La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1757 el día 10 de Marzo del Año 2.025, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCION Nº0598/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley N° 7.936 – Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley N° 6068 – Estatuto del Empleado Municipal, y;

CONSIDERANDO

Que, es facultad del Intendente Municipal conforme lo dispone el Estatuto del Empleado Público – Ley 6.068 Cap. VII – Art. 40 de “El agente Municipal de carácter de Personal Permanente tiene derecho a iguales oportunidades para cubrir cada una de las categorías que integran los respectivos agrupamientos, a las que podrá ascender en la forma que determine el Escalafón”, consecuentemente es quien se encuentra habilitado para otorgar dicho derecho al personal que hubiere obtenido su función por decisión del Ejecutivo Municipal.-

Que, el Ejecutivo Municipal considera que el Agente Municipal, ROBLES JOSE MARCELO,  L.P. Nº 802, reúne las condiciones requeridas por dicho Estatuto, por lo que se re categorizara al mismo.-

Que por lo expuesto precedentemente es que corresponde el dictado del presente acto administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACTULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-INCREMENTAR de categoría de Revista Nº 15  a Categoría de Revista N° 17, a partir del mes de marzo de 2025, al agente municipal,  ROBLES JOSE MARCELO,  L.P. Nº 802 de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Empleado Municipal – Ley 6068 – Cap. VII – Art. 40.-

Art.Nº2.-DEJAR sin efectos cualquier otra Resolución Municipal que se oponga a la presente.-

Art.Nº3.-DAR copias a las siguientes oficinas: Mesa de Entrada, RRHH, Secretaria de Obras Publicas y a los interesados a los fines que correspondan.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian

RESOLUCION Nº0600/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La propuesta presentada por la Dirección de Cultura y Educación de la Municipalidad de Aguaray, a través del Expte. Nº 740/2.025, y La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, mediante el Expte. Nº 740/2.025, la Dirección de Cultura y Educación de la Municipalidad de Aguaray, presenta la propuesta para realizar una Convocatoria denominada “CARTA A LOS VETERANOS DE MALVINAS”, la cual consiste en un llamado a participación para la población en general para presentar una carta en formato digital dirigida a los Veteranos de Malvinas, deberá ser presentada hasta el día 25 de marzo del presente año, en las instalaciones de la Casa de la Cultura Vazner Castilla.-

            Que, la carta deberá cumplir con las siguientes descripciones:

  1. ¿Conoces alguna persona que haya sido movilizada militarmente al combate de Malvinas?
  2. ¿Qué te acordás de la guerra de Malvinas?
  3. ¿Te imaginás como es la vida que lleva?
  4. ¿Alguna vez te contaron lo que vivieron en ese momento?
  5. ¿Cómo te sentís al verlos?

Que, es intención del Ejecutivo Municipal reconocer la trayectoria de quienes lucharon en la Guerra de Malvinas, honrando sus memorias a través de un acto tan noble es por este motivo que se le brindará el espacio para quienes deseen participar de esta convocatoria y de esta manera reconocer a nuestros héroes, se publicarán en las redes sociales institucionales y se expondrán en el hall de entrada de la Casa de la Cultura durante el mes de abril.-

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de declarar de interés municipal y cultural la Convocatoria “Carta a los Veteranos de Malvinas”.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL la Convocatoria “CARTA A LOS VETERANOS DE MALVINAS” propuesta presentada por la Dirección de Cultura y Educación de la Municipalidad de Aguaray, en conmemoración del 2 de Abril Día del Veterano y de los Caídos en la guerra de Malvinas.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección de Cultura y Educación de la Municipalidad de Aguaray, a instrumentar los pasos administrativos y a realizar la convocatoria abierta al público en general en cumplimiento de los CONSIDERANDOS del presente documento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Dese copia de la presente a: la de Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian

RESOLUCION Nº0601/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 478/2.025, presentado por la Asociación Feria Campesina P.J. N° 273/11 de la Ciudad de Aguaray y La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el expediente mencionado en el VISTO, la Asociación Feria Campesina en conmemoración de su 25° Aniversario de su creación solicita la Declaración de Interés Municipal esta iniciativa de los productores de nuestra ciudad.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Competencias del Gobierno Municipal, Art. 22 Inciso 15. “Fomentar, promover y participar en la realización, conjuntamente con vecinos del Municipio o con sus asociaciones voluntarias, en la administración y conducción de cooperativas, consorcios, empresas o sociedades de economía mixta que tuvieren por objeto servicios u obras de utilidad general o actividades económicas que respondan a los principios de economía social”.

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-

Que, la Asociación Feria Campesina nació el 15 de abril del año 2.000 en la Plaza Martín Miguel de Güemes, contando con 12 puestos de ventas, la cual a través de una solicitud municipal fue trasladada a la peatonal, después de diez años se logra comprar un espacio público donde actualmente se encuentran ya instalados los puesto de ventas de los pequeños productores contando con todos  los servicios básicos, cocina, baño, depósito y sala de elaboración de alimentos. Esta asociación nació por la necesidad de comercializar la producción de los pequeños productores de la jurisdicción de Aguaray ante la crisis económica que se padecía en ese momento. Hoy en día se logró concretar un sueño y contar con un espacio físico propio donde realizar comercialización de alimentos en beneficio de muchas familias aguarayenses.-

Que, es intensión de este Ejecutivo Municipal, reconocer la trayectoria de la Asociación Feria Campesina de Aguaray, valorando el esfuerzo de los pequeños productores de nuestro pueblo, que trabajaron conjuntamente para conseguir un espacio propio luego de veinticinco años, donde comercializan productos de producción natural y artesanal y por todo lo expuesto precedentemente es menester realizar el presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL el 25° Aniversario de la Creación de la Asociación Feria Campesina de Aguaray, a cumplirse el 15 de abril del presente año, en cumplimiento del VISTO y los CONSIDERANDOS del presente documento.-

Art.Nº2.-RECONOCER a través de un presente institucional la trayectoria de la Asociación Feria Campesina de Aguaray P. J. N° 273/11, con dirección en Hipólito Irigoyen y pasaje Tanquia s/n.-

Art.Nº3.-Instrumentar a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº5.-Dese copia de la presente a: la de Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese.-

Art.Nº7.-De forma.-

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian

RESOLUCIÓN Nº0602/025 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El desafío de ciclismo denominado 4ta Edición “DESAFÍO AGUADA DEL ZORRO”, 1° Fecha del CAMPEONATO REGIONAL MTB DEL NORTE, organizado por nuestro Municipio y el Club de Ciclismo de nuestra localidad, y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, en la Carta Orgánica Municipal –  Ley N° 7.936, establece en su Art. 36 – Inciso 25: Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio la realización de las actividades culturales, deportivas, recreativas o de esparcimiento populares. –

Que, este evento será de gran convocatoria de ciclistas y aficionados a esta disciplina deportiva de nuestra región ya que, se desarrollará en dos circuitos uno de 15 Km y otro de 8 Km, comprendiendo distintas categorías.-

Que el Ejecutivo Municipal, a través de diferentes Direcciones Municipales de nuestra localidad, acompañaran en este atractivo certamen deportivo por lo que autoriza a través de este presente acto resolutivo, la realización de este evento, como así también la Declaración de Interés Municipal y Cultural, certificando el acompañamiento del Municipio de Aguaray.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, es que corresponde dictar el presente acto resolutivo. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR y DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL Y CULTURAL la 4ta Edición “DESAFÍO AGUADA DEL ZORRO”, 1° Fecha del CAMPEONATO REGIONAL MTB DEL NORTE, a llevarse a cabo el día 30 de marzo del presente año, de en la cancha de fútbol del B° El Cruce, a partir de Hs. 08:00.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Oficina de Turismo Municipal a realizar las diligencias administrativas correspondientes para la organización del evento descripto.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar los gastos que demande la organización de la 4ta Edición “DESAFÍO AGUADA DEL ZORRO”, 1° Fecha del CAMPEONATO REGIONAL MTB DEL NORTE, a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Irala, Gustavo – Sr. Aleman, Guillermo Sebastian