La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1198 del día 12 de Octubre del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCION Nº1775/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La sanción de la Ordenanza Nº021-022 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº5.449-022 con fecha 06-10-022; y
CONSIDERANDO
Que, el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad sanciona la referida norma legislativa de ADHESION a la Ley Nacional Nº14316.-
Que, la Ley refiere y establecen las penas de para las Personas que Maltraten o Hagan Víctimas de Actos de Crueldad a los Animales.
Que, así lo consagra nuestra Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936 – Artículos 138, Inciso 2: y expresa: “… Por ordenanza se establecerán sanciones para las persona que, abandonen, maltraten o agredan a los animales, sin perjuicio de las normas que se establecerán para la tenencia responsables de animales de compañía…”
Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936 – Art. 36- Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las ordenanza sancionadas por el concejo Deliberante, reglamentadas en los casos que corresponda.” Y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.
POR ELLO:
EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y LAS CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7936
R E S U E L V E
Art. 1º.- PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº021-022 la que pasa a formar parte integrante de la presente.
Art. 2º.- NOTIFICAR al área con competencia a fin del cumplimiento, difusión y notificación de la norma legislativa aprobada.
Art. 3º.- Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37 de la Ley Nº7936.
Art. 4º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
ORDENANZA Nº021/022
VISTO
La ley Nº 14.346, protección de los animales, y atento a la necesidad de concientizar y sensibilizar a la población sobre el bienestar de los animales, implementando un sistema moderno, eficiente y humanitario para dar atención a la población animal, y
CONSIDERANDO
Que, la declaración universal de los derechos del animal fue adoptada por la liga internacional de los Derechos del Animal en 1.977, proclamada al año siguiente; y posteriormente fue aprobada por la organización de las naciones unidas para la educación, la ciencia y la cultura (UNESCO).
Que, la misma considera que todos los animales poseen derechos, que el desconocimiento y el menosprecio de estos derechos han llevado y llevan al hombre a cometer atentados contra la naturaleza y contra los animales, que el reconocimiento por la especie animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies de todo el mundo, que el respeto a los animales es vinculante al propio respeto entre las personas y que la educación en la infancia proporciona compresión, respeto y afecto hacia los animales.
Que, en nuestro país se sanciono la ley 14.346 que protege al animal de todo tipo de abuso y actos de crueldad.
Que, es deber del concejo deliberante dictar ordenanzas de protección a los animales, comprendiendo los principios básicos de respeto, defensa, protección, higiene y salubridad de los animales en su relación con las personas.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY Nº7.936, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.Nº1.-ADHERIR al municipio de Aguaray la Ley Nacional nº14.346 “Ley de Protección de los animales” de maltrato y todo acto de crueldad.
Art.Nº2.-NOTIFICAR de la presente al Ejecutivo Municipal para su promulgación.
Art.Nº3.-SOLICITAR al área de competencia de la Municipalidad de Aguaray, realizar campaña de concientización de la Ley 14.346 en toda Jurisdicción.
Art.Nº4.-De forma.Sr. Acuña, Carlos – Sr. Linares, Fernando
RESOLUCION Nº1776/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La renovación y actualización del Contrato de Servicios Profesionales celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Dr. JOSE OSCAR GOMEZ, D.N.I Nº10.191.958, de Profesión Ginecólogo M.P Nº1.312; y
CONSIDERADO
Que, el referido Profesional viene realizando la prestación de los Servicios Médicos en la especialidad descripta, por cuanto ello permitió brindar asistencia y atención de forma gratuita a nuestros vecinos que no teniendo obra social, les resulta imposible acudir a la consulta, control y demás prestaciones que con el presente acto administrativo de renovación de contrato, este Intendente Municipal procura paliar.
Que, nuestra Carta Orgánica Municipal consagra la Promociónon de la salid como un principio rector basado en garantizar el acceso a la Salud Publica de la Población vulnerable y de riesgo, poniendo este concepto en práctica usando un enfoque participativo e interinstitucional con las autoridades de salud de nuestro Hospital Local.
Que, a efectos de cumplir con los objetivos propuestos para esta Gestión del G gobierno Local, es pertinente el dictado del respectivo acto resolutivo de aprobación del contrato de Servicio firmado oportunamente y disponer a través de la Secretaria de Hacienda de los Recursos económicos conforme la autorización de la Ordenanza de Presupuesto – Ejercicio Fiscal 2.022.-
POR ELLO:
EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y LAS CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7936
R E S U E L V E
Art. 1º.- APROBAR el Contrato de Servicio Profesional firmado entre la Municipalidad de Aguaray y el Dr. JOSE OSCAR GOMEZ, D.N.I Nº10.191.985, de Profesión Ginecólogo, M.P Nº1.312, Especialista en Diagnóstico por Imagen, el que pasa a formar parte integrante de la presente y regirá por seis (6) meses hasta el mes de Marzo 2.023 inclusive.
Art. 2º.- Por intermedio de la Secretaria de Gobierno se deberán tomar los recaudos administrativos pertinentes a efecto del sellado de ley.
Art. 3º.- La Secretaria de Hacienda Municipal deberá imputar las costas a la partida presupuestaria vigente del Presupuesto General de Recursos y Gastos 2022.
Art. 4º.- Refrenda la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – ley 7.936 – Art. Nº37.-
Art. 5º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCIÓN Nº1777/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
Los Cursos de Capacitación “Taller de Termo Fusión con Plásticos Reciclados” y “Taller de Capacitación de Micro emprendedores”, organizados por la Dirección de Pueblos Originarios de la Municipalidad de Aguaray, y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, Y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el expediente mencionado ut supra, el Director de Pueblos Originarios de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Aparicio Luis, solicita un documento resolutivo donde se declare de Interés Municipal y Cultural los talleres mencionados anteriormente.-
Que, el curso “Taller de Termo Fusión con Plásticos Reciclados” estará a cargo de la Capacitadora Sra. Alcoba Carina, D.N.I Nº 27.682.284, con una duración de cuatro clases, todos los martes desde las 09:00 a 12:00 Hs. en la Casa Central del Aborigen, donde aprenderán a Confeccionar Individuales – Confeccionar Baberos – Confeccionar Billeteras – Confeccionar Bolsos.-
Que, el curso “Taller de Capacitación de Micro emprendedores” estará a cargo de la Capacitadora Sra. Betiana García D.N.I Nº 44.566.701, perteneciente a la Fundación Pata Pila, con una duración de cinco clases, los martes y viernes desde las 18:00 a 19:00 Hs., donde se desarrollarán los siguientes temas: Qué es un emprendedor – Para qué sirve un plan de negocio – Qué es un estudio de mercado – Cuánto cuesta el Producto o Servicio – Para qué sirven las redes sociales, y otros.-
Que, por tratarse de una iniciativa que va en beneficio de los vecinos de Aguaray, que pueden acceder a estos Cursos y Talleres de Capacitación, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado autorizar todos los procesos administrativos y gastos que pudieran surgir por el dictado de los mismos,
Que, por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo con el fin de declarar de interés municipal y cultural los talleres de capacitación.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.1º.- DECLARAR DE INTERES CULTURAL Y MUNICIPAL, el “Taller de Termo Fusión con Plásticos Reciclados”, a dictarse los martes desde las 09:00 a 12:00 Hs. en la Casa Central del Aborigen, con duración de un mes, y el “Taller de Capacitación de Micro Emprendedores”, a dictarse los martes y viernes desde las 18:00 a 19:00, con duración de cinco clases.-
Art.2º.- AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a incorporar a la partida presupuestaria vigente, los gastos que demande la realización de los Cursos “Taller de Termo fusión con Plásticos Reciclados” y “Taller de Capacitación de Micro Emprendedores”, organizado por la Dirección de Pueblos Originarios de la Municipalidad de Aguaray.-
Art.3º.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente orden de Pago por la Suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000,00), para la adquisición de (02) Tela Teflonada
Art.4º.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente orden de Pago por la Suma de Pesos Dos Mil Seiscientos con 00/100 ($2.600,00) a nombre de la Capacitadora de la Fundación Pata Pila Sra. Betiana García D.N.I. Nº 44.566.701 para cubrir los gastos de traslado desde la Ciudad de Tartagal hacia Aguaray.-
Art.5º.- La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.6º.- DESE copia de la presente Resolución a la Oficina de Registro de Resoluciones Municipales en la Unidad de Archivo y Estadística y a las partes intervinientes.-
Art.7º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.
Art.8º.- De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1778/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, El Convenio de Obra Pública para la “Construcción de 14 viviendas en la localidad de Aguaray – Dpto. Gral. San Martín – Pcia. De Salta” aprobado por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021, Pedido de Provisión Nº 035961/22, y Nota de la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; y;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray a través de la Empresa CORRALON FAAL CUIT Nº 30-65013386-9, adquirió Materiales de corralón para la “Construcción de 14 viviendas en la localidad de Aguaray, correspondiente a las Viviendas Nº 4 , 5 y 6, según Factura Nº 012-00000329.-
Que, La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en el Capítulo II – Finalidades Del Gobierno Municipal, en su Art. 22.- “Son competencias municipales, además de lo establecido por el artículo 176 de la Constitución Provincial: …inc. 5. Aprobar las normas relativas a la prestación de los servicios públicos municipales y la realización de obras públicas…”, en el Capítulo VI – Obras Y Servicios Públicos, en su Art. 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación,…”.-
Que, La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en su Art. 95.- “Asistirá a las personas con necesidades básicas insatisfechas y promoverá el acceso a los servicios públicos para los que tienen menores posibilidades.”
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado agilizar los trabajos para que las personas que necesitan una vivienda se vean beneficiadas lo más antes posible, es así que es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a realizar el pago de la factura antes mencionada de Materiales de corralón para la “Construcción de 14 viviendas en la localidad de Aguaray, correspondiente a las Viviendas Nº 4, 5 y 6.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art. Nº 1.-APROBAR el pago de la Factura Nº 012-00000329 de la Empresa CORRALON FAAL CUIT Nº 30-65013386-9, la cual vendió Materiales de corralón para la “Construcción de 14 viviendas en la localidad de Aguaray, correspondiente a las Viviendas Nº 4, 5 y 6 por la suma de PESOS ONCE MIL NOVENTA Y UNO CON 55/100 CTVOS ($ 11.091,55).-
Art. N°2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS ONCE MIL NOVENTA Y UNO CON 55/100 CTVOS ($ 11.091,55) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON FAAL SRL, con Domicilio en Av. 9 de Julio 159, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art. N°3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art. N°4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art. N°6.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1779/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO:
Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 010-00016646.-
Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.
Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art. N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($ 191.837,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art. N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art. N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art. N°5.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1780/022 (Poder Ejecutivo)
Ley provincial Nº 8.072 “Sistema de contratación de la provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/19, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 036000/22, y Nota de Ref: Solicitud de Contratación Abreviada de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Resolución Municipal Nº 1727-2.022
CONSIDERANDO:
Que, debido a que el sector de Taller Mecánico, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, solicita la compra de Aceite, Urea y Agua Refrigerante para stock del parque automotor y que por razones de que es imprescindible que los vehículos oficiales se encuentren en funcionamiento para las tareas inherentes a la contraprestación de servicios hacia los contribuyentes, surge la necesidad de iniciar las tareas que competen a Servicios y Obras Públicas del Municipio.
Que, mediante Pedido de Provisión Nº 036000/22 se solicitó la “ADQUISICON DE (20) LTS AGUA REFRIGERANTE, (30) LTS DE UREA Y (1) BIDON DE 200 LTS DE ACEITE 15 W 40 PARA STOCK DEL PARQUE AUTOMOTOR – MUNICIPIO DE AGUARAY”, según expediente adjunto a la presente.
Que, a través de la Resolución Municipal Nº 1727-2.021, se procedió a convocar a Contratación Abreviada Nº 22/2022.
Que, de conformidad a la Ley Nº 8.072, se procedió a la Publicación del llamado a Contratación Abreviada Nº 22/2022 a través de la Página Web Oficial de la Municipalidad de Aguaray: www.aguaray.gob.ar. En la sección de CONTRATACIONES, con la fecha de Apertura 04/10/22, a Hs. 12:00.
Que, se presentó CUATRO (4) ofertas: Empresa 1. LUBRICANTES OLIS, con domicilio Legal en Sargento Alegre Final s/n, Profesor Salvador Mazza, 2. LUBRICANTES SANTA TERESITA, con domicilio legal en Diagonal 9 de Julio, Ciudad de Aguaray, 3 KOY LUBRICANTES , con domicilio legal en Av. 25 de Mayo Nº 1096, Ciudad de Tartagal, y 4. VALENTIN REPUESTOS, con domicilio legal en Av. 9 DE Julio 710, Ciudad de Tartagal.
Que, visto un análisis anterior por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones se procede a seleccionar como oferta ganadora a la siguiente empresa: LUBRICANTES OLIS CUIT Nº 27-39041856-1 requisitos completos y oferta económica por la suma de PESOS CIENTO SETENTA MIL TRESCIENTOS CON 00/100 (170.300,00), IVA incluido.
Que, por lo expuesto precedentemente, corresponda dictar el presente instrumento administrativo a fin de aprobar la contratación Abreviada Nº 22/2.022
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Arte. N°1.-ADJUDICAR a la Empresa, LUBRICANTES OLIS, CUIT Nº 27-39041856-1, con domicilio comercial en Sargento Alegre Final s/n, Profesor Salvador Mazza, correspondiente a la CONTRATACION ABREVIADA Nº 22/2.022 para la “ADQUISICION DE (20) LTS DE AGUA REFRIGERANTE, (30) LTS DE UREA Y (01) BIDON DE 200 LTS DE ACEITE 15 W 40 PARA STOCK DEL PARQUE AUTOMOTOR – MUNICIPIO DE AGUARAY”, por la suma de PESOS CIENTO SETENTA MIL TRESCIENTOS CON 00/ 100 (170.300,00), IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunto al expediente.
Art. N°2.- DESE intervención a las secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.
Art. N°3.- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art. N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art. N°5.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1781/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, El Convenio de Obra Pública para la “Construcción de 14 viviendas en la localidad de Aguaray – Dpto. Gral. San Martín – Pcia. De Salta” aprobado por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021, Pedido de Provisión Nº 036072/22, y Nota de la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; y;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray a través de la Empresa CHAVEZ ARNALDO ENRIQUE CUIT Nº 20-34913735-7, adquirió Materiales de edificación (1.000 Ladrillos) para la “Construcción de 14 viviendas en la localidad de Aguaray, correspondiente a las Viviendas Nº 4, 5 y 6, según Factura Nº 002-00000121.-
Que, La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en el Capítulo II – Finalidades Del Gobierno Municipal, en su Art. 22.- “Son competencias municipales, además de lo establecido por el artículo 176 de la Constitución Provincial: …inc. 5. Aprobar las normas relativas a la prestación de los servicios públicos municipales y la realización de obras públicas…”, en el Capítulo VI – Obras Y Servicios Públicos, en su Art. 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación,…”.-
Que, La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en su Art. 95.- “Asistirá a las personas con necesidades básicas insatisfechas y promoverá el acceso a los servicios públicos para los que tienen menores posibilidades.”
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado agilizar los trabajos para que las personas que necesitan una vivienda se vean beneficiadas lo más antes posible, es así que es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda a realizar el pago de la factura antes mencionada de Materiales de edificación para la “Construcción de 14 viviendas en la localidad de Aguaray, correspondiente a las Viviendas Nº 4, 5 y 6.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art. Nº 1.-APROBAR el pago de la Factura Nº 002-00000121 de la Empresa de CHAVEZ ARNALDO ENRIQUE CUIT Nº 20-34913735-7, la cual vendió Materiales de Edificación (1.000 Ladrillos) para la “Construcción de 14 viviendas en la localidad de Aguaray, correspondiente a las Viviendas Nº 4, 5 y 6 por la suma de de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00).-
Art. N°2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa de CHAVEZ ARNALDO ENRIQUE, con Domicilio en Av. Mariano Moreno 0, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art. N°3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art. N°4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art. N°6.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1782/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa INFOLUZ, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Electricidad, mediante solicitud del Pañol de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO:
Que, el sector del Pañol Municipal la a través de la Empresa INFOLUZ CUIT Nº 20-21606787-9, se adquirió Materiales de Electricidad para el buen funcionamiento de la institución municipal, Mediantes Facturas Nº 005-00000146 y 005-00000144.-
Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.
Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de electricidad para tener en stock en el pañol para las diferentes tareas que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art. N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($ 105.390,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa INFOLUZ, con Domicilio en Güemes 343, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art. N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art. N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art. N°5.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1783/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 036088/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Contratación Abreviada de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-
Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contrataciones Nº 8.072, se procedieron a realizar los procesos administrativos necesarios y en vista a ello se conformó el Expediente “CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, el cual se adjunta a la presente.-
Que, mediante Pedido de Provisión Nº 036088/22, se solicita la “ADQUISICIÓN DE (50) BOLSAS DE CAL VIVA (50) BOLSAS DE CEMENTO POR 50 KG, PARA EL CONVENIO DE OBRA PÚBLICA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS Nº 4, 5 y 6 , EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN ” , las notas de requisitos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el art. 15, inciso i) de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.
Que, la fecha límite para la presentación de las propuestas será el 14 de Octubre del año 2.022 a Hs. 12:00, en conformidad con lo publicado a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de CONTRATACIONES: www.aguaray.gob.ar.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art. N°1.-CONVOCAR a CONTRATACIÓN ABREVIADA N° 24/2.022, “ADQUISICIÓN DE (50) BOLSAS DE CAL VIVA (50) BOLSAS DE CEMENTO POR 50 KG, PARA EL CONVENIO DE OBRA PÚBLICA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS Nº 4, 5 y 6, EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, según Expediente adjunto a la presente, conforme lo dispuesto a la ley Provincial N°8.072 y Decreto Reglamentario N° 1319/18 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Capítulo II, Art. 15, inciso i) – Contratación Abreviada.-
Arte. N°2.- ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a realizar los actos administrativos correspondientes a fin de dar cumplimiento al procedimiento de CONTRATACIÓN ABREVIADA.-
Arte. N°3.- ORDENAR se imputan los gastos a la partida correspondiente.-
Art. N°4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-
Art. N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art. N°6.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1784/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa VALENTIN REPUESTOS que brindó el Servicio de cambio de Bulones, mediante solicitud de la Dirección de Obras y Servicios Públicos y el Sector Mecánico de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO:
Que, debido a que el sector de Taller Mecánico, dependiente de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, solicita la compra (11 ONCE) Bulones para el camión Mercedes Benz 1114 Dominio HKU342 y que por razones de que es imprescindible que el mismo se encuentre en funcionamiento para las tareas inherentes que lleva a cabo los diferentes sectores y en consecuencia de la situación actual, surge la necesidad de iniciar las tareas que competen al Servicio del Municipio.-
Que actualmente la empresa prestataria de servicio VALENTIN REPUESTOS C.U.I.T. Nº 20-26863835-7, con domicilio comercial en 9 de Julio, Ciudad de Tartagal,realizo provisión de repuestos para el camión Mercedes Benz 1114 Dominio HKU342, perteneciente al Parque Automotor Municipal mediante Factura Nº 003-00000286.-
Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago a la Empresa Valentín Repuestos que realizo asistencia de Bulones a la Municipalidad de Aguaray.-
Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art. N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 38.400,00) por UNICA VEZ, a nombre de la Empresa VALENTIN REPUESTOS C.U.I.T. Nº 20-26863835-7, con domicilio en 9 de Julio la Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art. N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art. N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art. N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art. N°5.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1785/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON LA PATRONA, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud del Pañol de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO:
Que, el sector del Pañol Municipal la a través de la Empresa CORRALON LA PATRONA CUIT Nº 23-41051967-4, se adquirió Materiales de Corralón (25 Veinticinco) Bolsas de Cemento por 50 kg, para el buen funcionamiento de la institución municipal, Mediante Factura Nº 002-00000118.-
Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.
Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de Corralón para tener en stock en el pañol para las diferentes tareas que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art. N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la
suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 47.500,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON LA PATRONA, con Domicilio en Bº 30 Viviendas, Mzna A. Casa 3, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art. N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art. N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art. N°5.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1786/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La nota presentada por parte del Encargado de la Oficina de Tierras y Bienes Sr. Alberto Sarmiento, el cual informa el operativo que se llevará a cabo los días 11 y 12/10/022 en el Bº 9 de Julio de nuestra localidad por parte de la Secretaria Tierras y Bienes del Estado- Gob. De la Provincia, Y;
CONSIDERANDO:
Que, este operativo “Relevamiento para Escrituración del terreno-Bº 9 de Julio” continua en la regularización dominial para que más familias de la ciudad puedan recibir las escrituras de sus terrenos.
Que, con esta acción de regularizar y otorgar estas escrituras sociales, son muy importantes. El hecho que una familia pueda contar con su título de la propiedad la dignifica.
Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley N° 7.936, establece en su Art. 36 – Inciso 25: Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio.
Que, por lo expuesto precedentemente, y con el objetivo de visibilizar y reconocer el esfuerzo manifiesto el trabajo por parte del personal perteneciente a la Secretaria Tierras y Bienes del Estado- Gob. De la Provincia, el Ejecutivo Municipal desea dictar un instrumento legal que avale el trabajo social y de interés municipal.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art. 1º.- DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL El Operativo “Relevamiento para Escrituración del terreno-Bº 9 de Julio” que se llevará a cabo los días 11 y 12/10/022 en el Bº 9 de Julio de nuestra localidad por parte de la Secretaria Tierras y Bienes del Estado.
Art. 2º.- Instrumentar a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar los gastos que demande el evento citado en el Art. 1º de la presente, a la partida presupuestaria vigente. –
Art. 3º.- La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art. 4º. -Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Art. 4º. –De forma
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José