La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1645 el día 11 de Septiembre del Año 2.024, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº1900/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Los distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;

CONSIDERANDO

QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.

QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.

QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.

QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Grupo I – Centro de Desocupados, en la persona de su Representante, Sr. Miguel Ángel CRUZ, DNI N° 29.496.488, por un  monto  equivalente  a  $ 500.000,00  (Pesos Quinientos Mil con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 09 de septiembre al 09 de octubre del presente año.

Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian

RESOLUCIÓN Nº1901/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Los distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;

CONSIDERANDO

QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.

QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.

QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.

QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Grupo II – Centro de Desocupados, en la persona de su Representante, Sr. Luis Marcelo VACA, DNI N° 21.311.649, por un  monto  equivalente  a  $ 500.000,00  (Pesos Quinientos Mil con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 09 de septiembre al 09 de octubre del presente año.

Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian

RESOLUCIÓN Nº1902/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Los distintos requerimientos y presentaciones efectuadas por parte de residentes locales en situación de desocupados, mano de obra no calificada y semi calificada para trabajos y servicios, nucleados en organizaciones y centros de desocupados, con inasistencia financiera paliativa para satisfacer sus necesidades básicas, en su núcleo familiar, Y;

CONSIDERANDO

QUE, la política social del gobierno local, no resulta indolente en referencia a lo expuesto en el visto de la presente, reconociendo el estado de emergencia social por la falta de fuentes laborales genuinas, que permitan generar a través de la cultura del trabajo legítimo, recursos económicos para sostener la canasta básica de sustento alimenticio, necesidades de servicios domiciliarios, atención de la salud y de una administración económica de ahorro de recursos para otras necesidades.

QUE, en este sentido, y en coordinación con pedidos de ejecución de trabajos y servicios comunitarios de índole de mantenimiento de espacios públicos, calles y veredas, sanitarios, salubridad, etc., se dispone la encomienda de trabajos y/o servicios de la mano de obra desocupada, cubriendo de este modo con soluciones inmediatas en bien de la comuna en general.

QUE, se dispone de documentación vinculatoria en relación de Convenios por Contraprestación de Trabajo/Servicios, a través de los distintos Centros de Desocupados, con afectación de partidas presupuestarias de Contención Social, lo que redundara en ingresos económicos al seno de las familias aguarayenses de bajos recursos.

QUE, el Ejecutivo Municipal debe generar y disponer a partir de sus diligenciamientos y órdenes, de los respaldos necesarios de validación del vínculo establecido, haciendo hincapié en el seguimiento pleno del área que corresponde, para una óptima calidad final de los trabajos convenidos.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Contraprestación de trabajos/servicios comunitarios entre el Grupo III – Centro de Desocupados, en la persona de su Delegado Comunal, Sr. Oscar VIRAVICA, DNI N° 30.042.309, por un  monto  equivalente  a  $ 500.000,00  (Pesos Quinientos Mil con Cero Cent.), correspondiente al período de validez del vínculo del 09 de septiembre al 09 de octubre del presente año.

Art.Nº2.-REQUERIR a la Secretaría de Hacienda Municipal establezca una partida presupuestaria, por el total del convenido, con ejecución de respaldos de certificados de conformidad de la contraprestación comisionada oportunamente por el Ejecutivo Municipal y/o Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian

RESOLUCIÓN Nº1903/24 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La festividades en Honor al Señor y la Virgen del Milagro Patronos de Salta desde el año 1.692,  Ley N° 5.032 y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 5.032 en su Art. N° 1, inciso a) “Declara días no laborables en todo el territorio de la Provincia, los días 13 y 14 de Septiembre, con motivo de las festividades del Señor y Virgen del Milagro”, inciso b) “…Declárese feriados en todo el territorio de la Provincia, el día 15 de septiembre, en razón de la culminación de los cultos en honor del Señor y de la Virgen del Milagro, patronos de Salta desde el año 1.692”.-

Que, el día 13 de septiembre inicia el Triduo del Milagro, por lo que la Administración Pública Provincial no presentará actividades, tanto así el día 15 de septiembre es el día de la procesión en honor al Señor y la Virgen del Milagro, es considerado feriado provincial, por lo que es decisión de este Ejecutivo Municipal poner en consideración el viaje de los peregrinos y los fieles devotos que asisten año a año a este acontecimiento religioso de gran envergadura, otorgándoles -“dos días  no laborables”-un día antes del inicio del Triduo y un día después de la procesión, de esta manera se les brindará el tiempo necesario para reincorporarse a sus actividades cotidianas y laborales.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-

Que el Ejecutivo Municipal considera oportuno reconocer mediante la adhesión, la profunda y excepcional sensibilidad religiosa de los habitantes del municipio.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADHERIR el Municipio de Aguaray a la Ley N° 5.032, y DECLARAR días No Laborales el 13 y 14 de Septiembre, y Feriado el día 15 de Septiembre.-

Art.Nº2.-DECLARAR Asueto Administrativo los días 12 y 16 de septiembre del año 2.024, de acuerdos a los fundamentos establecidos en los CONSIDERANDOS del presente documento.-

Art.Nº3.-Se mantienen los turnos de serenos  y la recolección de residuos según el cronograma habitual establecido.-

Art.Nº4.-Informar a todas las dependencias municipales para su conocimiento y demás efectos.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian

RESOLUCION Nº1904/024 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La solicitud expuesta por la Sra. Gutiérrez, Natalia D.N.I. N° 28.275.835, con domicilio en el Paraje Campo Durán, a través del Expte. N° 3868/2.024, de la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Gutiérrez, solicita una ayuda económica para solventar los gastos de alimentos y otros, ya que viajará junto a su hijo Ovando Manuel Mesías D.N.I. N° 45.114.745; a la Ciudad de Salta, debido a una cirugía programada en el Hospital San Bernardo el día 16 de septiembre del presente año.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica y de salud.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de Pesos Veinte Mil con 00/100 ctvos. ($20.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. Gutiérrez, Natalia D.N.I. N° 28.275.835, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian

RESOLUCIÓN  N°1905/024 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje realizado a los Altos Valles de Acambuco, por parte de los Agentes Municipales, que desempeñan funciones en la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tenía como fundamentos realizar el reparto de agua en la comunidad.-

Que, dicho traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Camión Ford Cargo 1519, Dominio: AD555JV.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER el viaje realizado por los agentes Municipales pertenecientes a la Secretaría de Obras Públicas, a los Altos Valles de Acambuco correspondiente al día 07 de septiembre del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, de acuerdo a la siguiente descripción:

Apellido y NombrePersonalL.P. Nº/D.N.I. N°Sector
MARTÍNEZ, DaríoP.P.390Chofer
ROJAS, MoisésP.E.37.636.334Ayudante
VIDAL, EnriqueP.C.39.401.467Ayudante

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
MARTÍNEZ, DaríoEl 2/3 de Un (01) día de Viático a los Altos Valles de Acambuco.-
ROJAS, MoisésEl 2/3 de Un (01) equivalente de Viático a los Altos Valles de Acambuco.-
VIDAL, EnriqueEl 2/3 de Un (01) equivalente de Viático a los Altos Valles de Acambuco.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian

RESOLUCION N°1906/024  (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, y el Convenio de Colaboración entre la Orden de Frailes Menores Viceprovincia San Francisco Solano Parroquia Santa Teresita del Niño Jesús de Aguaray representada por el Cura Párroco D. Juan Ramón Velásquez D.N.I. N° 21.412.318 y la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios en toda la Provincia, y es en virtud de ello se firma el Convenio de Colaboración, entre la Orden de Frailes Menores Viceprovincia San Francisco Solano Parroquia Santa Teresita del Niño Jesús de Aguaray con la Municipalidad de Aguaray.-

Que, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza Vigente de Recursos y Gastos, por el que se autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extra presupuestarias.-

Que, el presente Convenio corresponde al Programa “Potenciar Cooperativas” dependiente del Ministerio de Economía y Bienestar Público de la Provincia de Salta, que tiene como objeto primordial generar oportunidades laborales y económicas para las personas en el ámbito local.-

Que, el objetivo de este convenio consiste en brindar trabajo de confección de guardapolvos a las textiles representadas por  D. Juan Ramón Velásquez, quien se encargará de entregar al municipio la cantidad de ochocientos (800) guardapolvos que luego serán distribuidos en los diferentes establecimientos educativos de nuestra jurisdicción.-

Que, este Ejecutivo Municipal ve con agrado la aprobación del presente acuerdo, dado que es un beneficio para la comunidad educativa, y para los emprendedores textiles de nuestra Ciudad.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, aprobar el Convenio de Colaboración, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL  LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el “CONVENIO DE COLABORACIÓN” firmado entre la ORDEN DE FRAILES MENORES VICEPROVINCIA SAN FRANCISCO SOLANO PARROQUIA SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS DE AGUARAY, representado en este acto por el SR. CURA PÁRROCO DN. JUAN RAMÓN VELÁSQUEZ D.N.I. N° 21.412.318, con domicilio legal en Diagonal Celso Testa, en la Ciudad de Aguaray, y la MUNICIPALIDAD DE AGUARAY representada por el Intendente Municipal Sr. GUILLERMO SEBASTIAN ALEMÁN D.N.I. Nº 31.022.881 con domicilio legal en Av. Sarmiento Esq. Arenales, en la Ciudad de Aguaray.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones e imputar los gastos a la partida extrapresupuestaria incorporada, destinada al depósito proveniente del Ministerio de Economía y Bienestar Público de la Provincia de Salta.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Dese copia a la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-comuníquese, publíquese en el boletin oficial municipal y archivese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian