La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1924 el día 27 de noviembre del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN N° 2411/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. REYES, Rodrigo Legajo Personal N° 522, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;

CONSIDERANDO

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. VII DERECHOS – Art. 59-60-61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. REYES, Rodrigo Legajo Personal N° 522, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024 por la cantidad de 20 (Veinte) días hábiles a partir del día 01/12/2.025 hasta el 30/12/2.025 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada Secretaria de Gobierno Municipal Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –

Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N° 2412/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. MARTINEZ, Darío Alen Legajo Personal N° 390, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;

CONSIDERANDO

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. VII DERECHOS – Art. 59-60-61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. MARTINEZ, Darío Alen Legajo Personal N° 390, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024 por la cantidad de 25 (Veinticinco) días hábiles a partir del día 09/12/2.025 hasta el 14/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada Secretaria de Gobierno Municipal Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –

Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N° 2413/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Agente Municipal Sra. MOJICA, Gimena Andrea Legajo Personal N° 412, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2025, Y;

CONSIDERANDO

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. VII DERECHOS – Art. 59-60-61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-CONCEDER a la Agente Municipal Sra. MOJICA, Gimena Andrea Legajo Personal N° 412, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.025 por la cantidad de 25 (Veinticinco) días hábiles a partir del día 15/12/2.025 hasta el 20/01/2.026 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.N°2.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada Secretaria de Gobierno Municipal Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –

Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION N°2414/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte, adjunto N° 4.869/25, presentado por el Sr. CHAME, DANTE SAUL, CUIL N° 20-25499088-5, inscripto con el rubro: “SALON DE EVENTO” y domic. ccial. en las instalac del Club Soc.y Dep.Cpo. Duran, en el cual solicita una modificación en su Matricula Comercial Nº 3.663, el que consiste en cambiar el Rubro, y,

CONSIDERANDO

  • Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
  • Que ha abonado los sellados correspondientes.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936

R E S U E L V E

Art.N°1.-Modificar el Rubro de la Mat. Ccial. Nº 3.663, a nombre del Sr. CHAME, DANTE SAUL, CUIL N° 20-25499088-5, a partir de fecha: 25-11-25, el cual será: “SALON DE EVENTOS” anexo “CONFITERIA”.

Art.N°2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art.N°3.-Entregar una copia de la presente al interesado.

Art.N°4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2415/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la EMPRESA AUTOSERVICIO JOSELITO, que realizó la provisión de Frutas y Verduras, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, a través de la Empresa AUTOSERVICIO JOSELITO CUIT Nº 20-25005377-1, se adquirió Mercaderías prescripta por Nutricionista correspondiente a Dietas de distintas Patologías médicas para asistir a personas vulnerables de nuestra jurisdicción correspondiente al mes de NOVIEMBRE 2.025, mediante FACTURA Nº 005-00000548.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en beneficio de nuestro pueblo, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas ut supra. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 626.300,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AUTOSERVICIO JOSELITO CUIT Nº 20-25005377-1, en la Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.- De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2415/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa EL ESPEJO, que brindó el servicio de Insumos y elementos de Limpieza para las diferentes áreas y oficinas de la municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, a través de la Empresa EL ESPEJO C.U.I.T Nº 27-13627850-4, se adquirió el servicio de Insumos y elementos de Limpieza para las diferentes áreas y oficinas de la municipalidad de Aguaray, mediante FACTURAS Nº 003-00001763, 003-00001764, 003-00001765, 003-00001766, 003-00001767, 003-00001768, 003-00001769, 003-00001770, 003-00001771, 003-00001772, 003-00001773, 003-00001774.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago para el servicio de provisión de materiales para limpieza destinados a las oficinas y sectores de la municipalidad debido a que es de suma importancia la higiene ya que de esa manera evitamos la proliferación de roedores y otros organismos que afectan la salud de las personas. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 941.400,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa EL ESPEJO, de la Sra. Vega Silvia Susana C.U.I.T Nº 27-13627850-4 con domicilio comercial en Mariano Moreno 470, Cuidad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2416/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa DESPENSA EL POTRO, que brindó el servicio de insumos y comestibles, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que a través de la EmpresaDESPENSA EL POTRO C.U.I.T Nº 27-26352480-8Se adquirió insumos y comestibles para las actividades y asistencia que llevan a cabo los diferentes sectores en la comunidad de Aguaray, según Facturas Nº 002-00001287, 002-00001288, 002-00001289, 002-00001290, 002-00001291, 002-00001292, 002-00001293.-

Que la Secretaría de Hacienda autoriza la compra de insumos y comestibles para las actividades y asistencias que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 387.200,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa DESPENSA EL POTRO C.U.I.T Nº 27-26352480-8 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2417/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con el negocio Fiambrería Centro, que brindó el servicio Frutas, Verduras y Comestibles, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que a través del Negocio FIAMBRERIA CENTRO de la Sra. CRECHE Emilia Belén CUIT Nº 27-37636308-8, Se adquirió Frutas, Verduras y Comestibles para las actividades que llevan a cabo los diferentes Áreas y Sectores de la Municipalidad de Aguaray, como así también asistencia a Personas de escasos recursos de la jurisdicción, según Facturas Nº 003-00004688, 003-00004689.-

Que la Secretaría de Hacienda autoriza la compra de insumos para las actividades y asistencias que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 320.980,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Negocio FIAMBRERIA CENTRO de la Sra. CRECHE Emilia Belén CUIT Nº 27-37636308-8, Ciudad de  Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2418/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LANUZA MATIAS SEBASTIAN, que brindó el servicio de CENA para el personal Docente que se Jubiló de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, Docentes del Colegio Mariana Moreno de la Ciudad de Aguaray realizaron su acto de Jubilación y el Intendente Brindo un presente para agasajarlos en este día tan importante para ellos a través de la Empresa LANUZA MATIAS SEBASTIAN C.U.I.T Nº 20-33138615-5, Adquirió 10 Cenas, Mediante Factura Nº 004-00000571.-

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de la factura ut supra. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL CON 00/100 ($ 110.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LANUZA MATIAS SEBASTIAN C.U.I.T Nº 20-33138615-5, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2419/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa GRUPO HYS S.R.L, que brindó el servicio de provisión de Elementos de Seguridad para el Personal Municipal, mediante solicitud de la Secretaria de Obras y Servicios Publico de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Secretaria de Obras y Servicios Publico a través de la Empresa GRUPO HYS S.R.L CUIT Nº 33-71249233-9, adquirió Elementos de Protección Personal para el Personal Municipal, mediante Facturas Nº 009-00002101.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray que llevan a cabo distintas obras y servicios. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA MIL CIENTO TREINTA Y UNO CON 60/100 CTVOS ($ 70.131,60) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa GRUPO HYS S.R.L CUIT Nº 33-71249233-9, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2420/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa NIEVA JUAN IGNACIO, que brindó venta de insumos, mediante solicitud de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección Obras Publicas a través de la Empresa NIEVA JUAN IGNACIO C.U.I.T Nº 20-41051954-3, Adquirió, Materiales para Techado en la Terminal Aguada del Zorro, mediante Factura Nº 001-00000559.-

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de las facturas ut supra. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($ 257.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa NIEVA JUAN IGNACIO C.U.I.T Nº 20-41051954-3, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº2421/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de afectar a agentes municipales como Inspectores de Comercio y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936, Y;

CONSIDERANDO

Que, es imprescindible ratificar las funciones del Sr. Paz Rene Alberto para que continúe con la labor designada y es necesario designar otros agentes municipales que lo acompañe, y este Ejecutivo Municipal considera que el Sr. Arce Pascual cumple con las condiciones necesarias para realizar el cobro de tasas municipales por venta ambulante y/o Actividad Comercial Eventual. –

Que, conforme a la carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley 7.936, Art. 36: “Son deberes y atribuciones del Intendente Municipal: Inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”. –

Que, los agentes referidos trabajarán bajo la supervisión de la Directora de la Oficina de Comercio, Sra. Chauque Cintia, quienes efectuarán la tarea de cobranza a quienes desarrollan sus actividades con parada fija en el radio Urbano de nuestra Ciudad. –

Que, se debe autorizar la labor fuera de horarios y días habituales de trabajo, incluidos sábados, domingos y feriados a efecto de que los Agentes asignados cobren y perciban la Tasa diaria de los Vendedores Ambulantes habilitados y que ejerzan su actividad comercial en el Municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es factible sancionar el presente acto resolutivo, disponiendo el pago y reconocimiento de la comisión por cobranza, dada la extensión horaria, que se calculará sobre el total de la tasa percibida y efectivamente rendida en la Oficina de Rentas Municipal. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-RATIFICAR al Agente Municipal Sr. PAZ, RENE ALBERTO D.N.I Nº 17.190.775 L.P. Nº 115, como cobrador de la Tasa por Derecho de Piso y Venta Ambulante, a partir de la fecha y hasta nuevas disposiciones. –

Art.N°2.-DESIGNAR al Agente Municipal Sr. ARCE, PASCUAL   L.P Nº 050, como cobrador de la Tasa de Derecho de Piso y Venta Ambulante, a partir de la fecha y hasta nuevas disposiciones. –

Art.N°3.-AUTORIZAR a los Agentes Mencionados ut supra, a percibir las Tasas Municipales por Venta Ambulante y/o Actividad Comercial Eventual, con parada fija que se desarrolla en el ámbito urbano municipal. –

Art.N°4.-AUTORIZAR a los inspectores referidos a desempeñar sus tareas y funciones asignadas en el horario habitual de trabajo de mañana y tarde, inclusive los días sábados, domingos y feriados de ser necesario. –

Art.N°5.-En razón de la extensión horaria y de la dedicación semi-exclusiva autorizada, asignar a los Inspectores de Comercio Paz Rene Alberto y Arce Pascual, una comisión de cobranza del 20 % (Veinte por ciento) sobre el total  de las tasas cobradas, las que deberán ser ingresadas a las áreas del Municipio a través de las rendiciones respectivas ante la Oficina de Rentas Municipal.-

Art.N°6.-A tales fines la Oficina de Rentas Municipal deberá proveer de los talonarios de Recibos Oficiales respectivos, los que deberán ser rendidos mediante las planillas habilitadas al efecto. –

Art.N°7.-DEJAR sin efecto toda Resolución que se anteponga a la Presente. –

Art.N°8.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°9.-Elevar copia a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes. –

Art.N°10.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°11.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°2422/25 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº029-025 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. N°4.952-025 con fecha 26-11-025: y

CONSIDERANDO

Que, a través del referido instrumento legislativo se autoriza la desafectación de Uso Público Municipal, de una Fracción Remanente del Inmueble, propiedad de la Municipalidad de Aguaray, perteneciente a la Matricula Nº 29.550 Parcela 1 Manzana Nº 4 “C” Sección “D”, con una superficie aproximada de 1.100 metros cuadrados.

Que, en virtud de tal decisión, la norma legislativa. DISPONE la enajenación, a título oneroso, de forma directa a favor de los Vecinos que han solicitado los mismos y que se registran en el Expte. Nº3.604-025, quedando facultado el Poder Ejecutivo a suscribir toda la documentación inherente.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal -Ley Nº7.936- Art. 36-Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N°7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 029-025 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.N°2.-Dar copia al área de Patrimonio y Bienes Municipales a los fines que hubiere lugar.

Art.N°3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art, 37º de la Ley Nº7.936 (Carta Orgánica Municipal).

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

ORDENANZA N°029/025

VISTO

El pedido realizado por vecinos al Poder Ejecutivo Municipal, bajo Expte. N°3.604-025, el cual forma parte de la presente y que fuera elevado a consideración del Concejo Deliberante para su respectivo tratamiento legislativo; y

CONSIDERNADO

Que, a través del pedido indicado en el visto, los vecinos han manifestado el interés en adquirir terrenos para la construcción de soluciones habitacionales en uso Familiar.

Que, corresponde el tratamiento legislativo, conforme lo dispone el Art. 31. De la Carta Orgánica Municipal – Ley N° 7.936-Son deberes y Atribuciones del Concejo Deliberante, Inciso 22: “Autorizar la desafectación de los bienes de dominio público Municipal”.

Que, asimismo corresponde sancionar la pertinente Ordenanza Municipal, sobre la constitución de derecho reales y enajenación de bienes muebles e Inmuebles del Municipio, con el voto de los dos tercios (2/3) de la totalidad de sus miembros. (Art.31-Inciso 17-Ley N° 7.936).

Que, este Municipio cuenta entre los bienes de su propiedad con un inmueble remanente ubicado en la Matricula Catastral N° 29.550 – Manzana 4 “C” Parcela 1 Sección “D” con una superficie de 1.100 metros cuadrados. aproximadamente, libre de ocupación y gravámenes conforme croquis adjunto.

Que, a fin de dar una respuesta al requerimiento formulado (Expte, N°3.604-2025), corresponde autorizar en primera instancia la Desafectación de la Fracción del Terreno de Dominio Público Municipal, y Posterior Enajenación directa a título oneroso a favor de los vecinos solicitantes.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936 SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art.N°1.- AUTORIZAR la Desafectación de la Facción Remanente del Inmueble, de Uso Público Municipal, con una superficie de 1.100 metros cuadrados aproximadamente, pertenecientes a la Matrícula Catastral N° 29.550 Parcela 1 de la Manzana 4 “C” – Sección “D” propiedad de la Municipalidad de Aguaray.

Art.N°2.- DISPONER la Enajenación directa a favor de los vecinos requirentes, según Expte. N°3.604-025 a título oneroso de los lotes que surjan de la división de la Fracción del Inmueble desafectado, conforme lo dispuesto en el artículo precedente.

Art.N°3.- A fin de la venta de los terrenos autorizados, la misma se deberá realizar conforme la tasación y los valores de mercado vigentes y la suma de la venta podrá ser de pago contado o financiado, según el acuerdo y conformidad de las partes, debiéndose inscribir el mismo como bien de familia no pudiendo ser transferidos a terceros bajo ningún concepto.

Art.N°4.- Comunicar que el espacio verde destinado originalmente a la construcción de una capilla y/o plazoleta se mantendrá en su estado actual, preservando íntegramente sus características, superficies y usos existentes. Queda expresamente establecido que no se podrá alterar, reducir, edificar o modificar dicho espacio sin la previa aprobación de la autoridad competente.

Art.N°5.- AUTORIZAR al Poder Ejecutivo en la persona del Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, Sr. GUILLERMO SEBASTIAN ALEMAN, DNI. Nº 31.022.881 a la firma de la documentación pertinente conforme la normativa vigente en la materia, a favor de los beneficiarios de la presente.

Art.N°6.- Notificarse al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y cumplimiento.

Art.N°7.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

                     Sra. Gutiérrez, Mónica – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN N°2423/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº028-025 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº4.951-025 con fecha 26-11-025: y

CONSIDERANDO

Que, a través del citado instrumento legislativo se DONA a título gratuito a favor de la Iglesia “Ministerio Manantial de Bendiciones” con domicilio en Calle Roque Sáenz Peña del Barrio San Antonio de nuestra Ciudad en la Persona de sus Pastores Sr. EDUARDO GALEANO, DNI.Nº17.162.520 y KARINA LE MURA, DNI.N° 21.433.657, las butacas que fueran reemplazadas de la Casa de la Cultura “Vazner Castilla y se hallan en desuso como material de rezago.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal -Ley Nº7.936-Art. 36-Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.- PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 028-025 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.N°2.- Dar copia al área de Patrimonio y Bienes Municipales a los fines que hubiere lugar.

Art.N°3.- Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art, 37º de la Ley Nº7.936 (Carta Orgánica Municipal).

Art.N°4.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

ORDENANZA N°028/025

VISTO

El pedido realizado al poder Ejecutivo, bajo Expte. N° 4666-025, por los Pastores Eduardo Galeano, DNI. N° 17.162.520 y Karina Le Mura, DNI. N°21.433.657 de la Iglesia “Ministerio Manantial de Bendiciones” de Aguaray, con domicilio sitio en la calle Roque Saenz Peña del B San Antonio; y

CONSIDERANDO

Que, a través del pedido indicado en el visto, han requerido en calidad de donación, las butacas que fueron reemplazadas de la sala de la Casa de la Cultura Vazner Castilla y que hoy están depositadas a la intemperie en Inmediaciones del citado edificio, como material de rezago.

Que, corresponde el tratamiento legislativo, conforme lo dispone el Art. 31. De la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936-Son deberes y atribuciones del Concejo Deliberante, entre otros: Inciso 17. Sancionar Ordenanzas sobre constitución de derechos reales y enajenación de bines muebles e inmuebles del Municipio, con el voto de los dos tercios (2/3) de la totalidad de sus miembros.

Que, a fines de dar una respuesta al requerimiento formulado (Expte. N°4.666-2025) y teniendo en cuenta el fin último de la presente disposición de donación es que es preciso autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar la entrega de las butacas en desuso a favor de la Iglesia “Ministerio Manantial de bendiciones” a título gratuito.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936 SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art.N°1.-DONAR a Título Gratuito a favor de la Iglesia “Ministerio Manantial de Bendiciones con domicilio en calle Roque Saenz Peña del Barrio de San Antonio de nuestra Ciudad en la Persona de sus Pastores Sr. Eduardo Galeano, DNI. N° 17.162.520 y Karina Le Mura, DNI. N°21.433.657 respectivamente, las Butacas en Desuso que tiene el Municipio en su condición de material de rezago, que se hallan depositadas en el predio de la Casa de la Cultura, para

su reacondicionamiento y posterior utilización por dicha Institución.

Art.N°2.-AUTORIZAR al Poder Ejecutivo en la persona del Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, Sr. GUILLERMO SEBASTIAN ALEMAN, DNI. N° 31.022.881 a la firma de la documentación pertinente a favor de los beneficiarios de la presente donación.

Art.N°3.-Notificarse al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y cumplimiento.

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Gutiérrez, Mónica – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCION Nº2424/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la EMPRESA AUTOSERVICIO JOSELITO, que realizó la provisión de Frutas y Verduras, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, a través de la Empresa AUTOSERVICIO JOSELITO CUIT Nº 20-25005377-1, se adquirió Mercaderías prescripta por Nutricionista correspondiente a Dietas de distintas Patologías médicas para asistir a personas vulnerables de nuestra jurisdicción correspondiente al mes de NOVIEMBRE 2.025, mediante FACTURA Nº 005-00000548.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en beneficio de nuestro pueblo, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas ut supra. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 626.300,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AUTOSERVICIO JOSELITO CUIT Nº 20-25005377-1, en la Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián