La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1793 el día 07 de Mayo del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCION Nº0991/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La solicitud expuesta por el Sr. Jaime, Alberto Ezequiel D.N.I. N° 35.261.499 con domicilio en el B° 40 Viviendas; Expte. N° 2019/2.025, Y;
CONSIDERANDO
Que, a través del expediente mencionado en el Visto, el Sr. Jaime, solicita una ayuda económica para cubrir los gastos para viajar a la localidad de Cornejo tema laboral, ya que no cuenta con los recursos suficientes para cubrirlos por sus propios medios.-
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR la ayuda económica a nombre del Sr. Jaime Alberto Ezequiel D.N.I. N° 35.261.499, para cubrir gastos de traslado a la localidad de Cornejo Tema laboral.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de Pesos Veinte Mil con 00/100 ctvos. ($20.000,00) POR ÚNICA VEZ, a nombre del Sr. Jaime Alberto Ezequiel D.N.I. N° 35.261.499, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº6.-De forma.-
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN N°0992/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a la Cuidad de Salta, por parte del Director de Cultura y Educación de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Medina Martin, DNI N° 16.734.999 L.P. Nº 339, Y;
CONSIDERANDO
Que, dicho viaje tiene como objetivo entregar documentaciones de los inscriptos en el Secundario Virtual al Ministerio de Educación de la Prov. De Salta.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viático de la comisión de servicios, de dicho viaje a la Cuidad de Salta.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-COMISIONAR al Director de Cultura y Educación de la Municipalidad de Aguaray el Sr. Medina Martin DNI N° 16.734.99 L.P. Nº 339, a realizar el viaje a la Cuidad de Salta, el día 08 de Mayo del presente año, para realizar las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por 100 % de un (01) día de viatico correspondiente al día 08 de Mayo del presente año, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha ciudad con cargo de rendición luego de las 72 Hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre del Director de Cultura y Educación de la Municipalidad de Aguaray, Sr. Medina Martin DNI N° 16.734.999 L.P. Nº 339.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.-
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCION Nº0993/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 1978/25, presentado por la Sra. ORDOÑEZ, DAIANA MARIANELA, DNI Nº 40.112.610, con domicilio. en el Paraje Capiazuti, jurisd. de esta Localidad, en el cual solicita un PERMISO PROVISORIO, por el lapso de Cinco(3) meses, para el desempeño de una actividad comercial de carácter eventual con el rubro: “KIOSCO”, fijando domicilio en su domicilio particular, y;
CONSIDERANDO
Que se contemplan éste tipo de situaciones requeridas a modo de prueba, por los actuales motivos de inestabilidad económica que se viven.
Que el Art. 173, inc. b, de la Ordenanza Tarifaria Mpal. faculta a la Autoridad Mpal.. a otorgar ésta clase de facilidades.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Conceder a la Sra. ORDOÑEZ, DAIANA MARIANELA, DNI Nº 40.112.610, un PERMISO PROVISORIO por el lapso de Dos (2) meses a partir del día: 07-05-25, para el funcionamiento de una actividad comercial de rubro: “KIOSCO”, con domicilio en el Paraje Capiazuti, jurisdicción de esta Localidad.
Art.Nº2.-Comunicar a la solicitante que la presente concesión vence el día: 07-07-25. Posteriormente, si continúa con la actividad, deberá inscribirse en los registros pertinentes.
Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.Nº4.-Eximir de los impuestos en vigencia, por el tiempo mencionado, debiendo abonar solo los sellados administrativos.
Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente a la solicitante.
Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCION Nº0994/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. MANUEL, Julio Alberto Legajo Personal Nº 719 mediante el cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. MANUEL, Julio Alberto Legajo Personal Nº 719, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024 por la cantidad de 15 (quince) días hábiles a partir del día 08/05/2.025 hasta el 28/05/2.025 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos – y al interesado a los efectos correspondientes.-
Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº0995/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las presentaciones y requerimientos efectuados por residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada con conocimiento y preparación para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con ausencia de asistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, para su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de Trabajos/Servicios Comunitarios entre Personas Desocupadas con Residencia en Piquirenda Fátima (Grupo Varones) (Expte. N° 1.423/25 – Vigencia: Abr/Jul-025), con representación delegada en el Sr. Belarmino Fabián HIPOLITO, DNI N° 24.072.703, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del 01may25 – 31may25.
Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº0996/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las presentaciones y requerimientos efectuados por residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada con conocimiento y preparación para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con ausencia de asistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, para su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de Trabajos/Servicios Comunitarios entre Personas Desocupadas con Residencia en Piquirenda Fátima (Grupo Mujeres) (Expte. N° 1.969/25), con representación delegada en la Sra. María Griselda CUELLAR, DNI N° 35.261.492, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del 01may25 – 31may25.
Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCIÓN Nº0997/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las presentaciones y requerimientos efectuados por residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada con conocimiento y preparación para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con ausencia de asistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, para su núcleo familiar, Y;
CONSIDERANDO
QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.
QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.
QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.
QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de Trabajos/Servicios Comunitarios entre Personas Desocupadas con Residencia en Ejido Municipal (Grupo 3) (Expte. N° 1.906/25), con representación delegada en el Sr. Jorge Mauricio ROMERO, DNI N° 31.954.797, por un monto equivalente a $ 1.000.000,00 (Pesos Un Millón con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del 01may25 – 31may25.
Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCION Nº0998/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Salas, Ángela DNI Nº 21.311.754, Y;
CONSIDERANDO
Que, mediante ingreso de Pedido de Suministro Nº 000580/25, y Orden de Compra Nº 19264, se solicitó la autorización del servicio de lunch, con destino a la inauguración de la UNATE – Oficina de la Tercera Edad, a llevarse a cabo el día 06 de mayo del presente año.-
Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago del servicio a los proveedores de nuestro municipio.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Salas, Ángela DNI Nº 21.311.754, que pasa a formar parte de la presente. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.-
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCION Nº0999/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Juan Carlos Sarmiento, DNI Nº 10.822.221, Y;
CONSIDERANDO
Que, mediante solicitud presentada por la Oficina de la Tercera Edad Municipal, se requirió de la contratación del Servicio de Amplificación de Sonido, para la inauguración de la UNATE (Universidad Abierta de la Tercera Edad) Que, se requirió de la Contratación de un Servicio de Amplificación de Sonido para este evento, que lo realizó el Sr. Juan Carlos Sarmiento.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Juan Carlos Sarmiento DNI Nº 10.822.221, que pasa a formar parte de la presente. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.-
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
RESOLUCION Nº1000/025 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Juan Carlos Sarmiento, DNI Nº 10.822.221, Y;
CONSIDERANDO
Que, mediante solicitud presentada por la Oficina de la Tercera Edad Municipal, se requirió de la contratación del Servicio de Amplificación de Sonido, para la fiesta en Honor a la Virgen de Lujan en el B° 47 Viviendas.-
Que, se requirió de la Contratación de un Servicio de Amplificación de Sonido para este evento, que lo realizó el Sr. Juan Carlos Sarmiento.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Juan Carlos Sarmiento DNI Nº 10.822.221, que pasa a formar parte de la presente. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.-
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Irala, Gustavo
