La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°368 del día 28 de Noviembre del 2018 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.
RESOLUCIÓN N° 1.183/018 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Convenio de Colaboración Recíproca entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, que en dicho marco se implementaron distintos Sistemas de Administración Financiera, Sistemas de Administración de Expedientes y Sistemas de Recaudación, Decreto Nº 1.603/017 y la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a Constitución de la Provincia de Salta, según el Art. 176: “Darse su propia organización normativa, económica, administrativa, y financiera”…
Que, conforme a lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia, y es que en virtud de ello se firma el Convenio de Colaboración Recíproca– Decreto Nº1.603/017, entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la Municipalidad de Aguaray, por el cual el Municipio se Adhiere al Plan de Fortalecimiento de la Gestión Municipal y la Provincia, objeto del presente Convenio, el Municipio aportara a la Provincia la Suma Mensual de Pesos Quince Mil con 00/100 ($15.000ºº), para solventar el costo de funcionamiento y provisión de los servicios y sistemas, el monto será descontado de los Fondos de Coparticipación a mes vencido y transferido a la Dirección General de Fortalecimiento Tributario.
Que, en virtud del Decreto N° 1.603/017, con la necesidad de reformular los convenios firmados, de manera que a futuro aporten al sostenimiento de los gastos de los soportes de los sistemas y pago de demás erogaciones generadas para el funcionamiento, adquisición de bienes y prestación de servicios.
Que, se da cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 026/017 de Recursos y Gastos en su Art. 20, por el que se autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extrapresupuestarias.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Convenio de Colaboración Recíproca entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, es que corresponde dictar el presente acto administrativo.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES, QUE LE SON PROPIAS Y LAS CONFERIDAS POR LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936
R E S U E L V E
Art.1°). – APROBAR el Convenio de Colaboración de Fortalecimiento Tributario y Administración Municipal, entre el Gobierno de la Provincia de Salta, representado por el Sr. Secretario de Ingresos Públicos, Sr. Diego Luis Dorigato Manero, con domicilio en Centro Cívico Grand Bourg- Block II- Planta Baja, Av. De Los Incas S/N, de la ciudad de Salta y el Municipio de Aguaray representada por el Sr. Intendente Alfredo Nadim Darouiche, con domicilio en Sarmiento S/N- Aguaray (4.506), suscripto en el marco de los Decretos N° 1589/04; 2080/04; 2081/04 y 1470/10, “Colaboración recíproca entre Provincia y Municipios”.
Art.2°).- INCORPORAR al Presupuesto General de Recursos y Gastos – Ordenanza Nº026-017 – Ejercicio Fiscal 2.018 los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, conforme lo establece el Artículo Nº20, en razón de ello autorizar a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar las erogaciones correspondientes.
Art.3º).- ORDENAR se impute a la partida presupuestaria correspondiente.
Art.4°.- Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece el Art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936.
Art.5°).- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCIÓN N° 1.184/018 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Ordenanza N°023/2018 sancionada por el Concejo Deliberante con fecha 27 de Agosto de 2017 y que fuera ingresada a éste Poder Ejecutivo Municipal con fecha 15 de Noviembre de 2018, la cual se registra bajo Expte. N°8.485-018; y
CONSIDERANDO:
Que, la citada norma legislativa se aprobó en virtud del proyecto enviado por este Poder Ejecutivo Municipal al Órgano Legislativo, con fecha 24-08-018 mediante Expte. N°426-018 y que impulsa la Adhesión a la Ley Nacional N°26.905 de regulación de consumo de sodio con el objetivo de promover el consumo responsable de sal por parte de los clientes de restaurantes, confiterías, bares, pizzerías, locales de venta de comidas rápidas y población en general.
Que, se puede observar y se deja por sentada, la dilación en el envío de los documentos aprobados en Sesiones del Concejo Deliberante, por cuanto se indica como fecha de sanción y aprobación el 27 de Agosto de 2018 y habiendo transcurrido 80 (ochenta) días, recién se eleva al Poder Ejecutivo, lo que deja en evidencia una manifiesta desprolijidad en el registro de las normas legislativas municipales. –
Que, en uso de las facultades que le son propias y contenidas en el Art. 36°.- Inciso 4° de la Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936 es pertinente promulgar la Ordenanza N°023/018.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONIERELA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – Ley 7.936
RESUELVE
Art. 1°.- PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Municipal N°023/018, disponer se publicación y difusión a fin de su puesta en vigencia a través de la Coordinación de Comunidades y municipio Saludable de nuestra Ciudad.-
Art. 2°.- En razón de lo expresado TENGASE POR PROMULGADA la Ordenanza N°023/018. Remítase al Concejo Deliberante conforme lo estableció en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936.
Art. 3°.- Refrendara la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley N°7936.
Art. 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCIÓN N° 1.186/018 (Poder Ejecutivo)
Visto:
La Resolución Nº100/018 remitida por el Concejo Deliberante y que fuera ingresada a éste Poder Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº8.668-018 con fecha 22 de Noviembre del año en curso; y
Considerando:
Que el Concejo Deliberante manifiesta que el Presidente de ese Cuerpo Legislativo gestiono ante la Secretaria de Asuntos Municipales de la Provincia, una asistencia financiera de $ 1.000.000,00 para ser destinados a la “Construcción de Cercado Perimetral, Playa de Estacionamiento y Refacción General del Edificio del Concejo Deliberante de Aguaray”.
Que se hicieron las averiguaciones y las consultas pertinentes ante la Secretaria citada, la cual puso en conocimiento, que no es correcto lo indicado por el Concejo Deliberante y que no existe autorización alguna para el envío de recursos financieros al Municipio por el monto referido, con ese fin.
Que de ser factible en el futuro, tal recurso, ese Cuerpo debe encuadrarse en la normativa vigente a fin de no violentar el Principio Republicado de la División de Poderes, consagrados en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936 y nuestras Constituciones Nacional y Provincial.
Que tal como reza nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936 – Deberes y Atribuciones del Concejo Deliberante – Artículo Nº31 – Inciso 2: “Darse su reglamento interno, elegir sus autoridades, dictar su propio presupuesto……”. En razón de ello y estando en plena vigencia la Ordenanza Nº026-018 de Presupuesto de Recursos y Gastos 2.018, en el cual no existe ningún de Plan de Obras en las Previsiones del Concejo Deliberante de Aguaray, es que se debería cumplir con lo previsto en el Art. 12 de la Ordenanza de Presupuesto mencionada y tener en cuenta que para el Ejercicio Fiscal 2.019 el Concejo Deliberante deberá dictar su propio Presupuesto.
Que éste Poder Ejecutivo Municipal y teniendo en cuenta las prioridades emergentes de las actuales condiciones del Edificio Municipal, sito en Pasaje Arenales esq. Avda. Sarmiento Nº300, que por décadas no tuvo el mantenimiento adecuado y hoy presenta un deterioro importante en su estructura y techos, es que se están gestionando los recursos, entre otras obras, para llevar adelante las remodelaciones por medio de Administración Delegada, el Municipio será el
responsable de instrumentar los mecanismos de contratación y control en la esfera de sus competencias.
Por Ello:
El Intendente Municipal en uso de las facultades propias y las que le confiere la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936
RESUELVE
Art. 1º).- RECHAZAR la Resolución Nº100-2018 por considerarla violatoria del Principio Republicado de la División de Poderes del Estado Municipal y por inexistencia del hecho aludido, conforme lo vertido por la secretaria de Asuntos Municipales de la Provincia de Salta.-
Art. 2º).- Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece el artículo 37ª de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936.-
Art. 3º).- Dar copia al Concejo Deliberante para su conocimiento.
Art. 4º).- Regístrese, Publiques en el Boletín Oficial y Archívese.
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCIÓN N° 1.187/018 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje realizado a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Estrada Cesar Javier L.P. Nº 683, y;
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Estrada realizó un viaje a la Ciudad de Salta con el objetivo de realizar el traslado de los alumnos de la Escuela Dique Itiyuru, en un viaje de estudio.-
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Ford F-100 3.9 TDI XLT L/06 4X4 2010, tipo de vehículo Pick Up/utilitario, con patente JHE 004, Motor / chasis 36220549-9BFHF21C5BB081158. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/113929.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.1°.- RECONOCER el viaje realizado por el Agente Municipal el Sr. Estrada Cesar Javier L.P. Nº 683, a la Ciudad de Salta Capital, los días 26 y 27 de noviembre del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (2) días de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente a los días 26 y 27 de noviembre del presente año, más la Suma de Pesos Cuatro Mil Doscientos con 00/100 ($4.200ºº), para combustible y gastos varios con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre del Sr. Estrada Cesar Javier L.P. Nº 683.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCIÓN N° 1.188/018 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje realizado a la Ciudad de Salta, por parte de la Agente Municipal, Sra. Norma Beatriz Castillo L.P. Nº 426, y;
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Castillo realizó un viaje a la Ciudad de Salta para acompañar a los alumnos de la Escuela Dique Itiyuro de Caraparí, en un viaje de estudio.-
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Ford F-100 3.9 TDI XLT L/06 4X4 2010, tipo de vehículo Pick Up/utilitario, con patente JHE 004, Motor / chasis 36220549-9BFHF21C5BB081158. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/113929.-
Que por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.1°.- RECONOCER el viaje realizado por la Agente Municipal, Sra. Norma Beatriz Castillo L.P. Nº 426, a la Ciudad de Salta los días 26 y 27 de noviembre del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (2) días de viatico a la Ciudad de Salta correspondiente los días 26 y 27 de noviembre del año en curso, a nombre de la Agente Municipal Sra. Norma Beatriz Castillo L.P. Nº 426.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCIÓN N° 1.189/018 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta por el Secretario de Hacienda Sr. Céspedes Freddy Marcelo LP Nº 161, y;
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Céspedes, solicita dos (2) días de viático a la Ciudad de Salta Capital, para realizar gestiones que le competen al Municipio de Aguaray.-
Que es importante realizar este viaje para realizar la presentación de Declaraciones juradas de sueldos en Recursos Humanos de la Gobernación, I.P.S seguro de salud, I.P.S Seguros de Vida. Contaduría Gral. de la Provincia, Ministerio de Desarrollo Humano para la presentación de rendiciones de Asistencia Crítica.-
Que para dicho traslado utilizara su vehículo particular, por lo que necesitara reconocimiento del combustible.-
Que por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de autorizar este viaje de comisión de servicios a la Ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.1º:- COMISIONAR al Secretario de Hacienda Sr. Céspedes Freddy Marcelo LP Nº 161, a viajar a la Ciudad de Salta Capital los días 29 y 30 de noviembre del año 2.018, a fin de cumplir con las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2º:- AUTORIZAR al Depto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (2) días de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondientes a los días 29 y 30 de noviembre del presente año, más la suma de Pesos Tres Mil con 00/100 (3.000ºº), para combustible y gastos varios, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre del Secretario de Hacienda de la Municipalidad el Sr. Céspedes Freddy Marcelo LP Nº 161.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4º:- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCIÓN N° 1.190/018 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Tesorero de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Ferreyra Juan Ramón LP Nº 411, y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo solicita autorización de un día de viático a la ciudad de Salta Capital, para realizar gestiones ante la Secretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Salta, búsqueda de presupuestos y pago a proveedores de la municipalidad.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo, a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.1º:- COMISIONAR al Tesorero de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Ferreyra Juan Ramón LP Nº 411, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, los días 29 y 30 de noviembre del presente año, con el fin de cumplir las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2º:- AUTORIZAR al Depto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago, por dos (2) días de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente a los días 29 y 30 de noviembre del presente año, a nombre del Tesorero de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Ferreyra Juan Ramón LP Nº 411.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCIÓN N° 1.191/018 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Personal Subsidiado perteneciente al “Programa Aguaray Trabaja 2.017 – 2.018”, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315, y;
CONSIDERANDO:
Que en esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas enfermas de la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta para atención médica, que de esta forma el personal subsidiado colabora con la Municipalidad según el “Programa Aguaray Trabaja 2.017 – 2.018”.-
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.1°.- COMISIONAR al Personal Subsidiado perteneciente al “Programa Aguaray Trabaja 2.017 – 2.018” Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 29 de noviembre del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) equivalente de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 29 de noviembre del presente año, más la suma de Pesos Dos Mil con 00/100 ($2.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, a nombre del Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche