La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1925 el día 28 de noviembre del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN N°2425/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I.  Nº 31.022.881, el día 28 de noviembre y 01 de diciembre de 2.025, Y;

CONSIDERANDO

Que, el Ejecutivo Municipal realizará una intensa agenda en la Ciudad de Salta donde participará de inauguraciones, como así también asistirá a una reunión en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en busca de herramientas para fortalecer la infraestructura urbana y otras gestiones ante la Secretaría del Interior de la Provincia de Salta.-

Que, dicho traslado requiere el uso de la camioneta Ford Ranger 2.0 TDI DC 4X4 L/2 3 LTD AT Chasis 8AFBRO1B6SJ412122 Patente AG852TH Caja de Seguros S.A. Nº 4640-0045874-23.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.- COMISIONAR al Ejecutivo Municipal, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, a realizar un viaje a la Ciudad de Salta, correspondiente a los días 28 de noviembre y 01 de diciembre del año en curso, según las razones expuestas en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.- AUTORIZAR  al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por el 100% de dos (02) día de viáticos a la Ciudad de Salta, correspondiente a los días  28 de noviembre y 01 de diciembre del presente año, más la Suma de Pesos Doscientos Mil c/00/100 ($200.000,00) para combustible y gastos varios con cargo de rendición luego de las 72 Hs. de haber finalizado con las actividades, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877/022, a nombre del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –                                                                  

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo

RESOLUCIÓN N°2426/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar por el titular del Ejecutivo Municipal en comisión de servicios a la Ciudad de Salta Capital, según Resolución Municipal Nº 2425/025, Y;

CONSIDERANDO

Que, el Ejecutivo Municipal realizará una intensa agenda en la Ciudad de Salta donde participará de inauguraciones, como así también asistirá a una reunión en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en busca de herramientas para fortalecer la infraestructura urbana y otras gestiones ante la Secretaría del Interior de la Provincia de Salta.-          

Que, en consecuencia, se deberá dejar a cargo del Ejecutivo Municipal, en ausencia del titular del mismo, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, al Secretario de Gobierno, Sr. Gustavo J. Irala Hernández, D.N.I. N° 34.126.460 L.P. 594, de conformidad a las normativas vigentes establecidas en Ordenanza Nº 029/2.016 sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Aguaray, y promulgada por Resolución Municipal Nº 1324/2.016.-

Que, se debe disponer del presente Acto Resolutivo a los fines de dar cumplimiento a los actos administrativos de Ley para la delegación de funciones en las Autoridades que correspondan, en tanto dure la comisión de servicio del titular del Ejecutivo Municipal. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DEJAR A CARGO DEL EJECUTIVO MUNICIPAL al Secretario de Gobierno, Sr. Gustavo J. Irala Hernández, D.N.I. N° 34.126.460 L.P. 594, por el término que dure la Comisión de Servicios del Sr. Intendente Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, a la Ciudad de Salta. –

Art.Nº2.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº4.-De forma. –  

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo

RESOLUCIÓN Nº2427/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;

CONSIDERANDO

QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.

QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.

QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.

QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. María Griselda, CUELLAR, DNI N° 35.261.492, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 21  Noviembre al 30 de Noviembre del presente año.

Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo

RESOLUCIÓN Nº2428/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;

CONSIDERANDO

QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.

QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.

QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.

QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Belarmino Fabián HIPOLITO, DNI N° 24.072.703, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 21  Noviembre al 30 de Noviembre del presente año.

Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo

RESOLUCIÓN Nº2429/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;

CONSIDERANDO

QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.

QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.

QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.

QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Luis Marcelo,VACA, DNI N° 21.311.649, por un  monto  equivalente  a  $ 1.000.000,00  (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 27 Noviembre al 05 de Diciembre del presente año.

Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo

RESOLUCIÓN Nº2430/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;

CONSIDERANDO

QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.

QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.

QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.

QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Sergio ARIAS, DNI N° 27.680.278, por un  monto  equivalente  a  $ 1.000.000,00  (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 27 Noviembre al 05 de Diciembre del presente año.

Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo

RESOLUCIÓN Nº2431/025 (Poder ejecutivo)

VISTO

Las distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;

CONSIDERANDO

QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.

QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.

QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.

QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Miguel Angel, CRUZ, DNI N° 29.469.488, por un monto  equivalente  a  $ 1.000.000,00  (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 27 Noviembre al 05 de Diciembre del presente año.

Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo

RESOLUCION Nº2432/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M. Nº 2577-024 – R.M.  Nº0631-025, y:

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, en función del desempeño y cumplimiento de las políticas implementadas por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos Municipal el Ejecutivo Municipal considera continuar con el personal designado anteriormente en el Área de Seguridad e Higiene Laboral, Sr. Figueroa Alberro E. DNI Nº36.682.180.

QUE, en razón de lo expuesto precedentemente corresponde la sanción de la presente norma resolutiva. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-CONFIRMAR como Técnico en Seguridad e Higiene Laboral al Sr. Figueroa Alberto E. DNI Nº36682180, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Municipal a partir del 01 de noviembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.-

Art.N°2.-ASIGNAR una remuneración mensual equivalente a la categoría F conforme a la Escala Salarial de Planta Política Vigente. –

Art.N°3.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray. –

Art.N°4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Intendencia, Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, RR. HH. y al interesado según corresponda. –

Art.N°5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-

Art.N°6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Irala, Gustavo