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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1599 el día 04 de Julio del Año 2.024, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCION Nº1283/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 2648/24 presentado por la Sra. SEGUNDO Ester Fidela D.N.I. Nº 35.837.398, domiciliada en la comunidad de Tuyunti en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Segundo, solicita una ayuda económica para costear gastos para la realización de una Jornada para Jóvenes para predicación de la Palabra, los días 5, 6 y 7 de Julio en la Comunidad de y como no cuentan con los recursos suficientes es que acude a este pedido. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación en donde Jóvenes puedan sentirse contenidos participando con otros pares. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 20.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. SEGUNDO Ester Fidela D.N.I. Nº 35.837.398, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1284/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa NIEVA JUAN IGNACIO, que brindó el servicio de suministro de materiales para obra en el Paseo del Centenario y personal de Asa del Municipio de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, a través de la Empresa NIEVA JUAN IGNACIO CUIT Nº 20-41051954-3 se solicitó la compra de Materiales para Pintado y acondicionamiento del Paseo del Centenario y (04) Pulverizadores x 1 lts de alta presión, destinado al personal de ASA, mediante Factura Nº 001-00000316 y 001-00000317.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos. –

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de la factura ut supra. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 328.230,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa NIEVA JUAN IGNACIO CUIT Nº 20-41051954-3, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1285/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La conmemoración del 208º Aniversario de la Declaración de la Independencia Argentina, y La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936; Y;

CONSIDERANDO

Que, el 9 de Julio evoca la jornada en que un grupo de representantes de las Provincias Unidas confirmó en una declaración su intención de poner fin a siglos de dominio colonial español. La declaración de la independencia fue un acto soberano y colectivo. El histórico Congreso de Tucumán reunió a 28 diputados, que sesionaron y debatieron día a día durante muchos meses para proyectar una nueva nación. Allí se trazaron los primeros lineamientos de lo que luego sería la Argentina.

Que, al conmemorarse el 208º Aniversario de la Declaración de la Independencia en nuestro país, se llevara a cabo la fiesta en el B° 9 de Julio a partir del sábado 6 hasta el martes 09 de Julio, según el cronograma de actividades adjunto a la presente, Expte. N°2617/24 y Expte. N°2618/24.

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, es intención del Ejecutivo Municipal apoyar las actividades públicas que hacen a las manifestaciones culturales, patrióticas y festivas del Municipio de Aguaray. –

Que, a razón de las actividades programadas, el municipio dispondrá que todas las áreas municipales de competencia deberán estar afectadas indefectiblemente, como así del acondicionamiento de las calles, pintado de cordones, puesta de escenario, contratación de sonido, y compra de insumos varios para que esta festividad tenga el carácter institucional que requiere. –

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de declarar de interés municipal y cultural el Acto Oficial alusivo a la Declaración de la Independencia. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL las actividades en conmemoración del 208° Aniversario de la Declaración de la Independencia Argentina, de acuerdo al cronograma adjunto bajo Exptes. 2617/24 y 2618/24, que se realizaran desde el 06 al 09 de Julio del 2.024.

Art.Nº2.-Instrumentar a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar los gastos que demande el desarrollo de las actividades mencionadas ut supra y cualquier otro que pudieran surgir, a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Dese copia de la presente a: la de Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°1286/024 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje realizado a los Altos Valles de Acambuco, por parte del Personal Perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, que desempeñan funciones en la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tenía como fundamentos realizar el traslado de tanques de agua en los Altos Valles de Acambuco, por la situación de Emergencia Hídrica. –

Que, dicho traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Camioneta Ford Cargo 1519, Dominio AD555JV. –

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER el viaje realizado por parte del Personal del Programa Aguaray Trabaja pertenecientes a la Secretaría de Obras Públicas, a los Altos Valles de Acambuco el día 02 de julio del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, de acuerdo a la siguiente descripción:

Apellido y NombrePersonalL.P. NºSector
PERALES, MaximilianoP.E.40.155.605Chofer
PERALES, LeonelP.E.42.317.001Ayudante

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
PERALES, MaximilianoUn (01) equivalente de Viático más el 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-
PERALES, LeonelUn (01) equivalente de Viático más el 100% del Plus Adicional Pecuniario y Complementario.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº5De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°1287/024 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541, L.P. Nº 468, el día 05/07/24, Y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a personas de escasos recursos, con turnos programados para atención médica exclusivamente, las mismas se detallan en la planilla adjunta a la presente. –

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master Minibús, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AB768GH Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468, a realizar un viaje a la ciudad de Salta, el día 05 de julio del año 2.024, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente al 05 de julio del año 2.024, más la suma de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre del Sr. Pinto Ramón, D.N.I. Nº 29.059.541 L.P. Nº 468.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1288/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº015-024 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº2670-024 con fecha 03-07-024; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante, dio tratamiento y aprobación al proyecto de Ordenanza que fuera enviado para su consideración por parte de éste Poder Ejecutivo Municipal.

Que, la norma legislativa aprobada introduce modificaciones a la Ordenanza Tarifaria Ejercicio Fiscal 2024 – Nº034-023.

Que, en uso de las facultades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 015/024.

Art.Nº2.-NOTIFICAR a las áreas con competencia a fin del cumplimiento e implementación de la misma.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

ORDENANZA Nº 015/024

VISTO

El Código Tributario Municipal Ordenanza 028/2008 y Ordenanza Tarifaria N° 034/2023, LA ORDENANZA Nº 13/2024, Resolución Municipal Nº 1139/024.

La necesidad de establecer con propiedad la designación del nombre de la tasa que el municipio de Aguaray brinda a Comerciantes, Industrias, empresas, y/o a todo aquel que realiza una actividad económica en la ciudad, como así también efectuar otras modificaciones a las normas tributarias, siendo  imperativo y oportuno variar el Capítulo XIX de la tarifaria vigente en la actualidad; como así también reglar el criterio de tributación teniendo en cuenta el cumplimiento del mismo, el costo del servicio por parte del municipio; y los principios de igualdad y equidad tributaria ante la ley basados en la capacidad contributiva de cada uno de los contribuyentes ; y

CONSIDERANDO

Que, conforme surge del Capítulo III del Código Tributario Municipal (Arts. 116 al 128 inclusive) vigente en el Municipio de Aguaray y sus modificatorias, los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a inscribirse en los registros municipales y a obtener el pertinente Certificado de Habilitación Comercial propiamente dicho.

Que, en su oportunidad a la legislación municipal le fue procedente ordenar un adecuado empadronamiento tributario en materia de actividades económicas que permitirá una mejor administración, fiscalización y recaudación de los tributos y derechos y contribuciones correspondientes. Todo ello baja la fijación del servicio de contralor de la aplicación de la TASA POR SERVICIO DE INSPECCIÓN DE COMERCIO INDUSTRIA Y OTRAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS SEGURIDAD, ECOLOGÍA E HIGIENE.

Que, es deber y atribución del Intendente Municipal Art.36 – C.O.M – Ley Nº7.936 – Inciso 14: “Recaudar los tributos y las rentas producidas por actividades desarrolladas en el Municipio”.

Que, en ejercicio de su autonomía, el Municipio procura alcanzar su autofinanciamiento, para ello orientará su recaudación con criterios de equidad, basando su funcionamiento en principios de eficacia y eficiencia y tendiendo a incrementar proporcionalmente las inversiones que alienten la producción, el empleo y el mejoramiento de los servicios.

Que, por razones de oportunidad mérito y conveniencia es necesario modificar lo dispuesto en el CAPÍTULO XIX. TASA POR SERVICIO DE INSPECCIÓN DE COMERCIO, INDUSTRIA Y OTRAS ACTIVIDADES ECONOMICAS SEGURIDAD, ECOLOGÍA E HIGIENE. –

Que, resulta conveniente tener en cuenta que se debe modificar e incluir en los artículos que resulten pertinentes de la tarifaria actual la nueva designación de contribuyentes conforme el nuevo ordenamiento. Esto es la categorización y designación de pequeños contribuyentes, medianos contribuyentes y Grandes contribuyentes para todas las categorías conforme lo que se disponga en la presente. –

 Que, de acuerdo a lo dispuesto en el ARTÍCULO Nº 164: De conformidad a lo establecido en el Título III, Artículo Nº 111 al 137 inclusive, del Código Tributario Municipal, fijase las alícuotas sobre el monto de los ingresos brutos para el pago de la contribución que incide sobre el ejercicio de cualquier actividad comercial, industrial o de servicios, en virtud de los servicios tributos especiales pero que tienda al bienestar general de la población.

El Sólo hecho de practicar la actividad comercial, industrial y/o de servicios dentro de la jurisdicción municipal da derecho a la Comuna al cobro de la Tasa sin interesar si tal Empresa Unipersonal o Sociedad que realiza la actividad tenga o no local establecido dentro de los límites municipales, ya que aquí ejercerá la potestad tributaria el Municipio en forma exclusiva y excluyente, salvo que se contraponga a la Constitución Nacional y/o Provincial, Leyes nacionales y/o provinciales, en donde prevalecerán las primeras.

Que, por otra parte, se ha dispuesto la vigencia del nomenclador de actividades de la DGR-AFIP para el Municipio de Aguaray, conforme el anexo IX que pasa a formar parte integrante de la presente, el cual expresa la Actividad, y Código respectivo. El organismo Fiscal queda facultado a implementar y asociar el nomenclador de actividades de la DGR- AFIP, debiendo para ello los operadores del sistema de recaudación parametrizar lo dispuesto.

Que, además es dable considerar el ARTÍCULO Nº 168 que ha previsto: El Organismo Fiscal respectivo, podrá requerir a los Sres. Contribuyentes, al momento de las presentaciones de las DD. JJ para el pago de la Tasa Legislada en el presente Capítulo, fotocopia simple del pago efectuado a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta, a efecto de verificar y constatar la exactitud de la Base Imponible declarada y/o requerir al sistema informático de cooperación de la Dirección Gral. De Rentas de la Provincia los informes que crea conveniente a los fines respectivos.

Que, los pagos realizados por los Contribuyentes Responsables y/o Sujetos Obligados en concepto de la nueva designación de la tasa POR SERVICIO DE INSPECCIÓN DE COMERCIO  INDUSTRIA Y OTRAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS SEGURIDAD, ECOLOGÍA E HIGIENE a los efectos de su acreditación se tomarán como anticipos mensuales a cuenta del Tributo Anual, debiendo a cada mes vencido en el año fiscal realizar las DD.JJ, mensuales, ratificativas y/o rectificativas a los efectos de su verificación la Oficina de Rentas Municipal deberá requerir informe a la Dirección General de Rentas de la Provincia, o la oficina de la AFIP para constatar la exactitud de la Base Imponible declarada.-

Que, conforme las razones de oportunidad mérito y conveniencia resulta necesario establecer tres categorías de contribuyentes de la TASA POR SERVICIO DE INSPECCIÓN DE COMERCIO INDUSTRIA Y OTRAS ACTIVIDADES ECONOMICAS SEGURIDAD, ECOLOGÍA E HIGIENE. – Divididos en pequeños, medianos y grandes contribuyentes.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES, ESTABLECIDAS POR LEY Nº 7936 CARTA ORGANICA MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.-Modificar el CAPITULO XIX de la tarifaria vigente, Ordenanza 034/2023 en su artículo 164 segundo Ter donde dice: la palabra Tasa debe decir: TASA POR SERVICIO DE INSPECCION DE COMERCIO E INDUSTRIA Y OTRAS ACTIVIDADES ECONOMICAS, SEGURIDAD ECOLOGIA E HIGIENE, conforme Ordenanza Nº 13/2024 y los considerandos expuestos,

Art.Nº2.-Derogar el artículo Nº 166 de la Ordenanza tarifaria vigente Ordenanza 034/2023 desde el termino Zona 1 hasta el término zona 3; PALABRA (Parajes) y desde el termino requisitos punto 3 hasta el término Zona 3 abonara el equivalente a 30 treinta módulos, quedando en plena vigencia la redacción del resto de su articulado Todo ello conforme los considerandos expuestos.

Art.Nº3.-Establecer en el artículo Nº 167 de la Ordenanza 034/2023 Primer párrafo el siguiente agregado in fine: “Los contribuyentes de distintas jurisdicciones tributarias deberán tributar bajo la aplicación el convenio Multilateral “

Art.Nº4.-La Dirección de Comercio Municipal deberá instrumentar los mecanismos internos necesarios y suficientes a fin del fiel cumplimiento de la presente disposición, pudiendo a sus efectos, afectar al cuerpo de inspectores y habilitar los formularios y/o actas, según corresponda. Asimismo, organizar y diagramar la visita in situ y relevar todos los aspectos que hagan a la actividad comercial, industrial y/o de servicios encuadrada en la presente. Así también deberá realizar texto ordenado de la tarifaria Ordenanza 034/2023 para su publicación.

Art.Nº5.-Establecer que los pagos realizados por los Contribuyentes Responsables y/o Sujetos Obligados en concepto de la nueva designación de la tasa POR SERVICIO DE INSPECCIÓN DE COMERCIO  INDUSTRIA Y OTRAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS SEGURIDAD, ECOLOGÍA E HIGIENE a los efectos de su acreditación se tomarán como anticipos mensuales a cuenta del Tributo Anual, debiendo a cada mes vencido en el año fiscal realizar las DD.JJ, mensuales, ratificativas y/o rectificativas a los efectos de su verificación, La Oficina de Rentas municipales deberá  requerir a la Dirección General de Rentas de la Provincia o a la  oficina de la AFIP para constatar la exactitud de la Base  Imponible declarada.

Art.Nº6.-Derogar en todas sus partes los artículos: 169, 170, 171 y 172 de la Ordenanza 034/2023 Debiendo dictarse un nuevo régimen de Exenciones mediante Ordenanza a incorporar al Código Tributario Municipal Ordenanza 028/2008 y sus modificatorias

Art.Nº7.-Establecer tres categorías de contribuyentes para toda actividad económica y/o comercial por aplicación de la Tasa POR SERVICIO DE INSPECCIÓN DE COMERCIO INDUSTRIA Y OTRAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS SEGURIDAD, ECOLOGÍA E HIGIENE. Conforme lo siguientes parámetros legales de igualdad ante la ley y capacidad contributiva:

  1. Pequeño Contribuyente: Presentación de declaración jurada mensual y facturación hasta $2.000.000 dos millones de pesos abonará conforme la alícuota establecida y sobre el excedente de hasta un millón, tributará un 06 por mil de ese excedente.
  2. Mediano Contribuyente:   Presentación de declaración jurada mensual y facturación desde ($3.000.000) tres millones de pesos hasta ($11.000.000,00) once millones abonará conforme la alícuota establecida y sobre el excedente de hasta dos millones tributará el 07 por mil de ese excedente.
  3. Grandes Contribuyente:   Presentación de declaración jurada mensual y facturación desde ($13.000.000) trece millones de pesos hasta ($30.000.000) treinta millones abonará conforme la alícuota establecida y sobre cualquier excedente que supere los treinta millones tributará el 1 % (uno por ciento) de ese excedente.
  • Al solo efecto de la denominación de la actividad económica y/o comercial continua vigente el Anexo I que se trascribe al final de la presente y forma parte de la misma. 

Art.Nº8.-La Secretaría de Hacienda podrá disponer de los recursos económicos a fin de facilitar el dispositivo de logística que contribuya al cumplimiento irrestricto del presente acto resolutivo.

Art.Nº9.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Acuña, Carlos – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN Nº1289/024 (Poder Ejecutivo) 

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº016-024 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº2.671-024 con fecha 03-07-024; y

CONSIDERANDO

Que, el Cuerpo Deliberativo dio tratamiento y aprobación a la actualización de las compensaciones que se otorgan con motivo de la realización de la Comisión de Servicios de los Agentes Municipales, la equivalencia reconocida al personal del programa “Aguaray Trabaja” y a los Funcionarios del Estado Municipal y que implican el otorgamiento y liquidación de Viáticos, Gastos de Pasaje, Transporte y/o Movilidad.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 016-024 que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-En razón de ello téngase por PROMULAGADA la Ordenanza Nº016/024.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a la Secretaria de Hacienda, Dirección Contable y Tesorería Municipal, a fin del cumplimiento de la normativa aprobada.

Art.Nº4.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

ORDENANZA Nº 016/024

VISTO

La normativa vigente, respecto a las compensaciones que se otorgan con motivo de la realización de Comisiones de Servicios de los Funcionarios y Empleados del Estado Municipal y que implican el otorgamiento y liquidación de Viáticos, Gastos de Pasaje, Transporte y Movilidad; y

CONSIDERANDO

Que, los montos de viáticos vigentes desde el año 2011, resultan insuficientes, dadas las actuales condiciones económicas. Por lo que se hace imprescindible, a fin de que las Autoridades, Funcionarios y Agentes de la Administración Pública Municipal comisionados realicen las tareas encomendadas puedan cubrir los gastos mínimos diarios de pernoctación (desayuno, almuerzo, merienda, cena y alojamiento), según corresponda.

Que, la normativa citada en el visto ha fijado la escala de viáticos, que rige desde el año 2.011 a la fecha, sin que hayan sido actualizados, a saber:

Valles de AcambucoEmbarcación, Oran y otrosSalta CapitalFuera de un Radio de 600 Km
$ 150,00$ 200,00$ 500,00$ 1.000,00

Que, tales montos y valores no cubren en absoluto los gastos personales que se ocasionan en virtud del desempeño de la Comisión de Servicios, vulnerando las condiciones laborales de las Autoridades, Funcionarios y Trabajadores Municipales, habiendo quedado desvirtuado el concepto en sí mismos del Viático.

Que, a través de sendos instrumentos administrativos la actual y las anteriores Gestiones de Gobierno implementaron en el ámbito de la Administración Municipal, el reconocimiento y pago de un Plus Adicional Complementario por Comisión de Servicios, con el fin de afrontar los mayores costos en oportunidad de las comisiones de servicios autorizadas.

Que, es pertinente, teniendo en cuenta las actuales condiciones de variación de los costos y de precios que ha sufrido la Economía del País, y procedente la actualización de los emolumentos que en concepto de Viáticos y Movilidad deben percibir las Autoridades, Funcionarios y Empleados de la Municipalidad de Aguaray.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES, ESTABLECIDAS POR LEY Nº 7936 CARTA ORGANICA MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.-DISPONER la actualización de las  compensaciones que se otorgan con motivo de la realización de  Comisiones de Servicios de las Autoridades, Funcionarios y Empleados de la Municipalidad de Aguaray y del programa “Aguaray Trabaja” que impliquen el otorgamiento y liquidación de Viáticos a abonar sin cargo de rendición, que habiendo sido Comisionados a prestar servicios a más de 40 km de su asiento habitual de trabajo, le corresponda percibir VIATICOS, a partir de la entrada en vigencia de la presente, según la siguiente escala, a saber:

  1. VIATICO por Comisión de Servicios por día para los Empleados Municipales de Planta Permanente, Contratados y los equivalentes para el Programa Aguaray Trabaja:
Más de 40 Km y hasta un Radio de 100 KmRadio entre 101 y 200 KmRadio entre 201 y 500 KmFuera de un Radio de 501 Km
$ 6.000,00 (Pesos Seis Mil) Incluye los Valles de Acambuco$ 10.000,00 (Pesos Diez Mil) Incluye Embarcación, Oran y otros.$ 20.000,00 (Pesos Veinte Mil) Salta Capital y otros$30.000,00 (Pesos Treinta y Cinco Mil)
  • VIATICO por Comisión de Servicios por día para Cargos Electivos, Secretarios del Gabinete y Funcionarios del Estamento de Apoyo de la Planta Política Municipal:
DESTINO COMISION SERVICIOINTENDENTE – CONCEJALES  SECRETARIOS DEL GABINETEDIRECTORES- FUNCIONARIOS ESTAMENTO APOYO
Más de 40 km y hasta un Radio de 100 Km$12.000,00 (Pesos Doce Mil)$ 10.000,00 (Pesos Tres Mil)$ 8.000,00 (Pesos Ocho Mil)
Radio entre 101 y 200 Km$ 20.000,00 (Pesos Veinte Mil)$ 18.000,00 (Pesos Dieciocho Mil)$ 15.000,00 (Pesos Quince Mil)
Radio entre 201 y 500 km$ 35.000,00 (Pesos Treinta y Cinco Mil)$ 32.000,00 (Pesos Treinta y Dos Mil)$ 25.000,00 (Pesos Veinticinco Mil)
Fuera de un Radio de 501 Km$ 50.000,00 (Pesos Cincuenta Mil)$ 47.000,00 (Pesos Cuarenta y Siete Mil)$35.000,00 (Pesos Treinta y Cinco Mil)

Art.Nº2.-Los VIATICOS dispuestos solo se liquidarán cuando hayan sido autorizados previamente por Resolución Municipal y/o del Concejo Deliberante en caso de los Ediles, la Comisión de Servicio y el otorgamiento del viático con más los gastos de Pasaje y/o Transporte y Movilidad respectivo y la comisión se realice a más de 40 Km del asiento habitual de trabajo del agente y/o funcionario, siguiendo las siguientes pautas:

  1. Cuando la Comisión demande solo gastos de almuerzo corresponderá 1/3 del Viático.
  2. Cuando ocasione gastos de almuerzo y cena; cena y alojamiento o alojamiento y almuerzo, corresponderá 2/3 del Viático.
  3. Cuando se originen gastos de almuerzo, cena y alojamiento, corresponderá el Viatico completo (100 %).
  4. A los efectos indicados en los puntos precedentes se considera horario de almuerzo la hora 14:00 y de cena la hora 21:00. –

Art.Nº3.-Dar copia de la presente al Ejecutivo Municipal para su promulgación y cumplimiento.

Art.Nº4.-Impútese a la Partida Presupuestaria correspondiente del Presupuesto de Recursos y Gastos vigente.

Art.Nº5.-Deróguese toda otra norma legislativa que se oponga a la presente.

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Sr. Acuña, Carlos – Sr. Linares, Sergio Fernando

RESOLUCION Nº1290/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 2.555/2.024 presentado por la Encargada de la Oficina de Protocolo y Ceremonial de la Municipalidad de Aguaray, y La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el Expte. Nº 2.555/2.024, la encargada de Protocolo y Ceremonial de la Municipalidad de Aguaray, solicita la elaboración de un instrumento legal de declaración de interés municipal de la Primer Reunión de Ceremonialistas del Dpto. Gral. José de San Martín que se llevará a cabo el día 04 de julio del presente año en la Casa de la Cultura Vazner Castilla a partir de Hs. 15:00, como así también justificar las erogaciones que podrían llegar a producirse como consecuencia de la misma. –

Que, esta reunión tendrá un gran impacto en la gestión de gobierno a nivel provincial, ya que tiene como objetivo mostrar la visión y misión de poder trabajar articuladamente, siendo el municipio de Aguaray anfitrión en esta oportunidad, planteando esta iniciativa de elaborar una agenda en conjunto para realizar el acompañamiento a los intendentes de los municipios del departamento, en todas las actividades futuras que sean requeridas de nuestra presencia. –

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, es intención del Ejecutivo Municipal apoyar las actividades programadas por las diferentes áreas de nuestro municipio, reconociendo el trabajo en conjunto y destacando los beneficios de este tipo de proyecciones con el objetivo de mejorar la calidad de trabajo y el desarrollo de todas las actividades donde se requiera de su intervención. –

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de declarar de interés municipal y cultural la Primer Reunión de Ceremonialistas del Dpto. Gral. José de San Martín. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL la Primer Reunión de Ceremonialistas del Dpto. Gral. José de San Martín que se llevará a cabo el día 04 de julio del presente año en la Casa de la Cultura Vazner Castilla a partir de Hs. 15:00, organizada por la Oficina de Protocolo y Ceremonial dependiente de la Dirección de Cultura y Educación de la Municipalidad de Aguaray. –

Art.Nº2.-Instrumentar a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar a la partida presupuestaria vigente; los gastos que demande la Primer Reunión de Ceremonialistas del Dpto. Gral. José de San Martín. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Dese copia de la presente a: la de Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1291/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 2617/24, presentado por el Sr. ALTAMIRANO, LUIS, DNI N° 33.351.293, presidente del Centro Vecinal, con domicilio en Barrio 9 de Julio de esta Localidad, en el cual solicita autorización para realizar una “SERIE DE ACTIVIDADES FESTIVAS”, durante los días: 06 al 12-07-24, según cronograma adjunto, y;

CONSIDERANDO

Que el solicitante manifiesta que se trata de una actividad que se realiza como recordatorio y homenaje a la fecha Patria del 9 de Julio.

Que la autoridad Mpal. apoya este tipo de iniciativas de interés comunitario.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. ALTAMIRANO, LUIS, DNI N° 33.351.293, presidente del Centro Vecinal de B° 9 de Julio de esta Localidad, la autorización pertinente para realizar una “SERIE DE ACTIVIDADES FESTIVAS”, durante los días: 06 al 12-07-24, según cronograma adjunto.

Art.Nº2.-Eximir de los impuestos y sellados correspondientes.

Art.Nº3.-Comunicar al solicitante que deberá cumplir con todas las    normas y requisitos de seguridad que se exigen al respecto.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento, control y cumplimiento.

Art.Nº6.-Entregar una copia de la presente al interesado

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1292/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por el Agente Municipal Sr.  ROSSELL, Juan Carlos, Legajo Personal Nº 500 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;

CONSIDERANDO

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr.  ROSSELL, Juan Carlos   Legajo Personal Nº 500, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024 por la cantidad de 25 (veinticinco) días hábiles a partir del día 19/07/2.024 hasta el 22/08/2.024 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan Jos

RESOLUCION Nº1293/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. CUELLAR, Rubén Daniel, Legajo Personal Nº 038 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;

CONSIDERANDO

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. CUELLAR, Rubén Daniel    Legajo Personal Nº 038, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024 por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 15/07/2.024 hasta el 23/08/2.024 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1294/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Agente Municipal Srta. FLORES, Mercedes Soledad, Legajo Personal Nº 614 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2023, Y;

CONSIDERANDO

Que la mencionada empleada no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER a la Agente Municipal Srta. FLORES, Mercedes Soledad Legajo Personal Nº 614, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.023 por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 15/07/2.024 hasta el 26/07/2.024 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes. –

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1295/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por el Agente Municipal Sr.  BARRERA, Cristian Emilio, Legajo Personal Nº 435 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2023, Y;

CONSIDERANDO

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. BARRERA, Cristian Emilio Legajo Personal Nº 435, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.023 por la cantidad de 25 (veinticinco) días hábiles a partir del día 15/07/2.024 hasta el 16/08/2.024 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1296/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. GUTIERREZ, Víctor Eduardo, Legajo Personal Nº 813 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;

CONSIDERANDO

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. GUTIERREZ, Víctor Eduardo Legajo Personal Nº 813, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024 por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 10/07/2.024 hasta el 23/07/2.024 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1297/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M. Nº 2433-023 –– R.M.  Nº 0810-024, y;

CONSIDERANDO

QUE, es potestad del Intendente Municipal el nombramiento y designación de los Secretarios que conformaran su Gabinete (Art. Nº 37 – Ley Nº 7.936) y la de nombrar y remover a los Empleados de la Administración a su cargo (Art. Nº 36 – Ley Nº 7.936)

QUE, en función del desempeño y cumplimiento de las políticas implementadas por la Secretaría de Hacienda Municipal, el Ejecutivo Municipal considera conveniente continuar con el mismo responsable a los efectos de lograr los objetivos planteados, siendo la Sra. FERNÁNDEZ, Sandra E. – LP Nº 518 la persona indicada y de confianza del Ejecutivo para tal fin. –

QUE, en razón de ello es pertinente la sanción de la presente resolución de designación. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONFIRMAR como Secretaria de Hacienda Municipal, a la Sra. FERNANDEZ, Sandra E. – DNI Nº 16.909.534, con domicilio en Bº 9 de Julio S/N de esta localidad quien deberá desempeñar tareas en concordancia con la política del Ejecutivo Municipal y sujeto a los deberes, derechos y responsabilidades propias de la función asignada y los que la Ley Orgánica Municipal Nº 7.936 y Constitución Provincial le confiera a partir del 1º de julio de 2024 y hasta el día 31 de diciembre de 2024.-

Art.Nº2.-ASIGNAR una remuneración mensual equivalente a la categoría B conforme a la Escala Salarial de Planta Política Vigente. –

Art.Nº3.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray. –

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Sec. de Hacienda Municipal, Oficina de Liquidaciones, RR. HH. y a la interesada según corresponda. –

Art.Nº5.-Refrenda la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1298/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 2709/24, presentado por los padres de los alumnos de la ESCUELA TECNICA Nº 3.143, referente SRA GALLEGO, LILIANA DNI 23.917.070 en el cual solicita autorización para realizar un EVENTO BAILABLE “EN EL LOCAL PARADA DEL ZORRO”, el día: 06-07-24, desde Hs. 00:00 a Hs. 05:00 a.m., y;

CONSIDERANDO

  • Que se trata de un evento estudiantil.
  • Que la autoridad Mpal. Brinda siempre su apoyo a estas actividades deportivas.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a los padres de los alumnos de la ESCUELA TECNICA Nº 3.143, responsable SRA GALLEGO, LILIANA DNI 23.917.070 solicita el permiso pertinente para realizar un EVENTO BAILABLE, el día 06/07/24, a partir de hs. 00:00 hasta 05:00 en las instalaciones del local “PARADA DEL ZORRO”.

Art.Nº2.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº3.-Entregar una copia de la presente a la interesada y enviar otra a la Policía Local para su  debido  conocimiento y control.

Art.Nº4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1299/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedidos de Suministros Nº 041112/24, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 041112/24, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (06) BISAGRAS 3 AUGEROS P/ VENTANA, (06) BISAGRAS 5 AUGEROS P/ PUERTA, (03) FALLEBA, (100) TORNILLOS FIX 20 x 25, (100) TORNILLOS FIX 20 x 20, (02) MECHA COPA DE 32 mm, (02) DISCOS DE WIDIA DE 4”, (02) DISCOS DE WIDIA 7”, (03) VARILLAS, CORRESPONDIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA INSTALACION DE PUERTAS Y VENTANAS, CORRESPONDIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA NIEVA JUAN IGNACIO C.U.I.T. Nº 20-41051954-3, con domicilio en Pasaje Güemes s/n, en la Ciudad de Aguaray, por un monto de PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 126.460,00), según Factura Nº 001-00000319 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1300/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa VALENTIN REPUESTOS que brindó el Suministro de Repuestos, mediante solicitud de la Dirección de Bromatología y Ambiente de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Bromatología y Ambiente, solicita la asistencia al Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Municipio de Aguaray para la compra de (04) CORREAS, PARA LA CAMIONETA OFICIAL y que por razones de que es imprescindible que el mismo se encuentre en funcionamiento para las tareas inherentes que lleva a cabo el personal de Bomberos. –

Que actualmente la empresa prestataria de servicio VALENTIN REPUESTOS C.U.I.T. Nº 20-26863835-7, con domicilio comercial en 9 de Julio, Ciudad de Tartagal,realizo provisión de Repuestos, mediante Factura B Nº 003-00000480.-

Que el EM ve con agrado asistir al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Nuestra Ciudad es que autoriza a la Secretaria de Hacienda a realizar el pago a la Empresa Valentín Repuestos mediante factura ut supra. –

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($ 84.000,00) por UNICA VEZ, a nombre de la Empresa VALENTIN REPUESTOS C.U.I.T. Nº 20-26863835-7, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1301/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, Pedido de Suministro Nº 041128/24; Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, mediante Pedido de Suministro Nº 041128/24, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (03) BARRAS DE ANGULOS 1/8”, (02) CHAPA NEGRA LISA Nº 18, (02) KG DE ELECTRODOS 2.5 m, (02) DISCOS DE 7, (02) PINTURA ANTIOXIDO 3 EN 1, (02) TINER, CORRESPONDIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LAS PUERTAS DE GABINETE DE GAS, CORRESPONDIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON LA PATRONA C.U.I.T. Nº 23-41051967-4, con domicilio 30 Viviendas, Mzna A, Casa Nº 3 en la Ciudad de Aguaray, por un monto de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 209.700,00), según Factura Nº 002-00000229 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1302/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (03) ANGULOS ¾ x 1/8”, (01) PINCEL Nº 20 Y (12) FICHA BISAGRA SOLDAR, CORRESPONDIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LAS PUERTAS DE GABINETE DE GAS, CORRESPONDIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA FERRETERIA Y CORRALON ROLDAN C.U.I.T. Nº 23-414159838-4, con domicilio Av. San Martin 238 en la Ciudad de Aguaray, por un monto de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DOCE CON 00/100 ($ 55.812,00), según Factura Nº 010-00022875 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1303/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de materiales de corralón, mediante solicitud de la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; Pedido de Suministro Nº 041127/24; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Obras Publicas a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, adquirió MATERIALES DE CORRALÓN para Tareas de Obra de Construcción de Pasarela – Canal de Desagüe detrás del Puesto de Control de Gendarmería Bº 64 Viviendas, mediante Factura Nº 010-00022874.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos. –

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de Corralón para tareas que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 210.495,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1304/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON LA PATRONA, que brindó el servicio de suministro de materiales de corralón, mediante solicitud de la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; Pedido de Suministro Nº 041131/24; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Obras Publicas a través de la Empresa CORRALON LA PATRONA CUIT Nº 23-41051967-4, adquirió MATERIALES DE CORRALÓN para Tareas de Obra de Construcción de Pasarela – Canal de Desagüe detrás del Puesto de Control de Gendarmería Bº 64 Viviendas, mediante Factura Nº 002-00000230.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos. –

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de Corralón para tareas que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 137.800,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA CORRALON LA PATRONA CUIT Nº 23-41051967-4, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1305/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La solicitud presentada por el, Sr. Sarzur Juan José, de contemplar la creación de una Caja Chica para la Secretaria de Gobierno, y;

CONSIDERANDO

Que, el Secretario de Gobierno solicita una Caja Chica para cubrir los gastos diarios con carácter Urgente y otras necesidades que podrían presentarse. –

Que, en consideración del Ejecutivo Municipal, el Secretario de Gobierno es el Sr. Sarzur Juan José, D.N.I. N° 25.882.488, es el funcionario que debe cumplir con los objetivos propuestos por esta gestión al frente del área mencionada. –

Que, las erogaciones correspondientes a las compras serán aplicadas sólo a casos urgentes y excepcionales. –

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer formalmente los alcances de la misma. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ESTABLECER una Caja Chica al Sr. Sarzur Juan José, D.N.I. N° 25.882.488 para tareas de administración y mantenimiento, por la Suma de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 50.000,00). –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Secretario de Gobierno a realizar la rendición correspondiente con comprobantes válidos. -Art.Nº3.-FACULTAR al Secretario de Gobierno, a solicitar la reposición de caja chica una vez devengado y rendido en forma mensual y así disponer permanentemente liquidez. –

Art.Nº4.-AUTORIZAR al Depto. Contable a elaborar la Orden de Pago por los importes correspondientes a los gastos incurridos Secretario de Gobierno. –

Art.Nº5.-AUTORIZAR al Depto. Contable, imputar el gasto en la cuenta correspondiente. –

Art.Nº6.-Regístrese Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº7.-De Forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1306/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Los Centros Comunitarios son lugares donde las personas se reúnen para inspirarse y aprender el uno del otro siendo así una prueba concreta de la inversión a largo plazo de nuestros vecinos en la vida de los niños, sus familias y comunidades. Estas estructuras ofrecen a las familias los recursos y las oportunidades que necesitan para trabajar en sociedad. –

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –

Que, se solicitó la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CORRALON VARIOS, PARA REFACCION Y REACONDICIONAMIENTO DEL CENTRO COMUNITARIOO DE LA COMUNIDAD DE PIQUIRENDA FATIMA DE LA CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN –  PROVINCIA DE SALTA”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CORRALON VARIOS, PARA REFACCION Y REACONDICIONAMIENTO DEL CENTRO COMUNITARIOO DE LA COMUNIDAD DE PIQUIRENDA FATIMA DE LA CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN –  PROVINCIA DE SALTA”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CORRALON EL AMIGO C.U.I.T. Nº 30-67314586-4, con domicilio Alberdi 1125, en la Ciudad de Tartagal, por un monto de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SEIS CON 30/100 CTVOS ($ 839.706,30), según Factura B Nº 098-000027757 adjunta a la presente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°1307/024 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Tejerina, Héctor Javier, L.P. Nº 702, el día 08/07/24, Y;

CONSIDERANDO

Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a personas de escasos recursos, con turnos programados para atención médica exclusivamente, las mismas se detallan en la planilla adjunta a la presente. –

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo FORD Transit Minibús Modelo 2.024, con patente AG661IN. –

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Tejerina, Héctor Javier, L.P. Nº 702, a realizar un viaje a la ciudad de Salta, el día 08 de julio del año 2.024, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente al 08 de julio del año 2.024, más la suma de Pesos Ochenta Mil con 00/100 ($80.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, a nombre del Sr. Tejerina, Héctor Javier, L.P. Nº 702.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1308/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota interna presentada por el Director de Cultura y Educación de la Municipalidad de Aguaray, Sr. Medina Martin, para el pago de una factura; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. MEDINA Martín solicita se autorice el pago de una factura a nombre de la empresa de LISI BRUNO ESTEBAN CIUT Nº 20-30637873-9, mediante Factura B Nº 002-000029258, por la compra de 02 PLACAS para reposición de antiguas, que se encuentran en las instalaciones de la Casa de la Cultura, por un monto de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 173.000,00). –

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de la factura ut supra. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al departamento contable a realizar la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 173.000,00) por UNICA VEZ a nombre de la Empresa LISI BRUNO ESTEBAN CIUT Nº 20-30637873-9, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1309/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 2687/24, presentado por la Sra. ROSENDO Cristina Fabiola D.N.I. Nº 32.434.751, domiciliada en Comunidad La Loma, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Rosendo, mediante el Expte ut supra, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo debe viajar al Chaco para recoger Chaguar por motivos que actualmente se encuentra desocupada y no cuenta con los recursos para poder solventar los gastos de las necesidades básicas y es por ello que asiste a este pedido. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 20.000,00) por UNICA VEZ, a nombre de la Sra. ROSENDO Cristina Fabiola D.N.I. Nº 32.434.751, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1310/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con el Sr. GUTIERREZ DANIEL FELIPE, que realizó la provisión de Verduras varias, mediante solicitud de distintos sectores y áreas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores a través del   Sr. GUTIERREZ DANIEL FELIPE CUIT Nº 20-37636370-0, adquirió la provisión de, VERDURAS Y FRUTAS VARIAS para ser destinados como ayuda a personas de escasos recursos como así también en Actividades y Eventos que se realizan en la ciudad de Aguaray, mediante Facturas Nº 001-00000245, 001-00000246, 001-00000247, 001-00000248.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en las Actividades y Eventos que realizan los diferentes sectores, áreas y Direcciones de la municipalidad, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas ut supra. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($ 359.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. GUTIERREZ DANIEL FELIPE CUIT Nº 20-37636370-0, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°1311/024 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

El viaje a realizar a los Altos Valles de Acambuco, por parte de los Agentes Municipales, que desempeñan funciones en la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como fundamentos realizar la instalación de bomba subterránea para el Pozo de Agua en la Comunidad de Acambuco. –

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Camioneta Ford Ranger, Dominio: GMO672.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a los agentes Municipales pertenecientes a la Secretaría de Obras Públicas, a realizar un viaje a los Altos Valles de Acambuco los días 04 y 05 de julio del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, de acuerdo a la siguiente descripción:

Apellido y NombrePersonalL.P. Nº/D.N.I. N°Sector
BARROSO, HernánP.P.692Chofer
MUÑOZ, HugoP.E.32.434.557Ayudante
CHÁVEZ, AdolfoP.P.785Electricista
FLORIANO, PabloP.E.29.276.264Plomero

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
BARROSO, HernánDos (02) días de Viático a los Altos Valles de Acambuco.-
MUÑOZ, HugoDos (02) equivalentes de Viático a los Altos Valles de Acambuco.-
CHÁVEZ, AdolfoDos (02) días de Viático a los Altos Valles de Acambuco.-
FLORIANO, PabloDos (02) equivalentes de Viático a los Altos Valles de Acambuco.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1312/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Agente Municipal Srta. Montenegro, Juliana Yanina Legajo Personal Nº 713 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2023, Y;

CONSIDERANDO

Que la mencionada empleada es personal de planta política no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el DECRETO PROVINCIAL Nº 4.118, en su Cap. – VI – Art. 83 ins. a).

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER a la Agente Municipal Srta. Montenegro, Juliana Yanina Legajo Personal Nº 713, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.023 por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 10/07/2.024 hasta el 23/07/2.024 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes. –

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1313/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 2327/24 presentado por el Sr. VALLEJOS Exequiel Mario DNI Nº 42.132.600, domiciliada en Bº Sachapera en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. Berón, solicita una colaboración monetaria el cual se encuentra atravesando una difícil situación y como no cuenta con los recursos necesario es que asiste a este pedido. –

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIEN MIL CON 00/100 ($ 100.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. VALLEJOS Exequiel Mario DNI Nº 42.132.600, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1314/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La nota interna Presentada por la Directora de Producción y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de Aguaray, Sra. González Cecilia Janet, la cual solicita reintegro de una compra que realizó, Y;   

CONSIDERANDO

Que, la Sra. González Cecilia Janet solicita el reintegro de gastos que efectuó por la compra urgente de (01) BANNERS para la dirección a su cargo, a la Empresa de Cardozo Daniel Mauricio, CUIT Nº 20-29335779-0, mediante FACTURA Nº 002-00000281, haciendo este un total de Pesos Quince Mil Novecientos Cincuenta CON 00/100 ($ 15.950,00). –

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el reintegro a la Sra. González Cecilia Janet, por la compra realizada. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el reintegro correspondiente a la Directora de Producción y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de Aguaray, Sr. González, Cecilia Janet DNI Nº 33.982.747, por la suma de PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 15.950,00). –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 15.950,00), por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. González, Cecilia Janet DNI Nº 33.982.747, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº3.-DELEGAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1315/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Los festejos por motivo a la conmemoración del 208º Aniversario de la Declaración de la Independencia Argentina, y La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936; Y;

CONSIDERANDO

Que, el 9 de Julio evoca la jornada en que un grupo de representantes de las Provincias Unidas confirmó en una declaración su intención de poner fin a siglos de dominio colonial español. La declaración de la independencia fue un acto soberano y colectivo. El histórico Congreso de Tucumán reunió a 28 diputados, que sesionaron y debatieron día a día durante muchos meses para proyectar una nueva nación. Allí se trazaron los primeros lineamientos de lo que luego sería la Argentina.

Que los festejos en conmemoración a esta fecha tan importante, se llevaran a cabo desde el día 6 al 9 de Julio, con el desarrollo de diferentes actividades: Deportivas, eclesiásticas, emprendedores gastronómicos de nuestra Ciudad, Peñas Folclóricas y demás.

Que, a razón de las actividades programadas, el municipio dispondrá que todas las áreas municipales de competencia deberán estar afectadas indefectiblemente, por este motivo que a favor de lograr un evento organizado correctamente y que cumplan los objetivos esperados, se requerirá del tiempo suficiente para concretarlos, por lo tanto, se hará extensivo el día 8 de Julio como día no laborable para culminar con los trabajos organizativos del acto del 9 de Julio.

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de declarar asueto administrativo municipal el día 8 de Julio del corriente año. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR Asueto administrativo Municipal el lunes 8 de julio del 2024, por motivo de la conmemoración de los 208° Aniversario de la Declaración de la Independencia Argentina, en cumplimiento del VISTO y CONSIDERANDO del presente documento.

Art.Nº2.-INSTRUIR a las dependencias municipales correspondientes a los efectos de organizar las prestaciones básicas de servicios y de mantener a los turnos de serenos de los edificios y bienes municipales.

Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaria de gobierno, Dirección de Prensa, RR. HH y a las demás dependencias y reparticiones que correspondan.

Art.Nº4.-Refrenda la presente el secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936 – Art. N°37.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº1316/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota presentada por la Agente Municipal Srta. PEDRAZA, Isabel Cristina Legajo Personal Nº 635 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;

CONSIDERANDO

Que la mencionada empleada no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER a la Agente Municipal Srta. PEDRAZA, Isabel Cristina Legajo Personal Nº 635, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024 por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 10/07/2.024 hasta el 23/07/2.024 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes. –

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José