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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1714 el día 03 de Enero del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº 0008/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza N°036-024 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. N°034-025 con fecha 03-01-025: y

CONSIDERANDO

Que, se aprueba la Ordenanza Tarifaria Ejercicio Fiscal 2.025 que fija y establece los criterios, Tasas, Impuestos y demás Tributos Municipales a percibir durante el año fiscal referido.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936- Art. 36-Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 036-024 TARIFARIA – EJERCICIO FISCAL 2.025 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-DISPONER y ENCOMENDAR, conforme las facultades conferidas en el Art. N№02 de la citada norma legislativa, la redacción del Texto Ordenado a la Secretaria de Hacienda Municipal a efecto de la aplicación y el cumplimiento respectivo.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las áreas competentes a fin de la puesta en vigencia.

Art.Nº4.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernandez, Sandra – Sr. Irala, Gustavo

ORDENANZA 036/2024

VISTO

El expte. Nº 664/024 que fuera ingresado por el Poder ejecutivo Municipal, mediante el cual plantea la necesidad de sancionar y aprobar la Ordenanza Tarifaria – Ejercicio Fiscal 2.025; y

CONSIDERANDO

Que, el mismo fue considerado en sesion del Concejo Deliberante, analizado y aprobado en la sala de sesiones.

Que, es necesario sancionar la presente norma Tributaria general, conforme a las facultades conferidas por la Carta Organica Municipal – Ley Nº 7.936 a fines de establecer la politica tributaria municipal, fijando los criterios, Tasas, Contribucion e Impuestos Municipales a percibir durante el Ejercicio Fiscal 2025,  es necesario establecer el texto de la Ordenanza Tarifaria Fiscal Nº 2025 para el correcto funcionamiento de la Norma Tributaria 2025.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES, ESTABLECIDAS POR LEY Nº 7.936 CARTA ORGANICA MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art.Nº1.-TENGASE POR ORDENANZA TARIFARIA EJERCICIO FISCAL 2.025 al texto que pasa a formar parte integrante de la presente, como anexo I.

Art.Nº2.-Facultar el Poder ejecutivo Municipal a la redaccion del Texto ordenado de la norma Tributaria – Ejercicio Fiscal 2025, conforme la legislacion aprobada oportunamente y que hacen a la actualizacion de la Ordenanza Nº 034 – 023, debiendo incorporar las modificaciones contenidas y previstas en las Ordenanzas Nº 015–024, Nº 017–024 y Nº 025–024 respectivamente y las que se expresan a continuacion.

Art.Nº3.-A tales efectos fijar el valor de la Unidad Tributaria (Modulo) en el equivalente a $210,00 (Pesos Doscientos Diez) cada unidad,  aplicando identico criterio de actualizacion de la misma, conforme lo expresa el art. Nº 179 de la Ordenanza Nº 034 -023.

Art.Nº4.-Aprobar el Calendario Impositivo 2025, conforme el texto contenido en el Art. Nº 178 de la Ordenanza Nº 034 – 023.

Art.Nº5.-Aprobar y Fijar la Tasa por la prestacion de Servicio Natatorio Municipal en concepto de entradas la suma de  $1.500,00 (Pesos Un Mil Quinientos) a menores de Edad y $2.000,00 (Pesos Dos Mil) a Mayores de Edad.

Art.Nº6.-Dese al Poder Ejecutivo Municipal para su promulgacion, cumplimiento y puesta en vigencia.

Art.Nº7.- De Forma.

Sr. Acuña, Carlos – Sra. Casimiro, Marlene Fabiola