La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1919 el día 18 de noviembre del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCION N°2359/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, y el Convenio de Colaboración entre la Orden de Frailes Menores Viceprovincia San Francisco Solano Parroquia Santa Teresita del Niño Jesús de Aguaray y la Municipalidad de Aguaray, Y;
CONSIDERANDO
Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios en toda la Provincia, y es en virtud de ello se firma el Convenio de Colaboración, entre la Orden de Frailes Menores Viceprovincia San Francisco Solano Parroquia Santa Teresita del Niño Jesús de Aguaray con la Municipalidad de Aguaray. –
Que, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza Vigente de Recursos y Gastos, por el que se autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extra presupuestarias. –
Que, el presente Convenio corresponde al Programa “Potenciar Cooperativas” dependiente del Ministerio de Economía y Bienestar Público de la Provincia de Salta, que tiene como objeto primordial generar oportunidades laborales y económicas para las personas en el ámbito local, y se regirá por las clausulas descriptas en el Convenio adjunto.
Que, el Sr. Cura Párroco Dn. Juan Ramón Velásquez, se compromete a ser el representante de las fábricas textiles de Aguaray, por lo que la Municipalidad le abonará la Suma de Pesos $ 15.012.000, ºº (Pesos quince Millones Doce mil c/00/100) en concepto de confección de 556 guardapolvos escolares a razón de $ 27.000, ºº (Pesos Veintisiete Mil c/00/100) cada uno, que deberán ser distribuidos en forma equitativa a los Emprendimientos Textiles del Municipio de Aguaray, en cantidad de indumentaria (Guardapolvos) y recursos económicos.
Que, este Ejecutivo Municipal ve con agrado la aprobación del presente acuerdo, dado que es un beneficio para la comunidad educativa, y para los emprendedores textiles de nuestra Ciudad. –
Que, el Plazo del presente Convenio será de sesenta (60) días a partir de la fecha de la firma del mismo. –
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, aprobar el Convenio de Colaboración, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY N° 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el “CONVENIO DE COLABORACIÓN” firmado entre la ORDEN DE FRAILES MENORES VICEPROVINCIA SAN FRANCISCO SOLANO PARROQUIA SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS DE AGUARAY, representado en este acto por el SR. CURA PÁRROCO DN. JUAN RAMÓN VELÁSQUEZ D.N.I. N° 21.412.318, con domicilio legal en Diagonal Celso Testa, en la Ciudad de Aguaray, y la MUNICIPALIDAD DE AGUARAY representada por el Intendente Municipal Sr. GUILLERMO SEBASTIAN ALEMÁN D.N.I. Nº 31.022.881 con domicilio legal en Av. Sarmiento Esq. Arenales, en la Ciudad de Aguaray.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones e imputar los gastos a la partida extrapresupuestaria incorporada, destinada al depósito proveniente del Ministerio de Economía y Bienestar Público de la Provincia de Salta. –
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.Nº4.-Dese copia a la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes. –
Art.Nº5.-Comuníquese, Publíquese En El Boletín Oficial Municipal Y Archívese. –
Art.Nº6.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nª 2360/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. MONTEROS, Claudio Alberto, Legajo Personal Nº 187, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. MONTEROS, Claudio Alberto, Legajo Personal Nº 187, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025 por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 25/11/2.025 hasta el 08/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº2361/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Acta de Matrimonio presentada por el Agente Municipal Sr. MAMANI, Néstor Fabián, DNI Nº 40.329.098, L.P Nº840, mediante el cual solicita se le conceda la LICENCIA POR MATRIMONIO., Y;
CONSIDERANDO
Que, el agente municipal adjunto a la presente, el Acta de Matrimonio del Registro del Estado Civil (Acta Nº 32- Tomo 40 – Folio 35 año 2.025).
Que, dicho agente municipal contrajo Matrimonio el día 14 de noviembre de 2.025 y de acuerdo a lo estipulado en el Estatuto del Empleado y Obrero Municipal (Ley Nº 6.068) derecho – capitulo VII – Articulo Nº 87 – mediante este articulo le otorga a todo Agente Municipal una Licencia con goce de haberes por un laso de 15 (quince) días corridos.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-OTORGAR al Agente Municipal Sr. MAMANI, Néstor Fabián, DNI Nº 40.329.098, L.P Nº840, la LICENCIA POR MATRIMONIO, con goce de remuneración, por el tiempo de 15 (quince) días corridos, a partir del día 14/11/2025 hasta el día 28/11/2025 inclusive y de acuerdo al Visto y Considerandos de la presente Resolución Municipal. –
Art.Nº2.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº3.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Registro de numeración y Archivo de Resoluciones Municipales – Recursos Humanos, y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.Nº4.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo
