La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1629 el día 20 de Agosto del Año 2.024, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCION Nº1681/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Adjunto Nº 3424/24, presentado por la Sra. FLORES, ISABEL, DNI Nº 26.715.778, con domicilio en Misión Tuyunti de ésta Localidad, mediante el cual solicita la correspondiente autorización para realizar una “CAMPAÑA EVANGELICA”, en un predio ubicado al lado de la Esc. Secundaria pasando la vía del ferrocarril en la Comunidad de Piquirenda, jurisdicción de esta Localidad, los días: 22 al 26-08-24, desde Hs. 20:00 a Hs. 22:30, y;
CONSIDERANDO
- Que se trata de una actividad religiosa sin fines de lucro.
- Que el Ejecutivo Mpal. contempla este tipo de actividades.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Conceder a la Sra. FLORES, ISABEL, DNI Nº 26.715.778, la autorización correspondiente para realizar una “CAMPAÑA EVANGELICA” en un predio ubicado al lado de la Esc. Secundaria, pasando la vía del ferrocarril, en la Comunidad de Piquirenda, jurisd. Aguaray, los días: 22 al 26-08-24, desde Hs. 20:00 a Hs. 22:30.
Art.Nº2.-Entregar una copia de la presente a la solicitante.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.Nº4.-Comunicar a la interesada que deberá responsabilizarse por la Seguridad y cuidado del predio en el que se realizará el evento.
Art.Nº5.-Enviar una copia de esta Resolución a la policía local para su conocimiento, control y cumplimiento.
Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1682/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 3383/24, presentado por la Sra. ALDANA, MARIA NELLY, CUIL Nº 27-18790600-3 inscripta con el rubro: “SERVICIO DE RESTAURANTE Y CANTINA SIN EXPECTACULO” en el cual solicita una modificación en su Matrícula Comercial Nº 2558, el que consiste en modificar el Rubro, y;
CONSIDERANDO
- Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
- Que ha abonado los sellados correspondientes.
- Que se cuenta con la aprobación pertinente de la Dirección de Bromatología y de Comercio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Modificar el Rubro de la Mat. Ccial. Nº 2558, a nombre de la Sra. ALDANA, MARIA NELLY, CUIL Nº 27-18790600-3, a partir de fecha: 14-08-24, el cual será: “SERVICIO DE RESTAURANTE Y CANTINA SIN ESPECTACULO” anexo “SERVICIO DE HOSPEDAJE TEMPORAL”
Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.Nº3.-Entregar una copia de la presente a la interesada.
Art.Nº4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1683/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. CABALLERO, Damancio Legajo Personal Nº 305 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2023, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. CABALLERO, Damancio Legajo Personal Nº 305, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.023 por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 21/08/2.024 hasta el 02/10/2.024 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1684/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. TOLEDO, Juan Alberto Legajo Personal Nº 395 mediante el cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2024, Y;
CONSIDERANDO
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. TOLEDO, Juan Alberto Legajo Personal Nº 395, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.024 por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 21/08/2.024 hasta el 02/10/2.024 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo. –
Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes. –
Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCIÓN N°1685/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje realizado a la Comunidad de Macueta en los Altos Valles de Acambuco, por parte de los Agentes Municipales, que desempeñan funciones en la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, Y;
CONSIDERANDO
Que, dicho viaje tenía como fundamentos realizar provisión de combustible para el generador de la bomba de agua y traslado del personal del Departamento de tesorería Municipal. –
Que, dicho traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Camioneta Ford Ranger, Dominio: GMO672.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-RECONOCER el viaje realizado por los agentes Municipales pertenecientes a la Secretaría de Obras Públicas, a la Comunidad de Macueta en los Altos Valles de Acambuco correspondiente al día Martes 20 de agosto del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, de acuerdo a la siguiente descripción:
| Apellido y Nombre | Personal | L.P. Nº/D.N.I. N° | Sector |
| BARROSO, Hernán | P.P. | 692 | Chofer |
| CAMPERO, Gabriel | P.E. | 33.351.201 | Ayudante |
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:
| Apellido y Nombre | Viáticos |
| BARROSO, Hernán | El 100% de Un (01) día de Viático a los Altos Valles de Acambuco.- |
| CAMPERO, Gabriel | El 100% de Un (01) equivalente de Viático a los Altos Valles de Acambuco.- |
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCIÓN N°1686/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar por parte de la encargada de Protocolo y Ceremonial de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Castillo, Norma Beatriz L.P. Nº 426, a la Ciudad de Salta Capital, el día 21/08/2.024, Y;
CONSIDERANDO
Que, dicho viaje tiene como fundamentos asistir a una audiencia con el Secretario de Cultura de la Provincia de Salta Licenciado Diego Dip Mas y con la Secretaria de Deporte de la Provincia Claudia Vásquez. –
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta Capital. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-COMISIONAR a la encargada de Protocolo y Ceremonial de la Municipalidad de Aguaray, Sra. Castillo, Norma Beatriz L.P. Nº 426, a realizar un viaje a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 21 de Agosto del año 2.024, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por el 2/3 de un (01) día de viatico, correspondiente al 21 de Agosto del presente año, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha ciudad con cargo de rendición luego de las 72 Hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre de la encargada de Protocolo y Ceremonial de la Municipalidad de Aguaray, Sra. Castillo, Norma Beatriz L.P. Nº 426.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCIÓN N°1687/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Tejerina, Héctor Javier, LP Nº702, el día 21/08/24, Y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar a personas de escasos recursos, con turnos programados para la atención médica exclusivamente, las misma se detallan en la planilla adjunta a la presente.
Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo FORD Transit Minibús Modelo 2024, con patente AG661IN.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de salta.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-COMISIONAR Al Agente Municipal el Sr. Tejerina, Héctor Javier LP Nº702, a realizar un viaje a la Ciudad de Salta, el día 21 de Agosto del año 2.024 a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por el 100% de un (01) día de viatico, a la Ciudad de Salta, correspondiente al 21 de agosto del año 2.024, más la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil con 00/100 ($150.000ºº) para combustibles y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. Luego de haber finalizado con las actividades designadas a nombre del Sr. Tejerina, Héctor Javier LP Nº702.
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1688/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte Nº 3371/24 presentado por la Sra. BARROSO Juana Isabel DNI Nº 31.346.457, domiciliada en Bº San Antonio en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Barroso, solicita una colaboración monetaria el cual se encuentra atravesando una difícil situación económica y debe asistir a la ciudad de Salta para realizarse estudios médicos y como no cuenta con los recursos necesarios es que asiste a este pedido. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) por UNICA VEZ a nombre de Sra. BARROSO Juana Isabel DNI Nº 31.346.457, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1689/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa TU LIBRERÍA del Sr. Viruez Tapia Garzón Moisés Roberto, que brindó servicio de Artículos Varios, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que actualmente la empresa prestataria de servicio TU LIBRERÍA C.U.I.T Nº 20-22969538-0, con domicilio comercial en Av. Alberdi 553, Ciudad de Tartagal, realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray con Artículos de Librería y debido que son necesarios la provisión de los materiales para el buen funcionamiento de las tareas administrativas, es que se procedió a la compra mediante Facturas Nº 004-00000814 y 004-00000815.-
Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos de librería para ser distribuidos a las distintas áreas y sectores de la institución municipal. –
Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 851.400,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa TU LIBRERÍA C.U.I.T Nº 20-22969538-0 de la Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCIÓN Nº1690/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones; Y;
CONSIDERANDO
Que, debido a que la Dirección de Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago por el servicio de Suministro de (10) Cajas de Turroncito Palmesano X 16 y (08) Bolsas de Chizitos y Puflitos x 30, para el evento Día del Niño para la ejecución de las distintas tareas que se realizan en el municipio de Aguaray. –
Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –
Que, la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de la factura ut supra. –
Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA BONIFACIO MIGUEL ANDRE CUIT Nº 20-23079202-0, con Domicilio Comercial en América 532, Ciudad de Tartagal, por un monto de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 37.600,00), en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-
Art.Nº3.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº4.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCIÓN Nº1691/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones; Y;
CONSIDERANDO
Que, debido a que la Dirección de Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago por el servicio de Suministro de Insumos Varios para el evento Día del Niño para la ejecución de las distintas tareas que se realizan en el municipio de Aguaray. –
Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –
Que, se solicitó la ADQUISICIÓN DE (30) BOLSAS DE GLOBOS x 50, (05) ROLLOS 20 x 30, (02) TALONARIOS DE 1 AL 1000, PARA EL EVENTO DIA DEL NIÑO EN LA CIUDAD DE AGUARAY – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –
Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR la Compra solicitada por la Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DE (30) BOLSAS DE GLOBOS x 50, (05) ROLLOS 20 x 30, (02) TALONARIOS DE 1 AL 1000, PARA EL EVENTO DIA DEL NIÑO EN LA CIUDAD DE AGUARAY – MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA BOL PLAG CUIT Nº 27-24787911-6, con Domicilio Comercial Av. Sarmiento 0, Ciudad de Aguaray, por un monto de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($ 139.000,00), según Factura Nº 003-00000303 adjunta a la presente. –
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº6.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1692/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta orgánica Municipal – Ley 7936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; Expte Nº 3389/24; Y;
CONSIDERANDO
Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-
Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.
Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA Y PERFUMERIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2, adquirió medicamentos para asistir a personas vulnerables de nuestra jurisdicción correspondiente al mes de JULIO 2.024, mediante FACTURA Nº 034-00000161.-
Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médica, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRÍTICA. –
Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 22/100 CTVOS ($ 436.467,22) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA FARMACIA Y PERFUMERIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2– en la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1693/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta orgánica Municipal – Ley 7936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; Expte Nº 3390/24; Y;
CONSIDERANDO
Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-
Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.
Que, el Expte ut supra presentado por la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA Y PERFUMERIA DEL VALLE CUIT Nº27-16659525-3, adquirió medicamentos para asistir a personas vulnerables de nuestra jurisdicción correspondiente al mes de JUNIO 2.024, mediante Recibo Nº 001-00000062 y Facturas adjuntas. –
Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médica, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRÍTICA. –
Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS NOVECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 36/100 CTVOS ($ 907.554,36) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA FARMACIA Y PERFUMERIA DEL VALLE CUIT Nº 27-16659525-3 – en la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1694/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia y Perfumería del Valle, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de los distintos sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, los distintos sectores de la Municipalidad de Aguaray a través de la Farmacia y Perfumería del Valle, adquirió medicamentos para las distintas actividades y eventos que se encuentran previstos, como así también asistencia a personas de escasos recursos de la Ciudad y Parajes de la jurisdicción de Aguaray, mediante Facturas B Nº003-00148476, 003-00148599.-
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado asistir en este tipo de situación que favorecen al buen funcionamiento de la institución y apoyando a las actividades y trabajos que realiza el personal municipal. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de por PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCO CON 77/100 CTVOS ($ 154.205,77) por ÚNICA VEZ a nombre de la de la FARMACIA Y PERFUMERÍA DEL VALLE – C.U.I.T Nº 27-16659525-3, con Domicilio legal en Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1695/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley N° 7.936 – Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley N° 6068 – Estatuto del Empleado Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, es facultad del Intendente Municipal conforme lo dispone el Estatuto del Empleado Municipal – Ley 6.068 Cap. VII – Art. 40 de “El agente Municipal de carácter de Personal Permanente tiene derecho a iguales oportunidades para cubrir cada una de las categorías que integran los respectivos agrupamientos, a las que podrá ascender en la forma que determine el Escalafón”, consecuentemente es quien se encuentra habilitado para otorgar dicho derecho al personal que hubiere obtenido su función por decisión del Ejecutivo Municipal.-
Que, el Ejecutivo Municipal considera que el Agente Gallardo Roberto, D.N.I. Nº 16.659.600 L.P. Nº 608, reúne las condiciones requeridas por dicho Estatuto, por lo que se procederá a re categorizar al mismo. –
Que por lo expuesto precedentemente es que corresponde el dictado del presente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACTULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-INCREMENTAR de categoría de Revista Nº 16 a Categoría de Revista N° 18, a partir del mes de agosto de 2024, al agente municipal Gallardo Roberto, D.N.I. Nº 16.659.600 L.P. Nº 608, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Empleado Municipal – Ley 6068 – Cap. VII – Art. 40.-
Art.Nº2.-DEJAR sin efectos cualquier otra Resolución Municipal que se oponga a la presente. –
Art.Nº3.-DAR copias a las siguientes oficinas: Mesa de Entrada, RRHH, Secretaria de Obras y Servicios Públicos y a los interesados a los fines que correspondan. –
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1696/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte Nº 3278/24, presentado por la Vicedirectora de la Esc. N° 4.134 Gauchos de Güemes Prof. Nora P. Barboza D.N.I. N° 20.232.649, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;
CONSIDERANDO
Que, a través del Expte Nº 3278/24 la Directora de la Escuela N° 4.134, solicita la colaboración del Municipio de Aguaray, para solventar los gastos para la adquisición de 25 medallas de Promoción con destino el acto de finalización de los alumnos de 7° grado de la institución. –
Que, la Carta Orgánica Municipal, Ley Nº 7.936, en su SECCIÓN SEGUNDA EDUCACIÓN, CULTURA Y PROMOCIÓN DEL DEPORTE, CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106 -…” el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia”. –
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación en beneficio de los alumnos del establecimiento educativo. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR una Ayuda Económica para la Escuela Gauchos de Güemes N° 4.134 de la Ciudad de Aguaray, para la adquisición de medallas para los alumnos de 7° grado de la institución. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por la Suma de Pesos Cincuenta Mil con 00/100 ($50.000,00) POR ÚNICA VEZ, a nombre de la Vicedirectora de la Esc. N° 4.134 Gauchos de Güemes Prof. Nora P. Barboza D.N.I. N° 20.232.649, en cumplimiento del VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –
Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº6.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
RESOLUCION Nº1697/024 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte Nº 3375/24, presentado por la Sra. García, Hilda Natalia D.N.I. N° 30.150.569 con domicilio en la Comunidad de Piquirenda Estación, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;
CONSIDERANDO
Que, a través del Expte Nº 3375/24 la encargada del Pro Festejo en razón de las Festividades Patronales en Honor a San Ramón Nonato, solicita la colaboración del Municipio de Aguaray, para solventar los gastos de la organización de este evento. –
Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-
Que, es intención del Ejecutivo Municipal apoyar las actividades públicas que hacen a las manifestaciones culturales, deportivas y religiosas del Municipio de Aguaray. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR una Ayuda Económica para la Fiesta Patronal en Honor a San Ramón Nonato, a llevarse a cabo el día 31 de agosto del presente año, en la Comunidad de Piquirenda Estación. –
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por la Suma de Pesos Noventa Mil con 00/100 ($90.000,00) POR ÚNICA VEZ, a nombre de la Encargada del Pro Festejo Sra. García, Hilda Natalia D.N.I. N° 30.150.569, en cumplimiento del VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –
Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº6.-De forma. –
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José
