La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°865 del día 06 de Mayo del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:
RESOLUCIÓN Nº343/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedidos de Provisión Nº 029690/21, Nº 029691/21, Nº 029692/21, Nº 029693/21 y Nº 029694/21, Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y Resolución Municipal Nº 316 – 2.021, Y;
CONSIDERANDO
Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia, que en función de ello, en fecha 22 de julio de 2.020, mediante Resolución Municipal Nº 578 – 2.020, se procedió a aprobar el CONVENIO DE COLABORACIÓN entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta y la Municipalidad de Aguaray, para la ejecución de las obras necesarias para acondicionar el sistema de provisión de agua potable y los sanitarios de las Unidades Educativas del Interior de la Provincia.-
Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contratación Nº 8.072, se procedió a realizar los procesos administrativos necesarios y en vista a ello se conformó el Expediente de la Obra “CONVENIO DE COLABORACIÓN – UNIDADES EDUCATIVAS – MUNICIPIO DE AGUARAY”.-
Que, mediante Pedidos de Provisión Nº 029690/21, Nº 029691/21, Nº 029692/21, Nº 029693/21 y Nº 029694/21, se solicita la “ADQUISICION DE 3 TANQUES DE RESERVA x 600 LITROS, UN CAÑO ¾”, 4 CODO ¾”, 1 CODO ½”, 2 CODO MH ¾”, 2 UNIÓN DOBLE ½”, 2 UNIÓN DOBLE ¾, 2 VÁLVULAS DE RETENCIÓN DE 1”, 2 LLAVES DE PASO ½”, 1 LLAVE DE PASO ½”BRONCE, 2 FLOTANTES ½” P/TANQUE, 2 TEE ¾”, 2 TEE 1”, 2 BOLSAS CÁÑAMO PEINADO, 2 BUJE DE 1” A ½”, 2 BUJE DE 1” A ¾”, 2 BRIDA ¾”, 11 FUELLE DE GOMA 0,40, 6 CHICOTE 50 CM ½”, 5 TAPAS DE INODORO, 1SIFÓN P/PILETA DE PASO, 2 CAÑOS 0,40, 2 GRIFOS PLÁSTICOS ½”, 1 SOPAPA DE 0,40, Y 8 SOPAPA DE 0,50, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: CONVENIO DE COLABORACIÓN – UNIDADES EDUCATIVAS – MUNICIPIO DE AGUARAY – ESC. Nº 3.134 GAUCHOS DE GÜEMES”, las notas de requerimiento de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento en el Art. 14 de la Ley Provincial Nº 8.072 – Decreto Reglamentario Nº 1.319/18.-
Que, se procedió a realizar el llamado a Adjudicación Simple Nº 48/2.021, mediante Resolución Municipal Nº 316 – 2.021.-
Que, de conformidad a la Ley Nº 8.072, se procedió a la Publicación del Llamado a Adjudicación Simple Nº 48/2021 a través de la Página Web Oficial de la Municipalidad de Aguaray: www.aguaray.gob.ar en la sección de CONTRATACIONES, con fecha de Apertura 23/04/21, a Hs. 12:00.-
Que, se presentaron tres (03) ofertas: 1. F.A.A.L. S.R.L., Av. 9 de Julio 159 – Ciudad de Tartagal; 2. CORRALÓN LA OBRA, San Martín Nº 994, Ciudad de Tartagal, y 3. FERRETERÍA Y CORRALÓN ROLDÁN, Av. San Martín 238, Ciudad de Aguaray.-
Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contratación se procede a seleccionar como oferta ganadora a la propuesta presentada por la Empresa: CORRALÓN LA OBRA CUIT Nº 27-20352243-1 requisitos completos y oferta económica por la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 50/100 ($32.746,50) IVA incluido.
Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de adjudicar la Adjudicación Simple Nº 48/ 2.021.-
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-ADJUDICAR la Adjudicación Simple Nº 48/2.021 a la Empresa: CORRALÓN LA OBRA CUIT Nº 27-20352243-1, con domicilio legal en San Martin Nº994, ciudad de Tartagal, Provincia de Salta, la “ADQUISICION DE 3 TANQUES DE RESERVA x 600 LITROS, UN CAÑO ¾”, 4 CODO ¾”, 1 CODO ½”, 2 CODO MH ¾”, 2 UNIÓN DOBLE ½”, 2 UNIÓN DOBLE ¾, 2 VÁLVULAS DE RETENCIÓN DE 1”, 2 LLAVES DE PASO ½”, 1 LLAVE DE PASO ½”BRONCE, 2 FLOTANTES ½” P/TANQUE, 2 TEE ¾”, 2 TEE 1”, 2 BOLSAS CÁÑAMO PEINADO, 2 BUJE DE 1” A ½”, 2 BUJE DE 1” A ¾”, 2 BRIDA ¾”, 11 FUELLE DE GOMA 0,40, 6 CHICOTE 50 CM ½”, 5 TAPAS DE INODORO, 1SIFÓN P/PILETA DE PASO, 2 CAÑOS 0,40, 2 GRIFOS PLÁSTICOS ½”, 1 SOPAPA DE 0,40, Y 8 SOPAPA DE 0,50, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: CONVENIO DE COLABORACIÓN – UNIDADES EDUCATIVAS – MUNICIPIO DE AGUARAY – ESC. Nº 3.134 GAUCHOS DE GÜEMES”, por un monto total de PESOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 50/100 ($32.746,50) IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-
Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resolución Municipales, y a las partes intervinientes.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art.Nº6.-De Forma.
Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCION Nº344/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 1.247/21 presentado por la Sra. ROJAS, MAXIMILIANA ANALIA, CUIL Nº 27-37636323-1, con domicilio en B° 9 de Julio de esta Localidad, mediante el cual solicita autorización para la apertura de un comercio con el Rubro: “POLLERIA”, el que estará ubicado en su domicilio particular, y;
CONSIDERANDO
Que la misma ha abonado los sellados correspondientes.
Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
Que se realizó la inspección bromatológica pertinente.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Autorizar a la Sra. ROJAS, MAXIMILIANA ANALIA, CUIL Nº 27-37636323-1, a realizar la apertura de un comercio de rubro: “POLLERIA”, el que estará ubicado en B° 9 de Julio de esta Localidad.
Art.Nº2.-Inscribirla en el Registro de Comerciantes bajo Matrícula Nº 3.504 y Cod. de la Afip 472140, a partir del día 07-04-21.
Art.Nº3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente Resolución a la solicitante.
Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCION Nº345/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 1.382//21, presentado por la Sra. GONZALEZ, CECILIA JANET, CUIL Nº 27-33982747-3, con domicilio particular en Calle Rivadavia N° 88, en el cual solicita la autorización correspondiente para el inicio de una actividad comercial de rubro: “ELEMENTOS DE LIMPIEZA” anexo “PERFUMERIA”, el que estará ubicado en su domicilio particular, a partir de fecha: 05-04-21, y;
CONSIDERANDO
Que cumple con los requisitos correspondientes que se exigen a tales efectos.
Que ha abonado los sellados pertinentes.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Conceder a la Sra. GONZALEZ, CECILIA JANET, CUIL Nº 27-33982747-3, el permiso correspondiente para el inicio de una actividad comercial de Rubro: “ELEMENTOS DE LIMPIEZA” anexo “PERFUMERIA”, el que estará ubicado en Calle Rivadavia N° 88, a partir de fecha: 05-04-21.
Art.Nº2.-Inscribirla en nuestro Registro bajo Mat. Nº 3.502, Cód. Afip.477450 y 477320.
Art.Nº3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar la Tasa de Actividades Varias en forma mensual previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente a la solicitante.
Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.
Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCION Nº346/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto Nº 918/21, presentado por la Sra. BECERRA, MARIA ESTER, DNI Nº 12.306.770, con domicilio en B° 2 de Abril, M.23 – L 1, de ésta localidad, en su carácter de PENSIONADA, en el cual solicita la REDUCCION del 50% en el pago de la Tasa Gral. de Inmuebles, Cloacas e Impuesto Inmobiliario, por un terreno donde habita, identificado con el Cat. 19.444, M.23, L.1, y;
CONSIDERANDO
Que así lo estipula la Ordenanza Tarifaria Municipal Nº 029/20 ejercicio fiscal 2.021.
Que ha presentado los requisitos correspondientes.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Conceder la REDUCCION del 50% en la Tasa Gral. de Inmuebles, Cloacas e Impuesto Inmobiliario, solicitada por la Sra. BECERRA, MARIA ESTER, DNI Nº 12.306.770, domiciliado en B° 2 de Abril, M.23, L.1 de ésta Localidad, en su carácter de PENSIONADA por un terreno donde habita, identificado con el Cat. 19.444, M.23, L.1.
Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.Nº3.-Esta REDUCCION tendrá vigencia siempre y cuando no se modifiquen los requisitos presentados por los cuales se le otorgó el beneficio.
Art.Nº4.-Para continuar con el beneficio deberá presentar en el mes de Enero/2.022 un certificado actualizado de supervivencia y residencia.
Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente a la interesada.
Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal y archívese.
Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCIÓN N°347/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Castro, Manuel, D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas para atención médica con turnos programados y trámites en general, desde la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta y viceversa, detalladas a continuación:
- García, Silvio D.N.I. Nº21.311.700
- Salazar, Érica D.N.I. Nº29.720.263
- Velázquez, Yolanda D.N.I. Nº13.785.013
- Díaz, Beatriz D.N.I. Nº21.028.815
- Guzmán, Carolina D.N.I. Nº45.752.338
- Salinas Ríos, Luisa D.N.I. Nº95.233.532
- Rosendo, Martín D.N.I. Nº17.080.022
- Lorenzo, Cresencia D.N.I. Nº17.019.023
- Rojas, Ester D.N.I. Nº27.904.903
- Martínez, Miguel D.N.I. Nº39.002.744
- Vallejos, Máximo D.N.I. Nº34.324.841
Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR DEL MUNICIPIO DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Agente Municipal, el Sr. Castro, Manuel, D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 26 de abril del año 2.021, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 26 de Abril del año 2.021, más la suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Sr. Castro, Manuel, D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.
Sr. Ferreyra, Héctor A. – Sr. Zigaran, Adrián Ariel
RESOLUCION N°348/021(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, El Convenio de Obra Pública para la “Construcción de 14 viviendas en la localidad de Aguaray – Dpto. Gral. San Martín – Pcia. de Salta” Resolución del I.P.V. Nº 219/21; y;
CONSIDERANDO
Que, La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en el Capítulo II – Finalidades Del Gobierno Municipal, en su Art. 22.- “Son competencias municipales, además de lo establecido por el artículo 176 de la Constitución Provincial: …inc. 5. Aprobar las normas relativas a la prestación de los servicios públicos municipales y la realización de obras públicas…”, en el Capítulo VI – Obras Y Servicios Públicos, en su Art. 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación,…”.-
Que, La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en su Art. 95.- “… Asistirá a las personas con necesidades básicas insatisfechas y promoverá el acceso a los servicios públicos para los que tienen menores posibilidades.”
Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, el mismo será por la suma total de $22.350.252,26 (PESOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON VEINTISEIS CENTAVOS).-
Que, este Ejecutivo Municipal ve con agrado la Ejecución de la Obra, dado que es un beneficio para la comunidad en general, y cumple con los objetivos de esta gestión de gobierno, y busca resolver la problemática habitacional de las familias de bajos recursos del municipio, fomentando el trabajo en el rubro de la construcción y mejorando la calidad de vida de los pobladores locales.
Que, el plazo de ejecución estipulado para la terminación total de la Obra y la entrega de la misma se establecen en 12 (DOCE) MESES, contados desde la fecha del Acta de Inicio, según lo estipula la Cláusula Séptima del presente Convenio.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, justificar las erogaciones a producirse, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.-
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, por la Suma Total de $22.350.252,26 (PESOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON VEINTISEIS CENTAVOS), firmado entre el Instituto Provincial de Vivienda de la Provincia de Salta, representado en este acto por su Presidente, Dr. GUSTAVO MARCELO CARRIZO, conforme Decreto Nº 58/19, con domicilio legal en Avda. Belgrano Nº 1.349, en la Ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Comisionado Interventor Sr. ADRIÁN ARIEL ZIGARÁN D.N.I. Nº 20.231.108, Conforme Decreto Nº 684/20, con domicilio legal en Av. Sarmiento Esq. Arenales, en la Ciudad de Aguaray.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones e imputar los gastos en la partida presupuestaria correspondiente.-
Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a la ejecución de la Obra, en cumplimiento de las Clausulas establecidas en el presente Convenio.-
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.Nº5.-Dese copia a la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-
Art.Nº6.-Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
Art.Nº7.-De forma.
Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel