La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1772 el día 01 de Abril del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCIÓN N°0745/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje realizado a la Ciudad de Ledesma en la Provincia de Jujuy, por parte del Agente Municipal perteneciente a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Castro, Manuel – Chofer, L.P. Nº 730, Y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tenía como objetivo trasladar al equipo de Hockey para participar de un torneo en dicha Ciudad.-
Que, dicho traslado requirió el uso del Vehículo Oficial Municipal Trafic Renault Master, Dominio: AB768GH.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Ledesma.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-RECONOCER el viaje realizado por el Agente Municipal, el Sr. Castro, Manuel – Chofer, L.P. Nº 730, a la Ciudad de Ledesma en la Provincia de Jujuy, el día 29 de marzo del año 2.025, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por el 100% de un (01) día de viático la Ciudad de Ledesma en la Provincia de Jujuy, correspondiente al 29 de marzo del año 2.025, más la Suma de Pesos Ochenta Mil c/00/100 ($80.000,00) para combustible y gastos varios con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre del Agente Municipal Sr. Castro, Manuel – Chofer, L.P. Nº 730.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian
RESOLUCION Nº0746/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La solicitud expuesta por la Sra. Clara Velastiqui de Amaya D.N.I. N° 20.644.327, con domicilio en B° Belgrano, Y;
CONSIDERANDO
Que, oportunamente la Sra. Velastiqui, solicitó una ayuda económica para solventar los gastos de internación de su esposo el Sr. Amaya Oscar David D.N.I. N° 17.190.712, ya que se encuentra en terapia intensiva en la Ciudad de Salta.-
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-RECONOCER la ayuda económica otorgada a la Sra. Clara Velastiqui de Amaya D.N.I. N° 20.644.327, en fecha 29 de marzo del presente año, para gastos de internación de su esposo el Sr. Amaya Oscar David D.N.I. N° 17.190.712.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de Pesos Trescientos Mil con 00/100 ctvos. ($300.000,00) POR ÚNICA VEZ, a nombre de la Sra. Clara Velastiqui de Amaya D.N.I. N° 20.644.327, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº6.-De forma.-
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian
RESOLUCIÓN Nº0747/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Contrato de Servicios Profesionales celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Profesora Ángela Rodríguez de Gallardo, D.N.I. Nº 11.207.673, Y;
CONSIDERANDO
Que, la Dirección de Cultura y Educación Municipal, a través del Expte. N° 1357/2.025, solicita el pago del servicio que brinda la Profesora Ángela Rodríguez de Gallardo, quien continúa dictando los cursos en los parajes de nuestra jurisdicción como así en el centro de nuestra localidad en la Escuela de Artesanías Municipal “MARANATHA”, los mismos se detallan a continuación:
- Tejidos en Gral. (2 agujas, crochet, telares).-
- Bordados (Cintas, tradicional, mejicano, ruso, español, perlas y otros).-
- Pintura (sobre tela, madera, fibrofácil).-
- Floristería.-
- Reciclado.-
- Varios.-
Que, los cursos mencionados ut supra van dirigidos para niños y adultos a partir de los 7 años, con duración de 3 meses cada uno, con la posibilidad de ir cambiando cada vez que se finalice el cursado, es gratuito y con entrega de certificados.-
Que, es necesario solventar este tipo de demandas por la predisposición de la profesora ya que se requiere de un sustento para poder desarrollar este tipo de actividades como lo expresa, y debido a la situación económica actual y la suba de los insumos y los pasajes, solicita una consideración en el aumento de su subsidio.-
Que, por tratarse de una iniciativa que va en beneficio de los vecinos de Aguaray, que pueden acceder a estos Cursos y Talleres de Capacitación y Perfeccionamiento de Técnicas para el Reciclado de Elementos, Pintura sobre Tela y Cursos de Telares en General, para la confección de frazadas, mantas, chales y otros.-
Que, el Departamento Ejecutivo, considera factible dar lugar a la solicitud de aumento de subsidio en forma mensual, por tratarse de una importante iniciativa con el solo objeto de brindar capacitación por parte de una institución sin fines de lucro, que se encuentra a cargo de la profesora Ángela Rodríguez de Gallardo.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Contrato de Servicios Profesionales firmado entre la Municipalidad de Aguaray y la Prof. Ángela Rodríguez de Gallardo, D.N.I. Nº 11.207.673, que pasa a formar parte integrante de la presente.
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda Municipal a Imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº3.-Refrenda la presente el Secretario de Gobierno o de competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – ley Nº7.936 – Art. Nº37.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian
RESOLUCIÓN N°0748/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal perteneciente a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Castro, Manuel – Chofer, L.P. Nº 730, Y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a un paciente para control médico en el Hospital Materno Infantil, bajo pedido Expte. N° 1277/2025.-
Que, dicho traslado requiere el uso del Vehículo particular del interesado Auto Renault Sandero, Dominio: JQR954.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Castro, Manuel – Chofer, L.P. Nº 730, a realizar un viaje a la Ciudad de Salta, el día 03 de abril del año 2.025, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por el 100% de un (01) día de viático la Ciudad de Salta, correspondiente al día 03 de abril del año 2.025, más la Suma de Pesos Ochenta Mil c/00/100 ($80.000,00) para combustible y gastos varios con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre del Agente Municipal Sr. Castro, Manuel – Chofer, L.P. Nº 730.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian
RESOLUCIÓN Nº0749/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las presentaciones y requerimientos efectuados por residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada con conocimiento y preparación para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con ausencia de asistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, para su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de Trabajos/Servicios Comunitarios entre Personas Desocupadas con Residencia en Piquirenda Fátima (Grupo Varones) (Expte. N° 1.423/25), con representación delegada en el Sr. Belarmino Fabián HIPOLITO, DNI N° 24.072.703, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del 01abr25 – 30abr25.
Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian
RESOLUCIÓN Nº0750/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las presentaciones y requerimientos efectuados por residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada con conocimiento y preparación para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con ausencia de asistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, para su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de Trabajos/Servicios Comunitarios entre Personas Desocupadas con Residencia en Piquirenda Fátima (Grupo Mujeres) (Expte. N° 1.424/25), con representación delegada en el Sr. Belarmino Fabián HIPOLITO, DNI N° 24.072.703, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del 01abr25 – 30abr25.
Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian
RESOLUCIÓN Nº0751/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las presentaciones y requerimientos efectuados por residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada con conocimiento y preparación para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con ausencia de asistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, para su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de Trabajos/Servicios Comunitarios entre Personas Desocupadas con Residencia en Ejido Municipal (Grupo 1) (Expte. N° 1.432/25), con representación delegada en el Sr. Miguel Ángel CRUZ, DNI N° 29.496.488, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del 01abr25 – 30abr25.
Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian
RESOLUCIÓN Nº0752/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las presentaciones y requerimientos efectuados por residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada con conocimiento y preparación para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con ausencia de asistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, para su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de Trabajos/Servicios Comunitarios entre Personas Desocupadas con Residencia en Ejido Municipal (Grupo 2) (Expte. N° 1.436/25), con representación delegada en el Sr. Luis Marcelo VACA, DNI N° 21.311.649, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del 01abr25 – 30abr25.
Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian
RESOLUCIÓN Nº0753/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las presentaciones y requerimientos efectuados por residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada con conocimiento y preparación para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con ausencia de asistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, para su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de Trabajos/Servicios Comunitarios entre Personas Desocupadas con Residencia en Ejido Municipal (Grupo 3) (Expte. N° 1.437/25), con representación delegada en el Sr. Jorge Mauricio ROMERO, DNI N° 31.954.797, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del 01abr25 – 30abr25.
Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian