 6° y de los demás requisitos, condiciones y formalidades establecidos en el presente y de los que establezca el Organismo Fiscal, dará lugar sin más trámites, al rechazo de la solicitud de acogimiento al presente régimen.
CADUCIDAD, CAUSA y EFECTOS
Art.N°8.-La caducidad del Plan de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte del Organismo Fiscal, cuando se produzca cualquiera de las siguientes circunstancias:
a)- La falta de pago de cualquiera de las cuotas acordadas hasta el último día hábil del mes subsiguiente al de la fecha de vencimiento de la referida cuota.
b)- Si en el curso del cumplimiento del Plan de facilidades de pago, el Contribuyente y Responsable y/o sujeto obligado dejare de cumplir con el pago del tributo vigente por el cual solicitó la financiación.
Art.N°9.-Si se produjere la caducidad del plan de facilidades de pago, quedarán sin efecto, en su totalidad, los beneficios derivados del presente régimen, con relación a los gravámenes y conceptos comprendidos en dicho plan.
Art.N°10.-Operada la caducidad del Plan de Facilidades de Pago, los pagos que hubieran sido ingresados, hasta ese momento, se imputarán conforme lo establecido en el Código Tributario Municipal vigente.
El saldo impago, quedará sujeto a las normas previstas, para los tributos, desde el vencimiento originario, conforme lo establecido en el Código Tributario Municipal vigente.
Igual tratamiento, que el referido en el primer párrafo, será aplicable a los ingresos que hubiesen sido efectuados con posterioridad al momento en que opere la caducidad, los que serán imputados de oficio por el Organismo Fiscal.
Art.N°11.-La caducidad del Plan de Facilidades de Pago dará lugar sin más trámites, al inicio de las acciones judiciales, tendientes al cobro del total adeudado.
Art.N°12.-En caso de regularizarse las obligaciones mediante la solicitud de planes de facilidades de pago, los beneficios previstos, solo procederán si durante la vigencia de los mismos, las obligaciones quedaren totalmente canceladas.
TITULO II
DISPOSICIONES GENERALES
Art.N°13.-Los pagos que, por cualquier concepto, se hubiesen realizado con anterioridad a la entrada en vigencia del presente régimen, quedarán en firme y no darán lugar a repetición o acreditación alguna, invocando los beneficios que se otorgan mediante la presente norma.
Art.N°14.-La posibilidad de acogerse al presente régimen de regularización, durante su vigencia, no se pierde aun cuando:
a). – Se hubiere iniciado el procedimiento de determinación de oficio, previsto en el Código Tributario Municipal, cualquiera sea su etapa;
b). – Exista comunicación expresa de iniciación de verificación e inspección, intimación o requerimiento o cualquier otro acto de la Administración Fiscal, tendiente a la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que se encuentren a su cargo.
Art.N°15.-Facúltese al Departamento Ejecutivo para dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y/o complementarias que considere necesarias a los fines de la aplicación del régimen establecido por la presente norma.
Art.N°16.-La presente Ordenanza, tendrá vigencia a partir de su promulgación.
Art.N°17.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sra. Gutiérrez, Mónica – Sr. Linares, Fernando
RESOLUCION Nº2045/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa del Sr. ACEVEDO José Antonio el cual solicita el pago para el servicio de Hospedaje en el marco a la Cantata en Honor a Santa Teresita 2025; Y;
CONSIDERANDO
Que mediante nota ut supra la Empresa del Sr. ACEVEDO José Antonio CUIT Nº 20-12414689-4, se brindó el servicio de Cobertura TV Difusión Redes Sociales de la “Cantata en Honor a Santa Teresita 2025”, evento que tuvo lugar el pasado 27 de Septiembre del año en curso en la Cancha de la Parroquia de nuestra Ciudad, mediante Facturas Nº 002-00000937.-
Que el Ejecutivo Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago de la factura ut supra. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 800.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa del Sr. ACEVEDO José Antonio CUIT Nº 20-12414689-4, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2046/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Nº 4176/25, presentado por la Sra. GUTIERREZ Rosana Amelia DNI Nº 25.882.566, domiciliada en Bº Villa Sagrada de la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Gutiérrez, solicita una colaboración monetaria porque se encuentra atravesando una difícil situación y como no cuenta con los recursos necesario, es que se asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIEN MIL CON 00/100 ($ 100.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. GUTIERREZ Rosana Amelia DNI Nº 25.882.566, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2047/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Nº 4175/25, presentado por la Sra. CALLEJAS SARA EVA DNI Nº 40.155.588, domiciliada en Barrio 9 de Julio de la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. CALLEJAS, solicita una colaboración monetaria porque se encuentra atravesando una difícil situación y como no cuenta con los recursos necesario, es que se asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 50.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. CALLEJAS SARA EVA DNI Nº 40.155.588, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2048/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Ordenanza Nº036/024 – Tarifaria Ejercicio Fiscal 2.025, respecto a la actualización de la Tasa por Toque de Anden de los Servicios de Transporte de Pasajeros que ingresan y hacen uso de las plataformas de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro” de nuestra Ciudad; Expte. Nº4.180/025; y
CONSIDERANDO
Que, asimismo surge del informe producido por la responsable de la Administración de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro” (Expte.4.180/025), que las Empresas que prestan Servicio de Larga Distancia, han incrementado el valor de los pasajes, en consecuencia, es factible dictar la norma administrativa de actualización de la Tasa por Toque de Anden.
Que, el porcentual de variación del precio del pasaje de Larga Distancia tuvo un incremento del 9.8 %, siendo el valor del pasaje al 023-01-025 de $ 49.200,00 y a la fecha (03-10-025) de $ 54.200,00 por ende corresponde aplicar la misma, a la Tasa de Toque de Anden, conforme rige en la legislación vigente y disponer el cálculo en valores enteros, sancionando la presente disposición administrativa.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR a la Administración de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro” a actualizar el cobro de la Tasa por cada TOQUE DE ANDEN del Servicio de Transporte de Pasajeros de Larga Distancia, en la suma de $3.400,00 (Pesos Tres Mil Cuatrocientos) a partir del día 10 de octubre de 2.025.
Art.N°2.-A fin de un correcto ordenamiento, AUTORIZAR a la Administración de la Terminal de Ómnibus a emitir los recibos oficiales, consignando el valor del precio de la tasa TOQUE DE ANDEN en forma manuscrita, en función de la presente Resolución de actualización y de las futuras que se dictan.
Art.N°3.-Dar copia a la Administración de la Terminal a efecto de la pertinente notificación a las Empresas de Transporte para su cumplimiento, derogar toda otra disposición anterior a la presente.
Art.N°4.-Refrenda el Secretario con competencia en razón de lo dispuesto en el Art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2049/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por la Oficina de Tierras y Bienes la cual solicita el pago para el servicio de Hospedaje en el marco a la Cantata en Honor a Santa Teresita 2025; Y;
CONSIDERANDO
Que mediante nota ut supra la Empresa RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 27-37636364-9, se brindó el servicio de Hospedaje a 10 integrantes del Staff de Prensa RED ASTEC – SALTA, que actuaron realizaron la cobertura durante la “Cantata en Honor a Santa Teresita 2025”, evento que tuvo lugar el pasado 27 de Septiembre del año en curso en la Cancha de la Parroquia de nuestra Ciudad, mediante Facturas Nº 002-00000059.-Que el Ejecutivo Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago de la factura ut supra.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 350.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 27-37636364-9, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2050/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por la Oficina de Tierras y Bienes la cual solicita el pago para el servicio de Hospedaje en el marco a la Cantata en Honor a Santa Teresita 2025; Y;
CONSIDERANDO
Que mediante nota ut supra la Empresa RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 27-37636364-9, se brindó el servicio de Hospedaje a 18 integrantes del Grupo Musical CANTO DEL ALMA, que actuaron en la “Cantata en Honor a Santa Teresita 2025”, evento que tuvo lugar el pasado 27 de Septiembre del año en curso en la Cancha de la Parroquia de nuestra Ciudad, mediante Facturas Nº 002-00000058.-
Que el Ejecutivo Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago de la factura ut supra. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 630.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA RESIDENCIAL AGUADA DEL ZORRO CUIT Nº 27-37636364-9, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2051/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON FAAL S.R.L, que brindó el servicio de suministro de materiales de Plomería, mediante solicitud de la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Dirección de Obras Publicas a través de la Empresa CORRALON FAAL S.R.L, CUIT Nº 30-65013386-9, adquirió (30) Bolsas de Cemento Holcim x 25 kg, para Proyecto de Vereda Bº 2 de Abril (calle Roque Sáez Peña), mediante Factura B Nº 015-00000224-
Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos. –
Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de la factura ut supra. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 98/100 ($ 143.850,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA CORRALON FAAL S.R.L, CUIT Nº 30-65013386-9, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2052/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON FAAL S.R.L, que brindó el servicio de suministro de materiales de Corralón, mediante solicitud de la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Dirección de Obras Publicas a través de la Empresa CORRALON FAAL S.R.L, CUIT Nº 30-65013386-9, adquirió (40) Bolsas de Cemento Holcim x 25 kg, para Cordón Cunetas Varias, mediante Factura B Nº 015-00000223-
Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos. –
Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de la factura ut supra. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CON 98/100 ($ 191.800,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA CORRALON FAAL S.R.L, CUIT Nº 30-65013386-9, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2053/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La nota presentada por la Sra. SANCHEZ Ana Elizabeth DNI Nº 26.519.128, domiciliada en Bº 9 de Julio en la Ciudad de Aguaray; Expte Nº 4142/25; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. SANCHEZ, solicita una colaboración monetaria porque se encuentra atravesando una difícil situación de salud y como no cuenta con los recursos necesario es que asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ 70.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. SANCHEZ Ana Elizabeth DNI Nº 26.519.128, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2054/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Nº 4144/25, presentado por la Sra. FLORES Esther Yamila DNI Nº 45.019.452, domiciliada en Bº Villa Progreso en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Flores, solicita una colaboración monetaria porque su hijo se encuentra atravesando una difícil situación de salud y debe ser intervenido quirúrgicamente y como no cuenta con los recursos necesario, es que se asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIEN MIL CON 00/100 ($ 100.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. FLORES Esther Yamila DNI Nº 45.019.452, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2055/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La nota presentada por el Sr. HIPOLITO Belarmino Fabián DNI Nº 24.072.703, domiciliado en la comunidad de Piquirenda Fátima, en la Ciudad de Aguaray; Expte Nº 4027/25; Y;
CONSIDERANDO
Que, el Sr. Hipólito, solicita una colaboración monetaria porque se encuentra atravesando una difícil situación de salud y como no cuenta con los recursos necesario es que asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIEN CON 00/100 ($ 100.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. HIPOLITO Belarmino Fabián DNI Nº 24.072.703, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2056/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sra. LAZO, Eugenia Mercedes Legajo Personal Nº 650 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-CONCEDER al Agente Municipal Sra. LAZO, Eugenia Mercedes Legajo Personal Nº 650, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025 por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 29/10/2.025 hasta el 11/11/2.025 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.N°2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN N°2057/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a la Ciudad de Oran solicitado mediante Expte. Nº 4177/025, por parte de la Agente Municipal, perteneciente a la Dirección de Pensiones y Jubilaciones, la Sra. Rodríguez Raquel L.P. Nº 611, para realizar gestiones, y;
CONSIDERANDO
Que la Agente Municipal deberá presentar documentación correspondiente a diversos trámites y gestionar informe sobre beneficios Embarazos – Nacimientos – Apoderados – Acreditaciones de Datos Personales. Así mismo, se debe realizar consultas, gestiones y agilizaciones de expedientes. –
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de un (01) día de viático de la comisión de servicios, de dicho viaje. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-COMISIONAR a la Agente Municipal Sra. Rodríguez Raquel L.P. Nº 611, a viajar a la Ciudad de Oran el día 08 de octubre del Cte. año, para realizar las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viático a la Ciudad de Oran, correspondiente al 08 de octubre del presente año, más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre de la Sra. Rodríguez Raquel L.P. Nº 611.-
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese, y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2058/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La solicitud expuesta por el Sr. SEGOVIA, Luciano AgustínD.N.I. N° 44.270.842,con domicilio en la B° 9 de Julio, a través del Expte. N°4.210 /2025, de la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
QUE, el Sr. Segovia, solicita una ayuda económica, para cubrir los gastos de la canasta familiar.
QUE, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación.
QUE, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de $20.000°° (Pesos Veinte Mil con 00/100), por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. SEGOVIA, Luciano Agustín D.N.I. N° 44.270.842, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2059/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. BEJARANO, Facundo Maximiliano DNI Nº 31.196.697, con domicilio en Almirante Brown y Mariano Moreno s/n B° Matadero de la localidad de Salvador Mazza, y;
CONSIDERANDO
QUE, mediante ingreso de Pedido de Suministro Nº 001083 y Orden de Compra Nº 19890, se solicitó la autorización correspondiente para la contratación del Artesano que presta Servicio de provisión de trabajos en madera, para ser entregados en el marco de la Celebración en honor a Santa Teresita Patona de nuestra Ciudad, el día 01/10/25.
QUE, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.
QUE, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADESQUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por el servicio de provisión de tres obsequies en madera, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. BEJARANO, Facundo Maximiliano DNI Nº 31.196.697, Artesano, que pasa a formar parte de la presente.
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2060/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. MEDINA, Martin Legajo Personal Nº 339 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. MEDINA, Martin Legajo Personal Nº 339, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024 por la cantidad de 25 (Veinticinco) días hábiles a partir del día 07/10/2.025 hasta el 11/11/2.025 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.N°2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2061/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. MORENO, Rene Rubén Legajo Personal Nº 607 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. MORENO, Rene Rubén Legajo Personal Nº 607, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025 por la cantidad de 20 (Veinte) días hábiles a partir del día 22/12/2.025 hasta el 20/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.N°2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2062/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. TEJERINA, Sergio Luis Legajo Personal Nº 716 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. TEJERINA, Sergio Luis Legajo Personal Nº 716, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025 por la cantidad de 15 (Quince) días hábiles a partir del día 13/10/2.025 hasta el 31/10/2.025 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.N°2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN N°2063/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar por parte del Agente Municipal Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº692 Chofer, a la Ciudad de Oran el día 08 de octubre del Cte.; y,
CONSIDERANDO
Que, se hace necesario comisionar al Sr. Barroso Hernán, a efectos de trasladar al personal de la Dirección de Pensiones y Jubilaciones, la Sra. Rodríguez Raquel L.P. Nº 611, quien deberá presentar documentación correspondiente a diversos trámites y gestionar informe sobre beneficios Embarazos – Nacimientos – Apoderados – Acreditaciones de Datos Personales. Así mismo, se debe realizar consultas, gestiones y agilizaciones de expedientes. –
Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Camioneta Toyota SW4, Dominio: KKA845. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión a los lugares mencionados. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-COMISIONAR al Agente Municipal, Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a la Ciudad de Oran, el día 08 de octubre del presente, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS. –
Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático a la Ciudad de Oran, el día 08 de octubre del presente, más 2/3 del plus adicional pecuniario complementario según Resolución Municipal Nº 877/022, a nombre del Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2064/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Ordenanza Nº022/025; Resolución de Promulgación Nº1.184/025 y Resolución Nº1.304/025; y
CONSIDERANDO
Que, la normativa citada DECLARA el Estado de EMERGENCIA ECONOMICA, FINANCIERA y ADMINISTRATIVA de la MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, por un periodo de cuatro (4) meses, habiendo quedado facultado el Poder Ejecutivo Municipal a sancionar una prórroga por igual plazo, si la situación lo amerita y persiste el estado declarado. (Art.1º – Ordenanza Nº022/025).
Que, en el marco de la normativa referida se han tomado diversas medidas extraordinarias en el ámbito de la Administración Local en procura de atenuar los efectos negativos de la situación que dio origen a la declaración indicada.
Que, conforme las facultades otorgadas por el Concejo Deliberante y con el solo objetivo de consolidar el equilibrio fiscal parcial logrado a la fecha y el ordenamiento de las cuentas públicas, que permitan tener previsibilidad en las decisiones futuras de la Gestión de Gobierno, se hace necesario disponer la PRORROGA por igual plazo que regirá a partir del 01 de Octubre de 2025 y hasta el 31 de Enero de 2.026 inclusive.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS QUE LE SON PROPIAS Y LAS CONFERIDAS POR LA LEYES PROVINCIALES Y LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936
R E S U E L V E
Art.N°1.-DISPONER y ESTABLECER la PRORROGA de la ORDENANZA Nº022/2.025 de EMERGENCIA ECONOMICA, FINANCIERA y ADMINISTRATIVA de la MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, por un periodo de cuatro (4) meses, a partir del 01 de Octubre de 2025 y hasta el 31 de Enero del año 2026, inclusive.
Art.N°2.-Poner en conocimiento del Concejo Deliberante, Notificar a Secretaria de Hacienda Municipal para su conocimiento y efectivo complimiento.
Art.N°3.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, de acuerdo a lo establecido en el Art. 37º – Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal yarchívese
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
